En el BOP del 10/01 se ha publicado en las páginas 233 y ss:
Visto el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por
el que se regula la cualificación inicial y formación
continua de los conductores de determinados vehículos
destinados al transporte de carretera, que tiene por objeto
la obtención del certificado de aptitud profesional,
acreditativo de la correspondiente cualificación inicial
y de la realización de los cursos de formación continua,
necesaria para la conducción por vías públicas
españolas de vehículos de empresa establecidas en
cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para
la que resulte obligatorio estar en posesión de permisos
de conducción de la categorías el, C1+E, C, C+E, 01,
D1+E, O, D+E, definidas en el Reglamento General
deConductores, aprobado por elReal Decreto 772/199/,
de 30 de mayo.
Visto los artículos 14 y siguientes y el Anexo V del
citado Real Decreto que establece el contenido y
estructura de los exámenes necesarios para la obtención
del certificado de aptitud profesional acreditativo de
la cualificación inicial.
Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular
de 5 de mayo de 2010, publicado en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas, número 61 el 11 de
diciembre, este Cabildo aprobó las Bases de la
Convocatoria para los exámenes de obtención del
Certificado de Aptitud Profesional acreditativo de la
cualificación inicial de los conductores de determinados
vehículos destinados al transporte de carretera.
Vista la Ordenanza reguladora de la Tasas por
servicios en materia de cualificación y formación
continua de los conductores de determinados vehículos
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 5, miércoles 10 de enero de 2018 233
destinados al transporte por carretera, publicada el 8 de abril en el BOP Las Palmas número 45, se establecen
las tasas por derecho de examen en 30 euros, para cada modalidad.
Visto que el Tribunal calificador que han de actuar en las pruebas selectivas de las Indicadas convocatorias
se ha designado por Resolución del Órgano Competente 1177/2016, publicado en el BOP Las Palmas número
55, el 6 de mayo de 2016.
Vista la propuesta de resolución de la Coordinadora del Servicio de Transportes y Movilidad de fecha 18 de
diciembre de 2017.
Considerando las competencias que este Cabildo tiene en materia de transporte por carretera y por cable, conforme
a la Ley 8/2015, de 1 de abril, cabildos insulares, según lo establecido en el artículo 6, así como lo establecido
en la Ley Territorial 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias al respecto
de dichas competencias administrativas en materia de transportes por carretera y por cable.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.e de la Ley 57/2003, del 16 de diciembre de Medidas para
la Modernización del Gobierno Local, que modifica la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen
Local, artículo 62 de la ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, las competencias de autorización para
la homologación, visados de centros, cursos y exámenes para la formación obligatoria de conductores, así como
la revocación de esta autorización, que le fueron delegadas a la Sra. Consejera de Transportes y Movilidad por
Acuerdo de Consejo de Gobierno Insular del 5 de septiembre de 2017.
RESUELVO
PRIMERO.Convocar exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación
inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, en las modalidades
de viajeros y mercancías (CAP). durante el año 2018.
SEGUNDO. Establecer el siguiente CALENDARIO DE EXÁMENES del año 2018, para la obtención del
CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL (CAP) acreditativo de la CUALIFICACIÓN INICIAL DE
CONDUCTORES, en las modalidades de MERCANCÍAS Y VIAJEROS.
FECHA
Nº PLAZO
CONVOCATORIA MES DÍA VIAJEROS DÍA MERCANCÍAS INSCRIPCIÓN
1ª FEBRERO 20 21 1 - 20 DE ENERO
2º ABRIL 17 18 1 - 20 DE MARZO
3ª JUNIO 19 20 1 - 20 DE MAYO
4ª AGOSTO 13 14 1 - 20 DE JULIO
5º OCTUBRE 16 17 1 - 20 DE SEPTIEMBRE
6º DICIEMBRE 11 12 1 - 20 DE NOVIEMBRE
TERCERO. Todas las pruebas se realizarán en el Salón de Actos de este Cabildo, Avenida Fred Olsen, s/n -
Arrecife, conforme a lo establecido en la Base Quinta de las Bases de la Convocatoria, quedando emplazados
los aspirantes en las fechas señaladas anteriormente, a las 09:00 horas.
CUARTO. Las tasas por derecho de examen son de 30 euros para cada modalidad.
QUINTO. Los aspirantes deberán acudir al examen provistos de D.N.I. / N.I.E., pasaporte o permiso de conducir
con el fin de identificarse.
234 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 5, miércoles 10 de enero de 2018
SEXTO. El Tribunal calificador que han de actuar
en las pruebasselectivas de lasindicadas convocatorias
será el designado porResolución del ÓrganoCompetente
1177/2016, publicado en el BOPLas Palmas número
55, el 6 de mayo de 2016.
