En el BOP del 7/09 se ha publicado en las páginas 8910 y ss:
Se hace público que mediante Resoluciones número 1.367/2018, 1.368/2018, 1.369/2018, 1.370/2018,
1.371/2018 y 1.372/2018, de la Sra. Consejera de Gobierno de Recursos Humanos, Organización, Educación
y Juventud, se ha dispuesto la aprobación de las Bases Específicas de la convocatoria, por el turno libre, de
plazas de personal laboral incluidas en la Oferta de Empleo Público 2016, cuyo texto se inserta a continuación:
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE
PSICÓLOGO/A - MEDIACIÓN FAMILIAR, ADSCRITA AL PUNTO DE ENCUENTRO FAMILIAR,
DE LA PLANTILLA LABORAL DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA
DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
DENOMINACIÓN: Psicólogo/a.
PLANTILLA: Laboral.
GRUPO: I.
Nº DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 81, 6 de julio de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas,
en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
del correspondiente anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la
Base Tercera de las Generales.
8910 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
DERECHOS DE EXAMEN: 24,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal.
1
1 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 21,60 euros.
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 19,20 euros.
Tasa por Discapacidad: 12,00 euros.
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP nº 65, de 31/05/2017):
0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Licenciatura o grado en Psicología, y el título oficial de Máster en Psicología
General Sanitaria, o certificado de habilitación como Psicólogo sanitario.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se requiere estar inscrito en el Registro de Mediadores en
cumplimiento de lo previsto en la Ley 15/2003, de 8 de abril, y en el Decreto 144/2007, de 24 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de la Ley de la Mediación Familiar.
Asimismo, se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad funcional, de habilitación,
titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos requisitos deberán
poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente
del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso
la copia compulsada del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN.
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2.
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación
de la siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica.
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana, y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos
alegados respecto de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a
elegir entre tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en
las materias comunes del temario anexo a estas Bases.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8911
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%).
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%).
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%).
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, diez epígrafes
de diferentestemas a elegir entre catorce, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto lostemas
como los epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar
con el listado de temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%).
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%).
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos
prácticos, a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría
convocada, en función de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada
(20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que
se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no
teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
A tal fin, les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista
de aspirantes que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se
presentarán mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación
acreditativa del mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar
a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro
General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, número 23, planta baja, o en los lugares
8912 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
señalados en el Anexo II, con sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la forma sea a través de las Oficinas de Correos
(artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación en sobre abierto para que conste el nombre de Oficina
deCorreos,fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo realizarse a través delservicio denominado
correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes
méritos:
1.2.1- Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, los servicios prestados en el ámbito de la Administración Pública
y sus Organismos Autónomos, como personal laboral, en la misma categoría y grupo que el que sea objeto de
convocatoria, o en su caso, como func
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficialsuperiores o distintas a la exigida
para participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando
sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado,
diplomatura, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario,
Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los
derechos para la expedición de aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo
de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por
organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas
para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Atales efectos los niveles de competencia de idiomas
del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes
8914 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones
Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados
o impartidos, directamente, porlas Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursosimpartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género,
prevención de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia,
etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursosse acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento,
en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración.
Escudo,sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia
denominación del curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos las publicaciones, ponencias y comunicaciones relacionadas con
lasfunciones de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca
reflejado en la publicación el nombre de la persona autora.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8915
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número
o volumen de la revista (en el caso de que no figure
en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores),
créditos del libro (editorial, ISBN...),
índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además:
primera y última página del capítulo, así como
el índice de capítulos en el que figure
la contribución del solicitante.
Contribuciones a congresos y conferencias - Copia del resumen presentado.
- Copia que acredite el tipo de participación.
- En caso de publicación: copia de la carátula e índice
y créditos de la editorial (ej. ISBN/ISSN), primera y
última página de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso
se valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
8916 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para
la obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de
Anunciossito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente
ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina
de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de
puntuación certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de contratación al órgano competente de la
Corporación que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se
hará pública en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web
de la Corporación. De conformidad con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en caso de que se produzcan renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán
presentar la documentación señalada en la Base 10.2 de las Bases Generales, que lesserá requerida en la Resolución
Final del Tribunal calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selecti
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. Las Cortes Generales.
1. Las Cámaras. Organización y funcionamiento. El Congreso de los Diputados. El Senado.
2. Elaboración de las leyes. Clases de leyes.
3. Las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. La delegación legislativa.
Tema 3. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
1. Composición, organización y funciones del Gobierno. Órganos de colaboración y apoyo.
2. Normas de funcionamiento del Gobierno. El Gobierno en funciones.
3. Iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria del Gobierno.
Tema 4. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
Tema 5. La Administración Local.
1. La provincia. Organización y competencias. La cooperación municipal.
2. El municipio: Regímenes de organización. Régimen en municipios de gran población.
3. Las competencias municipales: Sistema de determinación. Competencias propias, delegadas y competencias
distintas de las propias.
Tema 6. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los CabildosInsulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
1. Clases de interesados en el procedimiento. Representación. Identificación y firma de los interesados en el
procedimiento administrativo.
8918 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
1. El acto administrativo. Formas de notificación y publicación.
2. Nulidad y anulabilidad del acto administrativo. Procedimientos de revisión de oficio.
3. Los Recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
1. Principios informadores. Iniciación del procedimiento. Especialidades en el inicio del procedimiento
sancionador y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales y formas de finalización.
Tema 10. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y
personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 11. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 12. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública. Causas de reintegro.
Tema 13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
Ordenamiento Jurídico Español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8919
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y tramitación.
Tema 14. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público:
1. Procedimiento de adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
2. Selección del adjudicatario y formalización del contrato.
3. Ejecución, modificación y extinción.
Tema 15. El presupuesto general de las Entidades Locales.
1. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación.
2. Modificaciones presupuestarias.
3. Fases de ejecución del presupuesto. La liquidación del presupuesto
Tema 16. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género: Objeto y
principios rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
Tema 17. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 18. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, y suReglamento
de desarrollo.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de la ciudadanía.
3. Ficheros de titularidad pública.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Ley 9/1987, de 28 de Abril de Servicios Sociales de Canarias
1.1 Objeto y alcance.
8920 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
1.2 Áreas de actuación.
1.3 Niveles de Organización
2. Ley 9/1987, de 28 de Abril de Servicios Sociales de Canarias
2.1 Servicios sociales generales o comunitarios.
2.2 Servicios sociales especializados.
2.3 Competencias de los Cabildos. Competencias de los Ayuntamientos.
3. Ley 1/1997, de 7 de Febrero de atención integral a los menores en Canarias.
3.1 La colaboración interadministrativa. Distribución de las competencias
3.2 Obligaciones de los centros y servicios sanitarios
3.3 Obligaciones de los centros escolares
4. Decreto 54/1998, de 17 de abril, por el que se regulan las actuaciones de amparo de los menores en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Canarias.
4.1 Objeto y papel del órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de menores.
4.2 Documentación que acompaña a la solicitud para el trámite del acogimiento familiar.
4.3 Criterios orientadores en el proceso de valoración del acogimiento familiar.
5. Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
5.1 Principios rectores de la acción administrativa.
5.2 Actuaciones en situación de riesgo.
5.3 Actuaciones en situación de desamparo.
6. Ley 26/2015, de 28 de julio, de Modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
6.1 Disposiciones comunes a la guarda y tutela. Acogimiento residencial.
6.2 Tratamiento de datos de carácter personal.
6.3 Modificación del Código Civil: Artículo 172.
7. El acogimiento familiar
7.1 Finalidad de la medida de amparo.
7.2 Normativa específica en Canarias.
7.3 Criterios en la toma de decisiones sobre la idoneidad o no idoneidad.
8. El acogimiento familiar
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8921
8.1 Preparación de los menores a los cambios de medidas.
8.2 La adaptación y el estrés psicológico del menor ante la nueva situación.
8.3 Intervención profesional en momentos de crisis.
9. El acogimiento residencial
9.1 Definición y normativa específica de Canarias. Finalidad de la medida de amparo.
9.2 El recibimiento a los menores y a las familias en el acogimiento residencial.
9.3 Intervención psicológica en los momentos de crisis.
10. Planificación y programación en el acogimiento residencial.
10.1 Niveles de planificación del acogimiento residencial.
10.2 Programa Educativo Individual (P.E.I)
10.3 Reglamento de régimen interno del Centro. Modelos de centros y hogares.
11. Desarrollo evolutivo del niño
11.1 Estadios del desarrollo según Piaget. La psicología clínica en las distintas etapas del desarrollo, de 0 a
6 años y de 6 a 12 años.
11.2 Conceptos básicos y teorías que explican el aprendizaje, desarrollo y educación de los niños/as.
11.3 Desarrollo cognitivo, alteraciones y tratamiento.
12. Psicología del desarrollo I: La primera infancia.
12.1 Los cambios corporales. El desarrollo del cerebro.
12.2 Piaget y Vygotsky. Las teorías infantiles.
12.3 Desarrollo afectivo y social, alteraciones y tratamiento.
13. Psicología del desarrollo II: Los años escolares.
13.1 El desarrollo de la fortaleza física y la actividad física.
13.2 El desarrollo del cerebro.
13.3 La naturaleza del niño. El grupo de pares.
14. Psicología del desarrollo III: la adolescencia.
14.1 Las transformaciones de la pubertad: crecimiento y maduración sexual.
14.2 El modelo de dos procesos o procesamiento dual de la cognición adolescente.
14.3 La adicción y la tecnología, el ciberpeligro.
8922 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
15. Los jóvenes en riesgo.
15.1 Actuaciones comunitarias para la integración de los menores en riesgo de exclusión.
15.2 Dificultades de adaptación, orientación, e intervención con esta población.
15.3 Toma de decisiones y resolución de conflictos.
16. El desarrollo social en la infancia-adolescencia.
16.1 Los conceptos de apego en el desarrollo social, separación y pérdida de las figuras de apego.
16.2 Niños institucionalizados y de privación social.
16.3 El papel de la familia en el desarrollo social y de la personalidad del niño. El medio social y la identidad.
17. El proceso de socialización
17.1 Necesidad de pertenencia a grupos sociales. Organización y estructura de los grupos. Naturaleza,
estructura y tipos de grupos.
17.2 Destrezas de intervención en grupos pequeños.
17.3 Manejo del conflicto y estrategias psicológicas de mediación y negociación.
18. El papel de la familia
18.1 Las funciones de la familia. El apoyo de la familia en las etapas de la infancia y adolescencia.
18.2 Los tipos de familias. La maternidad y la paternidad.
18.3 El efecto en los/as hijos/as de los diferentes estilos de socialización.
19. Principales modelos de análisis de la familia
19.1 El análisis de la familia desde el contextualismo evolutivo.
19.2 El análisis de la familia desde el Modelo Ecológico - Sistémico.
19.3 Propiedades sistémicas de la familia según Watzlawick, Beavin y Jackson (1967) y Feixas y Villegas
(1990).
20. Apego y trauma temprano
20.1 La teoría del apego como mapa para desarrollar de la intervención familiar.
20.2 Tipos de conducta del apego.
20.3 Trauma emocional.
21. Apego y trauma temprano
21.1 Trayectoria evolutiva del trastorno del apego. Memorias traumáticas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8923
21.2 Diferencias de intervención en apego con infancia, adolescencia y adultez.
21.3 Terapia de Reivindicación (TR).
22. Estrés familiar
22.1 La relación entre el estrés y el ciclo evolutivo familiar.
22.2 Situaciones generadoras de estrés en la familia.
22.3 Los recursos de la familia para superar situaciones de estrés.
23. Estrés familiar
23.1 El modelo de adaptación familiar al estrés.
23.2 Su relación con la Teoría de la Seguridad Emocional.
23.3 Especial mención al estrés en las familias reconstruidas y sus consecuencias en la adaptación de los/as
hijos/as.
24. Riesgo psicosocial en la familia
24.1 Niveles de riesgo psicosocial.
24.2 Valoración del riesgo de desprotección.
24.3 Áreas a valorar para determinar el perfil de riesgo psicosocial.
25. Riesgo psicosocial en la familia
25.1 Problemas de adaptación del menor.
25.2 Elementos moduladores del riesgo psicosocial.
25.3 Importancia del apoyo social.
26. Trastorno de relación social desinhibida
26.1 Criterios diagnósticos. Características diagnósticas y características asociadas que apoyan el diagnóstico.
26.2 Prevalencia. Desarrollo y curso. Factores de riesgo y pronóstico.
26.3 Diagnóstico diferencial y comorbilidad.
27. Trastorno de estrés postraumático
27.1 Criterios diagnósticos para niños/as mayores de 6 años, adolescentes y adultos.
27.2 Criterios diagnósticos para niños/as menores de 6 años.
27.3 Características diagnósticas.
28. Trastorno de estrés postraumático
8924 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
28.1 Características asociadas que apoyan el diagnóstico. Desarrollo y curso.
28.2 Factores de riesgo y pronóstico.
28.3 Aspectos diagnósticos relacionados con el género. Riesgo de suicidio. Diagnóstico diferencial.
29. Trastorno de estrés agudo.
29.1 Criterios diagnósticos. Características diagnósticas.
29.2 Características asociadas que apoyan el diagnóstico. Desarrollo y curso.
29.3 Factores de riesgo y pronóstico.
30. Trastorno de estrés agudo.
30.1 Aspectos diagnósticos relacionados con el género.
30.2 Consecuencias funcionales del trastorno de estrés agudo.
30.3 Diagnóstico diferencial.
31. Estrategias para abordar el problema de consumo de drogas
31.1 Marco social del consumo. Modelos técnicos de explicación. Legislación específica.
31.2 Diagnóstico e intervención
31.3 La prevención desde un nuevo concepto de educación para la salud.
32. Intervención en conductas adictivas
32.1 Tipos de recursos y fases del proceso terapéutico
32.2 Evaluación bio-psico-social de las conductas adictivas.
32.3 Intervención grupal e
35. Aproximación al conflicto
35.1 Definición del conflicto. Consecuencias del conflicto.
35.2 Tipos y fuentes del conflicto.
35.3 Resolución o gestión de conflictos.
36. Comportamiento ante el conflicto.
36.1 Estilos de comportamientos ante el conflicto: el modelo de Lewicki e Hiam (1998).
36.2 Habilidades necesarias para la resolución de conflictos.
36.3 Propuestas de comunicación en la resolución del conflicto.
37. Los conflictos con los/as hijos/as adolescentes
37.1 Los conflictos y los tipos de desacuerdos entre padres/madres-hijos/as adolescentes. 37.2 La resolución
del conflicto.
