En el BOP del 11/01 se ha publicado en las páginas 938 y ss:
BASES
1. - OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la contratación laboral para cubrir 1 plaza de
Subalterno/Ordenanza de la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de Tenerife, S.A.U (en
adelante “la SDE”), mediante el procedimiento de Concurso-Oposición, con sometimiento a
la legislación vigente, al Convenio Colectivo y al procedimiento selectivo que se detalla en las
presentes bases.
2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS
Las plazas que se convocan con carácter indefinido se encuadran en el Grupo Profesional Grupo
III Subalterno/Ordenanza según el Convenio Colectivo de la Sociedad de Desarrollo de Santa
Cruz de Tenerife.
El tipo de contrato laboral a realizar será indefinido con su correspondiente periodo de prueba.
El resto de condiciones laborales serán las legal y convencionalmente aplicables, con especial
referencia a (i) el Convenio colectivo de la SDE, al cual, por motivos de brevedad, se remiten
estas bases al constar publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y (ii) a la Ley 53/1984, de
26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas.
3.- REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTESPara tomar parte en la convocatoria será necesario que los aspirantes reúnan, en la fecha en que
finalice el plazo de presentación de instancias, los requisitos que se relacionan a continuación:
3.1.- Nacionalidad.
a). - Ser español.
b). - Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
c). - También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los
españoles, de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de
algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
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Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones
podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados
de derecho, y sean menores de veintiún años.
d). - Los extranjeros que residan legalmente en España y según la normativa vigente
puedan desarrollar una prestación laboralLos aspirantes incluidos en los apartados b), c) y d) deberán tener un conocimiento
adecuado del castellano, pudiéndoseles exigir, en su caso, la superación de pruebas con
tal finalidad.
3.2.- Edad.
Dada la naturaleza y flexibilidad del trabajo en la SDE, tener cumplidos dieciocho años
de edad.
3.3.- Titulación.
Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de
instancias, del título de Ciclo Formativo Grado Medio en Administración o asimilado.
En los casos de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la
credencial que acredite su homologación. Asimismo, en caso de que se alegue título
equivalente deberá acreditarse su equivalencia.
Quedarán exceptuados del anterior requisito los títulos o cualificaciones profesionales
extranjeras reconocidas por las disposiciones de Derecho Comunitario. En este caso se
indicará de manera expresa el concreto reconocimiento alegado.
3.4.- Compatibilidad funcional.
No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible
con el desempeño de las correspondientes funciones. Únicamente se entenderá que se
incumple el anterior requisito si tras la valoración por el correspondiente servicio de
medicina del trabajo se declarase al candidato “No Apto”.
3.5.- Habilitación.
No haber sido separado o sancionado con despido procedente mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia firme.
3.6.- Experiencia profesional.
Los aspirantes deberán acreditar un mínimo de 12 meses completos de experiencia
profesional en el puesto de Subalterno/Ordenanza, o similar, que deberán acreditar
según se establece
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3.7.- Aspirantes con discapacidad física, psíquica o sensorial.
Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán
admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales
limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones
correspondientes. Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación, la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía, a
tenor de lo regulado en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, regulador del
procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de
discapacidad.
3.8 Acreditación de requisitos:
Los requisitos anteriores se acreditarán según se detalla a continuación para cada uno de
los anteriores apartados
3.1 y 3.2 Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte y/o
Tarjeta de Residencia
3.3 Fotocopia compulsada del título exigido
3.4 y 3.5 Declaración responsable (Según Anexo III)
3.6 Certificado de empresa y Certificado de Vida Laboral
3.7 Certificación de reconocimiento de grado de minusvalía
Cualquier documentación que se aporte en idioma diferente al español deberá ir
acompañada de traducción oficial.
4. SOLICITUDES
Plazo de presentación: El plazo para la presentación de instancias será de VEINTE DÍAS
HÁBILES, contados a partir de la última de las siguientes fechas de publicación de la
convocatoria: (i) en la web de la Sociedad de Desarrollo o (ii) en el Boletín Oficial de la
Provincia.
Documentación a presentar: instancia según ANEXO I, currículum, así como toda la
documentación adicional justificativa.
Lugar de presentación: Toda la documentación podrá presentarse físicamente o a través de
correo postal a la dirección Calle El Pilar, 12-1º 38002 Santa Cruz de Tenerife a la atención de
Randstad, en horario de 10 a 13 y de 15 a 17 horas.
Los días 24 y 31 de diciembre y el 5 de enero el horario de entrega de la documentación será de
9 a 13 horas.
