En el BOP del 31/10 se ha publicado en las páginas 10477 y ss:
En ejecución de lo establecido en los artículos 43
y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas,se hace pública la resolución
de la Directora General de Administración Pública
registrada en el Libro de Resoluciones y Decretos con
número 32.588/2016, de 25 de octubre, por la que se
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 31 de octubre de 2016 10477
aclaran los criterios de puntuación contenidos en la
base quinta (sistema selectivo) contenida en las bases
específicas que han de regir el proceso selectivo para
la generación de listas de reserva de la categoría de
Técnico Medio de Acción Social del Ayuntamiento
de Las Palmas de Gran Canaria.
“RESOLUCIÓN DE LADIRECTORAGENERAL
DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA POR LA qUE
SE ACLARAN LOSCRITERIOS DEPUNTUACIÓN
CONTENIDOS EN LABASE qUINTA(SISTEMA
SELECTIVO) CONTENIDA EN LAS BASES
ESPECÍFICAS qUE HAN DEREGIRELPROCESO
SELECTIVO PARALAGENERACIÓN DE LISTAS
DE RESERVADE LACATEGORÍADE TÉCNICO
MEDIO DE ACCIÓN SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO
DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Por resolución número 10.829, de 18
de abril, de la Dirección General de Administración
Pública, fueron aprobadas las bases específicas por
las que ha de regirse el proceso selectivo para la
generación de una lista de reserva de Técnico Medio
de Acción Social. La convocatoria y bases aparecen
publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia
número 48, de 20 de abril de 2016.
SEGUNDO: Seguidoslostrámites pertinentes, por
resolución número 31.734/2016, de 20 de octubre,resultó
aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos
y excluidos, la concreta composición del Tribunal de
valoración y la fecha del primer ejercicio.
TERCERO: Constituido el Tribunal con fecha 24
de octubre de 2016,se trató como punto del orden del
día tercero “aclaraciones previas del Tribunal a algunas
de las bases de la convocatoria, por contradictorias,
se acordó elevar al órgano convocante la petición de
que se aclarase la base quinta de la convocatoria, en
el concreto apartado que dice:
“quinta. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes
será el concurso-oposición, siendo la puntuación
máxima del proceso selectivo de 14 puntos, de los cuales
10 corresponderán a la fase de oposición y 4 a la fase
de concurso.
a) FASE DE OPOSICIÓN (puntuación máxima 10
puntos)
La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Estará formado por dos partes, que
a continuación se indican,siendo ambas obligatorias
y eliminatorias.
a) Primera parte: consistirá en contestar por escrito
un cuestionario de un máximo de setenta preguntas
que versarán sobre las materias previstas en el programa
recogido Anexo I.
b) Segunda parte: Consistirá en la relación de un
test psicotécnico de evaluación de la inteligencia
general que consta de 50 ejercicios. Se consideran aptos
aquellos aspirantes que respondan 20 o más preguntas
de manera correcta (correspondencia con el percentil
55 del baremo de adultos de la prueba aplicada)
(…).
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de
uno o varios supuestos prácticos, directamente
relacionados con el puesto de trabajo objeto de la lista
de reserva, durante un tiempo máximo de dos horas.
El Tribunal valorará la capacidad de análisis y la
aplicación razonada de los conocimientos teóricos a
la resolución de los problemas prácticos planteados,
así como la claridad de ideas, la capacidad de síntesis
y rigor en la exposición, además de la expresión
escrita y la ortografía.
El ejercicio será leído por el Tribunal, debiéndose
garantizar el anonimato de los aspirantes.
Calificación de los ejercicios de la oposición:
El Tribunal Calificador fijará y publicará con
antelación a la realización del primer ejercicio la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en la primera
parte para que pueda evaluarse la segunda parte.
Igualmente fijará y publicará con antelación la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en elsegundo
ejercicio para superar el mismo.
1. Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de
0 a 60 puntos, calificándose hasta 45 puntosla primera
parte y hasta 15 puntos la segunda.
2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos.
