lunes, 19 de febrero de 2018

Resolución de 1 de febrero de 2018, de la Subsecretaría, por la que se corrigen errores en la de 18 de enero de 2018, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social.

En el BOE del 9/02 se ha publicado:


Advertidos errores en el Anexo I de la Resolución de la Subsecretaría de 18 de enero de 2018, por la que se convocan procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de la Seguridad Social («BOE» del 29), se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el Anexo I, «Descripción de los procesos selectivos», en el apartado 1, «Fase de Oposición», apartado a), donde dice: «Los aspirantes a las plazas de turno libre que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a cuarenta y nueve puntos en el conjunto de los ejercicios primero y segundo en la convocatoria aprobada por Orden ESS/1906/2015, de 15 de septiembre, o de cuarenta y dos puntos en la convocatoria aprobada por Resolución de 17 de octubre de 2016, estarán exentos de la realización del primer y segundo ejercicio de la presente convocatoria.
Igualmente, los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a diecisiete puntos y medio en la segunda parte del segundo ejercicio (ejercicio de Contabilidad Superior) de la convocatoria aprobada por Orden ESS/1906/2015, de 15 de septiembre, o de quince puntos en la convocatoria aprobada por Resolución de 17 de octubre de 2016, estarán exentos de la realización de esta segunda parte del segundo ejercicio en la presente convocatoria.
Por otra parte, los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a diecisiete puntos y medio en la segunda parte del segundo ejercicio (ejercicio de Contabilidad Superior) de la convocatoria aprobada por Orden ESS/1906/2015, de 15 de septiembre, o de quince puntos en la convocatoria aprobada por Resolución de 17 de octubre de 2016, estarán exentos de la realización de esta segunda parte del segundo ejercicio en la presente convocatoria.»
Debe decir: «Los aspirantes a las plazas de turno libre que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a cuarenta y dos puntos en el conjunto de los ejercicios primero y segundo en la convocatoria aprobada por Orden ESS/1906/2015, de 15 de septiembre, o en la convocatoria aprobada por Resolución de 17 de octubre de 2016, estarán exentos de la realización del primer y segundo ejercicio de la presente convocatoria.
Igualmente, los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad de Auditoría y Contabilidad que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a quince puntos en la segunda parte del segundo ejercicio (ejercicio de Contabilidad Superior) de la convocatoria aprobada por Orden ESS/1906/2015, de 15 de septiembre, o en la convocatoria aprobada por Resolución de 17 de octubre de 2016, estarán exentos de la realización de esta segunda parte del segundo ejercicio en la presente convocatoria.
Por otra parte, los aspirantes a las plazas de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, que hubieran obtenido una puntuación igual o superior a quince puntos en la segunda parte del segundo ejercicio (ejercicio de Contabilidad Superior) de la convocatoria aprobada por Orden ESS/1906/2015, de 15 de septiembre, o en la convocatoria aprobada por Resolución de 17 de octubre de 2016, estarán exentos de la realización de esta segunda parte del segundo ejercicio en la presente convocatoria.»
Estas correcciones no modifican el plazo de presentación de solicitudes.

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