viernes, 6 de julio de 2018

Resolución de 27 de junio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.

En el BOE del 5/07 se ha publicado:


Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública y en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio (Boletín Oficial del Estado del 8 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017.
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015 por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (Boletín Oficial del Estado del 22 de julio) por las que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es y en el portal del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (http://www.msssi.gob.es).
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 28 plazas de la Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo, Código 6014S, por ingreso libre, de las comprendidas en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio.
La distribución por áreas de las plazas convocadas es la siguiente:
a) Área de Enfermería: 9
b) Área de Técnicos de Inspección: 19
Los aspirantes sólo podrán presentarse a una de las áreas anteriores.
Del total de las plazas convocadas, se reservará una del área de Técnicos de Inspección para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La opción a esta plaza reservada habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad y en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I. Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Desarrollo del proceso selectivo
3.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «Ñ», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 14 de abril).
3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se indicará la relación de aspirantes excluidos, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, así como el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios.
3.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en la sede del Tribunal calificador señalada en la base 5.8, y en las direcciones de Internet señaladas en la base 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.
Las fechas de celebración de alguno de los ejercicios pueden coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
3.4 Según lo establecido por la Oferta de Empleo Público del año 2017, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria. La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de doce meses.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.
3.5 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico weboposiciones@msssi.es, poniendo como asunto «Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo».
4. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran la inmediata corrección, la composición diaria del Tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el Presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios.
5.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.
5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.
5.5 El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad («BOE» de 17 de diciembre), adoptará las medidas oportunas que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes.
5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
5.7 El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el Tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del Tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.
El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, paseo del Prado 18-20, dirección de correo electrónico weboposiciones@msssi.es.
6. Requisitos de los aspirantes
Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho de la Unión Europea.
Los candidatos deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los requisitos exigidos.
7. Acceso de personas con discapacidad
7.1 Quienes opten a la plaza reservada para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
7.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el dictamen técnico facultativo previsto en el punto 8.9.a) de estas bases específicas.
El Tribunal, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, adoptará las medidas oportunas, que permitan a los aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de participantes, y aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
7.3 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea idéntica en el contenido y forma de calificación, salvo actualización normativa.
8. Solicitudes
8.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas en el modelo oficial 790, al que se accede a través del Punto de Acceso General en la URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
8.2 Los interesados dispondrán de un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para presentar su solicitud (modelo 790) cumplimentada electrónicamente en la forma establecida en las bases 8.3 y 8.4. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
8.3 De conformidad con lo establecido en el artículo 3.4 del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, y en el apartado decimocuarto.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, de bases comunes, la presentación de las solicitudes se realizará preferentemente por vía electrónica en la forma siguiente:
Los interesados realizarán su inscripción online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips).
Para ello, seleccionarán el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:
− La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
− Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
− El pago electrónico de tasas.
− El registro electrónico de la solicitud.
Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las bases 7.2, 8.6 y 8.9, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la cumplimentación sustitutoria en papel en los términos indicados a continuación.
8.4 Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid), o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente restringida de recaudación código SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.
8.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
8.6 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual, al Salario Mínimo Profesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre (Boletín Oficial del Estado del 19 de noviembre), de protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
8.7 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.
8.8 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.
8.9 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:
a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
b) Los aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) del punto 1.2 de la base décima de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
c) Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
9. Embarazo de riesgo o parto
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
10. Relaciones con el ciudadano
A lo largo del proceso selectivo, se irá publicando en las páginas web del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/) y del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (http://www.msssi.es) toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del mismo.
En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.
11. Selección de personal funcionario interino
Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de ese personal, el órgano calificador de este proceso selectivo, a la finalización del mismo, podrá elaborar una relación de posibles candidatos para el nombramiento como funcionarios interinos, con la duración, características y funcionamiento que establezca el órgano convocante, de conformidad con lo establecido en el apartado 19 del artículo 3 de Real Decreto 702/2017, de 7 de julio y el apartado vigésimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
12. Norma final
A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.
Madrid, 27 de junio de 2018.–El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Justo Herrera Gómez.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
1. Fase de oposición
La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:
Primer ejercicio. Contestación por escrito, en un plazo máximo de una hora y media, a un cuestionario de 75 preguntas de respuestas alternativas, más 10 preguntas de reserva, preparado al efecto por el Tribunal, que versará sobre el contenido de la parte común y de la específica para cada Área del programa que se publica como Anexo II a esta convocatoria. Como mínimo el 25 por 100 de las preguntas deberán referirse a temas de la parte primera del programa.
