martes, 4 de diciembre de 2018

Resolución de 14 de noviembre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.

En el BOE del 3/12 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 («BOE» de 31 de julio de 2018), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.1.m) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («BOE» de 2 de octubre de 2015), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («BOE» de 22 de julio de 2017).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, además de en el «BOE», en la página web de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es, en el Punto de Acceso General www.administración.gob.es, y en la página web del Ministerio de Interior www.interior.gob.es. Las convocatorias de los procesos selectivos para el acceso por promoción interna se publicarán también en el Portal Funciona. Las normas específicas del proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre y por promoción interna figuran en el anexo I.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la Escala Superior de Técnicos de Tráfico, código de Cuerpo 5700, por el sistema general de acceso libre, y 5 plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en los anexos I y V del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 («BOE» de 31 de julio de 2018).
1.2 Del total de las plazas del cupo general de acceso libre se reservará una plaza para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general, en un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %. La opción a esta plaza reservada habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.
1.3 En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, este será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.4 La plaza reservada para personas con discapacidad del sistema general de acceso libre, en caso de quedar desierta, no se acumulará al turno general de acceso libre
1.5 Quienes superen los dos primeros ejercicios con una puntuación superior al 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar la nota de estos ejercicios para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean análogos. Esta medida será siempre de aplicación a las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad, conforme al art. 3.8 del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la OEP para el año 2018.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo, se ajustará a lo dispuesto en el artículo 61 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que opten por el sistema general de acceso libre, y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que opten por el sistema de acceso por promoción interna. Con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso selectivo.
Los aspirantes solo podrán escoger en su solicitud uno de los dos sistemas de acceso: general de acceso libre o por promoción interna.
Para la realización del curso selectivo, los aspirantes que hayan superado todas las fases serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programa
El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
4. Titulación
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna.
5.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo A2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
5.2 Pertenecer como personal laboral fijo al grupo profesional 1 del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, o a una categoría o grupo profesional equivalente de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar como función principal funciones directivas y predirectivas de impulso y gestión en materia de tráfico y seguridad vial para el desarrollo y ejecución de las políticas viales públicas, especificadas en:
– Investigación y análisis en materia de seguridad vial.
– Diseño, planificación y ejecución de las políticas viales.
– Educación vial y formación de conductores.
– Información y divulgación en materia de seguridad vial.
– Normativa en materia de tráfico.
– Gestión del tráfico y movilidad segura.
– Telemática aplicada a la movilidad.
– Procedimiento sancionador en materia de tráfico.
– Tramitación administrativa en materia de tráfico.
5.3 Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpo o Escala del subgrupo A2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo A2 o en Cuerpos o Escalas del subgrupo A2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado. En el caso del personal laboral fijo será requisito haber desempeñado durante al menos dos años un puesto de trabajo como personal laboral fijo grupo 1 de las categorías indicadas en el apartado 5.2 anterior. Dichos extremos se acreditarán mediante Anexo V según corresponda a personal funcionario o personal laboral.
6. Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad general deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación del proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad («BOE» de 13 de junio).
Igualmente deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
7. Solicitudes
7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
7.2 Los interesados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «BOE» para presentar la solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 7.4 y 7.6.
7.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, y en el apartado decimocuarto.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, de bases comunes, la presentación de las solicitudes se realizará preferentemente por vía electrónica en la forma siguiente:
7.4.1 Los interesados realizarán su inscripción on line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips).
7.4.2 Para ello, seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción on line» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
− La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
− Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
− El pago electrónico de tasas.
− El registro electrónico de la solicitud.
7.4.3 Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.
7.4.4 En relación con el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante de registro.
7.4.5 En el caso de que no se haya dado la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación, deberá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica la documentación justificativa relacionada en el apartado 7.10.
7.5 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel en los términos indicados a continuación.
7.6 Si la solicitud se presenta en otra modalidad, los interesados deberán cumplimentar el formulario 790 electrónicamente, a través del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips). Una vez cumplimentados en la citada página web todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en su parte inferior sobre la opción «Generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que al imprimirlo constará de tres copias que deberán ser firmadas por el interesado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud debidamente imprimida tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no serán válidas las fotocopias del modelo 790 ni su cumplimentación manual). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de aquella en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar la solicitud en el Registro General de la Dirección General de Tráfico (c/ Josefa Valcárcel, 28, 28071, Madrid) o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
7.7 El tratamiento de la información por medios electrónicos tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos Personales), tal y como se establece en el art. 3.13 del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio de 2018 por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 («BOE» de 31 de julio de 2018).
7.8 Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen.
7.9 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7.10 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
8. Tribunal
8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.
8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos. Le corresponderá la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes. A estos efectos, se estará a lo dispuesto en lo señalado en el artículo 3.10 y 3.11 del Real Decreto de Oferta de Empleo Público de 2018, artículos 11 y 13 del Real Decreto 364/1995 y artículo 60 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, 28, 3.º, Madrid 28071, teléfonos 913018586/8064, e-mail: acceso@dgt.es
8.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
9. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «Ñ» según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 11 de abril de 2018 («BOE» del 14 de abril).
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado por el procedimiento de promoción interna dispondrán de un plazo de 20 días hábiles para presentar la documentación correspondiente de cara a valorar la fase de concurso.
La fase de oposición tendrá una duración máxima de nueve meses, estableciéndose que la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de la convocatoria en el «BOE».
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse estas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Queda excluida la posibilidad prevista, para la promoción interna, en el primer párrafo del punto 2 del artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, de conformidad con lo establecido en el párrafo segundo, salvo los aspirantes aprobados que ya estén destinados en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.
10. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, según lo previsto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma en cuya circunscripción tenga el recurrente su domicilio o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección de este, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i), 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 14 de noviembre de 2018.–La Subsecretaria del Interior, Isabel Goicoechea Aranguren.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo para aspirantes que opten por sistema general de acceso libre
Uno. El procedimiento de selección para el acceso a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico por el sistema general de acceso libre constará de dos partes:
a) Fase de oposición.
b) Curso selectivo.
El proceso selectivo se desarrollará en castellano, excepto el segundo ejercicio relativo al idioma de la fase de oposición.
Dos. La fase de oposición constará de cuatro ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Primer ejercicio:
Consistirá en realizar un examen tipo test con 100 preguntas, relativas al programa de este primer ejercicio recogido en el anexo II de la convocatoria. El test estará compuesto por preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solamente una será correcta. El tribunal podrá incluir hasta 10 preguntas suplementarias que solo se tendrán en cuenta en caso de anulación de alguna de las 100 preguntas iniciales. El orden de utilización de estas preguntas será el orden en el que estén incluidas en el examen. Cada pregunta bien contestada puntuará 0,10 puntos y cada pregunta mal contestada supondrá una penalización de 0,025 puntos. Las preguntas no contestadas no descontarán puntuación.
La prueba tendrá una duración de 100 minutos y no podrá utilizarse ningún tipo de material adicional.
