En el bOP del 21/04 se ha publicado en las páginas 20030-20032:
Por la Presidencia del Excmo. Cabildo Insular de El
Hierro con fecha 10 de abril de 2017 y con nº 472/17,
se ha dictado la siguiente Resolución:
“Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del
Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, de fecha 28 de
diciembre de 2015, se aprobó la Oferta de Empleo
Público del Cabildo Insular de El Hierro para el año
2015 (BOP nº 10, de fecha 22 de enero de 2016).
Mantenida la negociación con los representantes
sindicales, según consta en el acta de la Mesa de
Negociación del Personal Funcionario, celebrada con
fecha 30 de junio de 2016, para la aprobación de las
Bases Específicas que han de regir la convocatoria
para la provisión, como funcionario de carrera, por
el procedimiento de concurso-oposición libre, de una
plaza de Auxiliar Administrativo, Grupo C, Subgrupo
C2, vacante en la plantilla de personal funcionario del
Cabildo Insular de El Hierro, modificándose aspectos
puntuales de las referidas Bases.
Por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular del
Excmo. Cabildo Insular de El Hierro, de fecha 04
de julio de 2016, se aprobaron las Bases Específicas
que han de regir la convocatoria para la provisión,
como funcionario de carrera, por el procedimiento
de concurso-oposición libre, de una plaza de Auxiliar
Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2, vacante en la
plantilla de personal funcionario del Cabildo Insular
de El Hierro (BOP nº 92, de fecha 01 de agosto de
2016), así como delegar en la Presidencia el desarrollo
del procedimiento selectivo regulado en las bases, así
como los actos integrados en el mismo.
Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 48, viernes 21 de abril de 2017 20031
Visto lo establecido en la base octava, “Sistema
selectivo, Concurso”, que recoge:
“Concurso: (puntuación máxima 2 puntos).
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y, en ningún
caso podrá aplicarse la puntuación obtenida en
ella para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La valoración de los méritos sólo se realizará una
vez celebrada la fase de oposición y respecto de los
candidatos que hayan superado ambos ejercicios. Los
méritos alegados deberán poseerse en el momento de
finalización del plazo de presentación de solicitudes,
disponiendo de un plazo de 10 días hábiles para
acreditarlos, a partir de la publicación de la lista de
aprobados de la fase de oposición.
En esta fase se valorarán los méritos alegados por los
aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
y que hayan sido acreditados documentalmente, hasta
un máximo de 2 puntos.
Experiencia profesional:
a) Por servicios prestados como personal funcionario
en la Administración Pública, en puestos clasificados
en el grupo C, subgrupo C2, con titulación
de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado
Escolar o equivalente : 0,10 puntos por mes completo
trabajado, hasta un máximo de 1 punto.
Para acreditar la experiencia profesional se aportará
documento administrativo o certificación expedida
por el órgano competente de la Administración en
donde se haya prestado los servicios, en el que se
especifique el nombre, el puesto/categoría, así como
período de cobertura.
b) Los servicios efectivos prestados en la empresa
privada como Auxiliar Administrativo, o equivalente
que tengan relación con las funciones descritas en
la base segunda a razón de 0,05 puntos por mes de
servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Para acreditar la experiencia profesional en empresa
privada, se aportará certificado empresarial en el
que conste la categoría empresarial y el período de
cobertura, o en su defecto, contrato de trabajo.
Y considerando que se debe incorporar como mérito
la experiencia laboral en la Administración Pública.
Vista la Resolución de la Presidencia nº 1826/16, de
fecha 10 de noviembre de 2016, en la que se aprobó
la lista provisional de admitidos y excluidos de la
referida convocatoria (BOP nº 140, de fecha 21 de
noviembre de 2016).
Mantenida la negociación con los representantes
sindicales, según consta en el acta de la Mesa de
Negociación del Personal Funcionario, de fecha 07
de abril de 2017.
Vista la Propuesta formulada por la Sra. Consejera
de Recursos Humanos de fecha 10 de abril de 2017.
En base a los antecedentes expuestos, y en uso de
las facultades conferidas en el artículo 62 de la Ley
8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, y a la
delegación aprobada en Consejo de Gobierno Insular
de fecha 4 de julio de 2016, conforme, igualmente, a
lo determinado en la base sexta de la convocatoria,
por medio de la presente,
Resuelvo:
Primero: rectificar la base octava, denominada “Sistema
selectivo, Concurso” de las Bases Específicas
que han de regir la convocatoria para la provisión,
como funcionario de carrera, por el procedimiento
de concurso-oposición libre, de una plaza de Auxiliar
Administrativo, Grupo C, Subgrupo C2, vacante en la
plantilla de personal funcionario del Cabildo Insular
de El Hierro (BOP nº 92, de fecha 01 de agosto de
2016), en el siguiente sentido:
“Concurso: (puntuación máxima 2 puntos).
Esta fase no tendrá carácter eliminatorio y, en ningún
caso podrá aplicarse la puntuación obtenida en
ella para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La valoración de los méritos sólo se realizará una
vez celebrada la fase de oposición y respecto de los
candidatos que hayan superado ambos ejercicios. Los
méritos alegados deberán poseerse en el momento de
finalización del plazo de presentación de solicitudes,
disponiendo de un plazo de 10 días hábiles para
acreditarlos, a partir de la publicación de la lista de
aprobados de la fase de oposición.
20032 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 48, viernes 21 de abril de 2017
En esta fase se valorarán los méritos alegados por los
aspirantes que hubieran superado la fase de oposición
y que hayan sido acreditados documentalmente, hasta
un máximo de 2 puntos.
Experiencia profesional:
a) Por servicios prestados como personal funcionario
en la Administración Pública, en puestos
clasificados en el grupo C, subgrupo C2, o grupo
equivalente para el personal laboral, con titulación
de Educación Secundaria Obligatoria, Graduado
Escolar o equivalente: 0,10 puntos por mes completo
trabajado, hasta un máximo de 1 punto.
Para acreditar la experiencia profesional se aportará
documento administrativo o certificación expedida
por el órgano competente de la Administración en
donde se haya prestado los servicios, en el que se
especifique el nombre, el puesto/categoría, así como
período de cobertura.
b) Los servicios efectivos prestados en la empresa
privada como Auxiliar Administrativo, o equivalente
que tengan relación con las funciones descritas en
la base segunda a razón de 0,05 puntos por mes de
servicio, hasta un máximo de 0,5 puntos.
Para acreditar la experiencia profesional en empresa
privada, se aportará certificado empresarial en
el que conste la categoría empresarial y el período
de cobertura, o en su defecto, contrato de trabajo”.
Segundo: abrir nuevo plazo de presentación de
instancias que será de 20 días hábiles, contados a
partir del siguiente a la publicación del extracto de la
presente Resolución en el Boletín Oficial del Estado,
manteniéndose la lista provisional de admitidos y
excluidos publicada en el BOP nº 140, de fecha 21
de noviembre de 2016, que será modificada una vez
se cumplan los plazos establecidos en la presente
convocatoria.
Tercero: publíquese texto íntegro de la presente
Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, y
su extracto en el Boletín Oficial del Estado a efectos
del cómputo del plazo de presentación de instancias,
publicándose en la página web y en el Tablón de
Anuncios de la Corporación y comuníquese a los
sindicatos de UGT y CCOO y al Presidente de la
Junta de Personal, a los efectos oportunos”.
Lo que se hace público para general conocimiento,
en Valverde de El Hierro, a 12 de abril de 2017.
La Presidenta, María Belén Allende Riera.
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