sábado, 3 de febrero de 2018

Bases específicas que han de regir la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de oposición, para plaza técnico especialista en educación infantil (C1) mediante listas de reserva en el ayuntamiento (MOGÁN)

En el BOP del 31/01 se ha publicado en las páginas 993-998:

Por acuerdo Decreto número 72/2018 de fecha 19 de enero de 2018, se aprobaron las bases específicas que han de regir el correspondiente proceso selectivo para generar listas de reserva por el sistema de oposición, de la PLAZA DE TÉCNICO ESPECIALISTADE EDUCACIÓN INFANTIL(C1) y de acuerdo al mismo se procede a la publicación de las citadas bases específicas: BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LACONVOCATORIAPARACUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN, PARA PLAZA TÉCNICO ESPECIALISTA EN EDUCACIÓN Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 14, miércoles 31 de enero de 2018 993 INFANTIL(C1) MEDIANTE LISTAS DERESERVA EN EL AYUNTAMIENTO DE MOGÁN. PRIMERA. OBJETO DE LACONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria, la configuración de lista de reserva es para ampliar la ya existente y poder cubrir las necesidades de contratación temporal en esta administración, como personal laboral temporal, debido a que en la plantilla municipal estas plazas están encuadradas dentro del personal laboral, mediante el sistema de oposición de plaza de Técnico Especialista en Educación Infantil. SEGUNDA. TITULACIÓN ACADÉMICA EXIGIDA. Técnico Especialista en Educación Infantil: Con respecto a la titulación se requiere estar en posesión del Título de Técnico Superior en Educación Infantil o equivalente, en el caso de ser un título equivalente se deberá aportar la documentación que acredite la equivalencia, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que se termine el plazo de presentación de instancia. Así mismo se deberá acreditar por los aspirantesla carencia de delitos de naturaleza sexual, aportando para ello certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, en lostérminos del artículo 13, apartado 5, de la Ley 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, añadido por la Ley 26/2015, de 28 de julio. TERCERA. REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR LOS ASPIRANTES PARATOMAR PARTE EN EL PROCESO SELECTIVO. Se estará a lo establecidos en la base segunda de las BASES GENERALES DE LAS CONVOCATORIAS PARAGENERARLISTADERESERVAS PARA INTERINIDADES Y CONTRATACIONES LABORALES DELAYUNTAMIENTO DELILTRE. AYUNTAMIENTO DE MOGÁN, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local 19 de abril de 2016, publicado en la Web www.mogan.es y en el Boletín Oficial de la Provincia número 55 de 6 de mayo de 2016, en adelante BGLR. CUARTA: SOLICITUDES. Se estará a lo establecidos en la base tercera de las BGLR. Plazo de presentación: El plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo será de DIEZ DÍAS NATURALES, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página Web municipal, www.mogan.es QUINTA: ADMISIÓN DE ASPIRANTES. Se estará a lo establecidos en la base cuarta de las BGLR. SEXTA: PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y FASES DEL MISMO: La selección se efectuará por elsistema de oposición. El programa que han de regir las pruebasselectivas es el que figura en Anexo III de esta convocatoria, para cada una de las categorías convocadas. 1. FASE PRIMERA: (Oposición) Durante el desarrollo de las pruebas correspondientes a la fase de oposición no se permitirá el uso de teléfonos móviles, que deberán permanecer apagados durante el tiempo de realización de las pruebas. La oposición consistirá en la realización de los siguientes ejercicios (de carácter obligatorio y eliminatorio entre sí y en ellos se adoptarán las medidas precisas en orden a garantizar el anonimato de los aspirantes): A)EJERCICIO TEÓRICO:Consistirá en el desarrollo de un ejercicio teórico (tipo Test), relacionado con el temario, que se incorpora como anexo III de la presente convocatoria.El tiempomáximo de desarrollo del primer ejercicio será de una hora. Consistiendo el ejercicio teórico en un tipo test de 50 preguntas con 4 respuestas posibles, siendo una sola de ellasla correcta, cada respuesta bien contestada puntúa 0,2 puntos y cada respuesta mal contestada resta 0,10. Las que no se hayan contestado nisuman nirestan. B) EJERCICIO PRÁCTICO: Ha de ser relacionado con las funciones de la categoría a que se aspira, relacionadas con identificación de herramientas, 994 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 14, miércoles 31 de enero de 2018 técnicas y procesos o protocolos, que guarden relación con el temario (anexo III). El tiempo máximo de duración del ejercicio será de una hora. El ejercicio práctico, consistirá en realizar y/o