Este ejercicio se valorará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para acceder al segundo ejercicio.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Se harán públicas, en el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba específica, las plantillas correctoras de este ejercicio basado en respuestas alternativas.
Este primer ejercicio solamente será realizado por aquellos aspirantes que hayan optado por el sistema general de acceso libre, quedando excluido para los que hayan optado por el sistema de promoción interna.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la realización de una traducción por escrito, en castellano, sin diccionario, de un documento redactado en inglés o francés, a elección del aspirante. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo de dos horas.
La segunda fase consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión pública ante el Tribunal, de la traducción realizada en la fase anterior, seguida de una conversación con éste en el idioma elegido durante un tiempo máximo de quince minutos.
En esta prueba se valorará el conocimiento del idioma elegido cuando es expresado por escrito así como la expresión verbal del mismo y la riqueza de vocabulario.
Para la valoración de este ejercicio el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.
La calificación global del ejercicio será de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la exposición oral de dos temas extraídos al azar de dos de las tres partes que conforman el temario de este ejercicio: Parte 1-«Movilidad Segura», Parte 2-«Gestión Administrativa del Tráfico» y Parte 3-«Gestión Técnica del Tráfico».
Para determinar en primer lugar cuales serán estas dos partes de las tres que conforman el temario se extraerá al azar una bola de entre tres numeradas del 1 al 3, con el número de cada una de las partes del temario. El número de esta bola determinará la parte del temario de la que no se expondrá ningún tema. Este proceso de extracción del número de la parte del temario excluido se realizará para cada uno de los opositores.
Una vez determinadas las dos partes del temario sobre las que realizará cada opositor su exposición, se extraerá de nuevo al azar el número de tema que corresponda a cada una de las dos partes sobre las que versará su exposición oral.
Para la exposición de los dos temas los aspirantes dispondrán de un total de treinta minutos.
Los opositores dispondrán de un período de diez minutos para la preparación de este ejercicio durante el que podrán preparar un guion que podrán utilizar en la exposición de los temas. En ningún caso podrán consultar textos o apuntes.
Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá preguntar al opositor, durante un período máximo de veinte minutos, sobre aspectos de los temas que ha desarrollado pudiéndole formular aquellas cuestiones que considere necesarias.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los dos temas, siendo la nota máxima total veinte puntos. Para su superación será necesario obtener al menos diez puntos y no ser calificado con cero puntos en ninguno de los temas.
Quienes superen los dos primeros ejercicios con una puntuación superior al 60% de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar la nota de estos ejercicios para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean análogos, salvo actualización normativa. Esta medida será siempre de aplicación a las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.
Cuarto ejercicio:
El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico durante un período máximo de cuatro horas relacionado con el programa. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten para la ocasión. No se podrán utilizar medios técnicos, informáticos o telemáticos. El Tribunal podrá retirar aquellos medios que no considere adecuados.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá preguntar al opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de veinte minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada y ajustada a derecho.
Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de diez puntos.
Tres. La calificación final en la fase de oposición de los aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios.
El número de aprobados en esta fase podrá ser superior al de plazas convocadas.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Cuatro. El curso selectivo será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública en colaboración con la Dirección General de Tráfico y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación, programación y estudio. El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de la fase de oposición.
La duración del curso selectivo, que en ningún caso será superior a seis meses, su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas conjuntamente por el Instituto Nacional de Administración Pública y la Dirección General de Tráfico y siguiendo lo establecido en el apartado 6.2.b del II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de 20 de noviembre de 2015, incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres y otro en materia de violencia de género.
El curso selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener 15 puntos como mínimo.
Cinco. La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y curso selectivo, no pudiendo ser superior el número de aprobados al de plazas convocadas.
Finalizado todo el proceso selectivo, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, se aplicarán los siguientes criterios:
1.º La mayor puntuación en el tercer ejercicio.
2.º La mayor puntuación en el cuarto ejercicio.
3.º La mayor puntuación en el primer ejercicio.
4.º La mayor puntuación en el segundo ejercicio.
Descripción del proceso selectivo para aspirantes que opten por el sistema de promoción interna
Uno. El procedimiento de selección para el acceso a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico por el sistema de promoción interna constará de tres partes:
a) Fase de oposición.
b) Fase de concurso.
c) Curso selectivo.
El proceso selectivo se desarrollará en castellano, excepto el primer ejercicio relativo al idioma de la fase de oposición.
Dos. La fase de oposición constará de tres ejercicios eliminatorios.
Primer ejercicio:
Consistirá en la realización de una traducción por escrito, en castellano, sin diccionario, de un documento redactado en inglés o francés, a elección del aspirante. Para la práctica de dicho ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo de dos horas.
La segunda fase consistirá en la lectura por el aspirante, en sesión pública ante el Tribunal, de la traducción realizada en la fase anterior, seguida de una conversación con este en el idioma elegido durante un tiempo máximo de quince minutos.
En esta prueba se valorará el conocimiento del idioma elegido cuando es expresado por escrito así como la expresión verbal del mismo y la riqueza de vocabulario.
Para la valoración de este ejercicio el Tribunal podrá ser asistido por asesores especialistas designados por el mismo.
La calificación global del ejercicio será de cero a diez puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de cinco.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la exposición oral de dos temas extraídos al azar de dos de las tres partes que conforman el temario de este ejercicio: Parte 1-«Movilidad Segura», Parte 2-«Gestión Administrativa del Tráfico» y Parte 3-«Gestión Técnica del Tráfico».
Para determinar en primer lugar cuales serán estas dos partes de las tres que conforman el temario se extraerá al azar una bola de entre tres numeradas del 1 al 3, con el número de cada una de las partes del temario. El número de esta bola determinará la parte del temario de la que no se expondrá ningún tema. Este proceso de extracción del número de la parte del temario excluido se realizará para cada uno de los opositores.
Una vez determinadas las dos partes del temario sobre las que realizará cada opositor su exposición, se extraerá de nuevo al azar el número de tema que corresponda a cada una de las dos partes sobre las que versará su exposición oral.
Para la exposición de los dos temas los aspirantes dispondrán de un total de treinta minutos.
Los opositores dispondrán de un período de diez minutos para la preparación de este ejercicio durante el que podrán preparar un guion que podrán utilizar en la exposición de los temas. En ningún caso podrán consultar textos o apuntes.
Una vez desarrollado el primer tema, o transcurridos diez minutos de la exposición, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.
Finalizada la intervención, el Tribunal podrá preguntar al opositor, durante un período máximo de veinte minutos, sobre aspectos de los temas que ha desarrollado pudiéndole formular aquellas cuestiones que considere necesarias.
En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos, la claridad de exposición y la facilidad de expresión oral.
Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los dos temas, siendo la nota máxima total veinte puntos. Para su superación será necesario obtener al menos diez puntos y no ser calificado con cero puntos en ninguno de los temas.
Quienes superen los dos primeros ejercicios con una puntuación superior al 60 % de la calificación máxima prevista para el correspondiente ejercicio, podrán conservar la nota de estos ejercicios para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota sean idénticos, salvo actualización normativa. Esta medida será siempre de aplicación a las personas que participen por el turno de reserva para personas con discapacidad.