37.3 Intervenciones para la resolución de conflictos padres/madres-adolescentes.
38. ProcesosfamiliaresI: Los conflictos en elsistema parental y en su efecto en el desarrollo de los/as hijos/as.
38.1 La hipótesis de la transferencia y el proceso de triangulación.
38.2 Papel moderador del sexo de los/as hijos/as.
38.3 Reacción al conflicto según la edad.
39. ProcesosfamiliaresII: Los conflictos en elsistema parental y en su efecto en el desarrollo de los/as hijos/as.
39.1 Características de los conflictos: frecuencia, intensidad, contenido y resolución.
39.2 Valoraciones cognitivas del conflicto por parte de los/as menores.
39.3 Estrategias de afrontamiento desarrolladas por los/as hijos/as.
40. Procesos familiares III: Separación y divorcio.
40.1 Las repercusiones negativas derivadas de la ruptura de pareja: en los miembros de la expareja y en los/as
hijos/as. Comunicación a los/as hijos/as de la ruptura de pareja.
40.2 Diferenciassexuales en la adaptación a la separación/divorcio. Nivel evolutivo y adaptación. Temperamento
y personalidad.
40.3 Cognición social y estrategias de afrontamiento. Calidad de la relación, prácticas de crianza y adaptación
de los/as hijos/as ante la ruptura de pareja.
41. Procesos familiares III: tipos de custodia y régimen de visitas.
41.1 El superior interés del menor. Custodia compartida y custodia exclusiva.
8926 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
41.2 Características generales del sistema de visitas. Bases evolutivas y régimen de visitas.
41.3 Alejamiento residencial y régimen de visitas. Problemas relacionados con el cumplimiento del régimen
de visitas.
42. Procesos familiares IV: el papel del progenitor no custodio.
42.1 Funciones actuales del padre en la crianza de los/as hijos/as. Barreras en la relación con los/as hijos/as
y sus causas.
42.2 Frecuencia de contactos, calidad de la relación y adaptación de los/as hijos/as.
42.3 Coparentalidad y custodia compartida. Coparentalidad y nuevas tecnologías.
43. Conceptualización y evaluación de las competencias parentales.
43.1 Teorías implícitas sobre la conceptualización del desarrollo y la educación de hijos/as.
43.2 Contribución del modelo iberoamericano al concepto de parentalidad: parentalidad biológica y parentalidad
social. Componentes de la parentalidad social.
43.3 Las prácticas educativas familiares y los estilos educativos parentales. Instrumentos para la evaluación
de las competencias parentales.
44. La mediación familiar
44.1 Características y objetivos de la mediación. Normativa y estructura del proceso de mediación.
44.2 El proceso de separación y divorcio: claves psicológicas.
44.3 La correspondencia familiar.
45. La mediación familiar
45.1 La comunicación en el contexto familiar.
45.2 Asesoramiento y orientación familiar.
45.3 Puntos de encuentro familiar y su inscripción.
46. La mediación en conflictos familiares
46.1 Concepto y finalidad de la mediación familiar.
46.2 Conflictos objeto de mediación familiar.
46.3 Deberes del mediador/a familiar. Formación específica de los/as mediadores familiares.
47. Puntos de encuentro familiar
47.1 Definición y objetivos.
47.2 Principios de la intervención.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8927
47.3 Personas usuarias.
48. Puntos de encuentro familiar
48.1 Derechos y deberes de las personas usuarias.
48.2 Marco psicosocial y tipos de intervención.
48.3 Fases de la intervención. Normas comunes de funcionamiento.
49. La psicología comunitaria
49.1 Prevención primaria, secundaria y terciaria. Estrategias de intervención.
49.2 Los programas de intervención social. Evaluación de los programas.
49.3 La colaboración interinstitucional de los profesionales.
50. El papel del psicólogo/a en los equipos multiprofesionales de intervención social
50.1 Composición de los equipos, metodología para la intervención, liderazgo, problemática más frecuente.
50.2 Intervenciones en situaciones de emergencia y desastres. El papel del psicólogo/a como experto asesor
en las decisiones judiciales de tutela, guarda y juzgados de familia, etc.
50.3 El sistema público de Servicios sociales en Canarias. El papel del psicólogo/a en este ámbito.
51. Instrumentos técnicos para la intervención psicológica
51.1 La entrevista psicológica, concepto y tipos de entrevistas, fiabilidad y validez de la misma. La exploración
psicológica, instrumentos de medida, informes.
51.2 La observación sistemática, diseños observacionales, nivel de sistematización, categorización, formas
de registro.
51.3 La evaluación de las víctimas por malostratos o violencia. El informe psicológico, estructura del informe.
52. La familia como contexto del desarrollo humano
52.1 Evolución social de la familia. Modelos de familias. Roles y funciones dentro de la familia.
52.2 Programas de intervención con familias desestructuradas desde una perspectiva psicosocial.
52.3 La intervención terapéutica-rehabilitadora.
53. Las terapias como intervención psicológica
53.1 Terapia familiar sistémica, bases teóricas, principales enfoques.
53.2 Psicoterapias humanistas y existenciales, características generales.
53.3 Terapia cognitivo-conductual, bases teóricas, métodos de evaluación y diagnóstico.
54. La orientación para el empleo
8928 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
54.1 Características principales. Aspectos más relevantes de la orientación laboral.
54.2 Premisas básicas de la intervención orientadora. Objetivos y destinatarios de la orientación laboral.
54.3 Efectos y repercusiones de la persona desempleada.
55. La intermediación laboral
55.1 Concepto, objetivos y directrices de trabajo en el ámbito de la intermediación. La intermediación
institucional y la informal. Perfil y misión del mediador.
55.2 Los clientes del servicio de intermediación: los oferentes y demandantes de empleo.
55.3 Programas de intermediación laboral: preparación, intervención y desarrollo y evaluación.
56. Ley 16/2003, de 8 de Abril, de prevención y protección integral de las mujeres contra la violencia de género.
56.1 Objeto y fines. Definición de violencia de género.
56.2 Sistema Canario Integral de Prevención y Protección de las Mujeres contra la violencia de género: Concepto
y ámbito.
56.3 Principios y funciones del sistema de prevención frente a la violencia de género.
57. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
57.1 Objeto de la Ley y su modificación del apartado del 2 por la disposición final 3.1 de la Ley Orgánica
8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
57.2 Principios rectores.
57.3 Planes de sensibilización.
58. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
58.1Derecho a la asistencia social integral.
58.2 Medidas de suspensión de la patria potestad o la custodia de menores y su modificación por la disposición
final 3.3 de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a
la adolescencia.
58.3 Medida de suspensión del régimen de visitas, estancia, relación o comunicación con menores y su
modificación por la disposición final 3.4 de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación.
59. La violencia de género I.
59.1 Tipología de la violencia de género.
59.2 La escala y el ciclo de la violencia.
59.3 Repercusiones sociales y consecuencias en las mujeres víctimas.
60. La violencia de género II.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8929
60.1 Conceptos básicos sobre género: concepto de género, visión de género. Legislación específica de ámbito
nacional y autonómica.
60.2 Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género. Medios y recursos contra la violencia de género.
60.3 Medios y recursos contra la violencia de género. Los medios de comunicación en esta materia.
61. La violencia de género III
61.1 El tratamiento de la violencia de género: La detección y la orientación. Actuación y procedimientos a
seguir.
61.2 El papel del psicólogo/a en todo el procedimiento. Los equipostécnicos especializados para la intervención
en violencia de género.
61.3 El papel de los/as agentes sociales en la prevención y atención a las situaciones de violencia de género.
62. La violencia de género IV.
62.1 El impacto de la violencia de género en los menores. Factores de riesgo y protección.
62.2 La ruptura de pareja en un contexto de violencia.
62.3 Estrategias de prevención de los efectos emocionales en la infancia.
63. Menores en situación de riesgo y exclusión social.
63.1 Menores en situación de riesgo social.
63.2 Menores en situación de conflicto social. Menores en situación de desamparo.
63.3 Causas de desamparo de un menor. Medidas terapéuticas.
64. Detección del maltrato infantil.
64.1 Indicadores específicos del maltrato. Indicadores inespecíficos. El papel de los profesionales.
64.2 Consecuencias psicológicas y comportamentales en los/as niños/as.
64.3 La prevención del maltrato infantil.
65. El maltrato infantil.
65.1 Definición y tipos de maltrato infantil.
65.2 Teorías sobre el maltrato a los/as hijos/as.
65.3 Factores de riesgo.
66. El maltrato infantil.
66.1 Consecuencias del maltrato. Procesos alostáticos.
66.2 Resiliencia y adaptación del niño/a maltratado/a.
8930 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
66.3 Tratamiento de padres y madres abusivos/as y de hijos/as maltratados/as.
67. La violencia de género en menores.
67.1 La taxonomía de Holden (2003). Consecuencias dependiendo del tipo de exposición a la violencia de
género.
67.2 Desarrollo evolutivo y secuelas de la violencia de género. Relación padre-hijo/a en situaciones de
violencia de género.
67.3 Evaluación del riesgo del agresor: detección de indicadores de desprotección infantil. Intervención en
crisis con menores víctimas de violencia de género.
68. El tratamiento de los casos de maltrato infantil.
68.1 La investigación y el diagnóstico.
68.2 Modelos de tratamientos. La evaluación.
68.3 Tratamiento de las familias maltratantes. Seguimiento de los casos.
69. El abuso sexual de niños y niñas.
69.1 La dimensión del abuso sexual de niños y niñas: fenómeno multifacético.
69.2 Sospecha y revelación: las respuestas profesionales iniciales. El proceso de confirmación y de toma de
decisiones.
69.3 La intervención terapéutica. Los equipos especializados.
70. Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.
70.1 Ámbito subjetivo.
70.2 Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección.
70.3 Competencia y procedimiento de evaluación.
71. Ley 4/2015, de 27 de Abril, del Estatuto de la víctima del delito.
71.1 Medidas de protección para menores necesitadas de especial protección.
71.2 Medidas de protección para menores personas con discapacidad necesitadas de especial protección.
71.3 Funciones de las oficinas de asistencia a las víctimas.
72. El ciberacoso.
72.1 Definición, características y tipología.
72.2 Impacto de las tecnologías de la información y de la comunicación en los adolescentes.
72.3 Efectos del ciberacoso. Prevención. Consecuencias legales.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8931
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA, POR ELTURNO LIBRE, DE CUATRO PLAZAS
DEEDUCADOR/A- MEDIACIÓN FAMILIAR, ADSCRITAS ALPUNTO DEENCUENTRO FAMILIAR,
DE LA PLANTILLA LABORAL DEL CABILDO DE GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA
DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
DENOMINACIÓN: Educador/a.
PLANTILLA: Laboral.
GRUPO: II.
NÚMERO DE PLAZAS: Cuatro.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 81, de 6 de julio de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas,
en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
del correspondiente anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la
Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 21,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal (BOP número
65, de 31/05/2017)2.
2 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 18,90 euros.
Tasa por Familia numerosa de carácter especial: 16,80 euros.
Tasa por Discapacidad: 10,50 euros
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP nº 65, de 31/05/2017):
0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Grado/Diplomatura en Educación Social, Trabajo Social, o equivalente.
REQUISITOS: En cumplimiento de lo previsto en la Ley 15/2003, de 8 de abril, y en el Decreto 144/2007,
de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de la Mediación Familiar,se requiere estar inscrito
en el Registro de Mediadores.
Asimismo, se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad funcional, de habilitación,
titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos requisitos deberán
poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente
del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso
la copia compulsada del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
8932 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación
de la siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana, y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos
alegados respecto de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a
elegir entre tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en
las materias comunes del temario anexo a estas Bases.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%).
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%).
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%).
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas y media,
ocho epígrafes de diferentes temas a elegir entre doce, relacionados con las materias específicas del temario.
Tanto los temas como los epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes
podrán contar con el listado de temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%).
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%).
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos
prácticos, a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría
convocada, en función de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%).
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada
(20%).
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%).
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8933
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que
se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no
teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
A tal fin, les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista
de aspirantes que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se
presentarán mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación
acreditativa del mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar
a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro
General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, número 23, planta baja, o en los lugares
señalados en el Anexo II, con sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la forma sea a través de las Oficinas de Correos
(artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación en sobre abierto para que conste el nombre de Oficina
deCorreos,fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo realizarse a través delservicio denominado
correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes
méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, los servicios prestados en el ámbito de la Administración Pública
y sus Organismos Autónomos, como personal laboral, en la misma categoría y grupo que el que sea objeto de
convocatoria, o en su caso, como funcionario en Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría correlativa.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado losservicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
EXPERIENCIA PROFESIONAL Puntos/mes servicios prestados
Experiencia en la Administración Pública Territorial del Cabildo
de Gran Canaria, quedando excluida conforme a la Disposición
Adicional Única del IV Convenio Colectivo, la experiencia
obtenida como contratado/a en el ámbito de la colaboración
con otras Administraciones Públicas en el marco
de las políticas de empleo 0,15
Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas
y sus Organismos Autónomos y en los Organismos
Autónomos del Cabildo de Gran Canaria. 0,10
Experiencia obtenida como contratado/a en el ámbito
de la colaboración con otras Administraciones Públicas,
en el marco de las políticas de empleo 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajador fijo discontinuo, la puntuación se computará
proporcionalmente al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado
de vida laboral.
