miércoles, 18 de abril de 2018

Resolución de 11 de abril de 2018, por la que se convocan pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Investigadores Agrarios, Escala Científica, en las especialidades de Analítica Agrícola, Pastos y Forrajes, Fruticultura Tropical y Subtropical y Microbiología Agrícola (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En el BOC del 18/04 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015 (BOC nº 74, de 20 de abril de 2015).
De conformidad con la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 8 de julio de 2015, por la que se dispone la publicación de los programas de temas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades incluidos en la citada Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015 (BOC nº 146, de 29 de julio de 2015), corrección de errores (BOC nº 156, de 12 de agosto de 2015), así como con la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 9 de enero de 2017, por la que se actualizan determinados temas de los programas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades generales y facultativo de Letrado, incluidos en la referida Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para los años 2015 y 2016, así como corrección de determinados errores y erratas (BOC nº 11, de 17 de enero de 2017).
De acuerdo con lo previsto en los criterios generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades previstos en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015 (BOC nº 125, de 30 de junio de 2016), así como, en las bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia Justicia e Igualdad de 21 de diciembre de 2016 (BOC nº 252, de 29 de diciembre de 2016).
Igualmente, será de aplicación además de las bases específicas aprobadas en la presente Resolución, el Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 19 de febrero de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 41, de 27 de febrero de 2018.
Al amparo de lo establecido en los artículos 55 y siguientes del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; artículos 71 y siguientes de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria; el Decreto 8/2011, de 27 de enero, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los preceptos de carácter básico de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público; supletoriamente, los artículos 15 y siguientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; así como el resto de normativa vigente en la materia.
De conformidad con lo previsto en el artículo 21.2 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Rector de Investigaciones Agrarias, tras la modificación operada por la Disposición Final Décimo Tercera de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, el sistema de acceso es el del concurso-oposición.
De conformidad con lo previsto en el artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer la acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento. Al respecto, razones de eficacia, celeridad y eficiencia en la gestión de los procesos selectivos aconsejan la convocatoria conjunta de las distintas especialidades incluidas en la presente Resolución.
Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto y el informe de la Viceconsejería de los Servicios Jurídicos.
En el ejercicio de las atribuciones previstas en el artículo 6.2.i) de la citada Ley 2/1987, de 30 de marzo, y artículo 68.1. c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre,
R E S U E L V O:
Primero.- Convocatoria.
Convocar pruebas selectivas para ingresar, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo Superior de Investigadores Agrarios, Escala Científica, en las Especialidades de Analítica Agrícola, Pastos y Forrajes, Fruticultura Tropical y Subtropical y Microbiología Agrícola (Grupo A, Subgrupo A1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Segundo.- Inicio de la fase de oposición.
Las pruebas selectivas dimanantes de la presente convocatoria no comenzarán a realizarse antes de los tres meses contados desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- Bases que rigen la convocatoria.
Las pruebas selectivas se regirán por las bases generales, aprobadas por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 21 de diciembre de 2016 (BOC nº 252, de 29 de diciembre de 2016), así como por las bases específicas que se aprueban conjuntamente en esta Resolución de convocatoria y que figuran en el anexo.
Asimismo, será de aplicación el Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 19 de febrero de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 41, de 27 de febrero de 2018.
Cuarto.- Programas de temas.
El programa de temas que se aplicará en estas pruebas selectivas será el recogido en la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad de 8 de julio de 2015, por la que se dispone la publicación de los programas de temas que se exigirán en los procesos selectivos de varios Cuerpos, Escalas y Especialidades incluidos en la citada Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015 (BOC nº 146, de 29 de julio de 2015), corrección de errores (BOC nº 156, de 12 de agosto de 2015).
A fin de proporcionar seguridad jurídica a las personas aspirantes respecto de los programas de temas exigidos en cada una de las Especialidades objeto de la presente convocatoria tales programas podrán ser consultados en la página web de la Dirección General de la Función Pública: http://www.gobcan.es/cpj/dgfp/.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de abril de 2018.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.
Ver anexo en las páginas 12848-12869 del documento Descargar

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