miércoles, 6 de junio de 2018

Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos de la convocatoria para la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre de sesenta y ocho plazas de policía local (LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOP del 6/06 se ha publicado en las páginas 5730 y ss:

En ejecución de lo establecido en los artículos 43 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,se hace pública la resolución de la Directora General de Administración Pública registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con número 20441/2018, de 4 de junio, por la que se aprueba la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo correspondiente a la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de sesenta y ocho (68) plazas de Policía Local “Resolución de la Directora General de Administración Pública por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos de la convocatoria para la provisión en propiedad, por el sistema de oposición libre de sesenta y ocho (68) plazas de Policía Local del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ANTECEDENTES PRIMERO: Por Resolución de la Directora General de Administración Pública número 33693/2017, de 11 de octubre,resultaron aprobadaslasBasesEspecíficas por las que ha de regirse la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de sesenta y ocho (68) plazas de Policía Local, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 125/2017, de 18 de octubre. EstasBases han sido objeto de publicación en elBoletín Oficial de Canarias número 207/2017, de 26 de octubre y en el Boletín Oficial del Estado número 273/2017, de 10 de noviembre, habiendo sido objeto asimismo de publicación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la web municipal. SEGUNDO: Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de octubre de 2016, resultaron aprobadas las Bases generales para el acceso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 127, de 21 de octubre de 2016, siendo modificadas por acuerdo del mismo órgano con fecha 4 de mayo de 2017, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia número 61/2017, de 22 de mayo. TERCERO: En la convocatoria específica se establecía que los interesados disponían de un plazo de VEINTE DÍAS NATURALES, para la presentación de instancias, contados a partir de la última publicación en el Boletín Oficial correspondiente, habiéndose iniciado dicho plazo en fecha 11 de noviembre y finalizado el mismo, el día 30 de noviembre de 2017. 5730 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 68, miércoles 6 de junio de 2018 CUARTO: Por Resolución de la Directora General de Administración Pública número 10124/2018, de 21 de marzo, se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos correspondiente a la convocatoria para la provisión en propiedad de 68 plazas de la Policía Local,siendo asimismo publicada esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia número 36/2018, de 23 de marzo, otorgándose un plazo de diez días hábiles para formular reclamaciones y/o subsanar los posibles defectos que motivaron la exclusión del proceso,siempre que los mismosfueran subsanables, iniciándose ese plazo el día 26 de marzo de 2017 y finalizando el 10 de abril. QUINTO:
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FUNDAMENTOS DE DERECHO I. Dispone el artículo 7 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso: “El ingreso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios se realizará mediante convocatoria pública y se regirá por las bases de la convocatoria respectiva, que se ajustarán en todo caso a lo dispuesto en esteReglamento y en las normas específicas de aplicación a los mismos.” Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 68, miércoles 6 de junio de 2018 5733 II. De la misma manera indica el artículo 15 del mismo texto legal: “1. (…) 2. (…) 3. (…) 4. Las bases de las convocatorias vinculan a la Administración y a los Tribunales o Comisiones Permanentes de Selección que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas. 5. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas, solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta a las normas de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.” III. Establece el artículo 3 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de losfuncionarios de Administración Local: “Los procedimientos de selección se regirán por las bases de convocatoria que apruebe el Órgano correspondiente de la Corporación para cada una de las Escalas, subescalas y clases de funcionarios.” IV. Por lo que se refiere a la rectificación de oficio practicada, dispone el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: “2. Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”. V. En cuanto a la competencia, corresponde la aprobación de las Bases y la convocatoria para la provisión en propiedad por elsistema de oposición libre de sesenta y ocho (68) plazas de Policía Local, a la Directora General de Administración Pública, según acuerdo de delegación de competencias de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, de fecha 17 de marzo de 2016. Por tanto, igual competencia corresponde a la Dirección General de Administración Pública respecto del resto de resoluciones que proceda adoptar en el procedimiento, a excepción de aquellas que sean competencia del Tribunal de Selección, con ocasión del desarrollo del proceso selectivo. De acuerdo con el informe del Servicio de Recursos Humanos obrante en el expediente, de fecha 31 de mayo de 2018 y de conformidad con lo establecido en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que se dicte Resolución por la Directora General de Administración Pública, al amparo del Decreto del Alcalde número 19972, de 20 de junio de 2017, en el que se establecen los sectores funcionales y la estructura del Área de Gobierno de Nuevas Tecnologías, Administración Pública y Deportes, determinando su estructura organizativa de gobierno y administración, en el siguiente sentido: RESUELVE PRIMERO. Aprobar la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo correspondiente a la convocatoria para la provisión en propiedad por el sistema de oposición libre de sesenta y ocho (68) plazas de Policía Local, que se adjunta como anexo a esta resolución SEGUNDO. Designar al Tribunal Calificador, según lo establecido en la base sexta de la convocatoria para la provisión, por el sistema de oposición libre, de sesenta y ocho plazas (68) de Policía Local para este Ayuntamiento, que queda conformado de la siguiente forma:
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TERCERO. La sesión constitutiva del Tribunal se celebrará el día 7 de junio de 2018 a las 9 de la mañana en las Oficinas Municipales de la Casa del Marino - calle León y Castillo, número 322 - séptima planta. CUARTO. Procédase a la publicación íntegra del texto de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablón de Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento, para general y público conocimiento. Régimen de Recursos. Contra el acto expreso que se le notifica, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer Recurso de Reposición, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la Ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel en el que el recurso potestativo de reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo. Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos. Las Palmas de Gran Canaria, a cuatro de junio de 2018. La Directora General de Administración Pública (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez. Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Las Palmas de Gran Canaria, a cuatro de junio de 2018. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por delegación, Resolución 2656/2017, de 30 de enero). El Oficial Mayor, Domingo Arias Rodríguez” Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 68, miércoles 6 de junio de 2018 5735 Las Palmas de Gran Canaria, a fecha de firma electrónica LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez. ANEXO
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