martes, 7 de febrero de 2017

Bases de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Trabajo de Administrativo (PUERTO DEL ROSARIO)

En el BOP del 6/02 se ha publicado en las páginas 4885-4889:

Amedio del presente se hace de público conocimiento que porla Sra.Concejala Delegada de Personalse dictó la resolución número 214 de fecha 30 de enero de 2017, cuya parte dispositiva establece lo siguiente: PRIMERO. Aprobar las Bases Específicas de la convocatoria para la creación de una Bolsa de Trabajo de Administrativo del Ayuntamiento de puerto del Rosario,según el texto que a continuación se detalla: BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE ADMINISTRATIVO EN EL AYUNTAMIENTO DE PUERTO DEL ROSARIO. OBJETO DE LACONVOCATORIA: La presente Basestienen por objeto la selección de personal para la creación de una Bolsa de Trabajo de ADMINISTRATIVO, a los efectos de su nombramiento interino o contratación temporal y contratación de relevo por jubilación parcial (en este último nombramiento el trabajador deberá estar en situación de desempleo en el momento del llamamiento), así como reunir cualquier otra circunstancia que precise la normativa específica de aplicación en las plazas, puestos o categorías profesionales que se determinen en cada Convocatoria, demodo que permita cubrirlas eventuales necesidades que demande el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, así como para la cobertura de las vacantes que se precisen. BASES QUE REGIRÁN EN EL PROCESO SELECTIVO: El proceso selectivo se regirá por lo establecido en las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario aprobadas por Decreto de la Sra. Concejala de Personal número 2.638 de 11 de mayo de 2012, y publicadas en elBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 66 de 23 de mayo de 2012, modificadas posteriormente por Decreto número 3.602 de 16 de julio de 2012, publicado en el BOP número 97 el día 30 de julio de 2012; y por Decreto 4.486 de 26.07.2013, publicado en el BOP de Las Palmas el día 31 de julio de 2013, ) y mediante Decreto 827 de 21.03.2014 (publicado en el BOP de Las Palmas el día 26.03.2014); así como por lo establecido en las presentes Bases Específicas. LUGAR DEL PUESTO DE TRABAJO: Ayuntamiento de Puerto del Rosario. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para ser admitido/a a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudeslos establecidos en la Base Cuarta de las Bases Generales para la Creación deBolsas de Trabajo, conCarácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas. SOLICITUDES: Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria, deberán hacerlo cumplimentando el impreso establecido por el Ayuntamiento de Puerto del Rosario, que les será facilitado en el Servicio de Atención Ciudadana, o bien a través de la página web: http:/puertodelrosario.org El impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada. La solicitud de participación deberá ir acompañada, necesariamente: - Del justificante que acredite el abono de la tasa por derechos de examen. - Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, lunes 6 de febrero de 2017 4885 española. Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia compulsada del documento que acredite la misma. -Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse del original para su compulsa) del título de Bachiller, Formación Profesional de 2º grado o equivalente, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá aportar la credencial que acredite su homologación. - Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario delservicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública. - Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad para el desempeño de cargo público o empleo público. La fecha límite para la alegación y acreditación de méritos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En ningún caso se valorarán méritos no acreditados documentalmente en la forma indicada, aunque hubieran sido debidamente alegados. PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de presentación de solicitudes será en el plazo de DIEZ DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria específica en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión del aspirante al proceso selectivo. LUGAR DE PRESENTACIÓN: El impreso de solicitud con su copia, debidamente cumplimentados, así como los documentos anteriormente reseñadosse presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Puerto delRosario (Servicio de AtenciónCiudadana). Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16, apartado 4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Aquellos aspirantes que presenten la documentación en otro registro distinto del Ayuntamiento de Puerto del Rosario deberán remitir la instancia registrada por fax al número: 928.850.277. Atal efecto se entenderá que la hora de terminación del plazo será la hora de cierre de la oficina de Correos del último día de presentación de solicitudes. ADMISIÓN DE ASPIRANTES: Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de cinco días naturales, aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de TRES DÍAS NATURALES para la presentación de reclamaciones o subsanar los posibles defectos que hayan motivado la exclusión del aspirante,siempre que los mismossean subsanables, sirviendo a tales efectos la publicación de la lista provisional con indicación de los defectos observados, como requerimiento expreso para que se lleve a cabo la subsanación de los mismos. En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos, que se hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento y en ella se fijará, asimismo, el lugar, fecha y hora de comienzo del ejercicio práctico de la fase de oposición. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos. TRIBUNAL DE SELECCIÓN: El Tribunal Calificadorserá designado por el Alcalde-Presidente de la Corporación y compuesto por un Presidente, un Secretario y cuatro vocales, entre funcionarios de Carrera o personal laboral fijo de las distintas Administraciones Públicas y su actuación se regirá por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas. La totalidad de los miembros del TribunalCalificador, excepto el Secretario, deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para concurrir a la convocatoria específica y que sean del área de conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los aspirantes. 4886 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, lunes 6 de febrero de 2017 La designación de los miembros del Tribunalse hará pública en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento, conjuntamente con la exposición de la lista definitiva de admitidos al proceso selectivo correspondiente. SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará por el sistema de oposición, ya que la naturaleza de la plaza convocada y de las funciones a desempeñar, hacen que éste sea el sistema de selección más adecuado. Consistirá en la realización de un ejercicio obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes, por lo que tendrá carácter eliminatorio, en elsupuesto que no se obtenga la calificación mínima señalada. La puntuación máxima de la oposición será de 10 puntos, debiéndose obtener, almenos, una puntuación de 5 puntos.El ejercicio será adecuado al puesto a cubrir, estará relacionado con el temario que figura en la convocatoria, y constará de: - Un cuestionario de 50 preguntas con respuestas múltiples,siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las preguntas no contestadas y las incorrectas no se puntuarán. El tiempo máximo para la realización del ejercicio completo será de una hora y media. Concluido el ejercicio, y una vez procedido a la calificación del ejercicio correspondiente, el Tribunal hará públicas en el lugar de su celebración, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días naturales, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. CERTIFICADO MÉDICO: Los aspirantes que aprueben las pruebas y formen parte de la lista definitiva propuesta por el Tribunal calificador, deberán presentar Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto médico físico que imposibilite para el normal ejercicio de lasfunciones propias del puesto de trabajo o categoría profesional a la que se pretende acceder, expedido por un colegiado en ejercicio, en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación en elTablón deAnuncios delAyuntamiento y en la web del mismo del acta definitiva donde figure dicha lista. La no presentación de dicha documentación en dicho plazo significará el decaimiento del interesado de la lista y no se le incluirá en la lista a aprobar según el punto siguiente. CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación final vendrá determinada por la puntuación obtenida en la fase de oposición. Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación en elsistema de oposición, el desempate se resolverá el orden mediante sorteo público. Concluido el proceso selectivo, los Tribunales harán públicaslasrelaciones de candidatos, por el orden de puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación obtenida en los diferentes apartados y la puntuación total. Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia se aprobará y ordenará publicar la lista definitiva, quedando constituidas las bolsas de trabajo a los efectos de nombramientos, contratacionestemporales o contratos de relevo, en las plazas, puestos o categorías profesionales a las que se refiere cada Convocatoria. Dicha aprobación se publicará en el Tablón de Anuncios y en la página web del Ayuntamiento, indicando los lugares en los que se encuentran expuestas las relaciones de candidatos incluidos en las expresadas bolsas de trabajo. La incorporación para ocupar un puesto de trabajo se realizará por orden decreciente,según la puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo. DERECHOS DE EXAMEN: Los aspirantes deberán abonar 30 Euros por derecho de examen. Se deberá abonar, o en su caso, acreditar documentalmente su exención como se expone en esta convocatoria, en el plazo de presentación de instancias, sin que sea susceptible de ingreso, en el plazo de subsanación a que hace referencia la Base Séptima de “las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario” de conformidad con el artículo 26.1 delReal DecretoLegislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Su importe se hará efectivo mediante ingreso o transferencia en la Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, lunes 6 de febrero de 2017 4887 cuenta corriente núm. ES2930586118242720001590 de la entidad Cajamar, Sucursal de Puerto del Rosario, sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros medios de conformidad con el Art.16 de la Ley 39/2016, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cuando el ingreso se realiza por cualquier otro medio deberá ir dirigido a la siguiente dirección: “Ilmo.Ayuntamiento de Puerto delRosario.Convocatoria para la Creación de una Bolsa de Trabajo de Administrativo, calle Virgen del Rosario, esquina Fernández Castañeyra, Puerto del Rosario”. No se efectuarán devoluciones de losimportes abonados por este concepto, salvo lo dispuesto infra para el caso. En la documentación acreditativa de haber abonado los derechos de examen que se aportará junto con la instancia, deberá hacerse referencia, en todo caso, a los siguientes extremos: 1. La convocatoria pública para la que se solicita su participación y para la que se ha abonado los derechos de examen. 