8934 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes
documentos: 1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la
Unidad de Recursos Humanos correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la
experiencia, en el que se especificará el tiempo exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico,
y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en
la convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros.
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficialsuperiores o distintas a la exigida
para participar en la convocatoria A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando
sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado,
diplomatura, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, etc.).
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario,
Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los
derechos para la expedición de aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo
de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
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Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por
organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas
para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Atales efectos los niveles de competencia de idiomas
del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes
de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones
Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados
o impartidos, directamente, porlas Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursosimpartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género,
prevención de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia,
etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
8936 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
Los cursosse acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento,
en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración.
Escudo,sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia
denominación del curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos las publicaciones, ponencias y comunicaciones relacionadas con
lasfunciones de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca
reflejado en la publicación el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número
o volumen de la revista (en el caso de que no figure
en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores),
créditos del libro (editorial, ISBN...),
índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además:
primera y última página del capítulo, así como el índice de
capítulos en el que figure la contribución del solicitante.
Contribuciones a congresos y conferencias - Copia del resumen presentado.
- Copia que acredite el tipo de participación.
- En caso de publicación: copia de la carátula
e índice y créditos de la editorial (ej. ISBN/ISSN),
primera y última páginas de la contribución
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8937
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso
se valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para
la obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de
Anunciossito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente
ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina
de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de
puntuación certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de contratación al órgano competente de la
Corporación que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se
hará pública en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web
de la Corporación. De conformidad con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en caso de que se produzcan renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán
presentar la documentación señalada en la Base 10.2, que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal
calificador.
8938 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas,
serán integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo
dispuesto en el vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que
se genere, también podrá ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos
de la isla, en virtud de los convenios de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE EDUCADOR/A - MEDIACIÓN FAMILIAR
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone al final de las bases publicadas en la web del Cabildo una bibliografía de
referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. La Organización territorial del Estado
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales y formas de finalización.
Tema 6. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y
personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 7. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 8. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública. Causas de reintegro.
Tema 9. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y tramitación.
Tema 10. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
Tema 11. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de la acción preventiva.
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2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 12. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, y suReglamento
de desarrollo.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de la ciudadanía.
3. Ficheros de titularidad pública.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Competencias de las Administraciones Públicas en relación con la atención integral a los menores.
1.1 Competencias del Gobierno de Canarias. Competencias de la Consejería con atribuciones en materia de
atención a los menores.
1.2 Competencias de los cabildos insulares.
1.3 Competencias de los ayuntamientos.
2. Las necesidades de la infancia.
2.1 Necesidades fisiológicas.
2.2 Necesidad de lazos afectivos seguros.
2.3 Necesidades sociales y de valores.
3. Las actuaciones en situación de riesgo.
3.1 Concepto. Principios orientadores. Medidas.
3.2 Procedimiento de declaración.
3.3 Colaboración en la ejecución de las medidas.
4. Actuaciones de amparo (I).
4.1 La situación de desamparo: Concepto, procedimiento para la declaración, actuaciones y cese del desamparo.
4.2 La tutela: asunción, atención inmediata, ejercicio y promoción de la tutela.
4.3 La guarda: asunción, guarda voluntaria, extinción y procedimiento.
5. Actuaciones de amparo (II).
5.1 El acogimiento: clases y régimen, selección de acogedores, formalización, seguimiento y colaboración.
5.2 La adopción: idoneidad y selección de los adoptantes.
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5.3 El registro de tutelas, guardas, acogimiento y adopción.
6. El acogimiento familiar.
6.1 Tipología del acogimiento familiar. Modalidades de acogimiento familiar.
6.2 Derechos y deberes de los acogedores.
6.3 Derechos de los menores acogidos.
7. El acogimiento residencial.
7.1 El modelo de miniresidencias y hogares.
7.2 Nuevas tendencias en el acogimiento residencial.
7.3 El acogimiento residencial según la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a los menores y la
Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio, de modificación delsistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
8. Planificación y programación en el acogimiento residencial: la calidad en los centros residenciales.
8.1 Los niveles de planificación del acogimiento residencial.
8.2 l proyecto educativo individual (PEI).
8.3 Principios de actuación para la calidad en la atención residencial.
9. La atención residencial basada en las necesidades de los menores derivadas de la separación y del maltrato.
9.1 Necesidades derivadas de la separación.
9.2 Necesidades en función de los efectos del maltrato.
9.3 Cómo ayudar al menor ante las consecuencias del maltrato.
10. La atención residencial basada en las necesidades de los menores según el programa de intervención.
10.1 Programa de separación definitiva de su familia e integración en otra familia.
10.2 Programa de separación provisional y reintegración.
10.3 Programa de preparación para la vida independiente.
11. El Reglamento de Régimen Interno de los centros y hogares.
11.1 Principios de actuación, objetivos y servicios. Procesos básicos.
11.2 Normas de convivencia comunes. Funciones del educador.
11.3 Mecanismos e instrumentos de coordinación interna.
12. El Proyecto Socioeducativo de los centros y hogares.
12.1 Fines e intenciones educativas. Cauces de coordinación con las familias de los menores residentes.
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12.2 Participación de los menores en las actividades y servicios del hogar.
12.3 Protocolos de Intervención familiar y educativa. Proyectos a desarrollar.
13. El Programa Básico de Acogimiento Residencial.
13.1 Objetivos. Contenidos.
13.2 Orientaciones metodológicas. Principios metodológicos.
13.3 La organización de la vida cotidiana. Evaluación.
14. Las transiciones a la vida adulta de los menores en acogimiento residencial.
14.1 La transición a la adultez.
14.2 Características de los menores egresados del sistema de protección a la infancia.
14.3 Salud física y mental.
15. Resultados educativos.
15.1. Acceso al mundo del trabajo.
15.2 Relaciones familiares. Apoyo social.
15.3 Otros riesgos. Respuestas a los retos de la transición.
16. Teorías del desarrollo humano.
15.1 Teorías psicoanalíticas. Teorías conductistas.
15.2 Teoría cognitiva: Piaget
15.3 Teoría sociocultural: Vygotsky.
17. Teoría del apego.
17.1 Tipologías del apego en los niños y adolescentes. Trastornos el apego.
17.2 Manifestaciones del apego en los niños acogidos. Indicadores del trastorno de apego.
17.3 Intervención psicoeducativa con menores acogidos según su tipología de apego.
18. Maltrato infantil (I).
18.1 Tipologías del maltrato: Maltrato físico, negligencia física, maltrato emocional, abuso sexual y otrasformas
de maltrato infantil.
18.2 Derivadas del inadecuado cumplimiento de los deberes de protección. Derivadas del imposible cumplimiento
de los deberes de protección.
18.3 Derivadas del incumplimiento de los deberes de protección
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8943
19. Maltrato infantil (II).
19.1 Familias maltratadoras: factores de riesgo y factores de protección. Consecuencias de los malos tratos.
19.2 Características de la intervención. Pautas de intervención: detección, notificación, valoración, intervención
y seguimiento.
19.3 Los malos tratos infantiles en los sistemas de protección a la infancia.
20. Parentalidad positiva.
20.1 ¿Qué es la parentalidad positiva? Áreas competenciales en la parentalidad positiva.
20.2 La educación parental como recurso psicoeducativo.
20.3 Los programas grupales de educación parental. Competencias parentales y resiliencia familiar y parental.
21. Habilidades sociales.
21.1 Concepto y componentes de la habilidad social.
21.2 Componentes conductuales, cognitivos y fisiológicos.
21.3 El formato de entrenamiento en habilidades sociales: Instrucciones, modelado, ensayo de conducta,
retroalimentación, reforzamiento y estrategias de generalización. Estrategias de generalización.
22. Educación en valores.
22.1 Enfoques de la formación en valores. Los seis estadios del desarrollo moral según Kohlberg.
22.2 La discusión de dilemas morales. Esquemas de razonamiento moral y valores.
22.3 Objetivos de la educación en valores.
23. Educación emocional. Concepto de emoción. Funciones de la emoción.
23.1 Emoción, sentimiento y afecto. Clasificación de las emociones.
23.2 Las competencias emocionales.
23.3 Concepto, objetivos y contenidos de la educación emocional. Modelos de intervención.
24. La inteligencia emocional.
24.1 El aprendizaje emocional.
24.2 La inteligencia emocional.
24.3 Modelos de inteligencia emocional: El modelo de Salovey y el modelo de Bar-On.
25. Estrategias educativas para la alfabetización emocional.
25.1 Autodescripciones. Análisis de situaciones emocionales.
8944 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
25.2 Role-playing. Control de la ira. Control del estrés.
25.3 Visualización positiva. Escritura emocional.
26. Resolución de conflictos. Qué se entiende por conflicto.
26.1 El ciclo y los elementos del conflicto. Estilos de gestión del conflicto. Modelos de afrontamiento del
conflicto: normativo, relacional e integrador.
26.2 Pasos en la resolución de conflictos. Habilidades básicas para el manejo del conflicto: la escucha activa
y los mensajes-Yo.
26.3 La mediación educativa. Fases en el proceso de mediación en el ámbito educativo.
27. Habilidades para la negociación.
27.1 ¿Qué es negociar? Concepto de negociación
27.2 Habilidades para la negociación.
27.3 Etapas en la negociación.
28. La mediación familiar (I).
28.1 Definición y antecedentes históricos. Marco legal de la mediación familiar.
28.2 Concepto y finalidad de la mediación familiar.
28.3 Conflictos objeto de mediación. Principios orientadores.
29. La mediación familiar (II).
29.1 Derechos y deberes de los mediadores familiares.
29.2 Desarrollo de las actuaciones de mediación familiar.
29.3 Aspectos susceptibles de mediación en el proceso de divorcio. Custodia, visitas, vivienda y otros
conflictos familiares.
30. Puntos de encuentro familiar.
30.1 Definición y objetivos de los PEF. Principios de la intervención en los PEF.
30.2 Tipos de intervención en los PEF. Fases en el proceso de intervención de los PEF.
30.3 Funcionamiento de los PEF: Emplazamiento, dependencias y equipamiento, normas comunes de
funcionamiento y criterios para las listas de espera.
31. Las familias en crisis.
31.1 La separación. El divorcio. La nulidad.
31.2 Efectos comunes a la separación, la nulidad, y el divorcio.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8945
31.3 El convenio regulador.
32. Derechos y obligaciones parentales.
32.1Concepto de relaciones paternofiliales.Regulación jurídica de lasrelaciones paternofiliales: la patria potestad.
32.2 Las relaciones paternofiliales en los contextos de crisis de pareja: Guarda y custodia, derecho de visitas,
y guarda y custodia compartida.
32.3 El incumplimiento de los derechos de custodia y visitas.
33. La violencia de género (I).
33.1 Concepto de violencia basada en el género. Las víctimas de la violencia de género.
33.2 Tipos de violencia basada en el género. La escalada y el ciclo de la violencia.
33.3 Consecuencias de la violencia basada en el género.
34. La violencia de género (II).
34.1 Normativa básica en materia de violencia de género: Ámbito internacional, comunitario europeo.
34.2 Ámbito estatal y autonómico.
34.3 Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
35. La dependencia emocional.
35.1 Concepto. Características de la persona dependiente emocional.
35.2 Grados de dependencia emocional. Similitudes y diferencias entre dependencia emocional y relaciones
de pareja normales.
35.3 La dependencia emocional como una patología de la vinculación.
36. Resiliencia y buenos tratos infantiles.
36.1 Definiciones de resiliencia y buenos tratos.
36.2 La ecología social de los buenos tratos.
36.3 Las fuentes de resiliencia. Los diez caminos para construir la resiliencia.
37. Los menores expuestos a la violencia de género.
37.1 Formas de exposición a la violencia de género.
37.2 Consecuencias de la violencia de género en los niños y las niñas.
37.3 Respuesta de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, a los hijos e hijas de las víctimas.
38. Marco normativo para la intervención con menores expuestos a la violencia de género.
8946 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
38.1 Dificultades de intervención respecto a la patria potestad/guarda y custodia. Otras dificultades en la intervención.
