En el BOP del 19/11 se ha publicado en las páginas 11427-11430:
Mediante Resolución del Consejero Delegado de
Recursos Humanos de fecha 9 de noviembre de 2018,
se ha procedido a aprobar la siguiente convocatoria
para la creación de listas de reserva mediante el
sistema selectivo de concurso-oposición para cubrir
interinidades de la siguiente plaza de la plantilla de
Cabildo de Fuerteventura y de sus Organismos
Autónomos: TÉCNICO SUPERIOR LICENCIADO
O GRADO EN DERECHO (subgrupo de clasificación
A1, de acuerdo con lo establecido en el “Reglamento
de listas de reserva para cubrir interinidades y
contrataciones temporales en las distintas categorías
del personal laboral y funcionario del Cabildo de
Fuerteventura”, aprobado por el Pleno de fecha 19 de
junio de 2017, publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas número 79 de fecha 3 de julio
de 2017, publicada su aprobación definitiva en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número
95 de fecha 9 de agosto de 2017.
BASES ESPECÍFICAS PARA LA CREACIÓN
DE UNA LISTA DE RESERVA DE TÉCNICO
SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
PARA INTERINIDADES DEL CABILDO DE
FUERTEVENTURA Y SUS ORGANISMOS
AUTÓNOMOS.
Objeto de la convocatoria.
Las presentes basestienen como objeto la selección
de personal para crear una lista de reserva de Técnico
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 139, lunes 19 de noviembre de 2018 11427
Superior de la escala de Administración Especial, a
los efectos de su nombramiento interino de plazas de
la plantilla de personal funcionario del Cabildo de
Fuerteventura y de sus Organismos Autónomos, de
acuerdo con lo establecido en el “Reglamento de
listas de reserva para cubririnterinidades y contrataciones
temporales en las distintas categorías del personal laboral
y funcionario del Cabildo de Fuerteventura”, aprobado
por el Pleno de fecha 19 de junio de 2017, publicado
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
número 79 de fecha 3 de julio de 2017, publicada su
aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la
Provincia deLas Palmas número 95 de fecha 9 de agosto
de 2017.
Bases Reguladoras del proceso selectivo.
La presente convocatoria se regirá por las presentes
bases específicas y por las “Bases Generales que han
de regir las convocatorias públicas para la provisión
por funcionario interino de plazas vacantes en el
Cabildo Insular de Fuerteventura”, aprobadas mediante
Decreto del Consejero de Personal el día 27 de marzo
de 2008, publicadas en el Boletín Oficial de la
Provincia de las Palmas número 46 de fecha 7 de abril
de 2008, modificadas mediante decreto del Consejero
de Recursos Humanos de fecha 11 de septiembre de
2013, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia
de las Palmas número 120 de fecha 18 de septiembre
de 2013.
Referencia a laBase Segunda de lasBases Generales:
Características de las plazas.
Escala de Administración Especial, subescala
Técnica, Clase Técnico Superior, denominación
Técnico Superior, Grupo A, Subgrupo A1.
Referencia a la Base Tercera de las Bases Generales:
Requisitos de los aspirantes.
Para acceder a la plaza se requiere alguna de las
siguientestitulaciones: Grado o licenciatura de Derecho
o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero
se deberá estar en posesión de la correspondiente
convalidación o de la credencial que acredite, en su
caso la homologación.
Carnet de conducir B.
Referencia a la Base Cuarta:
Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de instanciasserá de DIEZ
DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al
de la publicación del anuncio de la presente convocatoria
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
Derechos de examen.
Los aspirantes deberán abonarlossiguientesimportes
por derecho de examen, según la ordenanza fiscal
reguladora de la tasa por inscripción para participar
en las pruebas selectivas de personal al servicio del
Cabildo de Fuerteventura, publicada en elBoletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas número 98 el viernes
30 de julio de 2010.
Plaza de Técnico Superior, Subgrupo A1: 45,00
euros.
En el momento de presentar la correspondiente
solicitud de inscripción en las pruebasselectivas, los
interesados deberán acompañar la autoliquidación
de la tasa así como justificante del ingreso de la cuota
que corresponda, o en los casos de estar exentos de
la misma deberán aportarlos certificados que acrediten
dicha exención del pago de la tasa. No será tramitada
ninguna solicitud de inscripción para participar en el
proceso selectivo que no haya acreditado el pago de
la tasa o justificado documentalmente estar incurso
en alguna de las circunstancias que permiten acogerse
a la cuota de 0,00, de acuerdo con lo que establece
la ordenanza fiscalreguladora de la tasa porinscripción
para participar en las pruebas selectivas de personal
al servicio del Cabildo de Fuerteventura.
El ingreso se realizará en la cuenta número ES08-
2038-7224106400005324 de Bankia.