Segundo ejercicio. Será escrito y consistirá en desarrollar, en un plazo máximo de dos horas, dos temas elegidos por el aspirante entre tres extraídos al azar de la segunda parte del programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante un tiempo máximo de 15 minutos.
Tercer ejercicio. Resolución por escrito, durante el plazo máximo de una hora y media de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal sobre materias contenidas en el programa. Cada opositor procederá a la lectura pública de su ejercicio, finalizada la cual, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante el periodo máximo de 15 minutos.
El Tribunal podrá contar con asesores especialistas en valoración de los ejercicios segundo y tercero de la oposición.
Los ejercicios se valorarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder al siguiente ejercicio.
En el ejercicio de contestaciones múltiples, se valorarán hasta un máximo de 75 preguntas, que se puntuarán de la forma siguiente: Cada contestación válida recibirá un punto; se restarán 0,25 puntos por cada una de las respuestas incorrectas, se dejarán de valorar las preguntas no respondidas y de las operaciones anteriores se obtendrá la puntuación de cada participante en el ejercicio.
Superarán el ejercicio aquellos aspirantes que alcancen al menos la mitad de la puntuación máxima (75 puntos).
El Tribunal adaptará la puntuación del ejercicio en una calificación de 0 a 10 puntos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá publicar, con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación de la misma, que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Quienes superen el primer ejercicio con una puntuación superior al 60% de la calificación máxima prevista, podrán conservar la nota para la convocatoria inmediatamente siguiente, siempre y cuando el contenido del temario y la forma de calificación del ejercicio sea idéntico, salvo actualización normativa.
Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para acceder al tercer ejercicio.
Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para superar la fase de oposición.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas.
En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho los opositores que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
2. Fase de concurso
Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados de la fase de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio y Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, así como la presentación de fotocopia o certificación académica compulsada de la titulación a valorar.
La fase de concurso no tiene carácter eliminatorio. Las valoraciones estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.
Esta fase tendrá una valoración máxima de 10 puntos para aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición, de acuerdo con el siguiente baremo:
2.1 Valoración del trabajo desarrollado.
Se valorará los servicios prestados, hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el ámbito del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, en las Áreas Funcionales y Dependencias provinciales de Sanidad y Política Social de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno desempeñando puestos de trabajo del subgrupo A2 o del grupo II del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, siempre y cuando fueran coincidentes con las propias de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad de Sanidad y Consumo. La puntuación será de 0,25 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 9 puntos.
La forma de acreditación del presente mérito será la presentación de certificación de servicios prestados emitido por la Unidad de Personal correspondiente.
2.2 Titulación.
Por estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o Grado en las ramas de Ciencias y Ciencias de la Salud distinto a aquel por el que se accede al proceso selectivo: 1 punto.
La puntuación máxima será de 1 punto.
La lista que contenga la valoración de los méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que superen la misma.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
La puntuación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, tercer ejercicio y primer ejercicio, por ese orden.
Finalizada la fase de concurso-oposición, se publicará en el Boletín Oficial del Estado la relación de aspirantes que hayan superado por orden de puntuación.
Dichos aspirantes aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado la relación de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
3. Curso selectivo
El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico y consistirá en un período formativo de una duración de un mes, a celebrar en el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social o en las Áreas Funcionales y Dependencias Provinciales de Sanidad y Política Social de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en función del área seleccionada por el opositor.
La Subsecretaria del Departamento, a propuesta del Tribunal, designará al Director del curso selectivo. Al final de dicho curso, y por parte de la Dirección del mismo, se emitirá el informe para cada uno de los aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, y teniendo en cuenta el informe de las unidades donde el aspirante haya realizado la parte práctica.
El Director del curso elevará propuesta valorativa del resultado del mismo al Tribunal, el cual efectuará la calificación definitiva de aptitud de cada uno de los aspirantes.
Finalizado el curso los aspirantes serán declarados «aptos» o «no aptos». Los aspirantes que no obtengan la calificación de «aptos» perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
4. Calificación final
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso por los aspirantes calificados «aptos» en el curso selectivo.
ANEXO II
Programa
Parte común
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características, estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales y su especial protección.