3. La calificación final de las pruebas vendrá
determinada porla suma de las puntuaciones obtenidas
10478 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 31 de octubre de 2016
en los distintos ejercicios. Se publicará una lista con
el orden definitivo de los aspirantes que hayan superado
la fase oposición.
En elsupuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran
la misma puntuación total, se deshará el empate
atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el ejercicio
primero y en el segundo ejercicio, por este orden.”
La aclaración que se interesa lo es en cuanto a la
calificación total de la fase de oposición, puesto que
la de concurso queda claro que es de 4 puntos, ya que
en la primera parte de la base se indica que los
ejercicios de la fase de oposición tendrán una puntuación
máxima total de 10 puntos (en la suma de los tres
ejercicios que la integran), en tanto que en el apartado
de la misma base que figura como “calificación de
los ejercicios de la oposición”,se dice que la puntuación
total de la misma será de 100 puntos, integrados por
los 60 puntos correspondientes al primer ejercicio (tipo
test (45 puntos) y psicotécnico (15 puntos)) y los 40
puntos del segundo ejercicio práctico.
En la misma sesión del Tribunal se acuerda que el
primer ejercicio conste de 60 preguntas, valoradas cada
una de ellas en 0,75 puntos, de manera que el resultado
final con el total de respuestas correctassea de 60 puntos,
fijándose en 36 preguntas correctas la nota de corte
del ejercicio tipo test, que asciende a 27 puntos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. Normativa aplicable
- Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento General de Ingreso.
- Ley 39/2015, de 2 de octubre, de Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
II. Consideraciones Jurídicas
Primera. Del fondo de las cuestiones planteadas
Un examen detenido de lasBases permite comprobar
que en el presente caso se ha incurrido en manifiesto
error de hecho, de carácter material, al establecerse
dos criterios de puntuación que pueden inducir a
error tanto al Tribunal de Selección, como a los
aspirantes. No se trataría en el presente caso de llevar
a cabo modificaciones de las bases,sino de corregirlas
y aclararlas para garantizar no sólo el buen
funcionamiento del proceso selectivo, sino también
los derechos de los aspirantes, permitiendo que éstos
conozcan en todo momento a qué atenerse.
En tal sentido dice el artículo 15.4 del Reglamento
General de Ingreso que “las convocatorias o sus
bases, una vez publicadas, solamente podrán ser
modificadas con sujeción estricta a las normas de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún”.
Acudiendo a la Ley 39/2015, de Procedimiento
Administrativo, que sustituye a la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo, referida en el citado
artículo, podemos comprobar que el artículo 109.2
contempla la posibilidad de que las Administraciones
Públicas, en cualquier momento, de oficio o a instancia
de parte, rectifiquen los errores materiales en que
haya podido incurrir, al dictar los respectivos actos
administrativos. Tal posibilidad ya venía igualmente
contemplada por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
Si se tiene en cuenta que en el presente caso lo que
se pretende es establecer un criterio que proporcione
seguridad jurídica al tribunal y a los aspirantes,
procede llevar a cabo la rectificación y aclaración
interesadas por el órgano de valoración, de manera
que donde dice:
“quinta. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes
será el concurso-oposición, siendo la puntuación
máxima del proceso selectivo de 14 puntos, de los cuales
10 corresponderán a la fase de oposición y 4 a la fase
de concurso.
a) FASE DE OPOSICIÓN (puntuación máxima 10
puntos)
La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Estará formado por dos partes, que
a continuación se indican,siendo ambas obligatorias
y eliminatorias.
a) Primera parte: consistirá en contestar por escrito
un cuestionario de un máximo de setenta preguntas
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 31 de octubre de 2016 10479
que versarán sobre las materias previstas en el programa
recogido Anexo I.
b) Segunda parte: Consistirá en la relación de un
test psicotécnico de evaluación de la inteligencia
general que consta de 50 ejercicios. Se consideran aptos
aquellos aspirantes que respondan 20 o más preguntas
de manera correcta (correspondencia con el percentil
55 del baremo de adultos de la prueba aplicada)
(…).
