Os traigo esta noticia relevante sobre una sentencia de Tribunal Supremo de hace unas semanas, en este caso la ha publicado La Razón:
La Sala III del Tribunal Supremo ha establecido en una sentencia que fijar en 30 años el límite de edad para acceder a los centros docentes de la escala de cabos y guardias de la Guardia Civil no vulnera el principio de igualdad, ya que la entrada en el cuerpo debe producirse a una edad que permita ir alcanzando los puestos de responsabilidad de los que debe estar dotado.
Según la sentencia del alto tribunal, establecer el límite de 30 años para poder ingresar en las filas del Instituto Armado cuenta con una justificación objetiva y razonable, la cual descansa en las “necesidades del cuerpo de proveer sus distintos puestos de responsabilidad por miembros que hayan ido adquiriendo dentro del mismo la capacitación necesaria”.
De este modo, el Supremo rechaza el recurso que planteó un particular, por “discriminación contraria al principio de igualdad y al libre acceso a los cargos públicos”, contra la resolución que emitió la Subsecretaría del Ministerio de Defensa en mayo de 2014 según la cual se convocaron pruebas selectivas para el acceso a los citados centros docentes y que incluía el requisito de no haber cumplido ni cumplir 30 años en ese año para las plazas de acceso directo.
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