En el BOP del 21/09 se ha publicado en las páginas 9414 y ss:
Con fecha 17/09/2018 el Sr. Alcalde Presidente ha dictado la siguiente resolución número 1762 que copiada
literalmente dice así:
RESOLUCIÓN APROBACIÓN LISTAPROVISIONALDE ADMITIDOS YEXCLUIDOS DELPROCESO
SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN DE 4 PLAZAS DE POLICÍA LOCAL.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en las pruebas de selección personal para la provisión
en propiedad de 4 plazas vacantes de Policía Local con las siguientes características:
- Grupo: C; Subgrupo: C1; Escala: Administración Especial; Subescala: Servicios Especiales; Clase: Policía
Local; Denominación: Policía; Número de Vacantes: 2.
De conformidad con las bases de la convocatoria aprobadasjunto con la convocatoria en Resolución de Alcaldía
de fecha 05/06/2018, y de conformidad con el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración
9414 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 114, viernes 21 de septiembre de 2018
General del Estado, y del artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la siguiente relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos:
(..)
SEGUNDO. Los aspirantes excluidos disponen de un plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a partir del día
siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, para formular
reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. En dicho plazo los interesados podrán
solicitar ser admitidos definitivamente, o en su caso, alegar la omisión en ambas listas, justificándolo
documentalmente. Podrán así mismo solicitar la corrección de los errores en la transcripción de los datos con
que figuran en laslistas,si los hubiere. Quienes no subsanen la exclusión, justificando su derecho a ser admitidos
en dicho lazo, serán definitivamente excluidos.
No es posible efectuar el ingreso de la tasa por derechos de examen en el plazo de subsanación de la
documentación ya que no es defecto subsanable y tampoco aquellos que hayan abonado las tasas después de
finalizado el plazo de presentación de instancias.
TERCERO. Publicar la relación provisional de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial de la Provincia de
Las Palmas y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Lo manda y firma Alcalde Teodoro Claret Sosa Monzón, en Gáldar, a dieciocho de septiembre de dos mil
dieciocho; de lo que, como Secretaria Acctal., doy fe.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, significándole que contra la presente resolución, que pone
fin a la vía administrativa, podrá interponer alternativamente o Recurso de Reposición Potestativo, en el plazo
de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ante el Sr.
Alcalde, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente Recurso Contencioso Administrativo
ante elJuzgado de lo Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo de DOS MESES contadostambién
desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sise optara porinterponerRecurso deReposición Potestativo, no podrá interponerRecursoContencioso Administrativo
hasta que aquel no sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Gáldar, a dieciocho de septiembre de dos mil dieciocho.
EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.
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