Tercer ejercicio:
El ejercicio consistirá en la resolución de un supuesto práctico durante un período máximo de cuatro horas relacionado con el programa. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y que aporten para la ocasión. No se podrán utilizar medios técnicos, informáticos o telemáticos. El Tribunal podrá retirar aquellos medios que no considere adecuados.
El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal, que podrá preguntar al opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período máximo de veinte minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada y ajustada a derecho.
Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para su superación obtener un mínimo de diez puntos.
Tres. La calificación final en la fase de oposición de los aspirantes vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los diferentes ejercicios.
El número de aprobados en esta fase podrá ser superior al de plazas convocadas.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
Cuatro. La fase de concurso solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición y se estará a lo dispuesto en el artículo 3.9 del Real Decreto de Oferta de Empleo Público de 2018.
En esta fase se valorarán los siguientes méritos:
Funcionarios:
a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,20 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.
b) Grado personal consolidado: Según el grado que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente a la fecha de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Grado
Puntos
16
1,0
17
1,5
18
2,0
19
2,5
20
3,0
21
3,5
22
4,0
23
4,5
24
5,0
25
5,5
26
6,0
c) Trabajo desarrollado: Según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los Órganos Constitucionales a la fecha de publicación de esta convocatoria, como funcionario del Subgrupo A2, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel CD
Puntos
18
0,8
19
1,2
20
1,6
21
2,0
22
2,4
23
2,8
24
3,2
25
3,6
26
4,0
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, el nivel de puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en Órganos Constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
d) Ámbito funcional: Por estar destinado, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el Organismo Autónomo «Jefatura Central de Tráfico» se otorgará hasta un máximo de 6 puntos, en función del tiempo de permanencia en el Organismo computado en número de años completos, de acuerdo con la siguiente escala:
Años
Puntos
1
1
2
2
3
3
4
4
5
5
6 o más
6
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
Personal laboral:
a) Antigüedad: Se valorará la antigüedad total del empleado público, en la fecha de publicación de esta convocatoria, en la Administración General del Estado o en Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado, a razón de 0,20 puntos por año completo de servicios, hasta un máximo de 4 puntos.
b) Categoría profesional: Según el tiempo de pertenencia, a la fecha de publicación de esta convocatoria, como personal laboral fijo en la categoría profesional de grupo I del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, fuera de convenio o asimilado, a razón de 0,50 puntos por cada año completo de servicios hasta un máximo de 6 puntos.
c) Superación de pruebas selectivas para acceder a la condición de personal laboral fijo: A razón de un punto por cada ejercicio o prueba superada hasta un máximo de 4.
d) Ámbito funcional: Por estar destinado, a la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el Organismo Autónomo «Jefatura Central de Tráfico» se otorgará hasta un máximo de 6 puntos, en función del tiempo de permanencia en el Organismo computado en número de años completos, de acuerdo con la siguiente escala:
Años
Puntos
1
1
2
2
3
3
4
4
5
5
6 o más
6
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la fase concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
Cinco. El curso selectivo será organizado por el Instituto Nacional de Administración Pública en colaboración con la Dirección General de Tráfico y tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones de dirección, coordinación, programación y estudio. El comienzo del mismo tendrá lugar dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización de la fase de oposición.
La duración del curso selectivo, que en ningún caso será superior a seis meses, su calendario y programa, así como las normas internas que hayan de regularlo, serán establecidas conjuntamente por el Instituto Nacional de Administración Pública y la Dirección General de Tráfico y siguiendo lo establecido en el apartado 6.2.b del II Plan de Igualdad entre mujeres y hombres de 20 de noviembre de 2015, incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres y otro en materia de violencia de género.
El curso selectivo se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario para superarlo obtener 15 puntos como mínimo.
Seis. La calificación final de los aspirantes en el proceso selectivo vendrá integrada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, fase de concurso y curso selectivo, no pudiendo ser superior el número de aprobados al de plazas convocadas.
Finalizado todo el proceso selectivo, en caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición; de persistir el empate, se aplicarán los siguientes criterios:
1.º La mayor puntuación en el segundo ejercicio.
2.º La mayor puntuación en el tercer ejercicio.
3.º La mayor puntuación en el primer ejercicio.
Si aplicados los criterios anteriores persiste el empate entre dos ó más aspirantes, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación total obtenida en la fase de concurso, y si continuase persistiendo el empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios en el caso de funcionarios:
1.º La mayor puntuación en el mérito de grado personal.
2.º La mayor puntuación en el mérito de trabajo desarrollado.
3.º La mayor puntuación en el mérito de ámbito funcional.
4.º La mayor puntuación en el mérito de antigüedad.
Respecto al personal laboral se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.º La mayor puntuación en categoría profesional.
2.º La mayor puntuación en superación de pruebas selectivas.
3.º La mayor puntuación en el mérito de ámbito funcional.
4.º La mayor puntuación en el mérito de antigüedad.
ANEXO II
Programa
Programa del primer ejercicio por el sistema general de acceso libre
1. La Constitución española de 1978. Los principios constitucionales. Los valores superiores. Los derechos fundamentales y sus garantías.
2. La Corona en la Constitución de 1978. La sucesión. La regencia. Atribuciones. El refrendo.
3. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado. Composición y funciones.
4. El Gobierno en la Constitución. El control parlamentario del Gobierno.
5. Órganos constitucionales de control del Gobierno: el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo. La función consultiva: el Consejo de Estado.
6. El Poder Judicial. La justicia en la Constitución. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.
7. El Tribunal Constitucional. Naturaleza, organización y atribuciones.
8. La Administración Pública: principios constitucionales. La Administración General del Estado. Organización y funcionamiento.
9. La organización territorial de la Administración General del Estado. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Organización de los servicios periféricos.
10. La administración institucional. Los Organismos Públicos. Organismos autónomos y Entidades Públicas Empresariales. Entes Públicos de régimen específico. Las Agencias estatales.
11. La Administración corporativa. Colegios profesionales. Cámaras.
12. Las Comunidades Autónomas. Organización política y administrativa.
13. La Administración Local. Regulación constitucional y entidades que la integran.
14. La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Relaciones de colaboración y cooperación entre las Administraciones Públicas.
15. La Administración Pública y el Derecho. Las fuentes del ordenamiento jurídico (I). La Constitución. La ley. Sus clases. Los tratados internacionales y el derecho de la Unión Europea.
16. Las fuentes del ordenamiento jurídico (II). El reglamento: concepto y clases. La potestad reglamentaria. Procedimiento de elaboración. Límites. El control de la potestad reglamentaria.
17. Los actos de la Administración: actos sometidos al derecho público y actos sometidos al derecho privado. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La motivación y la notificación.
18. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad. La ejecución forzosa. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Revisión de oficio. Revocación.
19. El procedimiento administrativo (I). Concepto, naturaleza y caracterización. El procedimiento administrativo común y sus fases.