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de
uno o varios supuestos prácticos, directamente
relacionados con el puesto de trabajo objeto de la lista
de reserva, durante un tiempo máximo de dos horas.
El Tribunal valorará la capacidad de análisis y la
aplicación razonada de los conocimientos teóricos a
la resolución de los problemas prácticos planteados,
así como la claridad de ideas, la capacidad de síntesis
y rigor en la exposición, además de la expresión
escrita y la ortografía.
El ejercicio será leído por el Tribunal, debiéndose
garantizar el anonimato de los aspirantes.
Calificación de los ejercicios de la oposición:
El Tribunal Calificador fijará y publicará con
antelación a la realización del primer ejercicio la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en la primera
parte para que pueda evaluarse la segunda parte.
Igualmente fijará y publicará con antelación la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en elsegundo
ejercicio para superar el mismo.
1. Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de
0 a 60 puntos, calificándose hasta 45 puntosla primera
parte y hasta 15 puntos la segunda.
2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos.
3. La calificación final de las pruebas vendrá
determinada porla suma de las puntuaciones obtenidas
en los distintos ejercicios. Se publicará una lista con
el orden definitivo de los aspirantes que hayan superado
la fase oposición.
En elsupuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran
la misma puntuación total, se deshará el empate
atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el ejercicio
primero y en el segundo ejercicio, por este orden.”
Debe decir:
“quinta. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes
será el concurso-oposición, siendo la puntuación
máxima del proceso selectivo de 104 puntos, de los
cuales 100 corresponderán a la fase de oposición y
4 a la fase de concurso.
a) FASE DE OPOSICIÓN (puntuación máxima
100 puntos)
La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Estará formado por dos partes, que
a continuación se indican,siendo ambas obligatorias
y eliminatorias.
a) Primera parte: consistirá en contestar por escrito
un cuestionario de un máximo de setenta preguntas
que versarán sobre las materias previstas en el programa
recogido Anexo I.
b) Segunda parte: Consistirá en la relación de un
test psicotécnico de evaluación de la inteligencia
general que consta de 50 ejercicios. Se consideran aptos
aquellos aspirantes que respondan 20 o más preguntas
de manera correcta (correspondencia con el percentil
55 del baremo de adultos de la prueba aplicada)
(…).
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de
uno o varios supuestos prácticos, directamente
relacionados con el puesto de trabajo objeto de la lista
de reserva, durante un tiempo máximo de dos horas.
El Tribunal valorará la capacidad de análisis y la
aplicación razonada de los conocimientos teóricos a
la resolución de los problemas prácticos planteados,
así como la claridad de ideas, la capacidad de síntesis
y rigor en la exposición, además de la expresión
escrita y la ortografía.
El ejercicio será leído por el Tribunal, debiéndose
garantizar el anonimato de los aspirantes.
Calificación de los ejercicios de la oposición:
El Tribunal Calificador fijará y publicará con
10480 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 31 de octubre de 2016
antelación a la realización del primer ejercicio la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en la primera
parte para que pueda evaluarse la segunda parte.
Igualmente fijará y publicará con antelación la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en elsegundo
ejercicio para superar el mismo.
1. Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de
0 a 60 puntos, calificándose hasta 45 puntosla primera
parte y hasta 15 puntos la segunda.
2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos.
3. La calificación final de las pruebas vendrá
determinada porla suma de las puntuaciones obtenidas
en los distintos ejercicios. Se publicará una lista con
el orden definitivo de los aspirantes que hayan superado
la fase oposición.
En elsupuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran
la misma puntuación total, se deshará el empate
atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el ejercicio
primero y en el segundo ejercicio, por este orden.”
Segunda. Sobre la competencia.
Corresponde la aprobación de las Bases y la
convocatoria tanto para la selección de personal de
nuevo ingreso como para la provisión de puestos de
trabajo a la Junta de Gobierno de la Ciudad, en
aplicación del artículo 127.1.h de la LRBRL, salvo
que exista acuerdo delegación expresa en un miembro
de la Junta de Gobierno Local, o en su caso, en un
concejal, coordinador general, director general u
órgano similar.