SÉPTIMO. La presente Resolución se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas
y el la Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del
Cabildo de Lanzarote y en el Tablón de Anuncios del
Cabildo de Lanzarote.
Así lo ordena y firma la Sra.Consejera de Transportes
y Movilidad del Excmo.Cabildo Insular de Lanza rote.
El Secretario General del Pleno, actuando como
Titular del Órgano de Apoyo a la Secretaría del
Consejo de Gobierno Insular, también suscribe la
presente Resolución a los solos efectos de dar fe de
su autenticidad.
Arrecife, a veintiuno de diciembre de dos mil
diecisiete.
LA CONSEJERA DE TRANSPORTES Y
MOVILIDAD, Cristina Patricia Pérez Méndez.
1.480
EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Pleno
Secretaría General del Pleno
ANUNCIO
191
Se hace público, a los efectos del artículo 44 delR.O.F.,
que por el Alcalde, con fecha 2 de enero de 2018, se
ha dictado el siguiente acuerdo:
“Decreto de Alcalde número 50/2018. de 2 de
enero, de modificación de su Decreto número
43463/2017. de 21 de diciembre, de sustitución del
Concejal Delegado de Recursos Humanos, del 2 al
8 de enero de 2018
ANTECEDENTES
Decreto del Alcalde número 19950/2015. de 19 de
junio. por el que se procede a la designación y
nombramiento de los titulares de las Concejalías
Delegadas.
Decreto del Alcalde número 43463/2017, de 21 de
diciembre, de sustitución del Concejal Delegado de
Recursos Humanos, del 2 al 8 de enero de 2018.
Escrito de fecha 29 de diciembre de 2017, por el
que se comunica la incorporación del Concejal
Delegado de Recursos Humanos, don Mario Marcelo
Regidor Arenales. el día 5 de enero de 2018, por
motivoslaborales, y se solicita la modificación de su
periodo vacacional, quedando establecido del 2 al 4
y del 6 al 8 de enero de 2018 (todos inclusive), por
motivos personales, de conformidad con el régimen
de sustituciones previsto en el decreto 19972/2017.
de 20 de junio, por el que se modifica el Decreto
21693/2015, de 10 de julio.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
- Artículos 11 y 14 del Reglamento Orgánico del
Gobierno y de la Administración (ROGA).
- Artículos 124.4-g) y 5 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Articulo 43 y ss. del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales (ROF).
En virtud de las atribuciones que me confiere la
normativa vigente.
DECRETO
PRIMERO. La modificación del período de la
sustitución, por motivos personales, entre órganos
superiores del gobierno municipal determinado en el
Decreto del Alcalde número 43463/2017, de 21 de
diciembre, quedando establecido por el tiempo que
se expresa:
Concejal Delegado sustituido: Don Mario Marcelo
Regidor Arenales, Concejalía Delegada de Recursos
Humanos.
Concejal de Gobierno sustituto: Don Aridany
Romero Vega, Área de Gobierno de NuevasTecnologías,
Administración Pública y Deportes.
Periodo de la sustitución: Del 2 al 4 y del 6 al 8 de
enero de 2018 (todos inclusive).
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 5, miércoles 10 de enero de 2018 235
SEGUNDO. La publicación del presente Decreto
en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad
con los artículos 14, ROGA, y 44, ROF, la notificación
a los interesados y su publicación en la página web,
dando cuenta del mismo al Pleno en la primera sesión
que este celebre.
TERCERO. Régimen de Recursos. Contra el acto
expreso que se le notifica, que es definitivo en vía
administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS
MESES, contados desde el día siguiente al de la
recepción de su notificación, Recurso ContenciosoAdministrativo
ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo
de Las Palmas que por reparto
corresponda, a tenor de lo establecido en el artículo
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en
concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al
Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en
el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le
notifica, podrá usted interponerRecurso deReposición,
ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo
de UN MES, que se contará desde el día siguiente al
de la fecha de la recepción de la presente notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la
resolución del recurso será de UN MES; transcurrido
dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa,
de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero,
de la Ley referida,se producirá silencio administrativo
desestimatorio, y podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo
en el plazo de SEISMESES, computados
a partir del día siguiente a aquel en el que el Recurso
Potestativo deReposición debe entenderse desestimado
por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otra acción o
recurso que estime oportuno interponer para la mejor
defensa de sus derechos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de enero de 2018.
El Alcalde, Augusto Hidalgo Macario.
Dado con la intervención del Secretario General
Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las
Palmas de Gran Canaria, conforme a lo establecido
en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del
Gobierno y de la Administración del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de enero de 2018.
El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, Felipe
Mba Ebebele”.
Las Palmas de Gran Canaria, a tres de enero de dos
mil dieciocho.
LASECRETARIAGENERAL DELPLENO, Ana
María Echeandía Mota.
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