20. El procedimiento administrativo (II): La posición del ciudadano en el procedimiento. Los recursos administrativos. Las reclamaciones previas a la vía civil o laboral.
21. El procedimiento administrativo (III): el procedimiento sancionador. El procedimiento de exigencia de responsabilidad patrimonial a las Administraciones públicas.
22. La Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas y normativa de desarrollo. Legislación sobre firma y comercio electrónicos.
23. La jurisdicción contencioso-administrativa. Extensión. Órganos. Las partes. Los actos impugnables. Líneas generales del proceso. La sentencia y su ejecución.
24. Las organizaciones internacionales. La Organización de las Naciones Unidas, el Consejo de Europa, la Organización del Tratado para el Atlántico Norte y la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE). Instituciones económicas internacionales. Organizaciones internacionales en materia de Tráfico y Seguridad Vial.
25. De las Comunidades Europeas a la Unión Europea. Los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas. El Tratado de Lisboa: el Tratado de la Unión y el Tratado de Funcionamiento de la Unión. El proceso de ampliación.
26. Las instituciones de la Unión Europea (I): el Consejo Europeo, el Consejo y la Comisión Europea.
27. Las instituciones de la Unión Europea (II): el Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Otras instituciones y órganos. El Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea.
28. El derecho de la Unión Europea. Fuentes. Relación entre el Derecho de la Unión Europea y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. La participación de los Estados Miembros en el proceso decisorio.
29. La aplicación del derecho de la Unión Europea: principios generales. Aspectos específicos de la situación española.
30. Los procesos de modernización de las administraciones públicas. La Administración al servicio del ciudadano. La gestión de calidad en la Administración General del Estado.
31. La gestión del cambio en las Administraciones públicas. El valor estratégico de la gestión del conocimiento. El impacto de las nuevas tecnologías. La Administración electrónica.
32. La función directiva. Sus particularidades en la gestión pública. El directivo público.
33. Las políticas públicas: elaboración. Ciclo de las políticas públicas. Actores y redes de actores. Modelos de decisión.
34. La ejecución de las políticas públicas. Gestión, resultados y reformulación.
35. La evaluación de las políticas públicas. Tipos. Criterios, indicadores y estándares. La Agencia Estatal de Evaluación de políticas públicas.
36. La planificación de la gestión pública. La planificación estratégica y operativa. La dirección por objetivos. La programación de proyectos. Gestión de proyectos y gestión por objetivos.
37. Sistemas de información para la dirección y la gestión. La información como recurso para la Administración Pública. La protección de los datos de carácter personal.
38. El control de la actuación pública. Control estratégico y control de gestión. El control externo de la gestión pública.
39. La cultura administrativa. La ética pública. La gestión de los conflictos de intereses en el ámbito público. El Código del Buen Gobierno de los miembros del Gobierno y Altos Cargos de la Administración del Estado.
40. La evolución del empleo público en España. El Estatuto Básico del Empleado Público y otras normas. Tipología del empleo público y evolución del modelo de Función Pública. La contratación laboral en la Administración Pública.
41. Los derechos constitucionales de los empleados públicos. Políticas de promoción de la paridad de género en las Administraciones Públicas. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Régimen Jurídico de la Dependencia.
42. La planificación de recursos humanos en las Administraciones Públicas. Instrumentos de racionalización: La oferta de empleo público y las relaciones de puestos de trabajo. Acceso al empleo público. Extinción de la relación de servicio.
43. Sindicación, participación y representación del personal al servicio de las Administraciones Públicas. La negociación colectiva en las Administraciones Públicas. Acuerdos y pactos. Convenios Colectivos. Acuerdos marco. Conflictos colectivos. La huelga.
44. Los empleados públicos: concepto y clasificación. Procesos selectivos. Régimen jurídico del personal laboral. El Convenio Colectivo Único.
45. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Situaciones administrativas. Régimen retributivo.
46. Régimen de incompatibilidades. La responsabilidad patrimonial de los funcionarios. Régimen disciplinario. Los delitos de los funcionarios.
47. La seguridad social de los funcionarios públicos. Régimen general. Régimen especial de clases pasivas. Mutualismo administrativo.
48. Participación y régimen de representación del personal. Especial referencia a la Administración General del Estado.
49. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos y disciplinas que la integran. Derechos y obligaciones. La prevención de riesgos laborales en las Administraciones Públicas.
50. Presupuesto como instrumento de planificación económica. El Pacto de Estabilidad Presupuestaria y la legislación presupuestaria en España.
51. El Presupuesto: contenido y estructura. Los Presupuestos Generales del Estado: procedimiento de aprobación.
52. La ejecución presupuestaria. Las modificaciones presupuestarias. El control presupuestario.
53. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. El sistema impositivo español: Régimen actual. Contribuciones especiales, tasas y precios públicos.
54. Procedimiento común de ejecución de gastos públicos: autorización. Compromiso de gasto. Reconocimiento de la obligación. Propuesta de pago.
55. Procedimiento de pago. El pago directo por el Tesoro Público. Pagos a través de habilitados: anticipos de caja fija y pagos a justificar.
56. Los contratos del Sector Público. Ámbito de aplicación subjetiva. Disposiciones comunes a todos los contratos. Requisitos para contratar y procedimiento de contratación.
57. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos. Características generales.
58. El Régimen financiero de los Organismos autónomos, Fundaciones estatales, Entidades públicas empresariales, Sociedades mercantiles estatales y otros entes del Sector Público Estatal.
59. Control interno de la actividad económico-financiera del sector público. La Intervención General de la Administración del Estado. Control de ayudas y subvenciones. Control de fondos comunitarios. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público. El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas.
60. El Gobierno abierto. Especial referencia a la Transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno.
Programa del tercer ejercicio para el sistema general de acceso libre y segundo ejercicio para el sistema de promoción interna
Parte 1: Movilidad Segura
1. Estructura y movilidad de la población sobre el territorio. Las infraestructuras de transporte como motor de la economía. El Desarrollo sostenible. Movilidad por carretera: desplazamientos urbanos e interurbanos. La movilidad en zona urbana.
2. Seguridad vial, concepto y objetivos. Impacto de la movilidad sobre los accidentes. Comparación con otros modos de transporte. Conceptos de seguridad vial: exposición, riesgo y gravedad. Usuarios de las vías. Factores de riesgo y factores de protección en seguridad vial.
3. Magnitud del problema de los accidentes de tráfico a nivel mundial. Informes de organizaciones internacionales: OMS, OCDE, UE. Bases de datos internacionales: IRTAD, CARE y otras. Los accidentes de tráfico en España: evolución, tipos, características, principales circunstancias y distribución geográfica. La accidentalidad en carretera y en zonas urbanas.
4. Movilidad sostenible. La contaminación ambiental: los vehículos como fuente de contaminación. El impacto ambiental de las infraestructuras. Emisiones. Sistemas de medición. La contaminación acústica: el ruido. Medida del ruido. Fuentes de ruido. Precauciones a adoptar para evitar la contaminación: conducción eficiente y descontaminación como actividad previa a la baja del vehículo. Plan AIRE.
