En el BOP del 20/02 se ha publicado en las páginas 16881-16882:
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz
de Tenerife, en sesión ordinaria celebrada el día 30
de octubre de 2016 adoptó, entre otros, el siguiente
acuerdo:
Segundo asunto urgente.- Expediente relativo a
convocatoria y bases para la configuración de una
Lista de Reserva de Técnico Medio de Recursos Humanos
para el nombramiento como Personal Laboral
temporal en el Organismo Autónomo de Cultura del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, a
efectos de tomar conocimiento y convalidar la resolución
del Sr. Presidente del Organismo Autónomo
de Cultura de 18 de enero de 2017.
La Junta de Gobierno quedó enterada de la siguiente
Resolución del Sr. Presidente del Organismo
Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de
Santa Cruz de Tenerife, y por unanimidad, acordó
su convalidación:
“Resolución del Sr. Presidente del Organismo Autónomo
de Cultura don José Carlos Acha Domínguez/
En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 2017.
Asunto: Expediente 388/16 relativo a convocatoria
y bases para la configuración de una Lista de Reserva
de Técnico Medio de Recursos Humanos para
el nombramiento como Personal Laboral temporal
en el Organismo Autónomo de Cultura del Excmo.
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
Antecedentes de hecho.
Con fecha de 27 de diciembre de 2016 se recibe en
la Oficina de Registro de este Organismo informe de
la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del
Gobierno de Canarias, donde se hacen las siguientes
observaciones en relación al acuerdo adoptado por el
Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en sesión
ordinaria celebrada el día 3 de octubre de 2016 por el
que se aprobó la convocatoria y bases que regirán para
la configuración de una lista de reserva de Técnico
Medio de Recursos Humanos, pertenecientes al Grupo,
para el nombramiento como laborales temporales,
ante razones expresamente justificadas de necesidad
y urgencia, en el Organismo Autónomo de Cultural
del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife:
1) Los nombramientos que la Corporación formalice,
con cargo a la lista de reserva de serlo, en todo
caso, como funcionario interino y no como trabajador
temporal, ya que la plaza de Técnico Medio de Recursos
Humanos ha de quedar reservada, en exclusiva,
a personal funcionario.
2) La Base 2, apartado A, sub-apartado a), relativo
al requisito de la nacionalidad debe ser modificado
a los efectos de cumplir lo establecido en el artículo
57.4 del Texto Refundido de Ley del Estatuto Básico
del Empleado Públicos, aprobado por Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (extranjeros con
residencia legal en España).
Fundamentos jurídicos.
Primero. Artículo 92.2 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Segundo. Artículo 57.4 del Texto Refundido de Ley
del Estatuto Básico del Empleado Públicos, aprobado
por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Tercero. El artículo 127.1 h) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
establece que corresponde a la Junta de Gobierno
Local, entre otras atribuciones, aprobar las bases de la
convocatoria de selección y provisión de puestos de
trabajo. En el mismo sentido se pronuncia el artículo
48, letra “q”, del Texto Refundido del Reglamento
Orgánico del Gobierno y de la Administración del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
En base a lo cual la revocación de la convocatoria
y las bases que deben regir la configuración de una
lista de reserva de técnico medio de recursos para el
nombramiento como personal laboral temporal en
el OAC corresponde a la Junta de Gobierno de la
Ciudad. Pero considerando que con fecha de 23 de
diciembre de 2016 se publicó en la página web del
Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife la
Resolución por la que se aprobó la relación definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos, y así como la
fecha y lugar para la celebración del primer ejercicio
de la oposición, siendo esta el 25 de enero de 2017,
se estima conveniente aprobar la referida revocación
mediante Resolución de la Presidencia del OAC,
dando cuenta posteriormente a la Junta de Gobierno
de la Ciudad, a efectos de su ratificación, todo ello
conforme al artículo 52.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
16882 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 22, lunes 20 de febrero de 2017
A la vista de lo expuesto y visto los fundamentos
jurídicos de aplicación por el presente vengo en:
Disponer:
Primero. Revocar la convocatoria y las bases que
deben regir la configuración de una lista de reserva
de Técnico Medio de Recursos Humanos para el
nombramiento como personal laboral temporal en el
Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento
de Santa Cruz de Tenerife aprobadas por la
Junta de Gobierno de la Ciudad en sesión ordinaria
celebrada el día 3 de octubre de 2016, y publicadas
en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz
de Tenerife, nº 123, de 12 de octubre de 2016.
Segundo. Devolver a los/as interesados/as la documentación
presentada en su momento junto con la
instancia para participar en la referida convocatoria,
así como, en su caso, el importe de la tasa abonada.
A tal efecto los interesados deberán presentar la
correspondiente solicitud de devolución de la documentación
y de la tasa en la Oficina de Registro del
Organismo Autónomo de Cultura o mediante la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, especificando el
número de cuenta y entidad bancaria donde proceder
el Organismo a la referida devolución.
Tercero. Dar cuenta de la Resolución que, en su
caso, se apruebe a la Junta de Gobierno de la Ciudad
a efectos de su ratificación. Y una vez ratificada
la misma por la Junta de Gobierno notificarla a la
Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del
Gobierno de Canarias.
Cuarto. Publicar la Resolución, que en su caso se
apruebe, en el Boletín Oficial de la Provincia, en
la Página Web del Excmo. Ayuntamiento de Santa
Cruz de Tenerife y en el Tablón de Anuncios de la
Corporación.
Quinto. Tramitar el correspondiente expediente
para aprobar la convocatoria y las bases para la configuración
de una lista de reserva de Técnico Medio
de Recursos Humanos del Organismo Autónomo de
Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de
Tenerife teniendo en cuenta las indicaciones establecidas
por la Consejería de Presidencia, Justicia e
Igualdad del Gobierno de Canarias recogidas en el
presente expediente.”
En Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 2017.
La Presidencia del Organismo Autónomo de Cultura,
José Carlos Acha Domínguez.
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