martes, 1 de noviembre de 2016

Bases específicas que han de regir la convocatoria pública del proceso selectivo para la configuración de una lista de reserva de Auxiliares Administrativos (VALLEHERMOSO)

En el BOP del 31/10 se ha publicado en las páginas 16132 y siguientes:

BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROCESO SELECTIVO, PARA LA CONFIGURACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, COMO FUNCIONARIO INTERINO O EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL TEMPORAL, EN EL AYUNTAMIENTO DE VALLEHERMOSO. PRIMERA: OBJETO. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación del procedimiento selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la configuración de una lista de reserva para realizar nombramientos como funcionario/a interino/a y como personal laboral en la categoría de Auxiliar Administrativo, encuadrada en el Grupo C, Subgrupo C2, de la escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Las contrataciones que se efectúen, en su caso, se realizarán como funcionario/a interino/a conforme a las circunstancias previstas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o como personal temporal para su contratación en régimen de derecho laboral, al amparo del artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La realización de este procedimiento selectivo se ajustará, en lo no dispuesto en estas bases, a lo establecido en las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso, publicadas en fecha de 14 de junio de 2013, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 78, así como lo dispuesto en las presentes Bases. SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en la Base Cuarta de las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, así como estar, al menos, en posesión de la siguiente titulación o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de solicitudes: - Título de graduado escolar o equivalente. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 131, lunes 31 de octubre de 2016 16133 ANUNCIO Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 19 de octubre de 2016, se aprobaron la convocatoria y las bases específicas que han de regir la convocatoria pública del proceso selectivo, para la configuración de una lista de reserva de auxiliares administrativos, como funcionario interino o en régimen de derecho laboral temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso. Se adjuntan las bases específicas que regirán la convocatoria: BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROCESO SELECTIVO, PARA LA CONFIGURACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, COMO FUNCIONARIO INTERINO O EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL TEMPORAL, EN EL AYUNTAMIENTO DE VALLEHERMOSO. PRIMERA: OBJETO. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación del procedimiento selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la configuración de una lista de reserva para realizar nombramientos como funcionario/a interino/a y como personal laboral en la categoría de Auxiliar Administrativo, encuadrada en el Grupo C, Subgrupo C2, de la escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Las contrataciones que se efectúen, en su caso, se realizarán como funcionario/a interino/a conforme a las circunstancias previstas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o como personal temporal para su contratación en régimen de derecho laboral, al amparo del artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La realización de este procedimiento selectivo se ajustará, en lo no dispuesto en estas bases, a lo establecido en las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso, publicadas en fecha de 14 de junio de 2013, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 78, así como lo dispuesto en las presentes Bases. SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en la Base Cuarta de las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, así como estar, al menos, en posesión de la siguiente titulación o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de solicitudes: - Título de graduado escolar o equivalente. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación. Dichos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de la solicitud y deberán mantenerse en el momento de la contratación. TERCERA: FORMA, LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. 3.1. Quienes deseen participar en el proceso selectivo, deberán hacerlo cumplimentando debidamente la solicitud de participación que figura como ANEXO II de estas Bases, debiendo acompañarla de la documentación relacionada en Base Sexta de las Bases Generales. Asimismo, será facilitada gratuitamente en el Registro General de la Corporación Municipal y publicada en la página web www.vallehermosoweb.es. 3.2. Las solicitudes se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esto es: a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.. b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En las oficinas de asistencia en materia de registros. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. 3.3. