En el BOP del 7/04 se ha publicado en las páginas 7158 y ss:
En ejecución de lo establecido en los artículos 43
y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,se hace pública laResolución
de la Directora General de Administración Pública
registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con
número 9839/2017, de 31 demarzo, porla que se aprueba
la lista provisional de la convocatoria para la provisión
en propiedad, por el sistema de oposición libre de
veintidós (22) plazas de Policía Local
ANTECEDENTES
PRIMERO: Por Resolución de la Directora General
de Administración Pública número 37.804/2016, de
18 de noviembre, resultaron aprobadas las Bases
Específicas por las que ha de regirse la convocatoria
para la provisión en propiedad por el sistema de
oposición libre de veintidós(22) plazas de Policía Local,
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia
número 142/2016, de 25 de noviembre; asimismo en
el Boletín Oficial de la Provincia número 146/2016,
de 5 de diciembre, se hace pública la Resolución de
la Directora General de Administración Pública
número 39.208/2016, de 30 de noviembre, por la que
se corrige error material detectado en la Resolución
número 37.804/2016, de 18 de noviembre, resultaron
aprobadaslasBases Específicas porlas que ha de regirse
la convocatoria para la provisión en propiedad por el
sistema de oposición libre de veintidós (22) plazas
de Policía Local.
EstasBases han sido objeto de publicación en elBoletín
Oficial de Canarias número 247/2016, de 23 de
diciembre y en el Boletín Oficial del Estado número
4/2017, de 5 de enero, habiendo sido objeto asimismo
de publicación en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento y en la web municipal.
SEGUNDO: Por acuerdo de la Junta de Gobierno
Local de 13 de octubre de 2016, resultaron aprobadas
las Bases generales para el acceso, la promoción
interna y la provisión de puestos de trabajo del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria,
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia
número 127, de 21 de octubre de 2016.
TERCERO:En la convocatoria específica se establece
que losinteresados disponen de un plazo de VEINTE
DÍAS NATURALES, para la presentación de instancias,
contados a partir de la última publicación en el Boletín
Oficial correspondiente, habiéndose iniciado dicho plazo
7158 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 42, viernes 7 de abril de 2017
en fecha 6 de enero y finalizado el mismo el día 25
de enero de 2017.
CUARTO: Habiendo transcurrido, por tanto, el
plazo de presentación de instancias previsto en la
convocatoria específica,se hace necesario aprobar la
lista provisional de admitidos y excluidos, conforme
a lo dispuesto en la convocatoria específica.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Dispone el artículo 7 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de Ingreso:
“El ingreso en los Cuerpos y Escalas de funcionarios
se realizará mediante convocatoria pública y se regirá
por las bases de la convocatoria respectiva, que se
ajustarán en todo caso a lo dispuesto en esteReglamento
y en las normas específicas de aplicación a los
mismos.”
II. De lamismamanera indica el artículo 15 delmismo
texto legal:
“1. (...)
2. (...)
3. (...)
4. Las bases de las convocatorias vinculan a la
Administración y a los Tribunales o Comisiones
Permanentes de Selección que han de juzgar las
pruebas selectivas y a quienes participen en las
mismas.
5. Las convocatorias o sus bases, una vez publicadas,
solamente podrán ser modificadas con sujeción estricta
a las normas de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.”
III. Establece el artículo 3 delReal Decreto 896/1991,
de 7 de junio, por el que se establecen las reglas
básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse
el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local:
“Los procedimientos de selección se regirán por las
bases de convocatoria que apruebe el Órgano
correspondiente de la Corporación para cada una de
las Escalas, subescalas y clases de funcionarios.”
Sobre la competencia.
Corresponde la aprobación de las Bases y la
convocatoria para la provisión en propiedad por elsistema
de oposición libre de veintidós(22) plazas de Policía
Local, a la Directora General de Administración
Pública,según acuerdo de delegación de competencias
de la Junta de Gobierno del Ayuntamiento deLas Palmas
de Gran Canaria, de fecha 17 de marzo de 2016.
Por tanto, igual competencia corresponde a la
Dirección General de Administración Pública respecto
del resto de resoluciones que proceda adoptar en el
procedimiento, a excepción de aquellas que sean
competencia del Tribunal de Selección, con ocasión
del desarrollo del proceso selectivo.
De acuerdo con el informe de la Servicio deRecursos
Humanos obrante en el expediente, de fecha 30 de
marzo de 2017 y de conformidad con lo establecido
en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de lasBases
del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de
16 de diciembre, de medidas para la modernización
del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que
se dicte Resolución por la directora general de
Administración Pública, al amparo del Decreto del
Alcalde número 44.521/2015, de 30 de diciembre, por
el que se modifica el Decreto número 21.693/2015,
de 10 de julio, por el que se establecen los sectores
funcionales y la estructura del Área de Gobierno de
Nuevas Tecnologías, Administración Pública y
Deportes, determinando su estructura organizativa
de gobierno y administración, en elsiguiente sentido:
RESUELVE
PRIMERO: Aprobarla lista provisional de aspirantes
admitidos y excluidos en el proceso selectivo
correspondiente a la convocatoria para la provisión
en propiedad por el sistema de oposición libre de
veintidós(22) plazas de Policía Local, que se adjunta
como anexo a esta resolución.
