Por Resolución de 1 de agosto de 2017, de la Dirección General de Función Pública, se aprobó la relación de aspirantes admitidos y excluidos y se anunció lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición del proceso selectivo para el ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo con las categorías de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes, Titulado Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, Titulado Superior de Actividades Específicas, Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes, Titulado Medio de Actividades Específicas, Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes, Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, Oficial de Gestión y Servicios Comunes, Oficial de Actividades Técnicas y Profesionales, Oficial de Actividades Específicas, Ayudante de Gestión y Servicios Comunes y Ayudante de Actividades Técnicas y Profesionales en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y sus Organismos Autónomos (BOE número 185, del 4).
Sin embargo en la misma se han detectado errores que es preciso subsanar, procediéndose en consecuencia a las siguientes rectificaciones:
Primera.
En el apartado quinto se han consignado erróneamente el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición correspondiente a las categorías de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes y Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes, por lo tanto donde dice:
«Convocar a los aspirantes admitidos en la categoría de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes (relación número 1), para la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, el día 13 de noviembre de 2017, en el Auditorio de la Secretaria de Estado de Cultura, calle San Marcos, número 40, 28004 Madrid, con el siguiente horario:
Para los aspirantes de los números de orden 1 y 2, a las 9:30 horas.
Para los aspirantes del número de orden 3, a las 12:00 horas.»
Debe decir:
«Convocar a los aspirantes admitidos en la categoría de Titulado Superior de Gestión y Servicios Comunes (relación número 1), para la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, el día 2 de diciembre de 2017, a las 10:00 horas, en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, avenida Juan de Herrera, número 4, 28040 Madrid.»
Y donde dice:
«Convocar a los aspirantes admitidos en la categoría de Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes (relación número 4), para la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, el día 13 de noviembre de 2017, a las 9:30 horas, en el Auditorio de la Secretaría de Estado de Cultura, calle San Marcos, número 40, 28004 Madrid.»
Debe decir:
«Convocar a los aspirantes admitidos en la categoría de Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes (relación número 4), para la celebración del primer ejercicio de la fase de oposición, el día 18 de noviembre de 2017, a las 10:00 horas, en la Escuela Técnica Superior de Arquitectura, avenida Juan de Herrera, número 4, 28040 Madrid.»
Segunda.
A la vista del calendario de celebración del ejercicio de la fase de oposición para acceder a las categorías de Técnico Superior de Gestión y Servicios Comunes y Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales publicado en la Resolución de 1 de agosto de 2017, antes mencionada, debe modificarse la descripción del proceso selectivo para el grupo profesional 3 contenida en el anexo I de las bases de la convocatoria aprobadas por Resolución de 27 de abril de 2017.
En consecuencia en la descripción de la primera parte del ejercicio, consistente en la realización de un cuestionario de 30 preguntas sobre el temario común que figura en el anexo V de esta convocatoria, relativo a «Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado», debe eliminarse la frase «Estas preguntas serán iguales para todos los aspirantes».
Tercera.
En el anexo de la citada Resolución de 1 de agosto de 2017 se relacionaron los aspirantes excluidos del proceso selectivo con indicación de la causa de exclusión. Sin embargo en la relación número 7, correspondiente a la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales únicamente de incluyeron a treinta y un aspirantes cuando el número total de aspirantes excluidos alcanza la cifra de ciento ochenta y nueve.
En consecuencia se aprueba una nueva lista de aspirantes excluidos en la relación número 7, correspondiente a la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, con expresión de las causas de exclusión que se publica como anexo a la presente Resolución.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos que se adjunta como anexo sino, además, que sus nombres constan en la relación de admitidos aprobada el 1 de agosto de 2017.
Únicamente para la relación número 7, correspondiente a la categoría de Técnico Superior de Actividades Técnicas y Profesionales, tanto los aspirantes excluidos como los omitidos por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de Díez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos.
Las alegaciones que se formulen se dirigirán al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Subdirección General de Personal del INAEM, plaza del Rey, número 1, 5.ª planta, edificio San Marcos, 28071 Madrid.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán excluidos de la participación en el proceso selectivo.
Finalizado dicho plazo las modificaciones que se hubieran producido se publicarán en los mismos lugares en que se publicaron las relaciones iniciales de admitidos, abriéndose a partir del día siguiente a dicha publicación el plazo para interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Director General de la Función Pública en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 8 de septiembre de 2017.–El Director General de la Función Pública, Javier Pérez Medina.
ANEXO
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