Tema 2. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.
Tema 3. La Corona: Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia. El refrendo.
Tema 4. Las Cortes Generales: Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 5. El Gobierno: Composición, designación y funciones. La Ley del Gobierno. Los Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario.
Tema 6. La Administración Pública en la Constitución Española: Principios Constitucionales. La organización territorial del Estado. La Administración General del Estado y su organización periférica. La Administración Local y las Comunidades Autónomas. Las Ciudades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas.
Tema 7. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: Concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
Tema 8. La Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): Disposiciones generales. De los interesados en el procedimiento. De la actividad de las Administraciones Públicas.
Tema 9. La Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): De los actos administrativos. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común. De la revisión de los actos en vía administrativa.
Tema 10. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (I): Disposiciones generales. Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios.
Tema 11. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (II): La Administración General del Estado. Organización administrativa. Los Ministerios y su estructura interna. Órganos territoriales. La Administración General del Estado en el exterior.
Tema 12. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (III): Organización y funcionamiento del sector público institucional. Los organismos públicos estatales. Las autoridades administrativas independientes del ámbito estatal. Las sociedades mercantiles estatales. Los consorcios. Las fundaciones del sector público estatal. Los fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal.
Tema 13. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público (IV): Relaciones interadministrativas. Principios generales. Deber de colaboración. Relaciones de cooperación. Relaciones electrónicas entre las Administraciones.
Tema 14. Ley de Contratos del Sector Público. Los contratos en el sector público: concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación y ejecución.
Tema 15. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.
Tema 16. Políticas sociales: Igualdad de Género. Normativa vigente. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombre. Políticas contra la Violencia de Género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
Tema 17. Política de integración de las personas con discapacidad. Normativa vigente. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 18. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Los servicios de prevención. La participación del trabajador. El Reglamento de los servicios de prevención. La vigilancia de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos derivados del trabajo. Los reconocimientos de admisión y periódicos.
Tema 19. La configuración constitucional de la sanidad en España: el derecho a la protección de la salud. El aseguramiento sanitario. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Estructura. Fundamentos básicos. Las competencias sanitarias del Estado y de las Comunidades Autónomas. Coordinación general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
Tema 20. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los tratados originarios y modificativos. La salud pública en los Tratados de la Unión Europea.
Tema 21. Las Instituciones de la Unión Europea. El Consejo de la Unión Europea y el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas. Composición y atribuciones. Funcionamiento y relaciones institucionales.
Tema 22. Ordenamiento jurídico en la Unión Europea. Fuentes del Derecho Comunitario. La eficacia directa y la primacía del Derecho Comunitario. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados Miembros. El procedimiento por incumplimiento del Derecho Comunitario. La comitología. Actos delegados y de ejecución.
Tema 23. La libre circulación de mercancías. La libre circulación de trabajadores. La libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios. La libre circulación de capitales. La proyección exterior de la Unión Europea. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. Cooperación en los ámbitos de justicia e interior.
Tema 24. Organización Mundial de la Salud (OMS): estructura y funciones. Reglamento Sanitario Internacional 2005.
Tema 25. Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Tema 26. Sanidad Exterior. Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior
Tema 27. El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: estructura, competencias y funciones. Organismos autónomos. Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación: estructura y funciones.
Tema 28. La gobernanza pública y el gobierno abierto. Concepto y principios informadores del gobierno abierto: colaboración, participación, transparencia y rendición de cuentas. Datos abiertos y reutilización. El marco jurídico y los planes de gobierno abierto en España. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Real Decreto 919/2014, de 31 de octubre, por el que se aprueba su estatuto. Funciones.
Segunda parte
Área de Enfermería
Tema 1. Concepto de salud y enfermedad. La medida del nivel de salud. Indicadores e índices de salud.
Tema 2. Demografía y Salud Pública. Pirámides poblacionales. Natalidad y fecundidad.
Tema 3. Determinantes sociales de la salud. Equidad en Salud y Desigualdades Sociales en Salud. Salud en todas las políticas. Evaluación del impacto en salud.
Tema 4. La promoción de la salud. Evolución histórica, conceptos y principales líneas de intervención. Promoción de estilos de vida saludables y de entornos saludables. La Estrategia de Promoción de la Salud y prevención en el Sistema Nacional de Salud.