2. Nombre y apellidos, así como número del D.N.I., pasaporte oTarjeta de identidad del aspirante que solicita participar en la convocatoria de referencia que en todo caso, ha de coincidir con la persona que realiza el abono de los derechos de examen, o para el caso de que no sea el aspirante que solicita ser admitido para participar en la pruebasselectivas deberá indicarse expresamente el aspirante a favor de quien se realiza el abono de las tasas. Para el supuesto de giro postal o telegráfico o transferencia, el propio opositor, hará constar en el espacio de la solicitud destinado para ello, la clase de giro o transferencia,su fecha y su número. En ningún caso la presentación y pago en la entidad colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud. - Exenciones: Están exentas del pago de las tasas o derechos de examen las personas que se encuentren en algunos de los siguientes supuestos, que deberán acreditar, necesariamente, en el plazo de presentación de instancias: 1. Quienes posean una discapacidad física, psíquica o sensorial, igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar mediante la aportación del certificado oficial correspondiente o resolución oficial de su reconocimiento. 2. Quienes figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de UN MES anterior a la fecha de la publicación de de la convocatoria en el boletín oficial de la provincia. Serán requisitos para el disfrute de la exención que en el plazo de que se trate no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado nise hubiere negado a participar,salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en computo mensual, al salario mínimo interprofesional, que se acreditarámediante certificación de las oficinas de los Servicios Públicos de Empleo, y la acreditación de las rentas se realizará mediante declaración jurada o promesa escrita del solicitante de que carece de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Ambos documentos se deberán acompañar a la solicitud, dentro del plazo establecido al efecto, o en su caso en el plazo de subsanación de solicitudes a que hace referencia la base quinta de las presentes Reglas Genéricas. 3. Los miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, la cualse acreditará mediante el título oficial expedido por el órgano competente. - Devoluciones: Procederá la devolución de los derechos de examen en los siguientes casos: - Cuando el aspirante abone los derechos de examen y posteriormente no presente solicitud de participación en la convocatoria pública. - Cuando el aspirante abone los derechos de examen y posteriormente, acredite estar exento del pago de los mismos, de conformidad con lo expuesto. - Cuando el aspirante haya efectuado un ingreso por importe superior al establecido en la convocatoria; en este caso,se procederá a la devolución de la diferencia. - Cuando el aspirante haya abonado los derechos de examen una vez concluido el plazo de presentación de instancias. No procederá la devolución de los derechos de examen cuando el aspirante sea excluido del proceso selectivo por causa imputable almismo, o cuando siendo admitido no participe en el proceso selectivo por causas ajenas a este Ayuntamiento. PUBLICIDAD: Los actos administrativos y demás anuncios preceptivos, que lo precisen y se deriven de 4888 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 16, lunes 6 de febrero de 2017 este procedimiento, se publicarán en el Tablón de Anuncios y en la página web del Iltmo. Ayuntamiento de Puerto delRosario (http://www.puertodelrosario.org). RÉGIMEN DE RECURSOS: La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella podrán ser impugnados en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ANEXO I TEMARIO TEMA 1. La organización municipal. Órganos necesarios: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, El pleno y la Junta de Gobierno local. Órganos complementarios: comisiones informativas y otros órganos. TEMA 2. Régimen jurídico del personal de las Entidades Locales: Derechos y deberes. Régimen disciplinario. Situaciones Administrativas. Incompatibilidades. TEMA3. Losinteresados: Clases. Derechos de las personas en sus relaciones con las administraciones públicas. TEMA 4. Los interesados en el procedimiento administrativo: Concepto, identificación, firma y capacidad de obrar el interesado. TEMA 5. Normas generales de Actuación en la actividad de la Administración Pública. TEMA6. El procedimiento administrativo:Concepto y clases. Lasfases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. TEMA7.El acto administrativo:Concepto,requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad. TEMA8. Losrecursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. TEMA9. Funcionamiento de los órganos colegiados: Régimen,secretario, convocatorias y sesiones y actas. TEMA 10. Funcionamiento electrónico del sector público: la sede electrónica, portal internet, sistemas de identificación de las Administraciones Públicas. Actuación Administrativa automatizada, Firma electrónica del personal al servicio de las Administraciones Públicas, Intercambio electrónico de datos en entornos cerrados de comunicación, Aseguramiento e interoperabilidad de la firma electrónica. Archivo electrónico de documentos. TEMA 11. Prevención de Riesgo Laborales. Conocimientos Básicos TEMA12.Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal. Disposiciones Generales: Definiciones. Principios de la protección de datos: Calidad de los datos, derecho de información en la recogidas de datos, consentimiento del afectado, datos especialmente protegidos, deber de secreto. TEMA 13. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública yBuen Gobierno: Ámbito subjetivo de aplicación.La Publicidad activa. TEMA 14. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública yBuen Gobierno: Derecho de acceso a la información Pública. Ejercicio del derecho de acceso a la información pública. Régimen de impugnaciones. SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, así como en la web y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Puerto del Rosario. TERCERO. Dar traslado de la presente Resolución al Departamento de Personal,Comité de Empresa,Junta de Personal, así como al Pleno de la Corporación, para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que se hace público para su general conocimiento. Puerto del Rosario, a treinta y uno de enero de dos mil diecisiete. LACONCEJALADELEGADADE PERSONAL, Vanessa López Pérez.

No hay comentarios:

Publicar un comentario