38.2 Derechos de las menores víctimas de violencia de género. El interés superior del menor.
38.3 La patria potestad. Guarda y acogimiento. La Convención sobre los Derechos del Niño.
39. Intervención con menores víctimas de violencia de género.
39.1 Fases en la intervención directa con niños y niñas víctimas de violencia de género.
39.2 Orientaciones educativas. La intervención indirecta con menores víctimas de violencia de género.
39.3 Orientaciones educativas para la intervención.
40. El trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad.
40.1 Delimitación conceptual.
40.2 Epidemiología. Causas. Comorbilidad.
40.3 Diagnóstico. Pautas y orientaciones para la intervención.
41. El acoso entre iguales.
41.1 Definición de acoso escolar: recorrido histórico y posiciones teóricas.
41.2 Características del acoso escolar. Tipos de acoso escolar.
41.3 Efectos del acoso escolar. Factores explicativos del acoso escolar.
42. Acoso a través de Internet.
42.1 Conceptos: ciberacoso, ciberbullying, grooming, sexting, phishing, gossip y happy slapping.
42.2 Epidemiología. Síntomas de alarma.
42.3 Delitos de menores o contra menores en Internet.
43. Intervención en el acoso entre iguales.
43.1 El método Pikas. El círculo de amistad.
43.2 El role- playing. Técnicas de autocontrol.
43.3 Técnicas de solución de problemas.
44. Dinámica de grupos.
44.1 Concepto de grupo. Efectos del trabajo en grupo.
44.2 Fases en la evolución del grupo.
44.3 Técnicas de trabajo en grupo: Grupos de discusión, Phillips 66, brainstorming, asamblea, seis sombreros
para pensar, método del caso y role-playing.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8947
45. El síndrome de alienación parental.
45.1 Definición y características.
45.2 Etiología.
45.3 Criterios de identificación. Niveles.
46. El Síndrome de Burn out.
46.1 Delimitación conceptual del término.
46.2 El proceso de desarrollo del síndrome.
46.3 Prevención del Burn out.
47. La violencia filio-parental.
47.1 Concepto.
47.2 Prevalencia. Etiología.
47.3 Consideraciones para la valoración y la intervención en casos de violencia filio-parental.
48. El abuso sexual infantil.
48.1 Indicadores. Habilidades para la detección.
48.2 Rasgos más frecuentes en el adulto agresor. Perfil de los niños y adolescentes que abusan.
48.3 Pautas para la intervención con menores víctimas y ofensores.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA, POR ELTURNO LIBRE, DE CUATRO PLAZAS
DE EDUCADOR/A - MEDIACIÓN FAMILIAR, A TIEMPO PARCIAL, ADSCRITAS AL PUNTO DE
ENCUENTRO FAMILIAR, DE LA PLANTILLA LABORAL DEL CABILDO DE GRAN CANARIA,
INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
DENOMINACIÓN: Educador/a, a tiempo parcial.
PLANTILLA: Laboral.
GRUPO: II.
NÚMERO DE PLAZAS: Cuatro.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 81, de 6 de julio de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas,
en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
del correspondiente anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la
Base Tercera de las Generales.
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DERECHOS DE EXAMEN: 21,00 euros, con las bonificaciones previstas en la Ordenanza Fiscal (BOP número
65, de 31/05/2017)3.
3 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 18,90 euros.
Tasa por Familia numerosa de carácter especial: 16,80 euros.
Tasa por Discapacidad: 10,50 euros
Demandante de Empleo, con los requisitos establecidos en la Ordenanza Fiscal (BOP nº 65, de 31/05/2017):
0 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Grado/Diplomatura en Educación Social, Trabajo Social, o equivalente.
REQUISITOS: En cumplimiento de lo previsto en la Ley 15/2003, de 8 de abril, y en el Decreto 144/2007,
de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de la Mediación Familiar,se requiere estar inscrito
en el Registro de Mediadores.
Asimismo, se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de capacidad funcional, de habilitación,
titulación, y demás requisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales. Todos estos requisitos deberán
poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente
del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso
la copia compulsada del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación
de la siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana, y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos
alegados respecto de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a. Primer ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema a
elegir entre tres, que serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba, de entre los que figuran en
las materias comunes del temario anexo a estas Bases.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8949
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (70%)
• Claridad, estructura coherente y orden de ideas (20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
b. Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas y media,
ocho epígrafes de diferentes temas a elegir entre doce, relacionados con las materias específicas del temario.
Tanto los temas como los epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes
podrán contar con el listado de temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos casos
prácticos, a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría
convocada, en función de las materias específicas del temario.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%).
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada
(20%).
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%).
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que
se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no
teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
A tal fin, les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista
de aspirantes que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se
presentarán mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación
acreditativa del mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar
a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro
General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, número 23, planta baja, o en los lugares
8950 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
señalados en el Anexo II, con sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la forma sea a través de las Oficinas de Correos
(artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación en sobre abierto para que conste el nombre de Oficina
deCorreos,fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo realizarse a través delservicio denominado
correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes
méritos:
1.2.1- Experiencia profesional
- Se valorará con un máximo de 10 puntos, los servicios prestados en el ámbito de la Administración Pública
y sus Organismos Autónomos, como personal laboral, en la misma categoría y grupo que el que sea objeto de
convocatoria, o en su caso, como funcionario en Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría correlativa.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado losservicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
EXPERIENCIA PROFESIONAL Puntos/mes servicios prestados
Experiencia en la Administración Pública Territorial del Cabildo
de Gran Canaria, quedando excluida conforme a la Disposición
Adicional Única del IV Convenio Colectivo, la experiencia
obtenida como contratado/a en el ámbito de la colaboración
con otras Administraciones Públicas en el marco
de las políticas de empleo 0,15
Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas
y sus Organismos Autónomos y en los Organismos
Autónomos del Cabildo de Gran Canaria. 0,10
Experiencia obtenida como contratado/a en el ámbito
de la colaboración con otras Administraciones Públicas,
en el marco de las políticas de empleo 0,06
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes
documentos: 1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la
Unidad de Recursos Humanos correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la
experiencia, en el que se especificará el tiempo exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico,
y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en
la convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficialsuperiores o distintas a la exigida
para participar en la convocatoria A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8951
sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado,
diplomatura, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título de Licenciado, Título de Grado junto a Máster Universitario,
Ingeniero, Arquitecto o Doctor 8,0
Máster Universitario 4,0
Título de Grado, Diplomado, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico 4,0
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 3,0
Bachiller o equivalente 2,0
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 1,5
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 0,5
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los
derechos para la expedición de aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo
de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por
organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas
para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Atales efectos los niveles de competencia de idiomas
del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes
de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el Anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones
Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados
o impartidos, directamente, porlas Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursosimpartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género,
prevención de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia,
etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Los cursosse acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia y/o aprovechamiento,
en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado. Fecha de celebración.
Escudo,sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso, colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia
denominación del curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos las publicaciones, ponencias y comunicaciones relacionadas con
lasfunciones de la categoría convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca
reflejado en la publicación el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por artículo en revista científica con índice de impacto (con ISSN) 6,00
Por libro completo (con ISBN) 5,25
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Por capítulo de libro (con ISBN) 2,25
Por artículo en revista científica sin índice de impacto (con ISSN) 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso con actas 2,25
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congreso sin actas 1,10
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Artículos en revista - Copia de la primera y última página del artículo.
- Copia de la(s) página(s) del índice del número
o volumen de la revista (en el caso de que
no figure en la primera página del artículo).
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores), créditos
del libro (editorial, ISBN...), índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además: primera
y última página del capítulo, así como el índice de
capítulos en el que figure la contribución del solicitante.
Contribuciones a congresos y conferencias - Copia del resumen presentado.
- Copia que acredite el tipo de participación.
- En caso de publicación: copia de la carátula e índice
y créditos de la editorial (ej. ISBN/ISSN), primera y
última página de la contribución
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso
se valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para
la obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de
Anunciossito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación,
8954 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente
ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina
de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de
puntuación certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de contratación al órgano competente de la
Corporación que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se
hará pública en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web
de la Corporación. De conformidad con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en caso de que se produzcan renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán
presentar la documentación señalada en la Base 10.2, que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal
calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas,
serán integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo
dispuesto en el vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que
se genere, también podrá ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos
de la isla, en virtud de los convenios de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE EDUCADOR/A - MEDIACIÓN FAMILIAR, A TIEMPO PARCIAL
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone al final de las bases publicadas en la web del Cabildo una bibliografía de
referencia.
TEMARIO COMÚN
Tema 1. La Constitución Española de 1978:
1. Estructura y contenido esencial.
2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8955
Tema 2. La Organización territorial del Estado.
1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
Tema 3. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
1. Organización: órganos de gobierno.
2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los CabildosInsulares. Derecho de acceso a la información.
Publicación y acceso de la información.
Tema 4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
1. Clases de interesados en el procedimiento. Representación. Identificación y firma de los interesados en el
procedimiento administrativo.
2. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Registros.
3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
1. Principios informadores. Iniciación del procedimiento. Especialidades en el inicio del procedimiento
sancionador y de responsabilidad patrimonial.
2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación de los interesados.
3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales y formas de finalización.
Tema 6. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público:
1. Funcionamiento electrónico del sector público.
2. Los convenios.
3. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de las autoridades y
personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Tema 7. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos individuales.
2. Situaciones Administrativas.
8956 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 8. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real Decreto 887/2006, de 21 de
julio, que aprueba su Reglamento.
1. Disposiciones comunes a las subvenciones públicas.
2. Procedimientos de concesión.
3. Procedimiento de gestión y justificación de la subvención pública. Causas de reintegro.
Tema 9. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE,
de 26 de febrero de 2014.
1. Objeto. Ámbito de aplicación. Negocios y contratos excluidos.
2. Órgano de contratación. Capacidad y solvencia del empresario.
3. Expediente de contratación: iniciación, contenido y tramitación.
Tema 10. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
1. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
Tema 11. Prevención de Riesgos laborales.
1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de la acción preventiva.
2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
Tema 12. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, y suReglamento
de desarrollo.
1. Principios de la protección de datos.
2. Derechos de la ciudadanía.
3. Ficheros de titularidad pública.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Competencias de las Administraciones Públicas en relación con la atención integral a los menores.
1.1 Competencias del Gobierno de Canarias. Competencias de la Consejería con atribuciones en materia de
atención a los menores.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8957
1.2 Competencias de los cabildos insulares.
1.3 Competencias de los ayuntamientos.
2. Las necesidades de la infancia.
2.1 Necesidades fisiológicas.
2.2 Necesidad de lazos afectivos seguros.
2.3 Necesidades sociales y de valores.
3. Las actuaciones en situación de riesgo.
3.1 Concepto. Principios orientadores. Medidas.
3.2 Procedimiento de declaración.
3.3 Colaboración en la ejecución de las medidas.
4. Actuaciones de amparo (I).
4.1 La situación de desamparo: Concepto, procedimiento para la declaración, actuaciones y cese del desamparo.
4.2 La tutela: asunción, atención inmediata, ejercicio y promoción de la tutela.
4.3 La guarda: asunción, guarda voluntaria, extinción y procedimiento.
5. Actuaciones de amparo (II).
5.1 El acogimiento: clases y régimen, selección de acogedores, formalización, seguimiento y colaboración.
5.2 La adopción: idoneidad y selección de los adoptantes.
5.3 El registro de tutelas, guardas, acogimiento y adopción.
6. El acogimiento familiar.
6.1 Tipología del acogimiento familiar. Modalidades de acogimiento familiar.
6.2 Derechos y deberes de los acogedores.
6.3 Derechos de los menores acogidos.
7. El acogimiento residencial.
7.1 El modelo de minirresidencias y hogares.
7.2 Nuevas tendencias en el acogimiento residencial.
7.3 El acogimiento residencial según la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de atención integral a los menores y la
Ley Orgánica 26/2015, de 28 de julio, de modificación delsistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
8958 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
8. Planificación y programación en el acogimiento residencial: la calidad en los centros residenciales.
8.1 Los niveles de planificación del acogimiento residencial.
8.2 El proyecto educativo individual (PEI).
8.3 Principios de actuación para la calidad en la atención residencial.
9. La atención residencial basada en las necesidades de los menores derivadas de la separación y del maltrato.
9.1 Necesidades derivadas de la separación.
9.2 Necesidades en función de los efectos del maltrato.
9.3 Cómo ayudar al menor ante las consecuencias del maltrato.
10. La atención residencial basada en las necesidades de los menores según el programa de intervención.
10.1 Programa de separación definitiva de su familia e integración en otra familia.
10.2 Programa de separación provisional y reintegración.
10.3 Programa de preparación para la vida independiente.
11. El Reglamento de Régimen Interno de los centros y hogares.
11.1 Principios de actuación, objetivos y servicios. Procesos básicos.
11.2 Normas de convivencia comunes. Funciones del educador.
11.3 Mecanismos e instrumentos de coordinación interna.
12. El Proyecto Socioeducativo de los centros y hogares.
12.1 Fines e intenciones educativas. Cauces de coordinación con las familias de los menores residentes.
12.2 Participación de los menores en las actividades y servicios del hogar.
12.3 Protocolos de Intervención familiar y educativa. Proyectos a desarrollar.
13. El Programa Básico de Acogimiento Residencial.
13.1 Objetivos. Contenidos.
13.2 Orientaciones metodológicas. Principios metodológicos.
13.3 La organización de la vida cotidiana. Evaluación.
14. Las transiciones a la vida adulta de los menores en acogimiento residencial.
14.1 La transición a la adultez.
14.2 Características de los menores egresados del sistema de protección a la infancia.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8959
14.3 Salud física y mental.
15. Resultados educativos.
15.1. Acceso al mundo del trabajo.
15.2 Relaciones familiares. Apoyo social.
15.3 Otros riesgos. Respuestas a los retos de la transición.
16. Teorías del desarrollo humano.
15.1 Teorías psicoanalíticas. Teorías conductistas.
15.2 Teoría cognitiva: Piaget
15.3 Teoría sociocultural: Vygotsky.
17. Teoría del apego.
17.1 Tipologías del apego en los niños y adolescentes. Trastornos el apego.
17.2 Manifestaciones del apego en los niños acogidos. Indicadores del trastorno de apego.
17.3 Intervención psicoeducativa con menores acogidos según su tipología de apego.
18. Maltrato infantil (I).
18.1 Tipologías del maltrato: Maltrato físico, negligencia física, maltrato emocional, abuso sexual y otrasformas
de maltrato infantil.
18.2 Derivadas del inadecuado cumplimiento de los deberes de protección. Derivadas del imposible cumplimiento
de los deberes de protección.