Tema 5. La educación para la salud. Concepto. Objetivos. Líneas de intervención sanitaria. Métodos directos e indirectos.
Tema 6. Las enfermedades transmisibles. El agente causal. Mecanismos de transmisión. La cadena epidemiológica.
Tema 7. Bases generales de la prevención de las enfermedades transmisibles. Vigilancia epidemiológica.
Tema 8. Actuaciones sanitarias frente a brotes de enfermedades transmisibles.
Tema 9. El shock. Técnicas de reanimación cardiaca y respiratoria.
Tema 10. Las vacunas y la salud pública. Políticas de vacunación en España. Calendario común de vacunación infantil del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Vacunación en adultos.
Tema 11. Almacenamiento de vacunas. La cadena del frío. Técnicas y pautas de administración de las vacunas. Reacciones vacunales adversas. Contraindicaciones generales de las vacunas.
Tema 12. El Certificado de Vacunación internacional. Vacunaciones obligatorias y recomendadas a nivel internacional.
Tema 13. El agua como vehículo de infección. Enfermedades de transmisión hídrica y alimentaria.
Tema 14. Bases generales de la prevención de las enfermedades de transmisión respiratoria.
Tema 15. Bases generales de la prevención de las zoonosis.
Tema 16. Bases generales de la prevención de las enfermedades de transmisión sexual.
Tema 17. Bases generales de la prevención del SIDA. El Plan Nacional sobre el SIDA.
Tema 18. Bases generales de la prevención de las principales enfermedades no transmisibles.
Tema 19. Tabaco y Salud. Ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Tema 20. Alimentación y salud pública. Estrategia NAOS.
Tema 21. Salud de la mujer. Concepto, situación, programas y su evaluación.
Tema 22. Promoción de la salud en las transiciones vitales: Infancia y adolescencia. Tercera y cuarta edad.
Tema 23. Salud de la persona adulta y la persona mayor. Morbi-mortalidad. Actividades preventivas
Tema 24. Vigilancia y control de viajeros internacionales en el ámbito del RSI-2005
Tema 25. Controles sanitarios en instalaciones portuarias y aeroportuarias. Control vectorial en puertos y aeropuertos internacionales.
Tema 26. Control higiénico-sanitario en buques. El Certificado de Exención de Control de Sanidad a bordo / Control de sanidad a bordo.
Tema 27. Control higiénico-sanitario en buques. El abanderamiento. Botiquines en los buques: tipos, revisión y normativa que los regula.
Tema 28. Principios generales de la inspección sanitaria en frontera de los alimentos procedentes de terceros países.
Tema 29. Emergencias de salud pública de importancia internacional. Conceptos y actuaciones.
Tema 30. Los puntos de entrada. Definición, obligaciones de los Estados. Las capacidades básicas en los puntos de entrada designados.
Tema 31. Aspectos sanitarios del tráfico internacional de cadáveres y restos cadavéricos.
Tema 32. Limpieza, desinfección, desinsectación y desratización. Técnicas y procedimientos. Biocidas. Materiales contumaces.
Tema 33. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con factores medioambientales. Altitud, calor, humedad, radiaciones solares y otros. Prevención de riesgos sanitarios del viajero internacional relacionados con los viajes en avión y en barco.
Tema 34. Prevención de riesgos sanitarios del viajero relacionados con los animales e insectos. Medidas de protección.
Tema 35. Cólera: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 36. Dengue, Chickungunya y Zika: Naturaleza, transmisión y profilaxis.
Tema 37. Diarrea del viajero: Naturaleza, transmisión y profilaxis.
Tema 38. Difteria: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 39. Encefalitis centroeuropea y japonesa: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 40. Rabia: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 41. Enfermedad Meningocócica: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 42. Fiebre Amarilla: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 43. Fiebre tifoidea: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 44. Hepatitis A, B y otras: Naturaleza, transmisión y profilaxis. Vacunación.
Tema 45. Paludismo: Naturaleza, transmisión y profilaxis.
Área de Técnicos de Inspección
Tema 1. La Salud Pública. Determinantes sociales de la salud. Equidad en Salud y Desigualdades Sociales en Salud. Salud en todas las políticas. Evaluación del impacto en salud.
Tema 2. La promoción de la salud. Evolución histórica, conceptos y principales líneas de intervención. Promoción de estilos de vida saludables y de entornos saludables. La Estrategia de Promoción de la Salud y prevención en el Sistema Nacional de Salud.