5. Las consecuencias del accidente. Consecuencias individuales y sociales. Costos económicos. Las víctimas: Concepto y tipologías. Ámbitos de actuación sobre víctimas.
6. Principios de biomecánica del accidente de tráfico. Biomecánica: definición, principios. Mecanismos lesivos. Fases de un accidente. Factores que determinan la lesividad. Biomecánica de las lesiones según área anatómica y tipo de accidente. Sistemas de clasificación de lesiones. Escalas de gravedad, tipos y aplicaciones a las políticas públicas.
7. Tratamiento posaccidente. Protocolos de actuación de los servicios de emergencias en caso de accidentes. Descripción del problema. Índices de supervivencia después de un accidente. Tratamiento prehospitalario, hospitalario y poshospitalario. Resumen de medidas y efectos.
8. La política de seguridad vial en la UE. El Tratado de Funcionamiento de la UE. La Comisión Europea como órgano ejecutivo de las políticas de seguridad vial europeas. El Libro Blanco de Transporte 2011-2020. Orientaciones políticas sobre seguridad vial 2011-2020. Plan de acción europeo de Movilidad Urbana. Programa de Acción Comunitaria en el ámbito de la salud pública: prevención de lesiones.
9. Estrategia y recomendaciones de las organizaciones internacionales: Naciones Unidas: Organización Mundial de la Salud (OMS) y Banco Mundial; OCDE: International Transport Forum (ITF); European Transport Safety Council (ETSC); Forum of European Road Safety Research Institutes (FERSI); Prévention Routière Internationale (PRI); Global Road Safety Partnership. La posición de España en el contexto de la seguridad vial europea: evolución y situación actual.
10. La política vial y los planes estratégicos. Elementos clave en los planes estratégicos de seguridad vial. Algunos ejemplos: la «Visión Cero» y la «Seguridad Sostenible». La planificación de la seguridad vial en España. Antecedentes. Estrategia de seguridad vial 2011-2020: visión estratégica, prioridades e indicadores.
11. Planificación en el ámbito urbano. El «Plan Tipo de Seguridad Vial Urbano» como guía de apoyo para la actuación local. Planes autonómicos de seguridad vial. Planes específicos de seguridad vial. Planes de seguridad vial de empresa. Estrategias para otros usuarios: el Plan Estratégico para la seguridad vial de motocicletas.
12. La coordinación de las políticas viales: el Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad sostenible. Estructura, organización, objetivos y funciones. Las Comisiones de Tráfico y Seguridad de la Circulación Vial en las Comunidades Autónomas. Grupos de trabajo.
13. Otros organismos nacionales con competencia en aspectos relacionados con seguridad vial. Análisis de las competencias de otros organismos (Ministerio de Industria. Ministerio de Justicia. Ministerio de Fomento. Ministerio de Sanidad. Ministerio de Educación).
14. Sistemas de información al servicio de la política vial I. Registros policiales de accidentes: estatal, autonómicos y locales. Información: registro de accidentes, clasificación de los datos sobre accidentes. Indicadores. Concepto de accidente de circulación. Definiciones El cuestionario estadístico de accidentes de circulación. El Sistema ARENA como registro policial de accidentes de tráfico. Contenido de la base de datos de los accidentes de circulación. Calidad de los registros policiales. Infranotificación: procedimientos de estimación y magnitud en España.
15. Sistemas de información al servicio de la política vial II. Sistemas de información de salud: certificados de defunción, altas hospitalarias, urgencias, encuestas de salud, información forense. Indicadores. Registros de accidentes basados en la fusión de registros policiales con otras fuentes de información. El Registro de Víctimas y Accidentes de Tráfico.
16. Sistemas de información al servicio de la política vial III. Sistemas de información relativos a la exposición y la movilidad. Indicadores. Sistemas de información específicos: conductores, infractores, vehículos, centros de reconocimiento de conductores, autoescuelas, exámenes. Indicadores. Otras fuentes de información: estudios poblacionales, sociológicos y de mercado.
17. Indicadores para la seguridad vial. Indicadores de nivel de seguridad, definición y sistemas de obtención: alcohol, velocidad, SRl, casco, cinturón y uso del teléfono móvil. Situación actual de indicadores en España. Rankings de seguridad: concepto y objetivos. Barómetros de parque de vehículos y de las infraestructuras. El sistema EuroNCAP y el sistema EuroRAP. Los indicadores PIN del Consejo Europeo de Seguridad en el Transporte. Otros indicadores comparativos.
18. Principios de estadística aplicada a la seguridad vial. Estadística descriptiva e inferencia estadística. La estadística y el estudio de los accidentes de tráfico: Técnicas de modelización de la frecuencia de accidentes. Predicción de la frecuencia de accidentes en tramos de carretera. Análisis multivariante de series temporales. Técnicas de muestreo y su aplicación en la seguridad vial.
19. Análisis coste–beneficio. Concepto y descripción de los análisis coste–beneficio. Aplicación a la planificación de medidas de seguridad vial y gestión del tráfico. El cálculo del coste de los accidentes de tráfico y del valor de una vida, del coste de congestión y coste ambiental. Métodos para la evaluación coste/beneficio de medidas.
20. Situación actual de la investigación sobre seguridad vial. El papel de la DGT en la promoción de la investigación sobre seguridad vial. Planes nacionales de investigación. Planes autonómicos y locales. Los Programas Marco europeos. Centros de investigación nacionales.
21. Principales factores de riesgo I: Las condiciones psíquicas y físicas para la conducción. Las enfermedades sobrevenidas y la pérdida de capacidades. Conceptos. La exploración médico-psicológica y el procedimiento evaluador.
22. Principales factores de riesgo II: Consumo de alcohol, drogas y medicamentos. Magnitud del problema en España y en la Unión Europea. Efectos del consumo de alcohol y drogas sobre las aptitudes para la conducción. Relación entre el consumo de alcohol y drogas y el riesgo y la gravedad de los accidentes. Resumen de medidas y efectos.
23. Principales factores de riesgo III: La velocidad. Relación entre la velocidad, el riesgo y la frecuencia de accidentes. Impacto de los cambios en los límites de velocidad. La distracción y la somnolencia.
24. Intervenciones basadas en diseño de vehículos y de la vía. Interacción vía, vehículo y conductor. Factores de protección: cinturón, casco, sistemas de retención infantil. Los sistemas ITS en la prevención de accidentes y lesiones.
25. Herramientas de intervención I. La comunicación en materia de seguridad vial. Comunicación institucional. Comunicación interna y externa. Medios y elementos de difusión de la información: la publicidad y la divulgación. Transferencia de conocimiento. Liderazgo institucional.
26. Herramientas de intervención II. La educación vial escolar en España: antecedentes, concepto y justificación. Objetivos y contenidos de educación vial en las diferentes etapas educativas. Otros colectivos: población adulta. Ámbito comparado de la educación vial en la Unión Europea.
27. Herramientas de intervención III. La formación vial. Formación para la obtención del permiso o licencia de conducción. Formación y educación a los largo de la vida.