18.3 Derivadas del incumplimiento de los deberes de protección
19. Maltrato infantil (II).
19.1 Familias maltratadoras: factores de riesgo y factores de protección. Consecuencias de los malos tratos.
19.2 Características de la intervención. Pautas de intervención: detección, notificación, valoración, intervención
y seguimiento.
19.3 Los malos tratos infantiles en los sistemas de protección a la infancia.
20. Parentalidad positiva.
20.1 ¿Qué es la parentalidad positiva? Áreas competenciales en la parentalidad positiva.
20.2 La educación parental como recurso psicoeducativo.
20.3 Los programas grupales de educación parental. Competencias parentales y resiliencia familiar y parental.
21. Habilidades sociales.
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21.1 Concepto y componentes de la habilidad social.
21.2 Componentes conductuales, cognitivos y fisiológicos.
21.3 El formato de entrenamiento en habilidades sociales: Instrucciones, modelado, ensayo de conducta,
retroalimentación, reforzamiento y estrategias de generalización. Estrategias de generalización.
22. Educación en valores.
22.1 Enfoques de la formación en valores. Los seis estadios del desarrollo moral según Kohlberg.
22.2 La discusión de dilemas morales. Esquemas de razonamiento moral y valores.
22.3 Objetivos de la educación en valores.
23. Educación emocional. Concepto de emoción. Funciones de la emoción.
23.1 Emoción, sentimiento y afecto. Clasificación de las emociones.
23.2 Las competencias emocionales.
23.3 Concepto, objetivos y contenidos de la educación emocional. Modelos de intervención.
24. La inteligencia emocional.
24.1 El aprendizaje emocional.
24.2 La inteligencia emocional.
24.3 Modelos de inteligencia emocional: El modelo de Salovey y el modelo de Bar-On.
25. Estrategias educativas para la alfabetización emocional.
25.1 Autodescripciones. Análisis de situaciones emocionales.
25.2 Role-playing. Control de la ira. Control del estrés.
25.3 Visualización positiva. Escritura emocional.
26. Resolución de conflictos. Qué se entiende por conflicto.
26.1 El ciclo y los elementos del conflicto. Estilos de gestión del conflicto. Modelos de afrontamiento del
conflicto: normativo, relacional e integrador.
26.2 Pasos en la resolución de conflictos. Habilidades básicas para el manejo del conflicto: la escucha activa
y los mensajes-Yo.
26.3 La mediación educativa. Fases en el proceso de mediación en el ámbito educativo.
27. Habilidades para la negociación.
27.1 ¿Qué es negociar? Concepto de negociación
27.2 Habilidades para la negociación.
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27.3 Etapas en la negociación.
28. La mediación familiar (I).
28.1 Definición y antecedentes históricos. Marco legal de la mediación familiar.
28.2 Concepto y finalidad de la mediación familiar.
28.3 Conflictos objeto de mediación. Principios orientadores.
29. La mediación familiar (II).
29.1 Derechos y deberes de los mediadores familiares.
29.2 Desarrollo de las actuaciones de mediación familiar.
29.3 Aspectos susceptibles de mediación en el proceso de divorcio. Custodia, visitas, vivienda y otros
conflictos familiares.
30. Puntos de encuentro familiar.
30.1 Definición y objetivos de los PEF. Principios de la intervención en los PEF.
30.2 Tipos de intervención en los PEF. Fases en el proceso de intervención de los PEF.
30.3 Funcionamiento de los PEF: Emplazamiento, dependencias y equipamiento, normas comunes de
funcionamiento y criterios para las listas de espera.
31. Las familias en crisis.
31.1 La separación. El divorcio. La nulidad.
31.2 Efectos comunes a la separación, la nulidad, y el divorcio.
31.3 El convenio regulador.
32. Derechos y obligaciones parentales.
32.1Concepto de relaciones paternofiliales.Regulación jurídica de lasrelaciones paternofiliales: la patria potestad.
32.2 Las relaciones paternofiliales en los contextos de crisis de pareja: Guarda y custodia, derecho de visitas,
y guarda y custodia compartida.
32.3 El incumplimiento de los derechos de custodia y visitas.
33. La violencia de género (I).
33.1 Concepto de violencia basada en el género. Las víctimas de la violencia de género.
33.2 Tipos de violencia basada en el género. La escalada y el ciclo de la violencia.
33.3 Consecuencias de la violencia basada en el género.
34. La violencia de género (II).
8962 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
34.1 Normativa básica en materia de violencia de género: Ámbito internacional, comunitario europeo.
34.2 Ámbito estatal y autonómico.
34.3 Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
35. La dependencia emocional.
35.1 Concepto. Características de la persona dependiente emocional.
35.2 Grados de dependencia emocional. Similitudes y diferencias entre dependencia emocional y relaciones
de pareja normales.
35.3 La dependencia emocional como una patología de la vinculación.
36. Resiliencia y buenos tratos infantiles.
36.1 Definiciones de resiliencia y buenos tratos.
36.2 La ecología social de los buenos tratos.
36.3 Las fuentes de resiliencia. Los diez caminos para construir la resiliencia.
37. Los menores expuestos a la violencia de género.
37.1 Formas de exposición a la violencia de género.
37.2 Consecuencias de la violencia de género en los niños y las niñas.
37.3 Respuesta de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la
Violencia de Género, a los hijos e hijas de las víctimas.
38. Marco normativo para la intervención con menores expuestos a la violencia de género.
38.1 Dificultades de intervención respecto a la patria potestad/guarda y custodia. Otras dificultades en la intervención.
38.2 Derechos de las menores víctimas de violencia de género. El interés superior del menor.
38.3 La patria potestad. Guarda y acogimiento. La Convención sobre los Derechos del Niño.
39. Intervención con menores víctimas de violencia de género.
39.1 Fases en la intervención directa con niños y niñas víctimas de violencia de género.
39.2 Orientaciones educativas. La intervención indirecta con menores víctimas de violencia de género.
39.3 Orientaciones educativas para la intervención.
40. El trastorno por déficit de atención con o sin hiperactividad.
40.1 Delimitación conceptual.
40.2 Epidemiología. Causas. Comorbilidad.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8963
40.3 Diagnóstico. Pautas y orientaciones para la intervención.
41. El acoso entre iguales.
41.1 Definición de acoso escolar: recorrido histórico y posiciones teóricas.
41.2 Características del acoso escolar. Tipos de acoso escolar.
41.3 Efectos del acoso escolar. Factores explicativos del acoso escolar.
42. Acoso a través de Internet.
42.1 Conceptos: ciberacoso, ciberbullying, grooming, sexting, phishing, gossip y happy slapping.
42.2 Epidemiología. Síntomas de alarma.
42.3 Delitos de menores o contra menores en Internet.
43. Intervención en el acoso entre iguales.
43.1 El método Pikas. El círculo de amistad.
43.2 El role-playing. Técnicas de autocontrol.
43.3 Técnicas de solución de problemas.
44. Dinámica de grupos.
44.1 Concepto de grupo. Efectos del trabajo en grupo.
44.2 Fases en la evolución del grupo.
44.3 Técnicas de trabajo en grupo: Grupos de discusión, Phillips 66, brainstorming, asamblea, seis sombreros
para pensar, método del caso y role-playing.
45. El síndrome de alienación parental.
45.1 Definición y características.
45.2 Etiología.
45.3 Criterios de identificación. Niveles.
46. El Síndrome de Burn out.
46.1 Delimitación conceptual del término.
46.2 El proceso de desarrollo del síndrome.
46.3 Prevención del Burn out.
47. La violencia filio-parental.
47.1 Concepto.
8964 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
47.2 Prevalencia. Etiología.
47.3 Consideraciones para la valoración y la intervención en casos de violencia filio-parental.
48. El abuso sexual infantil.
48.1 Indicadores. Habilidades para la detección.
48.2 Rasgos más frecuentes en el adulto agresor. Perfil de los niños y adolescentes que abusan.
48.3 Pautas para la intervención con menores víctimas y ofensores.
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE
TÉCNICO ESPECIALISTA EN LABORATORIO, DE LA PLANTILLA LABORAL DEL CABILDO
DE GRAN CANARIA, INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
DENOMINACIÓN: Técnico Especialista de Laboratorio.
PLANTILLA: Laboral.
GRUPO: III.
Nº DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 81, 6 de julio de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas,
en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
del correspondiente anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la
Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 18,00 euros. Con las bonificaciones y requisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017)4
4 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 16,20 euros
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 14,40 euros
Tasa por Discapacidad: 09,00 euros
Tasa por Demandante de Empleo: 0,00 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Técnico en Laboratorio (especialidad química), Técnico en Análisis y Control,
o Técnico en Química ambiental.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de
capacidad funcional, de habilitación, titulación, y demásrequisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
Todos estos requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente
del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso
la copia compulsada del mismo.
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1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación
de la siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana, y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos
alegados respecto de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.1. Parte teórica
a) Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntastipo test, con tresrespuestas
alternativas y sólo una de ellas correcta, durante un periodo máximo de 60 minutos, relacionadas con las
materias comunes del temario. Cada pregunta no acertada descontará un cuarto de una acertada; las preguntas
no contestadas no serán puntuadas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(nº de aciertos - (nº de errores/ 4)) / nº de preguntas] x 10
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 65 preguntas, siendo las 60 primeras ordinarias y
evaluables, y las cinco últimas, de reserva. En el caso de que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una
o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de
las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
b) Segundo ejercicio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de dos horas,seis epígrafes
de diferentes temas a elegir entre diez, relacionados con las materias específicas del temario. Tanto los temas
como los epígrafes serán extraídos al azar en el momento del inicio de la prueba. Los aspirantes podrán contar
con el listado de temas de las bases específicas.
Criterios de evaluación. En este ejercicio se valorará:
• La formación y los conocimientos demostrados (80%)
• Claridad, orden de ideas, presentación (20%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.1.2. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un caso práctico
8966 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
a elegir entre tres propuestos por el Tribunal, relacionados con las funciones propias de la categoría convocada,
en función de las materias específicas del temario.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación
de la publicación de las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
Criterios de evaluación. En este ejercicio, se valorará:
• La capacidad para aplicar los conocimientos a las situaciones prácticas que se planteen (70%)
• La sistemática, la capacidad de análisis, la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada
(20%)
• Presentación, la capacidad de expresión escrita, gráficos en su caso (10%)
• Por cada falta ortográfica se descontará 0,1 puntos.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que
se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no
teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
A tal fin, les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista
de aspirantes que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se
presentarán mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación
acreditativa del mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar
a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro
General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, número 23, planta baja, o en los lugares
señalados en el Anexo II, con sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la forma sea a través de las oficinas de Correos
(artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación en sobre abierto para que conste el nombre de Oficina
deCorreos,fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo realizarse a través delservicio denominado
correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes
méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
Se valorará con un máximo de 10 puntos, los servicios prestados en el ámbito de la Administración Pública
y sus Organismos Autónomos, como personal laboral, en la misma categoría y grupo que el que sea objeto de
convocatoria, o en su caso, como funcionario en Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría correlativa.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado losservicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8967
EXPERIENCIA PROFESIONAL Puntos/mes servicios prestados
Experiencia en la Administración Pública Territorial del Cabildo
de Gran Canaria, quedando excluida conforme a la Disposición
Adicional Única del IV Convenio Colectivo, la experiencia obtenida
como contratado/a en el ámbito de la colaboración con otras
Administraciones Públicas en el marco de las políticas de empleo 0,15
Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas
y sus Organismos Autónomos y en los Organismos
Autónomos del Cabildo de Gran Canaria. 0,10
Experiencia obtenida como contratado/a en el ámbito
de la colaboración con otras Administraciones Públicas,
en el marco de las políticas de empleo 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajador fijo discontinuo, la puntuación se computará
proporcionalmente al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado
de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes
documentos: 1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la
Unidad de Recursos Humanos correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la
experiencia, en el que se especificará el tiempo exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico,
y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en
la convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficialsuperiores o distintas a la exigida
para participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando
sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado,
diplomatura, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título Universitario (Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Título de Grado + Máster, Máster Universitario, Grado, Diplomado,
Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico. 7,5
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 6,0
Bachiller o equivalente 4,5
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 4,0
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 2,0
8968 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los
derechos para la expedición de aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo
de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por
organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas
para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Atales efectos los niveles de competencia de idiomas
del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes
de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones
Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados
o impartidos, directamente, porlas Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursosimpartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género,
prevención de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia,
etc.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8969
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Acreditación: Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia
y/o aprovechamiento, en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado.
Fecha de celebración. Escudo, sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso,
colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia
denominación del curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos:
a. Se valorarán las publicaciones, ponencias y comunicaciones relacionadas con las funciones de la categoría
convocada,siempre que posean un carácter científico divulgativo o docente y aparezca reflejado en la publicación
el nombre de la persona autora.
Tipo Puntos
Por libro completo (con ISBN) 5
Por capítulo de libro (con ISBN) 3
Por comunicaciones y ponencias presentadas a congresos y conferencias 2
Acreditación: La forma de acreditación será la siguiente:
Tipo Acreditación
Libros y capítulos de libro - Copias de portada y título, autores (o editores),
créditos del libro (editorial, ISBN...),
índice, año de publicación
- En el caso de capítulos de libro, incluir además:
primera y última página del capítulo, así como
el índice de capítulos en el que figure
la contribución del solicitante.
8970 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
Contribuciones a congresos y conferencias - Copia del resumen presentado.
- Copia que acredite el tipo de participación.
