lunes, 7 de agosto de 2017

RESOLUCIÓN de 28 de julio de 2017, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria que aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de esta Universidad para 2017.(UNIVERSIDAD LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOC del 7/08 se ha publicado:


ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA POR EL QUE SE APRUEBA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR DE ESTA UNIVERSIDAD PARA 2017.
El artículo 19.Uno.2.J) de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, fija la Oferta de Empleo Público en el ámbito de las Universidades Públicas en el 100% de la tasa de reposición de efectivos de las plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y de Personal de Administración y Servicios, determinada en la forma establecida en el punto 4 de dicho artículo 19.Uno.
El mismo apartado 19.Uno.2.J) del artículo señalado mandata que, del total de plazas que se oferten dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos Docentes Universitarios, se destine al menos un 15 por ciento a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3. Asimismo, prevé que las plazas de profesor contratado doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un Cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente.
De acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores, la tasa de reposición de efectivos de las plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios y de Profesores Contratados Doctor de esta Universidad asciende a sesenta y nueve plazas, de las cuales procede destinar diez (el 15%) para la incorporación, como Profesores Titulares de Universidad, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3, por lo que las plazas a ofertar en el turno libre quedan reducidas a cincuenta y nueve.
Por otro lado, el último párrafo del artículo 19.Uno.4 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, establece que no computarán, dentro del límite máximo de plazas derivadas de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.
A este respecto, la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía (BOE nº 219, de 12.9.15), modifica el apartado 2 del artículo 62 de la LOU, añadiendo un segundo párrafo mediante el cual se establece la figura de la promoción interna para acceder al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, bajo cuya modalidad de acceso se podrán convocar plazas en número que no supere las que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de la LOU. Esto representa la posibilidad de ofertar, al menos, quince plazas al turno de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.
Con la presente Oferta de Empleo Público se pretende continuar abordando la solución a las carencias del personal de los Cuerpos Docentes Universitarios que se han ido acumulando en los años de congelación o limitación de las Ofertas de Empleo Público, que ponen en riesgo el cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como la problemática descrita en la exposición de motivos del citado Real Decreto Legislativo 10/2015, según la cual "Tras varios años en las que las nuevas incorporaciones y promociones del profesorado universitario han estado limitadas por la aplicación de la tasa de reposición, la política de las Universidades por retener el talento y, por tanto, aplicar la tasa de reposición en retener jóvenes profesores ha tenido, por otro lado, un efecto negativo sobre el cuerpo de catedráticos de universidad. La jubilación de los Catedráticos de Universidad no ha podido ser compensada con nuevos catedráticos al carecer las universidades de tasas de reposición para poderlo hacer. Esto ha provocado una evidente y acelerada descompensación en las plantillas de profesores funcionarios universitarios, que queda resuelta con la aplicación de la promoción interna. La promoción interna, abierta al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad, va a permitir establecer en plantillas la distribución adecuada entre Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad, al tiempo que no modifica el número total de funcionarios docentes". Circunstancias, estas, que concurren en esta Universidad.
De conformidad con lo previsto en el artículo 19.Seis de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, se acumularán al sector del Personal de Administración y Servicios, cuatro plazas para que puedan acumularse a la tasa de reposición de dicho sector.
La Oferta de Empleo Pública que se acuerda, ha sido negociada con los representantes del Personal Docente e Investigador en sesión conjunta de 26 de julio de 2017.
En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 27 de julio de 2017, adopta el siguiente
ACUERDO:
Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público.
Se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para 2017, en los términos que se establecen en el presente acuerdo. Este incluye las plazas con asignación presupuestaria que deben proveerse por el turno libre; las plazas reservadas para la incorporación de investigadores doctores que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3; las plazas que deben proveerse por el turno de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad; así como las plazas a ceder al Personal de Administración y Servicios.
Segundo.- Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.
1. La Oferta de Empleo Público está integrada por cincuenta y nueve con la siguiente distribución:
* Turno libre:
- Treinta y cinco plazas de Profesor Titular de Universidad.
- Veinte plazas de Profesor Contratado Doctor tipo I.
* Turno de reserva para personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3: diez plazas de Profesor Titular de Universidad.
* Turno de promoción interna: quince plazas de Catedráticos de Universidad.
* Cesión de cuatro plazas al Personal de Administración y Servicios para incrementar la Oferta Pública de Empleo de dicho sector en 2017.
Tercero.- Procedimientos de acceso.
1. Las plazas del turno libre correspondientes al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad se proveerán por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos para el acceso a dicho Cuerpo.
2. Las plazas correspondientes a personal laboral fijo se proveerán por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos para el acceso a la categoría de Profesor Contratado Doctor.
3. Las plazas de turno de reserva serán diez, exigiéndose como requisito específico haber finalizado el Programa Ramón y Cajal y obtenido el certificado I3. Quienes superen los procedimientos de acceso serán nombrados como Profesores Titulares de Universidad.
3. Las plazas del turno de promoción interna correspondientes al Cuerpo de Catedrático de Universidad se proveerán por el procedimiento previsto en el segundo párrafo del artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, con los requisitos establecidos en el mismo.
Cuarto.- Publicidad.
Por el Sr. Rector Magnífico se procederá a la publicación del presento Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de julio de 2017.- El Rector, Rafael Robaina Romero.

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