28. Herramientas de intervención IV. La legislación. La vigilancia y el control.
29. Intervención preventiva sobre la reincidencia en conductas de riesgo. Infractores, multiinfractores y comportamientos de riesgo. Estrategias preventivas. Intervenciones basadas en la recuperación de la autorización administrativa. Programas administrativos y programas rehabilitadores.
30. Programas e intervenciones en seguridad vial y movilidad: Tipos de programas. Diseño de intervenciones. Evaluación: evaluaciones de impacto y evaluación económica.
Parte 2: Gestión Administrativa del Tráfico
1. Marco constitucional de la seguridad vial y el tráfico: El tráfico y circulación de vehículos a motor como competencia exclusiva del Estado. Fundamentos y distribución competencial. Comunidades Autónomas con competencias. Las competencias de las Entidades Locales.
2. Normas y tratados internacionales en materia de seguridad Vial. Normativa comunitaria en materia de tráfico. Origen y desarrollo. Los instrumentos normativos utilizados: Reglamentos y Directivas. Referencia a las disposiciones más importantes dimanantes de la Unión Europea en materia de tráfico.
3. La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Regulación anterior a 1990. Ley actual: estructura y contenidos. Principales modificaciones.
4. La Jefatura Central de Tráfico: origen, evolución y situación actual. La Dirección General de Tráfico y su organización periférica. Estructura orgánica y funcional. Las relaciones institucionales del Organismo. El Régimen financiero de la Jefatura Central de Tráfico: Presupuesto, régimen patrimonial. Las tasas de la Jefatura Central de Tráfico.
5. La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. Organización y misiones. Relaciones con la Dirección General de Tráfico. Otras policías del tráfico: policías autonómicas y policías locales.
6. Los principales reglamentos en materia de Tráfico: el Reglamento de Circulación, de Conductores, de Vehículos y del Procedimiento Sancionador. Otros reglamentos sobre la materia.
7. Normas generales de comportamiento en la circulación. Principios generales. La circulación de los vehículos. El sentido de la circulación. Utilización de carriles en poblado y fuera de poblado. Supuestos especiales de utilización de carriles: carriles reversibles, carriles de utilización en sentido contrario al habitual, carriles adicionales, carril BUS, carril VAO. Circulación por el arcén: conductores obligados a su utilización.
8. La prioridad de paso: normas de prioridad en intersecciones, tramos en obras y estrechamientos, paso por puentes y obras de paso, tramos de gran pendiente. Cruce de pasos a nivel y puentes levadizos. Normas de comportamiento de los conductores respecto de ciclistas peatones y animales. Vehículos en servicio de urgencia: vehículos prioritarios.
9. Maniobras básicas de la circulación: concepto y normas generales para su realización. Incorporación a la circulación. Cambios de dirección, calzada y carril. Cambio del sentido de la marcha. Marcha hacia atrás. Distancia entre vehículos: lateral y frontal. Advertencias de los conductores. Inmovilizaciones. Detención, parada y estacionamiento: su regulación. Otras inmovilizaciones: inmovilizaciones ordenadas por los agentes de la autoridad. Retirada de vehículos de la vía pública.
10. La velocidad y su normativa. Límites de velocidad. Infracciones a las normas de velocidad. Distancia de seguridad. El adelantamiento: su regulación. Adelantamiento y circulación paralela. Normas generales del adelantamiento. Ejecución del adelantamiento. Vehículo adelantado. Maniobras de adelantamiento que atentan a la seguridad vial. Supuestos excepcionales de ocupación del sentido contrario.
11. La Circulación urbana: su regulación. Competencias de los municipios. El peatón y su comportamiento: circulación de peatones por vías urbanas e interurbanas. Pasos para peatones. Prioridad de paso de los vehículos sobre los peatones: excepciones. Problemas específicos de las zonas escolares.
12. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Peculiaridad de las normas que la regulan. Carriles y pasos para ciclistas. Condiciones técnicas que deben reunir. Prohibiciones especiales. Circulación de quads. Circulación de animales y vehículos de tracción animal. Prioridad de paso de los vehículos sobre los animales: excepciones.
13. Autorizaciones especiales de circulación. Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos: su regulación. Limitaciones a la circulación: temporales y permanentes.
14. Circulación de vehículos. Tipos y categorías de vehículos. Condiciones técnicas que deben reunir para que sea permitida su circulación por las vías públicas. Requisitos administrativos. Masas y dimensiones de los vehículos: su regulación. Remolques: requisitos para su circulación.
15. Los sistemas de alumbrado y señalización óptica de vehículos: utilización, circulación nocturna y en condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad. Las señales acústicas: su utilización. Señales y distintivos de los vehículos.
16. Matriculación ordinaria de vehículos. Trámites y documentos. Placas de matrícula. El Registro de vehículos. Arrendatarios a largo plazo y conductores habituales. Las reservas de dominio y otras limitaciones a la facultad de disponer; Nulidad, anulación, pérdida de vigencia y suspensión cautelar de las autorizaciones de circulación. Matriculación telemática y Orden 2536/2006, de 26 de julio, por el que se regula el soporte electrónico de la tarjeta ITV25.
17. Matriculación especial. Vehículos en régimen de matrícula diplomática. Vehículos en régimen de matrícula turística. Vehículos históricos. Circulación internacional de vehículos. Autorizaciones temporales de circulación: tipos de permisos temporales. Bajas de vehículos: temporales y definitivas. Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva.
18. Cambios de titularidad de los vehículos entre personas que no se dedican a la compraventa: especial referencia a las notificaciones de venta. Cambios de titularidad de los vehículos entre personas que se dedican a la compraventa de vehículos. Especial referencia a los Convenios DGT-CCAA que regula el código electrónico de transferencias y a la resolución de 9 de julio de 2010 sobre comunicación informática al registro de vehículos del impago de la deuda correspondiente al impuesto sobre vehículos de tracción mecánica Duplicados de permisos y licencias de circulación.
19. Inspección Técnica de Vehículos: inspecciones previas a la matriculación, periódicas y extraordinarias. Resultado de las inspecciones. Reformas de importancia: conceptos, tipos y procedimiento para su tramitación. Anotación telemática de inspecciones y reformas por las estaciones ITV en el registro de vehículos; referencia a la disposición adicional primera del RD224/2008 de 15 de febrero sobre normas generales de instalación y funcionamiento de las estaciones ITV.
20. Autorizaciones administrativas para conducir: permisos y licencias de conducción. Clases y edades. Requisitos para su obtención. Variación de datos y duplicados. Vigencia y prórroga.
21. Permisos de conducción expedidos en otros países: Permisos expedidos en Estados Miembros de la Unión Europea o en Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. Validez, inscripción, sustitución y canje. El canje de oficio. Permisos expedidos en terceros países. Validez y canje. Acuerdos bilaterales para el reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducción. El modelo comunitario de permiso de conducción. Códigos comunitarios armonizados y códigos nacionales.
