sábado, 3 de diciembre de 2016

RESOLUCIÓN de 16 de noviembre de 2016, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que amplía la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad para 2016. (UNIVERSIDAD LAS PALMAS DE GRAN CANARIA)

En el BOC del 29/11 se ha publicado:


El Consejo de Gobierno de esta Universidad, en sesión celebrada el 17 de octubre de 2016, adoptó, entre otros, el Acuerdo de ampliación de la oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad para 2016, condicionado a la creación de la Escala de Letrados y a la modificación puntual del la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios.
La creación de la Escala de Letrados se aprobó en la misma sesión del Consejo de Gobierno de 17 de octubre de 2016. La aprobación de la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 222, de 16 de noviembre de 2016.
Cumplidas ambas condiciones, y en ejecución del mandato conferido en el apartado cuarto del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno,
R E S U E L V O:
Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el siguiente
"ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA POR EL QUE SE AMPLÍA LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO DE PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS DE ESTA UNIVERSIDAD PARA 2016.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria de 17 de febrero de 2016 se aprobó la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad para 2016 (BOC nº 43, de 3.3.16), integrada por once plazas de funcionarios y treinta y una plazas de laborales, todas ellas a proveer por el sistema de promoción interna.
El artículo 20.Uno.2.J) de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, fija la Oferta de Empleo Público en el ámbito de la Universidades Públicas en el 100% de la tasa de reposición de efectivos de las plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios y de Personal de Administración y Servicios, determinada en la forma establecida en el punto 4 de dicho artículo 20.Uno, que establece que para calcular la tasa de reposición de efectivos, el porcentaje máximo a que se refiere el apartado anterior se aplicará sobre la diferencia resultante entre el número de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario de 2015, dejaron de prestar servicios en cada uno de los sectores, ámbitos, cuerpos o categorías, previstos en el apartado anterior y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en los mismos, en el referido ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público, o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A estos efectos, se computarán los ceses en la prestación de servicios por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia, declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo o en cualquier otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa.
No computarán dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
De acuerdo con lo señalado en los párrafos anteriores, la tasa de reposición de efectivos de las plazas de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad para 2016 asciende a catorce plazas, cuatro de personal funcionario y diez de personal laboral.
Las carencias del personal de Administración y Servicios que se han ido acumulando en los años de congelación o limitación de las Ofertas de Empleo Público, aconsejan aprovechar al máximo las posibilidades de acceso de personal externo que permite la legislación vigente, y convocar los procesos de consolidación de empleo legalmente permitidos, con la finalidad de paliar en lo posible las indicadas carencias, a la par que atender a las lógicas expectativas de estabilidad del personal temporal.
Se ha cumplido con el requisito de negociación previsto en el Capítulo IV del Título III del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el artículo 184.1 de los vigentes Estatutos de esta Universidad. Por su parte, el Servicio Jurídico ha evacuado informe favorable.
En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 17 de octubre de 2016, adopta el siguiente
ACUERDO:
Primero.- Ampliación de la Oferta de Empleo Público.
Se amplía la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para 2016, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad de 17 de febrero de 2016 y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 43, de 3 de marzo de 2016, en los términos que se establecen en el presente Acuerdo.
Segundo.- Cuantificación de la ampliación de la Oferta de Empleo Público.
La ampliación de la Oferta de Empleo Público está integrada por catorce plazas, cuatro de personal funcionario y diez de personal laboral, correspondientes a las escalas funcionariales y a los grupos y especialidades laborales que se señalan en el anexo.
Tercero.- Procedimiento de acceso.
Las plazas objeto de la presente ampliación de Oferta de Empleo Público se proveerán por el sistema de acceso libre, que serán convocados por el procedimiento de consolidación de empleo previsto en la Disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público.
Cuarto.- Publicidad.
Por la Sra. Rectora Magnífica se procederá a la publicación del presento Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias".
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de noviembre de 2016.- La Rectora Accidental (suplencia por vacante), la Vicerrectora de Comunicación, Calidad y Coordinación Institucional en funciones, Trinidad Arcos Pereira.
Ver anexo en las páginas 33261-33261 del documento Descargar

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