- En caso de publicación: copia de la carátula e índice
y créditos de la editorial (ej. ISBN/ISSN),
primera y última páginas de la contribución
b. Se valorará la pertenencia de certificados de profesionalidad que acredite cualificaciones relacionados con
la categoría convocada. Sólo se admitirán los certificados de profesionalidad expedidos por el Servicio Público
de Empleo (SEPE) o los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Nivel Puntos
Nivel 3 6
Nivel 2 4
Nivel 1 2
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de los mismos
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso
se valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para
la obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de
Anunciossito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente
ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8971
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina
de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de
puntuación certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de contratación al órgano competente de la
Corporación que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se
hará pública en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web
de la Corporación. De conformidad con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en caso de que se produzcan renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán
presentar la documentación señalada en la Base 10.2, que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal
calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas,
serán integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo
dispuesto en el vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que
se genere, también podrá ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos
de la isla, en virtud de los convenios de colaboración suscritos.
ANEXO – TEMARIO DE TÉCNICO ESPECIALISTA EN LABORATORIO
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone al final de las bases publicadas en la web del Cabildo una bibliografía de
referencia.
TEMARIO COMÚN
1. La Constitución Española de 1978:
1.1. Estructura y contenido esencial.
1.2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
1.3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
Tema 2. La Organización territorial del Estado.
2.1. Formas de acceso a la autonomía en la Constitución Española.
2.2. Competencias de las Comunidades Autónomas y competencias exclusivas del Estado.
2.3. El proceso estatuyente: los Estatutos de Autonomía. Reforma de los Estatutos.
Tema 3. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
3.1. Organización: órganos de gobierno.
3.2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
8972 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
3.3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la
información. Publicación y acceso de la información.
Tema 4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
4.1. Clases de interesados en el procedimiento. Representación. Identificación y firma de los interesados en
el procedimiento administrativo.
4.2. Derechos de las personas en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Derecho y obligación de
relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Registros.
4.3. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
Tema 5. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas:
5.1. Principiosinformadores.Iniciación del procedimiento. Especialidades en el inicio del procedimiento sancionador
y de responsabilidad patrimonial.
5.2. Ordenación e instrucción del procedimiento. Participación de los interesados.
5.3. Finalización del procedimiento: Disposiciones generales y formas de finalización.
Tema 6. Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6.1. Clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos individuales.
6.2. Situaciones Administrativas.
6.3. Deberes y código de conducta. Régimen disciplinario.
Tema 7 La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres:
7.1. El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. Criterios de actuación de las Administraciones
Públicas.
7.2. Políticas públicas para la igualdad: principios generales.
7.3. La Ley Orgánica 1/2004, de medidas de protección integral contra la violencia de género: objeto y principios
rectores. Derechos de las mujeres víctimas de violencia de género.
Tema 8. Prevención de Riesgos laborales.
8.1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de la acción preventiva.
8.2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
8.3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Norma UNE-ISO/EN 17025.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8973
1.1. Control de documentos. Acciones correctivas.
1.2. Personal y Equipos.
1.3. Informes de resultados.
2. Control de calidad interno y externo en laboratorios de ensayo.
2.1. Actividades de control.
2.2. Gráficos de control.
2.3. Control de calidad externo: ejercicios de intercomparación.
3. Auditorías.
3.1. Las auditorías en un sistema de calidad.
3.2. Planificación y realización de auditorías.
3.3. Informe de auditoría
4. Utilización de equipos de protección individual y gestión de residuos:
4.1. Aspectos generales (NTP 517). Clasificación de los EPI. Gestión de los EPI en el laboratorio.
4.2. EPI frente al riesgo biológico.
4.3. Gestión de residuos en el laboratorio.
5. Herramientas estadísticas en el laboratorio:
5.1. Parámetros estadísticos característicos de la muestra y la población.
5.2. Intervalo de confianza.
5.3. Comparación de resultados y pruebas de significación (Test F y Test t).
6. Concepto de error aleatorio y sistemático. Incertidumbre.
6.1. Repetibilidad y reproducibilidad en las medidas.
6.2. Concepto de incertidumbre.
6.3. Cálculo de incertidumbre en la preparación de una disolución.
7. Materiales de referencia.
7.1. Definición y tipos.
7.2. Empleo de los materiales de referencia en los laboratorios.
7.3. Información aportada por un certificado de materiales de referencia.
8974 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
8. Validación de métodos analíticos.
8.1. Concepto de validación.
8.2. Parámetros de validación.
8.3. Informe de validación.
9. Disoluciones:
9.1. Modo de expresar las concentraciones: unidades físicas.
9.2. Modo de expresar las concentraciones: unidades químicas.
9.3. Cálculo de disoluciones a partir de otras más concentradas. Ejemplos.
10. Medida de volumen en el laboratorio.
10.1. Clasificación en clases de exactitud.
10.2. Materiales de medida de volumen.
10.3. Verificación del material volumétrico.
11. Medida de la masa en el laboratorio:
11.1. La balanza analítica.
11.2. Clases de pesas.
11.3. Tolerancia de las pesas y su expresión.
12. Calibración en análisis instrumental.
12.1. Método de calibración mediante regresión lineal.
12.2. Recta de regresión lineal y significado de cada uno de sus parámetros.
12.3. Límites de detección y cuantificación.
13. Medida de pH de disoluciones acuosas.
13.1. Definición de pH y significado.
13.2. Estructura de un electrodo combinado de pH
13.3. Equipo, calibración y medida de pH
14. Medida de conductividad de disoluciones acuosas.
14.1. Definición de conductividad eléctrica de disoluciones acuosas.
14.2. Estructura de una célula de conductividad.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8975
14.3. Conductividad eléctrica y Sólidos Totales Disueltos.
15. Análisis volumétrico.
15.1. Curvas de valoración.
15.2. Valoraciones ácido-base.
15.3. Valoraciones redox.
16. Cromatografía iónica.
16.1. Principio de funcionamiento.
16.2. Elementos componentes de un equipo de cromatografía iónica.
16.3. Aplicaciones analíticas más usuales en aguas.
17. Espectrofotometría de absorción molecular
17.1. Principio de funcionamiento y ley de Lambert-Beer
17.2. Elementos componentes de un espectrofotómetro de absorción molecular.
17.3. Aplicaciones.
18. Espectrofotometría de absorción atómica.
18.1. Principio de funcionamiento.
18.2. Elementos componentes de un espectrofotómetro de absorción atómica.
18.3. Aplicaciones
19. Emisión atómica con plasma acoplado inductivamente (ICP) y detección óptica.
19.1. Principio de funcionamiento.
19.2. Elementos componentes de un ICP.
19.3. Aplicaciones.
20. Agua para uso agrícola y soluciones nutritivas.
20.1. Parámetros de evaluación del agua para uso agrícola y su utilidad.
20.2. Soluciones nutritivas: macro y microelementos
20.3. Principales métodos analíticos utilizados en el análisis de agua.
21. Reacción del suelo.
21.1. Acidez y alcalinidad del suelo.
8976 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
21.2. Tipos de suelos según su pH.
21.3. Métodos de análisis de pH en suelo agrícola.
22. La salinidad del suelo.
22.1. Definición, medida y origen de la salinidad en suelos.
22.2. Medida de la salinidad en el suelo.
22.3. Tipos de suelos según su salinidad.
23. La materia orgánica del suelo.
23.1. Importancia de la materia orgánica en el suelo.
23.2. Método directo de medida de materia orgánica: calcinación.
23.3. Métodos indirectos de medida de materia orgánica.
24. El nitrógeno en el suelo.
24.1. Especiación de nitrógeno en suelo.
24.2. Métodos de análisis de nitrógeno total en suelos.
24.3. Métodos de análisis de nitratos y amonio en suelos.
25. Capacidad de intercambio catiónico en suelos.
25.1. Concepto de capacidad de intercambio catiónico en suelos.
25.2. Bases de cambio y saturación de bases.
25.3. Principales métodos de análisis.
26. Textura del suelo.
26.1. Concepto.
26.2. Fracciones granulométricas.
26.3. Análisis granulométrico y clases texturales.
27. Fertilidad de suelos agrícolas.
27.1. Descripción.
27.2. Parámetros generales de análisis para la evaluación de la fertilidad del suelo.
27.3. Degradación de suelos agrícolas.
28. Microscopio óptico y lupas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8977
28.1. Principio de funcionamiento.
28.2. Partes componentes.
28.3. Definición de resolución y apertura numérica de objetivos.
29. Técnicas básicas de microbiología y nematodos.
29.1. La Tinción de Gram, fundamento y utilidad.
29.2. Los medios de cultivo y métodos de siembra.
29.3. Aislamiento y recuento de nematodos en muestras de suelo y raíces.
30. Electroforesis en gel.
30.1. Desarrollo de una electroforesis: principio físico-químico.
30.2. Aplicaciones de la electroforesis en gel
30.3. Equipos, utensilios y geles más usuales para el desarrollo de una electroforesis en gel.
31. Técnica de la reacción en cadena de la polimerasa (PCR).
31.1. Principio de funcionamiento.
31.2. Tipos de PCR.
31.3. Parámetros de medida.
32. Técnica de ELISA.
32.1. Fundamento del método.
32.2. Tipos de test ELISA.
32.3. Aplicaciones de la técnica ELISA en el diagnóstico de virus y bacterias fitopatógenas.
BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA, POR EL TURNO LIBRE, DE UNA PLAZA DE
OFICIAL1º LABORATORIO, DE LAPLANTILLALABORALDELCABILDO DE GRAN CANARIA,
INCLUIDA EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
DENOMINACIÓN: Oficial 1º Laboratorio.
PLANTILLA: Laboral.
GRUPO: IV.
Nº DE PLAZAS: Una.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 81, 6 de julio de 2018.
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PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas,
en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
del correspondiente anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la
Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 15,00 euros. Con las bonificaciones y requisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017)5
5 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 13,50 euros
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 12 euros
Tasa por Discapacidad: 07,50 euros
Tasa por Demandante de Empleo: 0,00 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Graduado en Educación Secundaria obligatoria, o equivalente.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de
capacidad funcional, de habilitación, titulación, y demásrequisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
Todos estos requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente
del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso
la copia compulsada del mismo.
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación
de la siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana, y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos
alegados respecto de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.2. Parte teórica
c) Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntastipo test, con tresrespuestas
alternativas y sólo una de ellas correcta, durante un periodo máximo de 70 minutos, relacionadas con las
materias comunes y específicas del temario. Cada pregunta no acertada descontará un cuarto de una acertada;
las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8979
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(nº de aciertos - (nº de errores/ 4)) / nº de preguntas] x 10
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 65 preguntas, siendo las 60 primeras ordinarias y
evaluables, y las cinco últimas, de reserva. En el caso de que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una
o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de
las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
1.1.3. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar durante un período máximo de una hora, una prueba práctica a
elegir entre dos propuestas por el Tribunal, relacionadas con las funciones propias de la categoría convocada,
en función de las materias específicas del temario.
La prueba práctica se contestará a través de un cuestionario de 23 preguntas de tipo práctico, relacionadas
con identificación de materiales, instrumentos, utensilios, herramientas, técnicas y procesos o protocolos, con
tres posiblesrespuestas entre las que se deberá escoger una. De las 23 preguntas,serán evaluableslas 20 primeras,
y las 3 últimas serán de reserva, para posibles anulaciones de preguntas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(nº de aciertos - (nº de errores/ 4)) / nº de preguntas] x 10
Los aspirantes dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación
de la publicación de las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que
se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no
teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
A tal fin, les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista
de aspirantes que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se
presentarán mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación
acreditativa del mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar
a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro
General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, número 23, planta baja, o en los lugares
señalados en el Anexo II, con sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la forma sea a través de las Oficinas de Correos
(artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación en sobre abierto para que conste el nombre de Oficina
deCorreos,fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo realizarse a través delservicio denominado
correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes
méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
Se valorará con un máximo de 10 puntos, los servicios prestados en el ámbito de la Administración Pública
8980 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
y sus Organismos Autónomos, como personal laboral, en la misma categoría y grupo que el que sea objeto de
convocatoria, o en su caso, como funcionario en Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría correlativa.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado losservicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
EXPERIENCIA PROFESIONAL Puntos/mes servicios prestados
Experiencia en la Administración Pública Territorial del Cabildo
de Gran Canaria, quedando excluida conforme a la Disposición
Adicional Única del IV Convenio Colectivo, la experiencia
obtenida como contratado/a en el ámbito de la colaboración
con otras Administraciones Públicas en el marco
de las políticas de empleo 0,15
Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas
y sus Organismos Autónomos y en los Organismos
Autónomos del Cabildo de Gran Canaria. 0,10
Experiencia obtenida como contratado/a en el ámbito
de la colaboración con otras Administraciones Públicas,
en el marco de las políticas de empleo 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajador fijo discontinuo, la puntuación se computará
proporcionalmente al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado
de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes
documentos: 1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la
Unidad de Recursos Humanos correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la
experiencia, en el que se especificará el tiempo exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico,
y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en
la convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficialsuperiores o distintas a la exigida
para participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando
sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado,
diplomatura, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título Universitario (Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Título de Grado + Máster, Máster Universitario, Grado, Diplomado,
Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico. 7,5
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8981
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 6,0
Bachiller o equivalente 4,5
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 4,0
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 2,0
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los
derechos para la expedición de aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo
de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por
organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas
para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Atales efectos los niveles de competencia de idiomas
del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes
de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones
Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados
o impartidos, directamente, porlas Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
8982 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursosimpartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género,
prevención de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia,
etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Acreditación: Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia
y/o aprovechamiento, en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado.
