De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.
Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso selectivo. Las relaciones completas de aspirantes se encontrarán expuestas en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en la página web www.administracion.gob.es, en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social (Paseo de la Castellana n.º 63, Madrid) y en la página web www.seg-social.es/Información útil/Oferta Pública de Empleo.
Segundo.
Publicar como anexo a la presente Resolución la relación provisional de excluidos a que se refiere el apartado anterior, con expresión de las causas de exclusión.
Tercero.
Tanto los opositores excluidos como los omitidos por no figurar en las relaciones de admitidos ni en las de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su no admisión o la omisión en las relaciones de admitidos y excluidos.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran incluidos en la relación de excluidos sino que, además, sus nombres constan en la relación de admitidos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaran la exclusión o alegasen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.
Cuarto.
Contra la exclusión definitiva del aspirante podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinto.
Finalizado el plazo de subsanación se elevarán a definitivas las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos, exponiéndose para su total difusión en los mismos lugares que las provisionales.
Sexto.
La realización del primer ejercicio del proceso selectivo comenzará el día 14 de marzo de 2017, a las 16:00 horas, en la sede de la Dirección del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social, en la calle Infanta Mercedes 31, 3.ª planta (28020 Madrid), quedando convocados para este día los tres primeros aspirantes de la relación de admitidos, empezando por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «H». En el supuesto de que no exista ningún opositor cuyo primer apellido comience por la letra «H», el orden de actuación se iniciará por aquél cuyo primer apellido comience por la letra «I», y así sucesivamente, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 24 de febrero de 2016 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado (BOE de 26 de febrero de 2016).
Séptimo.
Con la finalidad de acreditar su identidad, los opositores deberán presentar el documento nacional de identidad o, en su defecto, permiso de conducir o pasaporte. Asimismo, deberán ir provistos de bolígrafo negro o azul.
Madrid, 3 de marzo de 2017.–El Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.
ANEXO
No hay comentarios:
Publicar un comentario