En el BOP del 1/03 se ha publicado en las páginas 1987-1990:
En ejecución de lo establecido en los artículos 43
y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,se hace pública la resolución
de la Directora General de Administración Pública
registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con
número 6694/2019, de 21 de febrero porla que se aprueba
la convocatoria que ha de regir el proceso selectivo
para la creación de Lista de Reserva de la Categoría
de Oficial de Alumbrado del Ayuntamiento de Las
Palmas de Gran Canaria, mediante el sistema de
concurso-oposición.
“Resolución de la Directora General de Administración
Pública número 6694/2019, de 21 de febrero, por la
que se aprueba la convocatoria que ha de regir el proceso
selectivo para la creación de Lista de Reserva de la
Categoría de Oficial de Alumbrado del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria, mediante el sistema
de concurso-oposición.
De conformidad con lo previsto en el artículo 175
del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, se emite el presente Informe Propuesta de
resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
I. Resolución de la Dirección General de
Administración Pública número 50824/2018, de 12
de diciembre por la que se aprueban las Bases
Específicas que han de regir el proceso selectivo para
la generación de Listas de Reserva de la Categoría
de Oficial de Alumbrado del Ayuntamiento de Las
Palmas de Gran Canaria mediante el sistema de
concurso-oposición.
II. Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 154 el día 24 de diciembre de
2018, la Resolución de la Dirección General de
Administración Pública número 50824/2018, de 12
de diciembre, por la que se aprueban las Bases
Específicas que han de regir el proceso selectivo para
la generación de Listas de Reserva de la Categoría
de Oficial de Alumbrado del Ayuntamiento de Las
Palmas de Gran Canaria mediante el sistema de
concurso-oposición.
III. Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas número 14 de 1 de febrero de 2019,
de la Resolución de la Directora General de
Administración Pública número 1541/2019, de 17 de
enero, por la que se corrige error material detectado
en la Resolución número 50824/2018, de la Directora
General de Administración Pública por la que se
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 26, viernes 1 de marzo de 2019 1987
aprueban lasBasesEspecíficas que han de regir el proceso
selectivo para la generación de Listas de Reserva de
la Categoría de Oficial de Alumbrado.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante
TREBEP).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
- Reglamento Orgánico del Gobierno y de la
Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria.
- Aprobación por Pleno, en su sesión de fecha
29/7/2018, del Régimen de Fiscalización de Ingresos
y de Fiscalización e Intervención Limitada previa
sobre Gastos y Obligaciones para el ejercicio de la
función interventora para el Ayuntamiento, sus
Organismos Autónomos y elConsorcio Museo Néstor.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
1. Sobre el objeto del procedimiento.
La presente convocatoria se incluye en el proceso
selectivo para la creación de Lista de Reserva al
objeto de seleccionar Personal Laboral Temporal con
laCategoría deOficial deAlumbradomediante elsistema
de concurso-oposición, para el Ayuntamiento de Las
Palmas de Gran Canaria, cuyas Bases Específicas
han sido publicadas en elBoletín Oficial de la Provincia
de Las Palmas, número 154 el día 24 de diciembre
de 2018, a través de laResolución de laDirecciónGeneral
de Administración Pública número 50824/2018, de
12 de diciembre, posteriormente modificadas por
Resolución de la Dirección General de Administración
Pública número 1541/2019, de 17 de enero, de
corrección de error material, que fue a su vez publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
número 14 de fecha 1 de febrero de 2019.
El presente proceso selectivo tiene su base en la urgencia
de acudir a la contratación temporal mediante listas
de reserva de Oficiales de Alumbrado debido a la
necesidad perentoria acreditada mediante Informe
de necesidad suscrito por el Concejal Delegado de
Alumbrado Público y Aguas del Ayuntamiento de Las
Palmas de Gran Canaria, de fecha 30 de octubre de
2018, obrante en el expediente, donde señala la falta
de personal existente en dicho Servicio para atender
las necesidades de alumbrado público de las vías de
nuestra Ciudad, ya que se trata de un servicio esencial
y de obligada prestación por los municipios.
Asimismo obra en el expediente Orden Superior de
la Alcaldía-Presidencia de fecha 19 de octubre de 2018,
en la cual se dispone la tramitación preferente y por
procedimiento de urgencia de la totalidad del expediente
para la generación de Lista deReserva para laCategoría
de Oficial de Alumbrado.
2. Sobre Necesidad y oportunidad de proceder a la
convocatoria.
Dada la urgencia y necesidad perentorias explicadas
con anterioridad, se precisa de un procedimiento
selectivo ágil y eficaz, ya que lo que se pretende es
la contratación temporal a través de Lista de Reserva
de PersonalLaboralTemporal con laCategoría de Oficial
de Alumbrado, tal proceso incluye fase de oposición,
y una vez superada lamisma,se abrirá la fase de concurso
en la cual se valorarán los méritos aportados por los
aspirantes, para garantizar en todo momento los
principios de igualdad, mérito y capacidad que han
de regir el acceso al empleo público, y que están
recogidos en el artículo 23.2 de laConstitución, y demás
normativa vigente.
