En el BOP del 13/02 se ha publicado en las páginas 1447 y ss:
En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas,se hace pública la Resolución de la Directora General
de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 5109/2019, de 8 de
febrero, por la que aprueba la lista de reserva en la categoría de agentes de movilidad, en ejecución de sentencias
recaídas en autos de los procedimientos abreviados números 213/2015 (JCAnúmero 3 de LPA), 401/2015 (JCA
número 4 de LPA) y 395/2015 (JCA número 5 de LPA).
“Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se aprueba la lista de reserva de
agentes de movilidad, conforme a la propuesta elevada por el Tribunal Calificador nombrado en el proceso selectivo,
tras la ejecución de sentencias recaídas en los procedimientos abreviados números 213/2015, 401/2015 y
395/2015,
De acuerdo con el expediente de referencia se acredita lo siguiente:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019 1447
ANTECEDENTES DE HECHO
I. Resolución número 28200/2013, de 13 de
septiembre, del Coordinador General de Presidencia
y Seguridad porla que se aprueban lasBases Generales
para la generación de listas de reserva de personal interino
o temporal para el Ayuntamiento de Las Palmas de
Gran Canaria, publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia número 124/2013, de 27 de septiembre.
II. Resolución número 3805/2016, de 15 de febrero
del Concejal Delegado de Recursos Humanos, por la
que se modifica la Resolución número 28200/2013,
de 13 de septiembre, por la que se aprueban las Bases
Generales para la generación de listas de reserva de
personal interino o temporal para el Ayuntamiento de
Las Palmas de Gran Canaria.
III. Resolución número 34379/2013, de 12 de
noviembre, del Coordinador General de Presidencia
y Seguridad, porla que se aprueban las bases específicas
que han de regir el proceso selectivo para la generación
de listas de reserva de la categoría de agente de
movilidad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria, publicada en elBoletín Oficial de la Provincia
número 158/2013, de fecha 9 de diciembre.
IV.Resolución número 10320/2014, delCoordinador
General de Presidencia y Seguridad, porla que se acuerda
convocar el proceso selectivo para la generación de
listas de reserva de la categoría de agente de movilidad
del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número
38, de 21 de marzo.
V.Resolución delCoordinador General de Presidencia
y Seguridad, número 11797/2015, de fecha 15 de
abril, por la que se aprueba la Lista de Reserva en la
categoría de agentes demovilidad, publicada en elBoletín
Oficial de la Provincia número 51, de 22 de abril.
VI. Resolución de la Directora General de
Administración Pública, número 44265/2018, de 14
de noviembre, por la que se declara la conservación
de actos del proceso selectivo convocado para llevar
a cabo la configuración de lista de reserva de la
categoría de Agentes de Movilidad, publicada en el
Boletín Oficial de la Provincia número 139/2018, de
19 de noviembre.
VII. Propuesta de aprobación de lista de reserva en
la categoría de agentes demovilidad, que eleva al órgano
convocante el tribunal calificador designado en el proceso
de selectivo, de fecha 21 de enero de 2019.
IX. Informe Propuesta de la Jefa de Sección de
Selección y Provisión con la conformidad de la Jefa
del Servicio de Recursos Humanos, de fecha 24 de
enero de 2019.
NORMATIVA DE APLICACIÓN
I. El proceso selectivo se regirá por lo establecido
en las bases generales para la generación de listas de
reserva del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria, por las bases específicas, así como por la
normativa indicada en las precitadas bases y demás
disposiciones que sean de aplicación.
II. Por lo que se refiere al funcionamiento de la lista
de reserva que finalmente resulte aprobada, habrá de
contemplarse la aplicación de la Resolución del
Coordinador General de Presidencia y Seguridad
número 5484, de 10 de febrero de 2015 (BOP número
27, de 27 de febrero), que regula el funcionamiento
de las listas de reserva para cubrir las interinidades
y contratacionestemporales, en las distintas categorías
de personal del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria.
CONSIDERACIONES JURÍDICAS
I. Finalizada la tramitación del proceso selectivo a
que se refieren los antecedentes expositivos de la
presente resolución, por el TribunalCalificadorse eleva
a la Dirección General de Administración Pública, como
órgano convocante, propuesta para la aprobación de
la lista de reserva de Agentes de Movilidad.
II. No existiendo motivos que justifiquen apartarse
de los criterios seguidos por el Tribunal Calificador
en el conjunto del proceso selectivo celebrado, a la
vista de los antecedentes, y visto el Informe del
Servicio de Recursos Humanos de fecha 24 de enero
de 2019, es por lo que esta Dirección General de
AdministraciónPública, al amparo del decreto delAlcalde
número 19972/2017, de 20 de junio, por el que se
establecen los sectores funcionales y la estructura
del Área de Gobierno de Nuevas Tecnologías,
Administración Pública y Deportes, determinando
su estructura organizativa de gobierno y administración
1448 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019
RESUELVE
PRIMERO. Aprobarla lista de reserva correspondiente
a la categoría de agentes de movilidad, trasla ejecución
de sentenciasrecaídas en los procedimientos abreviados
números 213/2015, 401/2015 y 395/2015, quedando
configurada con los cincuenta primeros integrantes
de conformidad con lo recogido en la base sexta – punto
3; según se recoge en el Anexo I de esta resolución.
SEGUNDO. Aprobar la lista de reserva integrada
por los aspirantes situados en orden superior al 50,
con indicación de aquellos que no han realizado el
curso de formación obligatorio, que realizarán en
función de la demanda de personal interino que se
requiera, según se recoge en el Anexo II de esta
resolución.
TERCERO. El llamamiento de lista de reserva
quedará sujeto a las necesidades del servicio que
sean debidamente informadas y motivadas, estando
sujeto a las disposiciones contenidas en la Resolución
del Coordinador General de Presidencia y Seguridad
número 5484, de 10 de febrero de 2015, (BOPnúmero
27 de 27 de febrero), que regula el funcionamiento
de las listas de reserva para cubrir interinidades y
contratacionestemporales, en las distintas categorías
de personal del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran
Canaria.
CUARTO. La resolución que se dicte deberá
publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en
el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la
página web municipal (www.laspalmasgc.es), para
general y público conocimiento.
Régimen de recursos. Contra el acto expreso que
se le notifica, que es definitivo en vía administrativa,
podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la recepción de su
notificación, Recurso Contencioso Administrativo
ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de
lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa, en concordancia con el artículo 123.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al
Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en
el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le
notifica, podrá usted interponerRecurso deReposición,
ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo
de UN MES, que se contará desde el día siguiente al
de la fecha de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la
resolución del recurso será de UN MES; transcurrido
dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa,
de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero,
de la ley referida,se producirá silencio administrativo
desestimatorio, y podrá interponerrecurso contenciosoadministrativo en el plazo de SEIS MESES, computados
a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso
Potestativo deReposición debe entenderse desestimado
por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o
recurso que estimare oportuno interponer para la
mejor defensa de sus derechos.
Las Palmas de Gran Canaria.
La Directora General de Administración Pública
(Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016)
Maria Mercedes Cejudo Rodríguez
Dada con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8.ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del
Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 19, miércoles 13 de febrero de 2019 1449
El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por
vacancia, Resolución 2656/2017, de 30 de enero) El Oficial Mayor, Domingo Arias Rodríguez
Este acto administrativo ha sido PROPUESTO de conformidad con lo establecido en el artículo 7.6.6.7 del
Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
en Las Palmas de Gran Canaria, La Jefa de Servicio de Recursos Humanos (Resolución 9325/2018, de 19 de
marzo) Maria Candelaria González Jiménez “
ANEXO I
(..)
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