Referencia a la Base Sexta de las Bases Generales:
El Tribunal Calificador para esta convocatoria
quedará regulado según el Real Decreto legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público y el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo,
sobre indemnización por razón del servicio.
11428 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 139, lunes 19 de noviembre de 2018
Referencia a laBase Séptima de lasBases Generales:
Sistema Selectivo Concurso-Oposición.
TEMARIO DE TÉCNICO SUPERIOR DE LA
ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
Tema 1. Ley 8/2015, de los Cabildos Insulares:
Organización de losCabildosInsulares. Funcionamiento,
Información y Transparencia.
Tema 2. Reglamento Orgánico del Cabildo Insular
de Fuerteventura: Órganos de Gobierno: el Pleno:
naturaleza y composición, atribuciones, delegación
de atribuciones,sesiones, tipos de sesiones, celebración
y convocatoria de las sesiones, publicidad de las
sesiones. La Presidencia: atribuciones, formas de las
normas, actos y decisiones de la Presidencia, delegación
de atribuciones. Información, Transparencia y
participación ciudadana.
Tema 3. Ley 39/2015, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas: De las disposicionessobre el procedimiento
administrativo común. los recursos administrativos.
Tema 4. Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del
Sector Público: De los órganos de las Administraciones
Públicas: de los órganos administrativos, competencia;
órganos colegiados de las distintas Administraciones
Públicas: funcionamiento; abstención y recusación.
Funcionamiento electrónico del Sector Público.
Tema 5. Texto Refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público: Contratos del Sector Público:
delimitación de los tipos contractuales; contratos
sujetos a regulación armonizada; contratos administrativos
y contratos privados. Partes del contrato: el órgano
de contratación. Garantías a prestar en los contratos
celebrados con las Administraciones Públicas: garantía
definitiva y garantía provisional; constitución,reposición
y reajustes de garantía; devolución y cancelación de
las garantías.
Tema 6. Texto Refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público: Preparación de contratos por las
Administraciones Públicas: el expediente de contratación.
Adjudicación de los contratos de las Administraciones
Públicas: normas generales: el procedimiento abierto;
el procedimiento negociado.
Tema 7.TextoRefundido de laLey delEstatutoBásico
del Empleado Público: Personal al servicio de las
Administraciones Públicas. Derecho y deberes de
los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la
relación de servicio. Situaciones administrativas.
Tema 8.TextoRefundido de laLey delEstatutoBásico
del Empleado Público: Responsabilidad disciplinaria.
Tema 9. Ley Orgánica 15/1.999, de Protección de
Datos deCarácter Personal: Principios de la protección
de datos. Derechos de las personas. Infracciones y
sanciones.
Tema 10. Ley 19/2013, de Transparencia, de Acceso
a la Información Pública y Buen Gobierno: principios
generales; derecho de acceso a la información pública.
Si en la fecha de celebración de los ejerciciosse hubiese
modificado o derogado la legislación que regula la
materia objeto del temario se entenderá que será de
aplicación la legislación que en esa fecha entra en vigor.
Referencia a la Base Octava de las Bases Generales:
El orden en que habrán de actuar los aspirantes en
aquellos ejercicios que no se puedan realizar
conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando
comienzo por el opositor cuyo primer apellido comience
por la letra resultante del sorteo anual realizado por
la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
Segundo. Publicar en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas, en el Tablón de Anuncios
y en la página web de la Corporación
(www.cabildofuer.es. en ofertas de empleo) la presente
convocatoria y bases específicas.
Tercero.Conceder un plazo deDIEZDÍASHÁBILES,
contados desde el día siguiente al de la publicación
de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de
la Provincia de Las Palmas para la presentación de
solicitudes.
Cuarto. La correspondiente Resolución se dará
traslado a los Servicios de Intervención, Recursos
Humanos y al Pleno a los efectos oportunos.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a
la vía administrativa, cabe interponer Recurso de
Alzada ante el órgano que ha dictado esta resolución
o bien ante la Presidencia del Cabildo Insular de
Fuerteventura. En todo caso será esta última la
competencia para resolverlo.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 139, lunes 19 de noviembre de 2018 11429
El plazo para la interposición del Recurso de Alzada
será de UNMES alser éste un acto expreso.Transcurrido
dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la
presente resolución será firme a todos los efectos.
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
del Recurso de Alzada será de TRES MESES.
Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución,
salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1,
tercer párrafo de la Ley 39/2015, de I de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la resolución de un Recurso de Alzada no
cabrá ningún otro recurso administrativo, salvo el
Recurso Extraordinario de Revisión, en los casos
establecidos en el artículo 125.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
En Puerto del Rosario, a doce de noviembre de dos
mil dieciocho.
El CONSEJERO INSULAR DE ÁREA, Juan
Jiménez González.
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