3. Desarrollo y aprobación de la convocatoria
Una vez aprobadas y publicadaslasBases Específicas
que rigen el presente proceso selectivo, este Servicio
entiende que procede llevar a cabo la convocatoria,
de modo que los aspirantes interesados en participar
en este proceso selectivo pueden presentar sus
instancias, dando comienzo este proceso selectivo strictu
sensu. Dicho plazo será de VEINTE DÍAS
NATURALES y se abrirá este plazo a partir del día
siguiente al de la publicación de la convocatoria en
el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, en
el tablón de anuncios del Ayuntamiento, y en la web
municipal.
Debe tenerse en cuenta que esta convocatoria se ajustará
al Procedimiento Selectivo Regulado en las Bases
Específicas para la Generación de Lista de Reserva
para la Selección de Personal Laboral Temporal con
1988 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 26, viernes 1 de marzo de 2019
la Categoría de Oficial de Alumbrado, mediante el
sistema de concurso-oposición, para el Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto íntegro
ha sido publicado en el Boletín Oficial de Provincia
de Las Palmas, número 154, de 24 de diciembre de
2018, posteriormente modificadas por Resolución
de la Dirección General de Administración Pública
número 1541/2019, de 17 de enero, de corrección de
error material, que fue a su vez publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 14 de
fecha 1 de febrero de 2019.
5. Sobre la competencia
Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado
en sesión celebrada el 17 de marzo de 2016, quedan
delegadas en la Dirección General de Administración
Pública:
1º. Competencias económicas. En el marco de sus
respectivas competencias y con cargo a las aplicaciones
presupuestarias cuya gestión le corresponde, las
siguientes competencias:
1. El desarrollo de la gestión económica.
2. La autorización y la disposición de los gastos en
las materias que le sean delegadas.
3. La disposición de gastos previamente autorizados
por el Pleno.
2º. Competencias en materia de Personal.
1. La gestión del personal.
2. Aprobarlas bases de las convocatorias de selección
y provisión de puestos de trabajo.
3. Acordar el despido del personal laboral, elrégimen
disciplinario (excepto la separación de servicio de los
funcionarios) y las demás decisiones en materia de
personal que no estén atribuidas a otro órgano.
Visto el informe Propuesta del Servicio de Recursos
Humanos de fecha 12 de febrero de 2019, y de
conformidad con lo establecido en los artículos
124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local,modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre,
de medidas para la Modernización del Gobierno
Local y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990,
de 20 de abril, este Servicio propone que se dicte
Resolución porla Directora General de Administración
Pública, al amparo del Decreto del Alcalde número
19972, de 20 de junio de 2017, en el que se establecen
los sectores funcionales y la estructura del Área de
Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración
Pública y Deportes, determinando su estructura
organizativa de gobierno y administración, en el
siguiente sentido:
RESUELVE
PRIMERO. Aprobar la Convocatoria del
Procedimiento Selectivo para la Generación de Lista
de Reserva de la Categoría de Oficial de Alumbrado,
mediante el sistema de concurso-oposición, para el
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
SEGUNDO. Dicha Convocatoria se regirá por lo
dispuesto en las Bases Específicas que han de regir
el Proceso Selectivo para la Generación de Lista de
Reserva para la Selección de Personal Laboral Temporal
con la Categoría de Oficial de Alumbrado, mediante
elsistema de concurso-oposición, para el Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria, cuyo texto íntegro
ha sido publicado en el Boletín Oficial de Provincia
de Las Palmas, número 154, de 24 de diciembre de
2018, posteriormente modificadas por Resolución
de la Dirección General de Administración Pública
número 1541/2019, de 17 de enero, de corrección de
error material, que fue a su vez publicada en el Boletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 14, de
fecha 1 de febrero de 2019.
TERCERO.El plazo para la presentación de instancias
será de VEINTE DÍAS NATURALES contados a
partir del día siguiente al de la publicación de la
presente CONVOCATORIAen el Boletín Oficial de
la Provincia de Las Palmas, Tablón de anuncios del
Ayuntamiento y en la web municipal.
CUARTO. De la Resolución que se adopte deberán
practicarse las publicaciones que procedan.
RÉGIMEN DERECURSOS.Contra el presente acto,
que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer
en el plazo de DOS MESES, contados desde el día
siguiente al de la publicación del acto, Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por
reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el
artículo 46 de laLey 29/1998, de 13 de julio,Reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 26, viernes 1 de marzo de 2019 1989
concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al
Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en
el párrafo anterior, contra el presente acto, se podrá
interponer Recurso de Reposición, ante el mismo
órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES,
que se contará desde el día siguiente al de la publicación
del acto, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la
resolución del recurso será de UN MES; transcurrido
dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa,
de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero,
de la Ley referida,se producirá silencio administrativo
desestimatorio, y podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo en el plazo de SEISMESES, computados
a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso
Potestativo deReposición debe entenderse desestimado
por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o
recurso que estimare oportuno interponer para la
mejor defensa de sus derechos.
Las Palmas de Gran Canaria, a veinte de febrero de
2019. La Directora General de Administración Pública.
(Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016)
MARÍA MERCEDES CEJUDO RODRÍGUEZ.
Dada con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del
Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintiuno de febrero
de 2019. El Secretario General Técnico de la Junta
deGobierno de laCiudad deLas Palmas deGranCanaria
(Por vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero).
El Oficial Mayor DOMINGO ARIASRODRÍGUEZ”.
Las Palmas de Gran Canaria, a veintidós de febrero
de dos mil diecinueve.
LA DIRECTORA GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta
de Gobierno de 12 de mayo de 2016), María Mercedes
Cejudo Rodríguez.
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