llevar a cabo un supuesto práctico de propuesto por el tribunal. De la misma manera, en caso de que el aspirante sea extranjero o maneje lenguas distintas del castellano podrán ser requerido a la realización de alguna prueba que permita conocer el nivel de manejo del castellano, si bien el carácter técnico de la oposición convocada podrá ser considerado a efectos de llevar a cabo tal comprobación y evaluado en el desarrollo del ejercicio si resulta incomprensible el ejercicio desarrollado por tal motivo, debiendo justificarse tal circunstancia en el expediente. CRITERIOS DE VALORACIÓN: Cada una de las pruebas que integran los ejercicios de la oposición se calificará hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario para pasar a la siguiente prueba obtener un mínimo de cinco puntos. Por tanto, desde el mismo momento en que el aspirante no obtenga un mínimo de cinco puntos en cualquiera de los ejercicios, quedará automáticamente excluido. La calificación para cada ejercicio y aspirante se determinará porla media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminando, en todo caso, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a tres puntos. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en elTablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la Web municipal, la relación de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, con especificación de las puntuaciones obtenidas. Deberá tenerse en cuenta que lasrectificaciones de errores que se lleven a cabo respecto de un ejercicio, cuando los mismos sean fácilmente constatables, llevará aparejada su aplicación para todoslos aspirantes en igualdad de condiciones, lo que pudiera determinar una modificación de las puntuacionesrespectivamente obtenidas, de lo que los aspirantes deberán ser respectivamente informados en todomomentomediante el correspondiente Anuncio de rectificación en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Las comunicaciones que se efectúen por teléfono a través de funcionario público, deberán hacerse constar en el expediente administrativo mediante Diligencia extendida por el Funcionario en cuestión y visto bueno del Jefe de Sección de Recursos Humanos. CALIFICACIÓN FINAL DE LA FASE DE OPOSICIÓN: La calificación final de la fase de oposición será siempre la media aritmética entre las puntuaciones obtenidas entre el ejercicio teórico y el práctico. En cualquiera de los casos, no se podrá superar la fase de oposición si no se alcanza un mínimo de cinco puntos respectivamente. SÉPTIMA. PUNTUACIÓN FINAL: La puntuación final del proceso selectivo será determinada por la clasificación final de la fase de oposición. La Puntuación máxima que se puede obtener es de 10 puntos, correspondiente a la fase oposición. En caso de empate se resolverá por la mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico y ejercicio teórico, en este orden. De persistir el empate se realizará un sorteo, acto público para el cual serán convocados los interesados. OCTAVA: COMIENZO Y DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS QUE INTEGRAN LAFASE DE OPOSICIÓN. Se estará a lo establecidos en la base octava de las BGLR. NOVENA: COMPOSICIÓN, DESIGNACIÓN Y ACTUACIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR. Se estará a lo establecidos en la base quinta de las BGLR. DÉCIMA: RELACIÓN DE APROBADOS Y PROPUESTA DEL TRIBUNAL DE LOS ASPIRANTES QUE HAN DE INTEGRAR LAS LISTAS DE RESERVA EN CADA UNA DE LAS CATEGORÍAS CONVOCADAS. Una vez realizadas las calificaciones finales, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios municipal y en la Web municipal la relación de los aspirantes que hayan aprobado el proceso selectivo, por orden de puntuación decreciente y propondrá al órgano convocante los candidatos que hayan de integrar la lista de reserva respectiva que se confeccionará por dicho orden. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 14, miércoles 31 de enero de 2018 995 DÉCIMO-PRIMERA: Presentación de documentos. Nombramiento. Revocación Se estará a lo establecidos en la base décima de las BGLR. DÉCIMO-SEGUNDA: Elsolo hecho de presentarla instancia,solicitando formar parte en el presente procedimiento, constituye sometimiento expreso de losinteresados a las bases generales y específicasreguladoras delmismo, ostentando ambasla consideración de ley reguladora del proceso en cuestión, así como así como a las disposiciones contenidas en los criterios de funcionamiento de las Listas de Reserva que estuvieren vigente al tiempo de iniciarse la respectiva relación laboral o funcionarial, que serán los que en tal caso se aplique. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal, podrán serimpugnados en la forma y plazos establecidos en la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 
(..)