Tema 3. La educación para la salud. Concepto. Objetivos. Líneas de intervención sanitaria. Métodos directos e indirectos.
Tema 4. Tabaco y salud. Normativa sanitaria frente al tabaquismo. Normativa reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos de tabaco.
Tema 5. Epidemiología: Conceptos generales. Epidemiología general de las enfermedades transmisibles. La vigilancia epidemiológica.
Tema 6. Epidemiología y control de las enfermedades de transmisión hídrica y alimentaria. Actuación ante la sospecha de un brote de toxiinfección alimentaria
Tema 7. Epidemiología y control de las principales enfermedades de transmisión respiratoria. Conceptos epidemiológicos básicos. Medidas preventivas generales.
Tema 8. Principales enfermedades de transmisión vectorial. Conceptos epidemiológicos básicos. Medidas preventivas generales.
Tema 9. Vigilancia y control higiénico-sanitario en recintos aduaneros e instalaciones portuarias y aeroportuarias. Control vectorial en puertos y aeropuertos internacionales.
Tema 10. Control higiénico-sanitario en buques. El Certificado de Exención de Control de Sanidad a bordo / Control de sanidad a bordo.
Tema 11. Control higiénico-sanitario en buques. El abanderamiento. Botiquines en los buques: tipos, revisión y normativa que los regula.
Tema 12. Emergencias de salud pública de importancia internacional. Actuaciones ante brotes epidémicos internacionales. Los Equipos de Protección Individual.
Tema 13. Medidas de control sanitario en viajeros internacionales.
Tema 14. Limpieza, desinfección, desinsectación y desratización. Conceptos. Productos. Técnicas y procedimientos. Materias Contumaces.
Tema 15. Aspectos sanitarios del traslado internacional de cadáveres y restos cadavéricos.
Tema 16. Seguridad alimentaria: Principios. Análisis del riesgo: Evaluación, gestión y comunicación del riesgo. El principio de precaución o cautela.
Tema 17. El Reglamento (CE) n.º 178/2002: Principios de la legislación en materia de seguridad alimentaria. Trazabilidad: Principios. Aplicación en el marco de la red de alerta alimentaria.
Tema 18. El control oficial de los productos alimenticios en la Unión Europea y en España: actividades de control; Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria.
Tema 19. Información alimentaria suministrada al consumidor: Reglamento (UE) n.º 1169/2011. Etiquetado nutricional. Normativa nacional.
Tema 20. Materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos. Implicaciones en seguridad alimentaria. Disposiciones aplicables.
Tema 21. Ingredientes y coadyuvantes tecnológicos: Aditivos en alimentación. Clasificación. Efectos tecnológicos.
Tema 22. Contaminantes en alimentos. Tipos. Implicaciones en seguridad alimentaria. Disposiciones aplicables.
Tema 23. Residuos de plaguicidas en productos de origen animal y vegetal. Residuos de medicamentos veterinarios y ciertas sustancias prohibidas en los alimentos de origen animal.
Tema 24. Conservación de alimentos. Clasificación, métodos y sus bases tecnológicas. Almacenamiento frigorífico y no frigorífico de alimentos. Transporte de alimentos.
Tema 25. Organismos modificados genéticamente. Etiquetado. Disposiciones aplicables de la Unión Europea y españolas.
Tema 26. Nuevos alimentos y nuevos ingredientes. Complementos alimenticios y alimentos enriquecidos. Concepto. Disposiciones aplicables de la Unión Europea y españolas.
Tema 27. Toma de muestras de productos alimenticios con fines de análisis de laboratorio. Tomas de muestras específicas para determinados contaminantes: metales pesados, dioxinas, aflatoxinas, ocratoxinas y otros en productos alimenticios. Procedimiento administrativo a seguir.
Tema 28. Laboratorios de análisis de alimentos. Laboratorio de análisis de agua. Métodos oficiales reconocidos. Laboratorios nacionales y comunitarios de referencia para alimentos y residuos.
Tema 29. Comercio exterior. Importación. Exportación y Tránsito. Productos sometidos a control sanitario en fronteras. Los controles sanitarios aplicables a los productos que se introduzcan en la Unión Europea procedentes de países terceros.
