En el BOP del 8/06 se ha publicado en la página 9092:
Don Francisco Javier Paz Expósito, Alcalde del
Ilustre Ayuntamiento de San Andrés y Sauces,
Hace saber:
1º.- Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento
elegir la persona para ser nombrada Juez de Paz titular
de este Municipio, de conformidad con lo que disponen
los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del
Poder Judicial y los artículos 4 y 5.1 del Reglamento
3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
2º.- Que se abre plazo de quince días hábiles para
que las personas que estén interesadas, y reúnan las
condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido
a esta Alcaldía.
3º.- Que en la Secretaría General de este Ayuntamiento
puede ser examinado el expediente y recabar
la información que se precise en cuanto a este asunto.
4º.- Que podrá ser designado Juez de Paz titular
quien, aún no siendo licenciado en Derecho, sea
español, mayor de edad, no este impedido física
o psíquicamente para la función judicial, no este
condenado por delito doloso, este en pleno ejercicio
de sus derechos civiles; y reúna todos y cada uno
de los requisitos de capacidad e incompatibilidad
establecidos en el artículo 389 de la Ley Orgánica
de referencia.
5º.- En el supuesto de que no presentarse ningún
solicitante, el Ayuntamiento Pleno elegirá libremente,
comunicando el correspondiente acuerdo al Juzgado
Decano de este Partido Judicial.
Lo que se hace público para general conocimiento.
San Andrés y Sauces, a 28 de mayo de 2018.
El Alcalde, Francisco Javier Paz Expósito, documento
firmado electrónicamente.
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