RECORDATORIO
De conformidad con las Bases Generales de
Procedimiento, se concede un plazo de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir de la publicación de la
lista provisional que antecede en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento y en la página web municipal, para
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 42, viernes 7 de abril de 2017 7159
oír reclamaciones o subsanar los posibles defectos que
hayan motivado la exclusión del aspirante, siempre
que los mismos sean subsanables, sirviendo a tales
efectos la publicación de la lista provisional con
indicación de los defectos observados como requerimiento
expreso para que se lleve a cabo la subsanación de
los mismos que en derecho procedan. En caso de no
presentarse ninguna, la presente lista queda elevada
a definitiva.
En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán
aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que
se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos,
que se hará pública en elBoletín Oficial de la Provincia,
Tablón deAnuncios y en la páginaweb delAyuntamiento
y en ella podrá fijarse lugar, fecha y hora de comienzo
del primer ejercicio, así como la designación de los
miembros del Tribunal Calificador.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen la exclusión justificando su derecho a estar
incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos en la relación de las pruebas.
La resolución que apruebe definitivamente la lista de
admitidos pondrá fin a la vía administrativa y contra
la misma se podrá interponer Recurso Contencioso
Administrativo ante el Orden JurisdiccionalContencioso
Administrativo.
El escrito formulando reclamación o subsanando las
deficiencias y/o aportando la documentación necesaria
para ello, deberá presentarse por cualquiera de los
siguientes canales:
“
- Registro General del Ayuntamiento de Las Palmas
de Gran Canaria, sito en la calle León y Castillo
número 270, Edificio Metropole, 35005, Las Palmas
de Gran Canaria; así como en los registros
desconcentrados del Ayuntamiento de Las Palmas
de Gran Canaria.
- Registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración General del Estado.
- Registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración de las Comunidades
Autónomas.
- Registros de cualquier órgano administrativo que
pertenezca a la Administración Local y esté dado de
alta como Oficina de Registro Virtual (ORVE,
Directorio Común de unidades y oficinas de las
Administraciones Públicas), y esté incorporada al
Sistema de Interconexión deRegistros(plataforma SIR).
- En las Oficinas de Correos, en cuyo caso la
solicitud se presentará en sobre abierto, con objeto
de que se haga constar en la misma el nombre de la
oficina y la fecha, lugar y hora de presentación, de
conformidad con el artículo 31 del R.D. 1.829/1999,
de 3 de diciembre.
- En las representaciones diplomáticas u oficinas
consulares de España en el extranjero.
Si posee certificado digital podrá hacerlo también
a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Las Palmas de Gran Canaria, accediendo a la siguiente
dirección: http://www.laspalmasgc.es/es/online/sedeelectronica/,
debiendo cumplimentar el formulario
correspondiente y adjuntando la documentación
requerida en las Bases. Una vez firmado digitalmente,
se obtendrá de manera inmediata un resguardo con
el número y fecha de registro.”
SEGUNDO: Procédase a la publicación íntegra del
texto de la presente resolución en el Tablón de
Anuncios y en la página web de este Ayuntamiento,
para general y público conocimiento.
Régimen de Recursos. Contra el acto expreso que
se le notifica, que es definitivo en vía administrativa,
podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la recepción de su
notificación, Recurso Contencioso Administrativo
ante elJuzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de
lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContenciosoAdministrativa,
en concordancia con el artículo 123.1
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al
Recurso Contencioso-Administrativo, señalado en
el párrafo anterior, contra el acto expreso que se le
notifica, podrá usted interponerRecurso deReposición,
ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo
de UN MES, que se contará desde el día siguiente al
de la fecha de la recepción de la presente notificación,
7160 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 42, viernes 7 de abril de 2017
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A tenor del apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso será
de UN MES; transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, de conformidad con el artículo
24.1, párrafo tercero, de la Ley referida, se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer
Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de SEIS MESES, computados a partir del día siguiente a aquel
en el que el Recurso Potestativo de Reposición debe entenderse desestimado por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor
defensa de sus derechos.
Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 2017. La Directora General de Administración Pública. Acuerdo
de Junta de Gobierno de 12 de mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez.
Dada con la intervención del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno de la Ciudad e Las Palmas
de GranCanaria, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 8ª de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora
de las Bases del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración
del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de marzo de 2017. El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria (Por Delegación, Resolución 2.566/2017, de 30 de enero), El Oficial
Mayor, Domingo Arias Rodríguez”.
Las Palmas de Gran Canaria.
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 de
mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez.
ADMITIDOS
(..)
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