En el BOP del 10/02 se ha publicado en las páginas 5165-5166:
Con fecha 1 de febrero de 2017, el Sr. Alcalde
Presidente ha dictado elsiguiente decreto (número 2017-
0381):
Habiéndose publicado las bases reguladoras de las
pruebas selectivas para la provisión en propiedad de
dos plazas de la Policía Local en el Boletín Oficial
de la Provincia número 148, de 09/12/2016 (correcciones
posteriores número 153, de 21 de diciembre de 2016
y número 6 de 13 de enero) y Boletín Oficial de la
Comunidad Autónoma de Canarias número 239 de
fecha 13/12/2016 (correcciones posteriores publicadas
en el número 246, de 22 de diciembre de 2016, y en
el número 9, de 13 de enero de 2017) se corrigen y
se emite la siguiente resolución:
BASE SEXTA: TRIBUNAL CALIFICADOR
6.1. COMPOSICIÓN:
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60, de
la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del
Empleado Público, el artículo 4. e y f, del Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, y en concordancia con otras
disposiciones, el Tribunal Calificador de las pruebas
selectivas,se ajustará a los principios de imparcialidad
y profesionalidad de sus miembros, los cuales deberán
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 18, viernes 10 de febrero de 2017 5165
tener titulación igual o superior a la exigida para el
acceso a la plaza convocada, tendiendo a la paridad
entre hombre y mujer, no pudiendo estar formado
mayoritariamente por miembros de los cuerpos a los
que pertenezcan los puestos objeto de la convocatoria.
En ningún caso, podrán formar parte del Tribunal
ni el personal de elección o de designación política,
ni el personalfuncionario interino o eventual, debiendo
tratarse en todoslos casos de funcionarios de carrera.
Del mismo modo, la pertenencia al TribunalCalificador
lo será siempre a título individual, no pudiendo
ostentarse en representación o por cuenta de nadie,
con independencia del organismo que le designe, de
modo que losmiembros delTribunalserán personalmente
responsables del estricto cumplimiento de las bases
de la convocatoria y de la sujeción a los plazos
establecidos para la realización y valoración de las
pruebas y para la publicación de losresultados.El tribunal
calificador que actué en el proceso de selección será
designado por la Alcaldía-Presidencia, y estará
constituido de la siguiente forma:
Presidente/a: Un Funcionario/a de carrera, con
Titulación igual o superior a la exigida en las Bases.
Secretario/a: Un Funcionario de carrera, conTitulación
igual o superior a la exigida en las Bases.
Vocal 1º: Un Funcionario/a de carrera, con Titulación
igual o superior a la exigida en las Bases, designado
por la Dirección General de Seguridad y Emergencias
del Gobierno de Canarias.
Vocal 2º: Un Funcionario/a de carrera, con Titulación
igual o superior a la exigida en las Bases, designado
por la Dirección General de Seguridad y Emergencias
del Gobierno de Canarias.
Vocal 3º: Un Funcionario/a de carrera, Titulación
igual o superior a la exigida en las Bases, designado
por la Dirección General de Función Pública del
Gobierno de Canarias.
Vocal 4º: Un Funcionario/a de carrera, con Titulación
igual o superior a la exigida en las Bases.
Vocal 5º: Un Funcionario/a de carrera, con Titulación
igual o superior a la exigida en las Bases.
Vocal 6º: Un Funcionario/a de carrera, con Titulación
igual o superior a la exigida en las Bases.
Para cada uno de los titulares se designará un
suplente, para sustitución en caso de ausencia o
imposibilidad de asistencia a las Sesiones, pudiendo
en el caso del Presidente y Secretario designarse
hasta dos.
Lo manda y firma Alcalde, Teodoro Claret Sosa
Monzón, en Gáldar; de lo que, como Secretaria
Acctal., doy fe.
En Gáldar, a seis de febrero de dos mil diecisiete.
EL ALCALDE, Teodoro Claret Sosa Monzón.
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ResponderEliminarMuchas gracias por el curro que haces! Te sigo!