En el BOP del 8/05 se ha publicado en las páginas 8172- 8173 :
Por acuerdo Decreto número 1.230/2017, de fecha
3 de mayo de 2017, se abrió un nuevo plazo para la
presentación de instancias para tomar parte en el
proceso para generar lista de reserva por el sistema
de oposición, de la PLAZA DE DIPLOMADO EN
EMPRESARIALES (A2) y de acuerdo al mismo se
procede a la publicación de dicha resolución:
Vista la propuesta de resolución del departamento
de Recursos Humanos de referencia RRHH/JCAA,
RSO17-102 de fecha 2 demayo de 2017 que literalmente
dice:
“Visto el Decreto 773/2017 de fecha 20 de marzo
de 2017, donde se aprueban las bases específicas
para generarlista de reserva por elsistema de oposición,
de la DIPLOMADO EN EMPRESARIALES, y
publicadas en el BOP número 35 de fecha 22 de
marzo de 2017.
Donde en la Bases Segunda, titulación exigida, se
recoge:
“Diplomado en Empresariales: Con respecto a la
titulación se requiere estar en posesión de la Diplomatura
en Ciencias Empresariales, en el caso de ser un título
equivalente se deberá aportar la documentación que
acredite la equivalencia, o en condiciones de obtenerlo
en la fecha en que se termine el plazo de presentación
de instancia.”
Habiendo consultado con la Dirección General de
la Función Pública si pueden acceder a esta convocatoria
los licenciados o como es el caso los Ingenieros
Superiores, esta nos responde con fecha 24 de abril
de 2017, entre otras cosas lo siguiente:
....../..... El ministerio para las Administraciones
Públicas, en dictamen ya antiguo de 4 de diciembre
de 1996 -con las prevenciones oportunas en atención
a lasimportantesinnovaciones derivadas del Espacio
Europeo deEducación Superior-, acerca de la posibilidad
de acceso plazas de ingenieros TécnicosIndustriales
están en posesión del título de ingeniero Superior
Industrial, señaló:
En principio, dada la estructura de nuestro sistema
educativo se asciende progresivamente a lossiguientes,
siendo normalmente requisito imprescindible la
superación de lasfases anteriores, cabe responde que
la regla general debe ser la de entender que las
titulaciones superiores, y entre ellas la licenciatura
universitaria o ingeniería Superior, englobaría a las
titulaciones académicas de niveles inferiores,
comprendiendo a la Diplomatura universitaria o
Ingeniería Técnica y a las sucesivas titulaciones.
En este sentido, además cabe señalar que la Ley
30/1984, de 02 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, establece que “a efectos de lo
depuesto en esta Ley, se considerará equivalente al
título de Diplomado universitario el haber superado
tres cursos completos de licenciatura”
Respecto de las convocatorias en que se exige una
titulación específica, esta interpretación únicamente
será posible cuando ambas titulaciones se refieran a
la misma área profesional, como ocurre en el caso de
la consulta” …./.....
Considerando que en algunos casos, a posibles
aspirantes se les dijo que no podían tomar parte de
la misma sino se tenía dicha titulación específica.
Visto el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
de las Administraciones Públicas, donde se establece
que: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo,
rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia
de los interesados, los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos.”
Considerando que la adopción de este acuerdo es
competencia de la Concejalía Delegada en materia de
8172 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 55, lunes 8 de mayo de 2017
Recursos Humanos, en virtud de las delegaciones
efectuadas por el Alcalde de este Ayuntamiento,
mediante Decreto 400/2.016 de fecha 19 de febrero,
formulo la siguiente propuesta de resolución:
Primero Abrir un nuevo plazo de DIEZ DÍAS
NATURALES, para la presentación de instancias
para poder tomar parte en el proceso de generar listas
de reserva por el sistema de oposición de la plaza de
Diplomado en Empresariales, admitiendo en este
caso lastitulaciones Licenciatura en Administración
y Dirección de Empresas.
Segundo Publicar las mismas en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios
y en la página web de este Ayuntamiento”.
Por todo ello en ejercicio de las competencias que
me han sido conferidas en virtud de la delegación
efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento,
mediante Decreto nº 400/2.016, de fecha 19 de febrero,
en materia de recursos humanos, HE RESUELTO:
Primero Abrir un nuevo plazo de 10 DÍAS
NATURALES, para la presentación de instancias
para poder tomar parte en el proceso de generar listas
de reserva por el sistema de oposición de la plaza de
Diplomado en Empresariales, admitiendo en este
caso lastitulaciones Licenciatura en Administración
y Dirección de Empresas.
Segundo Publicar las mismas en el Boletín Oficial
de la Provincia de Las Palmas, Tablón de Anuncios
y en la página web de este Ayuntamiento”.
En Mogán, a cuatro de mayo de dos mil diecisiete.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, P.D. EL
CONCEJALDELEGADO, S/Decreto número 400/2016
de 19 de febrero, Juan Mencey Navarro Romero.
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