Fecha de celebración. Escudo, sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso,
colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia
denominación del curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos:
Se valorará la pertenencia de certificados de profesionalidad que acredite cualificaciones relacionados con la
categoría convocada. Sólo se admitirán los certificados de profesionalidad expedidos por el Servicio Público
de Empleo (SEPE) o los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Nivel Puntos
Nivel 3 8
Nivel 2 6
Nivel 1 4
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de los mismos
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso
se valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8983
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para
la obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de
Anunciossito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente
ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina
de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de
puntuación certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de contratación al órgano competente de la
Corporación que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se
hará pública en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web
de la Corporación. De conformidad con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en caso de que se produzcan renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán
presentar la documentación señalada en la Base 10.2, que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal
calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas,
serán integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo
dispuesto en el vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que
se genere, también podrá ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos
de la isla, en virtud de los convenios de colaboración suscritos.
8984 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
ANEXO - TEMARIO DE OFICIAL 1º LABORATORIO
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone al final de las bases publicadas en la web del Cabildo una bibliografía de
referencia.
TEMARIO COMÚN:
1. La Constitución Española de 1978:
1.1. Estructura y contenido esencial.
1.2. Los derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y suspensión de derechos y libertades.
1.3. Procedimiento de reforma de la Constitución.
2. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares.
2.1. Organización: órganos de gobierno.
2.2. Organización administrativa. Organización descentralizada.
2.3. Régimen de las normas y actos de los órganos de los Cabildos Insulares. Derecho de acceso a la
información. Publicación y acceso de la información.
3. El personal al servicio de las Entidades Locales:
3.1. Concepto y clases.
3.2. Derechos y deberes.
3.3. Régimen de incompatibilidades.
4. Prevención de Riesgos laborales.
4.1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de la acción preventiva.
4.2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
4.3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
TEMARIO ESPECÍFICO:
33. Utilización de equipos de protección individual:
33.1. Aspectos generales (NTP 517). Clasificación de los EPI. Gestión de los EPI en el laboratorio.
33.2. EPI frente al riesgo biológico.
33.3. Gestión de residuos en el laboratorio.
34. Norma UNE-ISO/EN 17025.
34.1. Estructura y contenido.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8985
34.2. Requisitos de gestión.
34.3. Requisitos técnicos.
35. Fiabilidad de las medidas.
35.1. Valor medio, desviación estándar y coeficiente de variación.
35.2. Precisión y exactitud.
35.3. Incertidumbre de la medida.
36. Disoluciones.
36.1. Modo de expresar las concentraciones: unidades físicas.
36.2. Modo de expresar las concentraciones: unidades químicas.
36.3. Cálculo de disoluciones a partir de otras más concentradas. Ejemplos.
37. Equipos de uso general en el laboratorio.
37.1. Materiales de medida de volumen, unidades de medida de volumen y su elación.
37.2. Autoclaves y centrífugas.
37.3. Estufas, muflas, baños termostáticos neveras y congeladores.
38. Operaciones mecánicas básicas en el laboratorio.
38.1. Filtración: fundamento, utilidad y material.
38.2. Centrifugación: fundamento, utilidad y material.
38.3. Tamizado: fundamento, utilidad y material.
39. Operaciones térmicas básicas en el laboratorio.
39.1. Destilación: fundamento, utilidad y material.
39.2. Evaporación: fundamento, utilidad y material.
39.3. Secado y liofilizado: fundamento, utilidad y material.
40. Equipos básicos de medida del laboratorio.
40.1. La balanza analítica.
40.2. pHmetro y conductímetro
40.3. Espectrofotómetro UV-VIS
41. Valoraciones ácido-base.
8986 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
41.1. Curva de valoración ácido-base.
41.2. Equipos y reactivos necesarios para las valoraciones ácido-base.
41.3. Aplicación la valoración ácido-base al análisis de aguas.
42. Equipos analíticos.
42.1. Cromatógrafo iónico: principio de funcionamiento y aplicaciones.
42.2. Espectrofotómetro de absorción atómica: principio de funcionamiento y aplicaciones.
42.3. Espectrofotómetro óptico de emisión atómica por acoplamiento inductivo: principio de funcionamiento
y aplicaciones.
43. Servicios auxiliares en el laboratorio.
43.1. Producción de vacío. Tipos de bombas.
43.2. Tipos de gases según sus características físicas y químicas.
43.3. Identificación básica de gases
44. Agua para uso agrícola y soluciones nutritivas.
44.1. Preparación de muestras de agua para su posterior análisis.
44.2. Parámetros de evaluación del agua para uso agrícola y su utilidad.
44.3. Soluciones nutritivas: macro y microelementos
45. Análisis de suelos agrícolas y muestra de foliares.
45.1. Preparación de muestras de suelo para su posterior análisis.
45.2. Preparación de muestras de hojas para su posterior análisis.
45.3. Parámetros generales de análisis para la evaluación de la fertilidad del suelo.
46. Análisis de vinos, mieles y aceites de oliva.
46.1. Parámetros generales de análisis de mieles: humedad, acidez libre,sólidosinsolubles, hidroximetilfurfural
y diastasa. Utilidad.
46.2. Parámetros generales de análisis de aceites: grado de acidez, índice de peróxidos, absorbancia en el ultravioleta.
Utilidad.
46.3. Parámetros generales de análisis de vinos: grado alcohólico, acidez volátil y azúcares reductores.
Utilidad.
47. Microscopio óptico y lupas.
47.1. Principio de funcionamiento
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8987
47.2. Partes componentes.
47.3. Mantenimiento básico de microscopios y lupas.
48. Técnicas básicas de microbiología y nematodos.
48.1. La Tinción de Gram, fundamento y utilidad.
48.2. Los medios de cultivo y métodos de siembra.
48.3. Aislamiento y recuento de nematodos en muestras de suelo y raíces.
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA, POR ELTURNO LIBRE, DE TRES PLAZAS DE
OPERARIO DE MEDIO AMBIENTE, DE LA PLANTILLA LABORAL DEL CABILDO DE GRAN
CANARIA, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2016.
DENOMINACIÓN: Operario de Medio Ambiente.
PLANTILLA: Laboral.
GRUPO: V.
Nº DE PLAZAS: Tres.
SISTEMA DE ACCESO: Concurso-oposición.
BASES GENERALES: Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 81, 6 de julio de 2018.
PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS: Se presentará el Anexo I y el documento autoliquidativo de las tasas,
en el plazo de VEINTE DÍAS NATURALES contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
del correspondiente anuncio en el “Boletín Oficial del Estado”, en la forma y en los lugares señalados en la
Base Tercera de las Generales.
DERECHOS DE EXAMEN: 12,00 euros. Con las bonificaciones y requisitos establecidos en la Ordenanza
Fiscal (BOP número 65, de 31/05/2017)6
6 Tasa por Familia Numerosa de carácter general: 10,80 euros
Tasa por Familia Numerosa de carácter especial: 9,60 euros
Tasa por Discapacidad: 6,00 euros
Tasa por Demandante de Empleo: 0,00 euros.
TITULACIÓN REQUERIDA: Graduado en Educación Secundaria obligatoria, o equivalente.
REQUISITOS: Para participar en la convocatoria se deben reunir los requisitos de nacionalidad, de edad, de
capacidad funcional, de habilitación, titulación, y demásrequisitos establecidos en la Base 2ª de las Bases Generales.
Todos estos requisitos deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La posesión del título exigido para participar en la convocatoria se indicará en el apartado correspondiente
del modelo de solicitud, siendo aportada en el momento de la presentación de los méritos de la fase de concurso
la copia compulsada del mismo.
8988 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
1. DESARROLLO DE LA CONVOCATORIA:
1.1. FASE DE OPOSICIÓN
Todos los ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos. Para superar cada
ejercicio será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
La calificación de la parte teórica vendrá determinada por lo dispuesto por la siguiente fórmula:
Nota Parte Teórica = 0,30 x Nota del Ejercicio 1 + 0,70 x Nota del Ejercicio 2
Siendo el Ejercicio 1 el correspondiente a la parte común del temario y el Ejercicio 2 a la parte específica.
La calificación final de la fase de oposición, que será como máximo de 10 puntos, se obtiene por la aplicación
de la siguiente fórmula:
Nota Fase Oposición = 0,40 x Nota Parte Teórica + 0,60 x Nota Parte Práctica
Esta calificación final será expuesta en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención
Ciudadana, y página Web de la Corporación, con indicación del plazo para acreditar documentalmente los méritos
alegados respecto de aquellos aspirantes que superen esta fase de oposición.
1.1.4. Parte teórica
d) Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 60 preguntastipo test, con tresrespuestas
alternativas y sólo una de ellas correcta, durante un periodo máximo de 70 minutos, relacionadas con las
materias comunes y específicas del temario. Cada pregunta no acertada descontará un cuarto de una acertada;
las preguntas no contestadas no serán puntuadas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(nº de aciertos - (nº de errores/ 4)) / nº de preguntas] x 10
El cuestionario propuesto por el Tribunal constará de 65 preguntas, siendo las 60 primeras ordinarias y
evaluables, y las cinco últimas, de reserva. En el caso de que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una
o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de
las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
1.1.5. Parte práctica
Ejercicio práctico. Consistirá en desarrollar durante un período máximo de una hora, una prueba práctica a
elegir entre dos propuestas por el Tribunal, relacionadas con las funciones propias de la categoría convocada,
en función de las materias específicas del temario.
La prueba práctica se contestará a través de un cuestionario de 23 preguntas de tipo práctico, relacionadas
con identificación de herramientas, técnicas y procesos o protocolos, con tres posibles respuestas entre las que
se deberá escoger una. De las 23 preguntas, serán evaluables las 20 primeras, y las 3 últimas serán de reserva,
para posibles anulaciones de preguntas.
La fórmula de corrección del ejercicio será la siguiente:
[(nº de aciertos - (nº de errores/ 4)) / nº de preguntas] x 10
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8989
Los aspirantes dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir del siguiente al de la publicación
de la publicación de las calificaciones de los ejercicios de la fase de oposición, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
Prueba de aptitud física:
Los aspirantes que hayan superado los dos ejercicios, tendrán que realizar una prueba física de resistencia de
carácter eliminatorio, denominada “FIELD TEST”, que consistirá en recorrer 3,2 Kilómetros aproximadamente,
con un peso portado en una mochila, de 12 kilogramos para hombres, y 10 kilogramos para mujeres, en un tiempo
inferior a 30 minutos. El recorrido podrá realizarse por pistas o senderos de montaña determinados al efecto.
El aspirante deberá acudir a la prueba con una mochila con el volumen indicado (12 Kg./hombre, 10 Kg./mujer).
Dicho volumen será previamente comprobado mediante balanza calibrada y homologada.
Su calificación será de “apto” o “no apto”.
Con carácter previo a la realización de esta prueba física, será necesario aportar un certificado médico
extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente
que el/la opositor/a reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de esta
prueba física.
Los aspirantes que superen el segundo ejercicio, tendrán un plazo para la aportación de este certificado
médico de CINCO DÍAS HÁBILES, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución
del Tribunalrelativa a las calificaciones delsegundo ejercicio. La no presentación del mismo implicará la imposibilidad
de realización de la prueba física.
En cualquier momento del desarrollo de la prueba física, el Tribunal Calificador podrá convocar a los aspirantes
que considere oportuno, para la realización de un control de dopaje mediante la recogida de una muestra de
orina, cuya cuantía no será inferior a 100 mililitros. La resistencia o negativa expresa por parte del aspirante a
realizar dicha prueba, o su no presentación a la realización de la misma en el lugar y tiempo en que sea
convocado, de forma no justificada válidamente,supondrá la exclusión inmediata del mismo en el proceso selectivo.
Asimismo,será motivo de exclusión la obstrucción, no atención, dilación indebida, ocultación y demás conductas
que, por acción u omisión, eviten, impidan, perturben o no permitan realizar controles de dopaje en la forma
prevista en la Ley, o siempre que cualquier aspirante evite voluntariamente, por acción u omisión, la recogida
de muestras a que estuviese obligado a someterse. La lista de sustancias y métodos prohibidos que se usará de
referencia para determinar si un resultado analítico es desfavorable, será la publicada por la Agencia Mundial
Antidopaje (WADA)
La detección de la presencia de cualquier cantidad de una sustancia prohibida, o de sus metabolitos o
marcadores, en la muestra de orina de un aspirante, supondrá su exclusión del proceso selectivo, sin perjuicio
del derecho de solicitud de realización de contra-análisis que asiste al aspirante, así como de su recurso al Tribunal
Calificador con las alegaciones que estime oportunas. Los aspirantes que reciban tratamiento habitual con alguna
medicación susceptible de dar lugar a un resultado desfavorable, deberán solicitar al Tribunal Calificador, con
antelación suficiente a la realización de la prueba física (no inferior a 14 días), una autorización de uso
terapéutico. El Tribunal aplicará los criterios de evaluación contenidos en el anexo II de la Convención
Internacional contra el dopaje en el deporte y en las normas para la concesión de autorizaciones de uso
terapéutico adoptadas por la Agencia Mundial Antidopaje.
1.2. FASE DE CONCURSO
Una vez superada la fase de oposición, los aspirantes habrán de acreditar documentalmente los méritos que
se posean a fecha del cierre del plazo de presentación de instancias, en relación con la fase de concurso, no
teniéndose en cuenta aquellos obtenidos con posterioridad a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.
8990 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
A tal fin, les será requerida, mediante resolución del Tribunal que se hará pública al mismo tiempo que la lista
de aspirantes que superen el último ejercicio de dicha fase de oposición, la justificación de los méritos, que se
presentarán mediante el modelo de currículo establecido en el Anexo III y fotocopia cotejada de la documentación
acreditativa del mismo en el Registro General de la Corporación, en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar
a partir del siguiente al de la publicación de la citada Resolución del Tribunal.