ANEXO III TEMARIO: BLOQUE 1. MATERIAS COMUNES: Tema 1. La Constitución Española de 1978: valor normativo y contenido. La organización territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Canarias: competencias e Instituciones de la Comunidad Autónoma de Canarias. Tema 2. El Municipio y la Provincia: organización, funcionamiento y competencias. Ordenanzas y Reglamentos Municipales del Ayuntamiento de Mogán. Tema 3. La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, y su Reglamento de desarrollo. Disposiciones Generales: Definiciones. Principios de la protección de datos: Calidad de los datos, derecho de información en la recogida de datos, consentimiento del afectado, datos especialmente protegidos, deber de secreto. Tema 4. El personal alservicio de las Entidades Locales: concepto y clases. Derechos y deberes.Incompatibilidades. Tema 5. El acto administrativo: Concepto y clases. Requisitos de los actos administrativos: especial referencia a la motivación. La eficacia de los actos administrativos: Notificación y publicación. Ejecutividad y ejecutoriedad: La ejecución forzosa de los actos administrativos. BLOQUE 2. MATERIAS ESPECÍFICAS: Tema 5. Características del niño y la niña hasta losseis años. Principalesfactores que intervienen en su desarrollo. Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 14, miércoles 31 de enero de 2018 997 Etapas y momentos mássignificativos. El desarrollo infantil en el primer año de vida. El papel de los adultos. Tema 6. El desarrollo psicomotor en los niños y niñas hasta losseis años. La psicomotricidad en el currículo de la educación infantil. La sensación y percepción como fuente de conocimientos. La organización sensorial y perceptiva. La intervención educativa. Tema 7. El desarrollo de la personalidad. El desarrollo afectivo en los niños y niñas de cero a seis años. Aportaciones de distintos autores. La conquista de la autonomía. Directrices para una correcta intervención educativa. Tema 8. El desarrollo cognitivo hasta losseis años. El conocimiento de la realidad. La observación y exploración del mundo físico, natural y social. Génesis y formación de los principales conceptos. Tema 9. La familia como primer agente de socialización. La transformación de la función educativa de la familia a lo largo de la historia. Expectativas familiares respecto a la educación infantil. Visión actual de sus aportaciones. Experienciasrenovadoras relevantes. Valoración crítica. Tema 10. Educación para la salud. Actitudes y hábitos referidos al descanso, higiene y actividad infantil. Prevención de accidentes, primeros auxilios y enfermedadesinfantiles.Criterios para la intervención educativa. Tema 11. La programación en el primer ciclo de educación infantil. Objetivos, contenidos y metodología adecuada para los niños y niñas de cero a tres años. Tema 12. Equipación. Material didáctico y materiales curriculares en educación infantil. Selección, utilización y evaluación de los recursos materiales. Tema 13. El desarrollo del lenguaje. Lenguaje y pensamiento. Evolución de la comprensión y de la expresión. La comunicación no verbal. Problemas más frecuentes en el lenguaje infantil. Tema 14. La enseñanza y el aprendizaje de la lengua en la educación infantil. Técnicas y recursos para la comprensión y la expresión oral. La intervención educativa en el caso de lenguas en contacto. Tema 15. La educación musical en educación infantil. El descubrimiento del sonido y del silencio. Características y criterios de selección de las actividades musicales. Losrecursos didácticos. El folclor popular. En todo lo no previsto en lasBasesserá de aplicación la normativa de general y pertinente aplicación. En Mogán, a veinticuatro de enero de dos mil dieciocho. LA ALCALDESA PRESIDENTA (TENIENTE ALCALDE CON COMPETENCIA EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS S/Decreto número 400/2016 de 19 de febrero), Juan Mencey Navarro Romero.

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