Tema 30. Instalaciones Fronterizas de Control Sanitario de Mercancías: Puestos de Inspección Fronterizos. Puntos de Entrada Designados. Puntos Designados de Importación. Recintos Aduaneros Habilitados. Concepto. Condiciones de autorización.
Tema 31. Los controles veterinarios sobre los animales y los productos procedentes de países terceros. Requisitos generales para la importación de los diferentes productos de origen animal. Tipos de controles. Documentos que intervienen en la actividad inspectora. TRACES.
Tema 32. La carne. Obtención, despiece y clasificación comercial. Caracteres anatómicos, composición química y valor nutritivo. Métodos de diferenciación de los distintos tipos de canales. Etiquetado específico.
Tema 33. Peces, moluscos y crustáceos. Caracteres anatómicos. Composición química y valor nutritivo. Clasificación y diferenciación de las principales especies comestibles que abastecen el mercado. Peces tóxicos. El etiquetado de los productos de pesca y de la acuicultura.
Tema 34. Leche. Definición. Composición y valor nutritivo. Tipos de leche y productos lácteos. Características. Diferenciación. Alteraciones y adulteraciones.
Tema 35. Higiene de los productos alimenticios. Análisis de peligros y puntos de control crítico. Disposiciones legales de la Unión Europea y españolas.
Tema 36. Normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: carne, productos cárnicos, carne picada, carne separada mecánicamente y preparados de carne.
Tema 37. Normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: productos de la pesca y moluscos bivalvos vivos.
Tema 38. Normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal: leche y productos lácteos.
Tema 39. Huevos y ovoproductos. Miel. Definiciones. Composición y valor nutritivo. Alteraciones y adulteraciones. Normas específicas de higiene aplicables.
Tema 40. Ancas de rana y caracoles; grasas animales fundidas y chicharrones; estómagos, vejigas e intestinos tratados; gelatina; colágeno; Normas específicas de higiene aplicables.
Tema 41. Normas zoosanitarias aplicables a la producción, transformación, distribución e introducción en la Unión Europea de los productos de origen animal destinados al consumo humano.
Tema 42. Normas sanitarias aplicables a subproductos animales no destinados al consumo humano. Categorización. Recogida y transporte. Destinos autorizados. Trazabilidad.
Tema 43. Control oficial y seguimiento de rechazos sanitarios de mercancías llevados a cabo en las fronteras. Controles reforzados. Red de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos.
Tema 44. Normas específicas de higiene para productos de origen no animal. Normativa nacional. Código Alimentario Español. Reglamentaciones técnico-sanitarias, otras disposiciones aplicables.
Tema 45. El Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos. Normativa, funcionamiento. Autorizaciones sanitarias para el funcionamiento de industrias y establecimientos de alimentación. Competencias y atribuciones.
ANEXO III
Tribunal Calificador
Tribunal Titular
Presidenta: Dña. Almudena de Arriba Hervás. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Secretario: D. Jorge Ollero Vázquez. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Área de Enfermería:
Dña. María Teresa Soriano Andrés. Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
D. César García Pérez. Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Dña. María Elena Sánchez Díaz. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Área de Técnicos de Inspección:
D. Francisco Barambio Casabón. Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
D. Fernando Riesco Rodríguez. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo
Dña. María del Rocío Ceballos Enríquez. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Tribunal Suplente
Presidente: D. Miguel Dávila Cornejo. Escala de Médicos-Inspectores del cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.
Secretaria: Dña. Rosa María Vialas González. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Área de Enfermería:
Dña. Concepción Sánchez Fernández. Cuerpo de Médicos Titulares.
Dña. María Isabel Herrando Murillo. Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
D. Carlos Belmar Ramírez. Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Área de Técnicos de Inspección:
Dña. Inmaculada Vera Gil. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.
Dña. Sonia Peláez Moya. Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo
D. Daniel Orte Revilla. Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro de «Ministerio», se especificará «Sanidad, Consumo y Bienestar Social».
En el recuadro de «Centro Gestor», se indicará «Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo», código 6014S.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se indicará el área a la que se concurre de entre las indicadas en el punto 1 de la convocatoria.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «Libre».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Sanidad, Consumo y Bienestar Social».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará «la titulación poseída o en condiciones de obtener».
El importe de la tasa por derechos de examen será de 22,64 € y para las familias numerosas de categoría general, el importe de la tasa será de 11,32 €. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (Subdirección General de Recursos Humanos).

No hay comentarios:

Publicar un comentario