Para ser admitidos será necesario que los aspirantes manifiesten que reúnen todas las
condiciones exigidas en la convocatoria y presenten la documentación requerida debidamente
compulsada, o bien presenten originales y copias las cuales serán compulsadas en el momento
de la presentación de instancias.
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5- TRIBUNAL DE SELECCIÓN. -
5.1 Composición del Tribunal:
El Tribunal de Selección será la Comisión Mixta de Selección regulada en el Convenio
colectivo de la SDE, la cual se organizará y tomará sus acuerdos por mayoría según su
Reglamento.
El Tribunal designará a los asesores que estime convenientes a fin de proceder a la
evaluación de méritos y/o pruebas del concurso.
5.2. Actuación: El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y
tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las presentes pruebas selectivas, en
todo lo no previsto en estas Bases.
5.3 Abstención: Los componentes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del
mismo cuando concurrieran las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6.- SISTEMA DE SELECCIÓN
El sistema de selección será mediante Concurso de Méritos y Oposición.
6.1 Fase de Concurso Méritos:
Los méritos, relacionados directamente con la plaza a ocupar, que presenten los aspirantes
deberán ser acreditados a través de certificaciones oficiales, o en su caso certificados de
empresa, los cuales deberán ser presentados, mediante fotocopias debidamente
compulsadas por organismos oficiales en el momento de la presentación de las instancias o
bien presentando físicamente títulos y copias de los mismos los cuales serán compulsados
en el momento de presentación de instancias.
La baremación de los méritos alegados se hará con referencia a la fecha del cierre del plazo
de presentación de instancias.
6.2 Fase Oposición:
La oposición constará de las siguientes pruebas:
Prueba de evaluación de competencias
Entrevista personal
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7.- LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS. -
Dentro de los tres días hábiles siguientes a la terminación del plazo de presentación de
instancias, se publicará en la página web de la Sociedad de Desarrollo(www.sociedaddesarrollo.com) la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos por no cumplir alguno
de los requisitos recogidos en estas Bases, señalándose un plazo de (3) días hábiles para la
subsanación de errores.
A los tres días hábiles siguientes a este último plazo, se publicará en la página web de la
empresa adjudicataria del concurso de selección la lista definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos.
8.- CALENDARIO DE LA CONVOCATORIA
Fase de Concurso de Méritos:
Acabado el plazo de presentación de solicitudes, la empresa adjudicataria del concurso
de selección valorará los méritos de los aspirantes aptos.
Fase Oposición:
En el lugar, fecha y hora que se determine, se llevará a cabo la Fase Oposición, en la
que los candidatos que hayan superado la fase de concurso de méritos realizarán las
pruebas siguientes: test de evaluación de competencias y entrevistas personales.
9.- DECISIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE SELECCIÓN
El candidato elegido será el que obtenga la puntuación más alta resultante de la suma de las dos
fases anteriores.
10.- DECLARACIÓN DE CONVOCATORIA DESIERTA.
El tribunal declarará desierta la convocatoria si:
a) En el plazo previsto para la presentación de candidaturas no se presentaran al menos un
aspirante.
b) Al menos un aspirante no reúne los requisitos exigidos en el apartado 3 de las presentes
bases
c) Ningún aspirante supere la puntuación mínima de 10 de acuerdo al baremo definido en el
Anexo II en la fase de concurso de méritos.
d) Ningún aspirante supere la puntuación mínima de 25 en la fase de oposición, a juicio de
la empresa adjudicataria.
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11.- DISPOSICIONES DE APLICACIÓN
Para lo no previsto en las presentes Bases, se estará a lo dispuesto en el Convenio Colectivo en
vigor y sus acuerdos colectivos de desarrollo y en su defecto en la legislación aplicable vigente.
12.- RECLAMACIONES
Contra la convocatoria, las presentes base, y las distintas fases del proceso selectivo se podrá
reclamar mediante escrito dirigido a la Comisión Mixta de Selección que se presentará por
registro de entrada en Sociedad de Desarrollo, Plaza Víctimas del Terrorismo, nº1,38003, Santa
Cruz de Tenerife
13.- VINCULACIÓN DE LAS RESOLUCIONES DEL TRIBUNAL
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Sociedad de Desarrollo sin perjuicio de que ésta, en
su caso, pueda proceder a su revisión en aquellos supuestos en que se pueda considerar que las
pruebas o trámites previos están viciados de nulidad o anulabilidad.
En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de diciembre de 2018.
El Consejero Delegado de la Sociedad de Desarrollo de Santa Cruz de Tenerife, S.A.U., Juan Alfonso Cabello Mesa
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