Pues bien, en tal sentido, por Acuerdo de la Junta
de Gobierno Local, número 11/2016, de 17 de marzo,
queda delegada dicha competencia en la Dirección
General de Administración Pública y, con ello, la de
cualquier acto administrativo que sea consecuencia
o se derive de la ejecución de los procesosselectivos
que se convoquen, excepto aquellos que sean competencia
del Tribunal de Selección.
De acuerdo con el informe de la Servicio deRecursos
Humanos obrante en el expediente, de fecha 25 de
octubre de 2016 y de conformidad con lo establecido
en los artículos 124.4.i), 124.4.n), 127.1.g) y 127.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de
16 de diciembre, de medidas para la modernización
del gobierno local y el artículo 60.1 del Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, este Servicio propone que
se dicte Resolución por la directora general de
Administración Pública, al amparo del Decreto del
Alcalde número 44521/2015, de 30 de diciembre,
por el que se modifica el Decreto número 21693/2015,
de 10 de julio, por el que se establecen los sectores
funcionales y la estructura del Área de Gobierno de
Nuevas Tecnologías, Administración Pública y
Deportes, determinando su estructura organizativa
de gobierno y administración, en elsiguiente sentido:
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
PRIMERO: que por la Dirección General de
Administración Pública,se dicte resolución por la que
se acuerde rectificar y aclarar la base quinta de la
convocatoria correspondiente al proceso selectivo
convocado para configurar lista de reserva en la
categoría de Técnicos Medios de Acción Social, de
tal manera que donde dice:
“quinta. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes
será el concurso-oposición, siendo la puntuación
máxima del proceso selectivo de 14 puntos, de los cuales
10 corresponderán a la fase de oposición y 4 a la fase
de concurso.
a) FASE DE OPOSICIÓN (puntuación máxima 10
puntos)
La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Estará formado por dos partes, que
a continuación se indican,siendo ambas obligatorias
y eliminatorias.
a) Primera parte: consistirá en contestar por escrito
un cuestionario de un máximo de setenta preguntas
que versarán sobre las materias previstas en el programa
recogido Anexo I.
b) Segunda parte: Consistirá en la relación de un
test psicotécnico de evaluación de la inteligencia
general que consta de 50 ejercicios. Se consideran aptos
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 31 de octubre de 2016 10481
aquellos aspirantes que respondan 20 o más preguntas
de manera correcta (correspondencia con el percentil
55 del baremo de adultos de la prueba aplicada)
(…).
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de
uno o varios supuestos prácticos, directamente
relacionados con el puesto de trabajo objeto de la lista
de reserva, durante un tiempo máximo de dos horas.
El Tribunal valorará la capacidad de análisis y la
aplicación razonada de los conocimientos teóricos a
la resolución de los problemas prácticos planteados,
así como la claridad de ideas, la capacidad de síntesis
y rigor en la exposición, además de la expresión
escrita y la ortografía.
El ejercicio será leído por el Tribunal, debiéndose
garantizar el anonimato de los aspirantes.
Calificación de los ejercicios de la oposición:
El Tribunal Calificador fijará y publicará con
antelación a la realización del primer ejercicio la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en la primera
parte para que pueda evaluarse la segunda parte.
Igualmente fijará y publicará con antelación la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en elsegundo
ejercicio para superar el mismo.
1. Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de
0 a 60 puntos, calificándose hasta 45 puntosla primera
parte y hasta 15 puntos la segunda.
2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos.
3. La calificación final de las pruebas vendrá
determinada porla suma de las puntuaciones obtenidas
en los distintos ejercicios. Se publicará una lista con
el orden definitivo de los aspirantes que hayan superado
la fase oposición.
En elsupuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran
la misma puntuación total, se deshará el empate
atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el ejercicio
primero y en el segundo ejercicio, por este orden.”