Dicha documentación (currículum y fotocopias cotejadas) podrán presentarse presencialmente en el Registro
General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la calle Bravo Murillo, número 23, planta baja, o en los lugares
señalados en el Anexo II, con sujeción a las normas de funcionamiento de cada una de las oficinas. Igualmente
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando la forma sea a través de las Oficinas de Correos
(artículo 38.1 c), se deberá presentar la documentación en sobre abierto para que conste el nombre de Oficina
deCorreos,fecha, lugar hora y minuto de su admisión o entrega, debiendo realizarse a través delservicio denominado
correo administrativo.
En esta fase, que sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán los siguientes
méritos:
1.2.1. Experiencia profesional
Se valorará con un máximo de 10 puntos, los servicios prestados en el ámbito de la Administración Pública
y sus Organismos Autónomos, como personal laboral, en la misma categoría y grupo que el que sea objeto de
convocatoria, o en su caso, como funcionario en Escala, Subescala, Cuerpo, clase y categoría correlativa.
La puntuación será distinta según el ámbito en que se hayan prestado losservicios, asignándose un valor decreciente
por el orden que se relaciona:
EXPERIENCIA PROFESIONAL Puntos/mes servicios prestados
Experiencia en la Administración Pública Territorial del Cabildo
de Gran Canaria, quedando excluida conforme a la Disposición
Adicional Única del IV Convenio Colectivo, la experiencia obtenida
como contratado/a en el ámbito de la colaboración con otras
Administraciones Públicas en el marco de las políticas de empleo 0,15
Experiencia en el resto de las Administraciones Públicas
y sus Organismos Autónomos y en los Organismos Autónomos
del Cabildo de Gran Canaria. 0,10
Experiencia obtenida como contratado/a en el ámbito
de la colaboración con otras Administraciones Públicas,
en el marco de las políticas de empleo 0,06
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajador fijo discontinuo, la puntuación se computará
proporcionalmente al tiempo realmente trabajado, a razón del número de días cotizados que figuren en el certificado
de vida laboral.
Quedan excluidos los servicios prestados en entidades privadas pertenecientes al sector público.
Acreditación: La experiencia en la Administración Pública se acreditará mediante la presentación de lossiguientes
documentos: 1. Certificado de servicios prestados en la Entidad u Organismo de que se trate, expedido por la
Unidad de Recursos Humanos correspondiente de la Administración Pública de la que quiera acreditar la
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8991
experiencia, en el que se especificará el tiempo exacto de duración de los mismos, así como el vínculo jurídico,
y la Subescala o cuerpo, clase, o categoría profesional, y el grupo de clasificación. 2. Informe de vida laboral.
1.2.2. Titulaciones de carácter oficial.
Se valorarán hasta un máximo de 10 puntos las titulaciones académicas superiores o distintas a la exigida en
la convocatoria, así como titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas extranjeros
a. Titulaciones académicas
Se valorará el estar en posesión de Titulaciones académicas de carácter oficialsuperiores o distintas a la exigida
para participar en la convocatoria. A estos efectos, no se considerará titulación distinta que la exigida cuando
sea de la misma especialidad y únicamente se distinga por la denominación del nivel académico (ejemplo: grado,
diplomatura, licenciatura, ingeniería, ingeniería técnica, etc.)
Titulación académica Puntuación
Título Universitario (Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto,
Título de Grado + Máster, Máster Universitario, Grado, Diplomado,
Arquitecto Técnico, o Ingeniero Técnico. 7,5
Título de Técnico Superior (Ciclos formativos de Grado Superior), o equivalente 6,0
Bachiller o equivalente 4,5
Título de Técnico (Ciclos formativos de Grado Medio), o equivalente 4,0
Título de Formación Profesional Básica, Graduado en ESO, o equivalente 2,0
Acreditación: La forma de acreditación de este mérito será mediante fotocopia compulsada del título o
certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos, así como abonados los
derechos para la expedición de aquel título.
b. Títulos de idiomas.
Se valorará con la siguiente puntuación el estar en posesión de titulaciones o certificaciones oficiales de idiomas
extranjeros que consten en el Cuadro de Equivalencias de exámenes oficiales del Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas. A estos efectos, se valorará un título o certificación por idioma, con un máximo
de 4 puntos:
Titulación o certificación oficial de idiomas Puntuación
Nivel C2 2,5
Nivel C1 2,0
Nivel B2 1,5
Nivel B1 1,0
Nivel A2 0,5
Nivel A1 0,25
8992 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de certificaciones acreditativas en idiomas expedidas por
organismos oficiales, instituciones educativas y/o académicas de reconocido prestigio acreditadas u homologadas
para la impartición y evaluación de idiomas donde conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco
Común Europeo de Referencia para las lenguas (MCER). Atales efectos los niveles de competencia de idiomas
del MCER tendrá la misma valoración que los niveles de referencia de las equivalencias fijadas para los planes
de estudios de la Escuela Oficial de Idiomas en el anexo III del Real Decreto 1629/2006 de 29 de diciembre,
por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas
en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación.
Aquellos certificados en los que no conste el nivel de competencia alcanzado dentro del Marco Común
Europeo de Referencia para las lenguas, no serán valorados por el Tribunal de Selección.
1.2.3. Cursos recibidos o impartidos de formación y perfeccionamiento.
Se valorarán con un máximo de 10 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos o impartidos,
debidamente acreditados, cuyo contenido tenga relación directa con la categoría a la que se opta, que hayan
sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Canario de Administración Pública, Instituciones
Públicas o por Organizaciones Sindicales u otros agentes promotores, dentro del marco de los Acuerdos de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, así como los no referidos anteriormente que hayan sido convocados
o impartidos, directamente, porlas Administraciones Públicas o por centros a los que hayan encargado su impartición.
Se otorgará mayor puntuación a los que hayan sido realizados con aprovechamiento y a los cursosimpartidos.
Asimismo,se valorarán los cursos que traten sobre materiastrasversales, como Igualdad, violencia de género,
prevención de riesgos laborales, ley de protección de datos, administración electrónica, ley de transparencia,
etc.
La puntuación será la siguiente:
Cursos recibidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,4
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,02
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,015
Cursos impartidos Puntos
1 crédito ECTS (Sistema europeo de transferencia de créditos) 0,8
1 hora lectiva con aprovechamiento 0,04
1 hora lectiva con certificado de asistencia 0,03
Acreditación: Los cursos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia
y/o aprovechamiento, en el que se especificará lo siguiente: Número de horas de duración. Programa desarrollado.
Fecha de celebración. Escudo, sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza o, en su caso,
colabora en su realización.
El requisito de acreditar el programa desarrollado no será obligatorio en los casos en que de la propia
denominación del curso se deduzca claramente su relación con la categoría convocada.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8993
1.2.4. Otros méritos.
Se valorará hasta un máximo de 10 puntos los siguientes méritos:
Se valorará la pertenencia de certificados de profesionalidad que acredite cualificaciones relacionados con la
categoría convocada. Sólo se admitirán los certificados de profesionalidad expedidos por el Servicio Público
de Empleo (SEPE) o los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Nivel Puntos
Nivel 3 8
Nivel 2 6
Nivel 1 4
Acreditación: Se deberá aportar copias compulsadas de los mismos
VALORACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO.
La calificación final de la fase de concurso será como máximo de 10 puntos. Cada apartado de la fase de concurso
se valorará con un máximo de 10 puntos, aplicándose la siguiente ponderación:
FASE DE CONCURSO Ponderación
Experiencia profesional 50%
Titulaciones de carácter oficial 20%
Cursos de formación recibidos e impartidos 20%
Otros méritos 10%
No se puntuará el título necesario para acceder a la convocatoria, ni los títulos inferiores imprescindibles para
la obtención de cualquier otro que se puntúe, o del necesario para acceder a la convocatoria.
Las calificaciones obtenidas por los aspirantes en la fase de concurso serán hechas públicas en el Tablón de
Anunciossito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de CINCO DÍAS HÁBILES, a partir delsiguiente al de la publicación de dicha relación,
para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
1.3. PUNTUACIÓN FINAL.
La misma se obtiene de aplicar a la puntuación obtenida en la fase de oposición y la de concurso la siguiente
ponderación:
PUNTUACIÓN FINAL Ponderación
FASE DE OPOSICIÓN 65%
FASE DE CONCURSO 35%
8994 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018
O lo que es lo mismo, la aplicación de la siguiente fórmula:
Puntuación Final = 0,65 x Nota Fase Oposición + 0,35 x Nota Fase Concurso
Una vez terminada la calificación de los aspirantes, se expondrá en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina
de Información y Atención Ciudadana, y página Web de la Corporación, la relación de aprobados por orden de
puntuación certificada por el Secretario del Tribunal con el visto bueno del Presidente del Tribunal.
Visto el resultado final, el Tribunal calificador elevará propuesta de contratación al órgano competente de la
Corporación que contendrá -por orden de puntuación- la relación de aspirantes aprobados. Esta propuesta se
hará pública en el Tablón de Anuncios sito en la Oficina de Información y Atención Ciudadana, y página Web
de la Corporación. De conformidad con el artículo 61.8 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, en caso de que se produzcan renuncias o no acreditación en debida forma de los requisitos
de acceso de los aspirantes seleccionados antes de su contratación, el órgano de selección presentará relación
complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos. Los aspirantes propuestos por el Tribunal deberán
presentar la documentación señalada en la Base 10.2, que les será requerida en la Resolución Final del Tribunal
calificador.
El resto de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo y sobrepasen el número de plazas convocadas,
serán integrados de oficio en una lista de reserva para futuras contrataciones temporales, que se regirá por lo
dispuesto en el vigente Reglamento de Listas de Reserva del Cabildo de Gran Canaria. La lista de reserva que
se genere, también podrá ser utilizada para la cobertura de necesidades de personal que planteen los ayuntamientos
de la isla, en virtud de los convenios de colaboración suscritos.
ANEXO - TEMARIO DE OPERARIO DE MEDIO AMBIENTE
NOTA: Todos los temas corresponden con textos normativos o son de elaboración propia por parte de los
candidatos, para lo que se dispone al final de las bases publicadas en la web del Cabildo una bibliografía de
referencia.
TEMARIO COMÚN:
1. El personal al servicio de las Entidades Locales:
1.1. Concepto y clases.
1.2. Derechos y deberes.
1.3. Régimen de incompatibilidades.
2. Prevención de Riesgos laborales.
2.1. Derechos y obligaciones del trabajador, principios de la acción preventiva.
2.2. Plan de Prevención del Cabildo de Gran Canaria.
2.3. Medidas de emergencia en centros de trabajo.
TEMARIO ESPECÍFICO:
1. Producción de planta en vivero.
1.1. Sistemas de recolección de semillas o frutos
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 108, viernes 7 de septiembre de 2018 8995
1.2. Viveros forestales: Definición y clases, el agua en el vivero forestal, localización, forma y tamaño
1.3. Objetivos de la repoblación forestal
2. Repoblación Forestal.
2.1. Métodos de repoblación-siembra y plantación. Ventajas e inconvenientes.
2.2. Repoblación: Clasificación de procedimientos de preparación del suelo
2.3. Repoblación: Descripción de procedimientos de preparación del suelo. Ahoyado manual, Ahoyado con
barrena, ahoyado con retroexcavadora
3. Selvicultura.
3.1. Descripción selvícola de masas forestales: formas culturales.
3.2. Tratamientos de mejora: Limpias-Clareos. Claras por lo bajo, claras por lo alto.
3.3. Cortes de formación. Podas: Podas de formación. Podas de fuste. Podas de penetración.
4. Poda.
4.1. Instrumentos de poda.
4.2. Respuesta del árbol a la poda.
4.3. La regeneración natural: Definición, ventajas e inconvenientes.
5. Incendios Forestales.
5.1. Incendios Forestales: Fases de la Combustión.
5.2. Clasificación de los incendios forestales: Según la forma en el inicio, según el patrón de propagación, y
según el combustible afectado.
5.3. Situaciones de riesgo: Línea de defensa cuesta abajo, caída de materialrodante, cambios de viento, combustibles
no quemados, generación de focos secundarios.
6. Extinción del incendio forestal (I)
6.1. El triángulo del fuego, eliminación de combustibles, supresión del aporte de oxígeno, eliminación del
calor.
6.2. Tipos y métodos de ataques: Maniobras defensivas, maniobras ofensivas; ataque directo, ataque indirecto,
ataque paralelo, ataque en puntos calientes
6.3. Herramientas específicas de incendios forestales y comunes con otras actividades: El batefuego, la
antorcha de goteo, mochila extintora; palín forestal, Pulaski, MCLeod, azada o sacho. Mantenimiento de
herramientas.
7. Extinción del incendio forestal (II)
7.1. Actuación con agua: condiciones para trabajo a largo alcance y bajo consumo, fase de control, fase de
liquidación
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7.2. Elementos de una instalación para trabajo con
agua: vehículos, bombas, lanzas, mangueras
7.3. Tipos de tendidos, tendido de aproximación al
incendio, instalación de ataque, tipos de replegado.
Tipos de plegado y desplegado de mangueras.
8. Hábitats de Canarias.
8.1. Matorral xérico y bosques termófilos.
8.2. Monteverde, pinares y alta montaña
8.3. El Pinzón Azul de Gran Canaria. Características
de la especie. Biología y Ecología. Hábitat.”
Las Palmas de Gran Canaria, a dos de septiembre
de dos mil dieciocho.
LACONSEJERADE GOBIERNO DERECURSOS
HUMANOS, ORGANIZACIÓN, EDUCACIÓN Y
JUVENTUD, P.D. CONSEJO DE GOBIERNO
INSULAR (Acuerdo de 30-06-2015), María Isabel
Santana Marrero.
140.117
Consejería de Gobierno
de Recursos Humanos, Organización,
Educación y Juventud
Servicio de Gestión de Recursos Humanos
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