En el BOP del 23/12 se ha publicado en las páginas 12787-12800:
El 1 de diciembre de 2016,se dictó Resolución de Alcaldía número 2016/3243, cuyo contenido es elsiguiente:
“En uso de las facultades que me confieren las disposiciones vigentes y teniendo en cuenta lo establecido en
las bases y convocatoria de ocho plazas de policía local, cuyas bases fueron aprobadas por decreto 2016/1527
(BOP 69 de 8 de junio) HE RESUELTO:
PRIMERO. Que finalizado el plazo de reclamaciones a la lista provisional y resueltaslasreclamacionesformuladas,
aprobar la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, quedando como sigue:
(..)
CUARTO. Publíquese la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as en el Boletín Oficial de la Provincia,
en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Agüimes en la página web municipal.
Contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de DOS MESES, contados
desde el día siguiente al de la recepción de su notificación, Recurso Contencioso-Administrativo ante elJuzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo establecido en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en
concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
No obstante, con carácter potestativo y previo al Recurso Contencioso-Administrativo,señalado en el párrafo
anterior, contra el acto expreso que se le notifica, podrá usted interponer Recurso de Reposición, ante el mismo
órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES, que se contará desde el día siguiente al de la fecha de la
recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124.1 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tenor del
apartado 2 del artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, el plazo máximo para dictar y notificar la resolución del recurso de reposición
será de UN MES.
Porsu parte contra la desestimación expresa o presunta del Recurso de Reposición referido, podrá usted interponer
RecursoContencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente al de la notificación
de la resolución desestimatoria, cuando esta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de SEIS MESES a
contar desde el día siguiente a la fecha en que el referido Recurso de Reposición deba entenderse desestimado
por silencio administrativo, de conformidad con el artículo 24.1, párrafo tercero, de la Ley referida, en cuyo
caso se producirá silencio administrativo desestimatorio, y podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas que por reparto corresponda, a tenor de lo
establecido en el artículo 46 de laLey 29/1998, de 13 de julio,Reguladora de la JurisdicciónContencioso-Administrativa,
en concordancia con el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor
defensa de sus derechos.
Lo manda y firma en la Villa de Agüimes, a 1 de diciembre de dos mil dieciséis.”
Lo cual se hace público para su general conocimiento.
Villa de Agüimes, a catorce de diciembre de dos mil dieciséis
EL ALCALDE-PRESIDENTE, Óscar Hernández Suárez.
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