Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en la Escala de Agentes Medioambientales de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, convocadas por Resolución de 24 de enero de 2018 («BOE» del 31) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» de 10 de abril) y en la disposición decimoquinta de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («BOE» del 22), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado,
Esta Subsecretaria ha resuelto lo siguiente:
Primero.
Declarar aprobada y publicar las listas de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo.
Estas listas se encuentran expuestas en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, calle María de Molina, 50, Madrid); en las Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones y en las páginas web: http://www.mapama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oposiciones/2017/Escala_Agentes_Medioambientales_(Libre).aspx y http://www.mapama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oposiciones/2017/Escala_Agentes_Medioambientales_(Interna).aspx
La relación de excluidos se publica como anexo de esta Resolución.
Segundo.
Los aspirantes excluidos y los omitidos en las indicadas listas disponen de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los errores o defectos que hayan motivado su exclusión u omisión en las listas de admitidos.
Estas subsanaciones se podrán realizar a través del correo electrónico Weboposiciones@mapama.es.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres constan en la relación de admitidos.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, cuando ello sea posible, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.
Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se produzcan modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares que se indican en el apartado primero de esta Resolución.
Tercero.
Convocar a los aspirantes admitidos, que se presentan por el turno libre, para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición el día 20 de mayo de 2018, a las 9:30 horas, en la Facultad de Derecho, Ciudad Universitaria, 28040-Madrid.
Convocar a los aspirantes admitidos, que se presentan por el sistema de promoción interna, para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición el día 21 de mayo, a las 9:30 horas, en las Aulas de Formación en la sede de este Ministerio en la Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid.
Los aspirantes deberán acudir provistos de bolígrafo negro, del Documento Nacional de Identidad o pasaporte y de la copia número 2 (ejemplar para el interesado) de la solicitud de admisión a las pruebas o el justificante de la presentación telemática de dicha solicitud.
Cuarto.
Contra la presente resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Subsecretario del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 26 de marzo de 2018.–El Subsecretario de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.
ANEXO
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