22. Otros permisos de conducción. Permisos de conducción expedidos por Escuelas y Organismos Militares y de la Dirección General de Policía y de la Guardia Civil. Permisos de conducción de los diplomáticos acreditados en España. Permiso internacional de conducción.
23. Nulidad o lesividad y pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir: procedimiento, declaración y efectos. Requisitos para la recuperación del permiso o licencia de conducción. Medidas Cautelares. Recursos posibles en esta materia. El permiso por puntos. Concepto y naturaleza. Antecedentes. Derecho comparado. Legislación. Los cursos de sensibilización y reeducación vial. Pérdida de vigencia por agotamiento de saldo de puntos.
24. Centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores: Naturaleza y requisitos. Acreditación e inscripción. Registro de Centros de Reconocimiento. Régimen de funcionamiento. Informes de aptitud psicofísica. Inspecciones, infracciones y sanciones.
25. La enseñanza de la conducción en España. La licencia de aprendizaje. La conducción acompañada. Escuelas Particulares de Conductores: Cuestiones generales. Elementos personales y materiales mínimos. Autorización de apertura: expedición, modificación, suspensión y extinción. Profesores de Formación Vial y Directores: autorizaciones de ejercicio y obtención de los certificados de aptitud. Registro de centros de formación de profesores.
26. Pruebas de aptitud para obtener permisos y licencias de conducción: Pruebas de control de conocimientos: común y específicas. Calificación de las pruebas. Pruebas de control de aptitudes y comportamientos: en circuito cerrado y en circulación en vías abiertas al tráfico general. Calificación de las pruebas. Exenciones. Vehículos a utilizar en las pruebas. Conducción autónoma.
27. La potestad sancionadora de la administración en materia de tráfico. Las infracciones de tráfico: concepto, elementos y clases. Los aspectos antijurídicos en las infracciones de tráfico y sus elementos. La imputación personal de las infracciones. Especial referencia a los menores de edad y a otros supuestos de responsabilidad.
28. Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (I). Aspectos generales. Denuncia: clases. Tipos de procedimientos: instrucción y resolución. Caducidad y prescripción El Registro Central de Conductores e Infractores.
29. Procedimiento sancionador en materia de Tráfico (II). Infracciones y sanciones. Responsables de infracciones. Medios de notificación y publicación de sanciones: especial referencia a Dirección Electrónica Vial (DEV) y Tablón Edictal de sanciones de Tráfico (TESTRA). El Centro Estrada. Recursos en vía administrativa. Recursos de contenido económico ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y Tribunales Económicos Administrativos. Recursos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
30. Aspectos jurídico-penales de la circulación: los delitos contra la seguridad vial. Faltas relativas a la seguridad del tráfico. Omisión del deber del socorro. Posibles delitos de falsificación relacionados con el tráfico. Robo y hurto de uso de vehículos. Medidas sustitutivas de penas y sanciones. El decomiso del vehículo. La Fiscalía Especial para delitos contra la Seguridad Vial.
Parte 3: Gestión Técnica del Tráfico
1. Legislación española en materia de carreteras y transportes. LOTT y Reglamento que la desarrolla. Leyes de carreteras del Estado y de las CC.AA. Visión desde la normativa de tráfico y seguridad vial.
2. El transporte de mercancías que requieren precauciones especiales. Transportes especiales. Transporte de mercancías perecederas. Transporte de mercancías peligrosas. El ADR. Habilitación para conducir vehículos que transportan mercancías peligrosas. La gestión de la circulación de estos vehículos.
3. El vehículo I. El movimiento de los vehículos. Resistencia al avance. Trayectoria de los vehículos en recta y curva. Interacción rueda-pavimento. Influencia del tipo de superficie y de las características del neumático. Medida de coeficientes de resistencia al deslizamiento.
4. El vehículo II. Influencia de aspectos de diseño. Seguridad de los vehículos: conceptos de seguridad primaria y secundaria. Seguridad activa y pasiva de los vehículos. Componentes de la seguridad primaria. Componentes de la seguridad secundaria.
5. Parámetros fundamentales del tráfico I. Características del flujo del tráfico, variación, distribución y composición. Intensidad del tráfico. Definición. Densidad de tráfico. Tiempos de recorridos y demoras. Relaciones entre la intensidad, la velocidad y la densidad.
6. Parámetros fundamentales del tráfico II. Velocidad. Definiciones. Percentil 85. Velocidad inadecuada y velocidad excesiva. Otras variables derivadas. Métodos de obtención de datos de los parámetros de tráfico. Procedimientos de integración y análisis.
7. Estudios del tráfico y análisis de la demanda. Aforos en redes urbanas y en redes interurbanas. Sistema de recogida automática de datos en tiempo presente: variables de tráfico, meteorológicas y ambientales. Detectores, descripción, tipos y tecnologías. Sistema de introducción y actualización de sucesos y previsiones.
8. Visibilidad. Distancia de parada. Visibilidad de parada. Distancia de adelantamiento. Visibilidad de adelantamiento. Distancia de cruce. Visibilidad de cruce. Visibilidad en curvas circulares.
9. Intersecciones. Concepto, funcionamiento y clasificación. Tipos de intersecciones. Intersecciones canalizadas y no canalizadas Principios básicos. Influencia en la seguridad de la circulación.
10. Glorietas y enlaces. Concepto y clases de intersecciones giratorias. Criterios generales para implantación de las glorietas. Concepto y justificación del enlace. Nomenclatura y definiciones. Tipos de enlace. Capacidad. Niveles de servicio. Tramos de trenzado. Ramales de enlace. Influencia en la seguridad de la circulación.
11. La señalización. Conceptos. Principios básicos. Clases. Prioridad entre señales. Las señales de los agentes de circulación. Señalización vertical: definiciones. Características de los elementos de la señalización vertical. Criterios de implantación: señalización y balizamiento de curvas; señalización de velocidad máxima; señalización de adelantamiento; otros casos de señalización.
12. Marcas viales. Objeto. Características físicas. Color. Reflectancia. Materiales. Tipos de marcas viales: longitudinales, transversales, flechas, inscripciones y otras marcas.
13. Señalización de obras. Señalización fija y móvil. Señalización de vialidad invernal.
14. Señalización variable. Conceptos. Tipos de señalización variable. El panel de mensaje variable. Aspectos y normativa técnica. Criterios de diseño y uso de mensajes en los paneles de mensaje variable.
15. Regulación semafórica. Objeto. Regulación de un cruce semafórico: ubicación en la vía, concepto de fase, ciclo y despeje. Funcionamiento de un cruce semafórico. Cruces semiactuados. Cruces totalmente actuados. Sincronización entre cruces. Capacidad de las intersecciones controladas por semáforo.
16. Red vial en zona urbana I. Compatibilidad entre tráfico motorizado y no motorizado. Transporte público, carga y descarga. Aparcamiento. Jerarquización de la red viaria. Tipología. Criterios de clasificación y diseño: Ejes viarios, distribuidores, vías residenciales.