Debe decir:
“quinta. Sistema selectivo.
El procedimiento de selección de los aspirantes
será el concurso-oposición, siendo la puntuación
máxima del proceso selectivo de 104 puntos, de los
cuales 100 corresponderán a la fase de oposición y
4 a la fase de concurso.
a) FASE DE OPOSICIÓN (puntuación máxima
100 puntos)
La fase de oposición constará de los siguientes
ejercicios, que tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:
Primer ejercicio: Estará formado por dos partes, que
a continuación se indican,siendo ambas obligatorias
y eliminatorias.
a) Primera parte: consistirá en contestar por escrito
un cuestionario de un máximo de setenta preguntas
que versarán sobre las materias previstas en el programa
recogido Anexo I.
b) Segunda parte: Consistirá en la relación de un
test psicotécnico de evaluación de la inteligencia
general que consta de 50 ejercicios. Se consideran aptos
aquellos aspirantes que respondan 20 o más preguntas
de manera correcta (correspondencia con el percentil
55 del baremo de adultos de la prueba aplicada)
(…).
Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de
uno o varios supuestos prácticos, directamente
relacionados con el puesto de trabajo objeto de la lista
de reserva, durante un tiempo máximo de dos horas.
El Tribunal valorará la capacidad de análisis y la
aplicación razonada de los conocimientos teóricos a
la resolución de los problemas prácticos planteados,
así como la claridad de ideas, la capacidad de síntesis
y rigor en la exposición, además de la expresión
escrita y la ortografía.
El ejercicio será leído por el Tribunal, debiéndose
garantizar el anonimato de los aspirantes.
Calificación de los ejercicios de la oposición:
El Tribunal Calificador fijará y publicará con
antelación a la realización del primer ejercicio la
puntuación mínima necesaria a alcanzar en la primera
parte para que pueda evaluarse la segunda parte.
Igualmente fijará y publicará con antelación la
10482 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 131, lunes 31 de octubre de 2016
puntuación mínima necesaria a alcanzar en elsegundo
ejercicio para superar el mismo.
1. Primer ejercicio: Este ejercicio se calificará de
0 a 60 puntos, calificándose hasta 45 puntosla primera
parte y hasta 15 puntos la segunda.
2. Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 40 puntos.
3. La calificación final de las pruebas vendrá
determinada porla suma de las puntuaciones obtenidas
en los distintos ejercicios. Se publicará una lista con
el orden definitivo de los aspirantes que hayan superado
la fase oposición.
En elsupuesto de que dos o más aspirantes obtuvieran
la misma puntuación total, se deshará el empate
atendiendo a las puntuaciones obtenidas en el ejercicio
primero y en el segundo ejercicio, por este orden.”
Permanecen inalterables el resto de los
pronunciamientos contenidos en la resolución que se
rectifica.
SEGUNDO: Para general y público conocimiento,
el contenido de la presente resolución se publicará
íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia, en
la web municipal y en el Tablón de Anuncios de la
Corporación.
Tratándose de un acto demero trámite, contra la anterior
resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio del
derecho de los interesados a interponer cualquier
recurso estime, le asista en derecho.
Las Palmas de GranCanaria, a 25 de octubre de 2016.
La Directora General de Administración Pública
(Acuerdo de Junta de Gobierno de 12 demayo de 2016).
MercedesCejudoRodríguez. Dada con la intervención
del Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de laCiudad de Las Palmas de GranCanaria, conforme
a lo establecido en la Disposición Adicional 8.ª de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local y el artículo 28 del Reglamento
Orgánico del Gobierno y de la Administración del
Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.
Las Palmas de GranCanaria, a 25 de octubre de 2016.
El Secretario General Técnico de la Junta de Gobierno
de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, Felipe
Mba Ebebele”
Las Palmas de Gran Canaria, a veintiséis de octubre
de dos mil dieciséis.
LA DIRECTORA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA(Acuerdo de Junta de Gobierno
de 12 de mayo de 2016), Mercedes Cejudo Rodríguez.
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