En el BOP del 17/03 se ha publicado en las páginas 6383 y ss:
ANUNCIO RELATIVO ALARECTIFICACIÓN
DELAAPROBACIÓNDELALISTAPROVISIONAL
DE ADMITIDOS/AS Y EXCLUIDOS/AS DEL
PROCESO SELECTIVO PARA LA COBERTURA
MEDIANTE FUNCIONARIOS/AS DE CARRERA
DE TRES PLAZAS DE POLICÍADELCUERPO DE
LAPOLICÍALOCAL, PORELTURNO DE ACCESO
LIBRE YMEDIANTEELSISTEMADE OPOSICIÓN
Mediante el presente se hace público que el Sr.
Alcalde-Presidente, don Pedro M. Rodríguez Pérez,
ha dictado el 8 de marzo del actual, bajo el número
364/2017 el Decreto que transcrito literalmente dice:
“Visto el expediente relativo al proceso selectivo
para la cobertura, mediante funcionarios/as de carrera
de TRES PLAZAS DE POLICÍA DEL CUERPO
DE LAPOLICÍALOCAL, por el turno de acceso libre
y mediante el sistema de oposición.
Considerando que según el Informe emitido por el
Servicio de Recursos Humanosse ha advertido error
en la Resolución con número 2017-253 de 17/02/2017
consistente por un lado en la exclusión de los aspirantes
cuya documentación se había presentado por la ORVE
en otras administraciones públicas, aduciendo falta
de cotejo en las copias a pesar de constar en el recibo
la autenticidad de las mismas. Por otro lado se han
detectado errores en algunas causas de exclusión de
los aspirantes.
Considerando que trasla publicación de laResolución
provisional de admitidos y excluidos y durante el
período del plazo de subsanación se ha presentado por
algunos de los aspirantes excluidosla documentación
exigida en las bases.
Considerando lo previsto en el artículo 109.2) de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Publicas, el Ayuntamiento podrá, asimismo, rectificar
en cualquier momento, de oficio o a instancia de los
interesados, los errores materiales, de hecho o
aritméticos existentes en sus actos.
Considerando que esta Alcaldía es el órgano
competente para la adopción de los acuerdos
correspondientes, a tenor del artículo 21.g. de la Ley
7/85 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, mediante el presente:
RESUELVO
PRIMERO. Rectificar el dispositivo primero del
Decreto 2017-253 de 17/02/2016 corrigiendo el error
padecido y aprobar la siguiente lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo
para la cobertura mediante funcionarios/as de carrera
de 3 plazas de Policía del Cuerpo de la Policía Local
de este Ayuntamiento:
SEGUNDO.Conceder un nuevo plazo de DIEZ DÍAS
HÁBILES, contados a partir del día siguiente de la
presente publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas para que los aspirantes
excluidos provisionalmente subsanen los motivos
que dieron lugar a la exclusión. En dicho plazo los
interesados podrán solicitarser admitidos definitivamente,
o, en su caso, alegar la omisión en ambas listas,
justificándolo documentalmente. Podrán asimismo
solicitar la corrección de los errores en la trascripción
de los datos con que figuran en las listas, si los
hubiere. Quienes no subsanen la exclusión o aleguen
la omisión, justificando su derecho a ser admitidos,
en dicho plazo, serán definitivamente excluidos.
No es posible efectuar el ingreso de la tasa por
derechos de examen en el plazo de subsanación de
instancias.
TERCERO. Publicar el presente Decreto en el
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en
la página web de este Ayuntamiento.
Dado para su cumplimiento en Santa María de
Guía, a la fecha de la firma electrónica.”
Lo que se notifica para su conocimiento y a los efectos
oportunos significándole que contra la presente
Resolución, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponer alternativamente o Recurso de
Reposición Potestativo, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia ante el señor Alcalde, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en adelante LPACAP, o directamenteRecurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso Administrativo correspondiente, en el plazo
de DOS MESES contados también desde el día
siguiente al de la recepción de la presente notificación,
o en su caso publicación, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sise optara por interponer el Recurso de Reposición
Potestativo, no podrá interponerRecursoContenciosoAdministrativo
hasta que aquélsea resuelto expresamente
o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier
otro recurso que estime pertinente.
Santa María de Guía, a de marzo de dos mil diecisiete.
EL ALCALDE, Pedro M. Rodríguez Pérez
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