En el BOP del 10/05 se ha publicado en la página 8270:
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir
las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y
sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que
disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y artículo 4
y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los
Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de 10 hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones
legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de
entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el
procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de instancia se encuentra a disposición
de los interesados en las dependencias municipales de
la Corporación donde podrán ser presentadas dentro
del plazo establecido.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser
examinado el expediente y recabar la información
que se precise en cuanto a requisitos, duración del
cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados
en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://
vilaflordechasna.sedelectronica.es
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno
de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con
lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo
4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los
Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado
de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
En Vilaflor de Chasna, a 23 de abril de 2019.
La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de
Vilaflor de Chasna, Agustina Beltrán Cano.
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