17. Red vial en zona urbana II. Calmado de tráfico. Diseño de infraestructura para el transporte colectivo. Diseño de infraestructura para el transporte no motorizado. Zonas 30. La distribución de mercancías en ciudad. Diseño de elementos singulares para facilitar la accesibilidad a personas con movilidad reducida. Zonas comerciales, de negocio e industriales.
18. La gestión del tráfico I. Sistemas de gestión del tráfico. Objetivos y subsistemas que lo integran. Los centros de gestión de tráfico y sus objetivos y estructuras. Tratamiento integrado de la gestión del tráfico y de la información. La difusión de la información de tráfico.
19. La gestión del tráfico II. Redes de comunicaciones de fibra óptica e inalámbricas. Introducción a la televisión. Aplicaciones para la gestión del tráfico y seguridad vial. La utilización de las vídeo cámaras y otros sistemas de captación de imágenes de tráfico en el marco de la Ley Orgánica 4/1997 y Real Decreto 596/1999.
20. La gestión del tráfico III. Medidas para actuar sobre la oferta y la demanda. Establecimiento de carriles reversibles, VAO, a contraflujo y uso de arcenes en función de la demanda. Itinerarios alternativos. Sistemas de control lineal. Control de rampas.
21. Vialidad invernal. Conceptos generales de meteorología dinámica, física y microescala: variables y su medición. Fenómenos meteorológicos que afectan a la viabilidad invernal. Técnicas empleadas para combatir los efectos de la nieve y el hielo. Medios de previsión y alerta de los fenómenos meteorológicos. Medios de información.
22. Gestión del tráfico en situaciones de emergencia. La gestión de riesgos y el sistema de transporte por carretera. Clasificación y descripción de los riesgos principales en España. El contexto estratégico y el papel de la DGT. Tipología. Planes de gestión de tráfico para emergencias.
23. ITS Conceptos básicos. Directiva 40/2010 sobre ITS y RD 662/2012. Plan de acción europeo. Especificaciones al amparo de la Directiva. Normalización.
24. ITS y seguridad vial. Localización e identificación de vehículos. Gestión de flotas. Equipamiento embarcado y equipamiento en la vía. Sistemas cooperativos. Proyecto e-call.
25. Sistemas tecnológicos para la detección de infracciones. Cinemómetros, foto-rojo, control de telepeaje. Lectores de matrícula: aplicaciones. El CTDA.
26. Arquitectura de los sistemas de información: Accidentes, conductores, infractores, vehículos, centros de formación, centros de reconocimiento de conductores.
27. Administración electrónica del tráfico. Conceptos básicos: Certificados de identidad electrónica, servicios web, internet, intranet y extranet. La administración electrónica de la DGT al servicio de los ciudadanos.
28. Principios en la investigación aplicada a la movilidad. Tipos de investigación. Los programas europeos y nacionales de I+D+i.
29. Investigación de accidentes en profundidad. Recogida de muestras y pruebas. Investigación de los indicios de la vía. Investigación de daños en los vehículos. Conductores y testigos: El interrogatorio como parte de la investigación, obtención de información de conductores, pasajeros y testigos. Factores extrínsecos, análisis del entorno. Introducción a la reconstrucción.
30. La seguridad de las infraestructuras viarias. Puntos negros y tramos de concentración de accidentes. Análisis comparativo de métodos para la identificación de tramos de concentración de accidentes. Auditorías de seguridad vial: concepto, características y organización del proceso. La Directiva 2008/96/CE. Herramientas para el desarrollo de las auditorías. Costes y resultados.
ANEXO III
Escala Superior de Técnicos de Tráfico
Tribunal titular:
Presidente: Cristóbal Cremades Rodríguez (Escala Superior de Técnicos de Tráfico)
Vocales:
M.ª Lidón Lozano Pérez (C. Superior Técnicos Admón. Seg. Social).
Ángel Bartolomé de Blas de Blas (Escala Superior de Técnicos de Tráfico).
Marta Carrera Doncel (Escala Superior de Técnicos de Tráfico).
Alberto Grado Carmona (Escala Técnica de Gestión de OO.AA.).
José M.ª Pardillo Mayora (C. Profesores Titulares de Universidad).
Secretaria: Gloria Ramiro Montes (E. Tit. Sup. Inst. Nal. Seg. e Higiene Trab.).
Tribunal suplente:
Presidenta: María José Aparicio Sanchiz (Escala Superior de Técnicos de Tráfico).
Vocales:
Santiago Domínguez Salamanca (C. Sup. Sistemas y Tecnologías Información AE).
Francisco Javier Villalba Carrasquilla (Escala Superior de Técnicos de Tráfico).
Ana Isabel Blanco Bergareche (Escala Superior de Técnicos de Tráfico).
Elena María Manchado Ruiz (Escala Técnica de Gestión de OO.AA.).
Mercedes Rodríguez Domínguez (Escala Superior de Técnicos de Tráfico).
Secretario: Luis Fernando del Pino de Elías (E. Tit. Sup. Inst. Nal. Seg. e Higiene Trab.).
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
La solicitud se cumplimentará según lo establecido en el modelo solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790), y las siguientes instrucciones particulares.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán «Interior». En el recuadro relativo a Centro Gestor se hará constar «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala Superior de Técnicos de Tráfico» y el Código «5700».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L» para acceso libre y «P» para promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio del Interior».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 22, los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo, consignando la letra G.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posee para participar en estas pruebas.
En el recuadro 25 correspondiente a «Datos a consignar según las Bases de la Convocatoria» se hará constar en la casilla A) el idioma elegido (inglés o francés) para desarrollo del primer ejercicio.
En la solicitud deberá constar la firma del interesado, siendo causa de exclusión su omisión.
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 30,49 euros para el turno libre, y 15,25 euros para la promoción interna, y para las familias numerosas de categoría general 15,25 y 7,63 euros respectivamente. Para las exenciones o reducciones o bonificaciones de esta tasa, se estará a lo establecido en el artículo decimocuarto punto 6 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
A los efectos regulados en el apartado 5 letra d) del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social estarán exentas del pago de la tasa, las víctimas del terrorismo, entendiendo como tales, a los efectos regulados en el presente artículo, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número IBAN ES10-0182-2458-10-0200006043 BIC BBVAESMM del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio del Interior. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
La presentación de la solicitud por vía electrónica, deberá atender a lo siguiente:
El punto de acceso general es administración.gob.es.
La presentación de solicitudes por esta vía conllevará igualmente el pago electrónico de la tasa de derechos de examen.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, esta deberá adjuntarse con la solicitud.
1
2
3
ANEXO VI
D./D.ª ............................................................................................................................. con DNI ......................................, que habiendo superado la fase de oposición del proceso selectivo para el acceso a la Escala Superior de Técnicos de Tráfico por promoción interna no voy a aportar la certificación de servicios de la Unidad donde presto o he prestado mis servicios.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo Decimoctavo.1 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado doy mi conformidad para que se valoren en la fase de concurso únicamente los méritos que figuran en el Registro Central de Personal.
Lo que firmo en ............................................. a ......... de .................... de 201...
SR. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CALIFICADOR
DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO-C/ Josefa Valcárcel, 28
28071 MADRID

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