Advertido error en la Orden JUS/255/2018, de 15 de marzo, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», número 66, de 16 de marzo de 2018, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 30509, en el Anexo II. Relación de las Causas de Exclusión, donde dice: «… H. No acreditar condición de víctima de terrorismo y/o parentesco con la misma, según bases comunes de la convocatoria…»; debe decir: «… H. No tener nacionalidad española o no acreditar tenerla...».
No hay comentarios:
Publicar un comentario