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del preceptivo anuncio de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. De dicho plazo se dará publicidad a través de la publicación en el Tablón de Anuncios sito en la Casa Consistorial (Plaza de La Constitución, de Vallehermoso) y en la página web municipal. CUARTA: DERECHOS DE EXAMEN. No se establecen. QUINTA: TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal Calificador será designado por el Alcalde-Presidente de la Corporación y compuesto por un Presidente, un Secretario y tres vocales, entre funcionarios de carrera o personal laboral fijo de las distintas Administraciones Públicas. Todos los miembros del tribunal deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el acceso a la plaza convocada. ANUNCIO Por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 19 de octubre de 2016, se aprobaron la convocatoria y las bases específicas que han de regir la convocatoria pública del proceso selectivo, para la configuración de una lista de reserva de auxiliares administrativos, como funcionario interino o en régimen de derecho laboral temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso. Se adjuntan las bases específicas que regirán la convocatoria: BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA DEL PROCESO SELECTIVO, PARA LA CONFIGURACIÓN DE UNA LISTA DE RESERVA DE AUXILIARES ADMINISTRATIVOS, COMO FUNCIONARIO INTERINO O EN RÉGIMEN DE DERECHO LABORAL TEMPORAL, EN EL AYUNTAMIENTO DE VALLEHERMOSO. PRIMERA: OBJETO. Constituye el objeto de las presentes bases, la regulación del procedimiento selectivo, mediante el sistema de concurso-oposición, para la configuración de una lista de reserva para realizar nombramientos como funcionario/a interino/a y como personal laboral en la categoría de Auxiliar Administrativo, encuadrada en el Grupo C, Subgrupo C2, de la escala de Administración General, Subescala Auxiliar. Las contrataciones que se efectúen, en su caso, se realizarán como funcionario/a interino/a conforme a las circunstancias previstas en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público o como personal temporal para su contratación en régimen de derecho laboral, al amparo del artículo 15 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La realización de este procedimiento selectivo se ajustará, en lo no dispuesto en estas bases, a lo establecido en las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de Vallehermoso, publicadas en fecha de 14 de junio de 2013, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife número 78, así como lo dispuesto en las presentes Bases. SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para tomar parte en las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales establecidos en la Base Cuarta de las Bases Generales para la creación de bolsas de trabajo, así como estar, al menos, en posesión de la siguiente titulación o en condiciones de obtenerla en el plazo de presentación de solicitudes: - Título de graduado escolar o equivalente. 16134 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 131, lunes 31 de octubre de 2016 La designación y funcionamiento del Tribunal Calificador se ajustará a lo establecido en las Bases Generales. SEXTA: SISTEMA SELECTIVO. El sistema selectivo será el de Concurso – Oposición, siendo la puntuación máxima alcanzable de 24 puntos. A. FASE DE OPOSICIÓN: (puntuación máxima de 20 puntos) Consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio. El programa al que han de ajustarse los ejercicios figura como ANEXO I. PRIMER EJERCICIO: De naturaleza teórica (máximo 10 puntos): Consistirá en la realización de un cuestionario compuesto de 40 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta, que versará sobre el contenido de los temas del programa que se incluye como ANEXO I a estas Bases, elaborado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización. En la calificación de este ejercicio se tendrá en cuenta que, más de una respuesta a la misma pregunta y aquellas en que la respuesta genere duda y/o no esté clara, se considerará respuesta incorrecta. Cada respuesta correcta se valorará con 0,25 puntos y las preguntas contestadas erróneamente penalizarán a razón de 0,1 puntos negativos. Se valorará entre cero y diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 40 minutos. SEGUNDO EJERCICIO: De naturaleza práctica (máximo 10 puntos): Consistirá en la realización de una prueba de carácter práctico relacionada con el contenido del temario y/o las funciones a desempeñar. Se valorará entre cero y diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar el ejercicio. La duración máxima de este ejercicio será de 60 minutos. Las calificaciones resultantes se harán públicas en el lugar de celebración, en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página web municipal (www.vallehermosoweb.es). B. FASE DE CONCURSO: (puntuación máxima de 4 puntos) La fase de concurso o valoración de méritos no tendrá carácter eliminatorio y sólo se realizará una vez celebrada la fase de oposición y respecto de los candidatos que hayan superado dicha fase; en ningún caso, podrá aplicarse la puntuación obtenida en esta fase para superar el ejercicio de la fase de oposición. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 131, lunes 31 de octubre de 2016 16135 La valoración de los méritos se realizará atendiendo a los criterios y baremos siguientes: 1. EXPERIENCIA PROFESIONAL: en puestos de trabajo similares al de la convocatoria, valorándose hasta un máximo de 2,25 puntos, distinguiéndose la misma en función de la siguiente relación: - En Administraciones Públicas: se valorará por cada mes completo de servicios efectivamente prestados, a razón de 0,09 puntos por mes. Y se acreditarán en este caso, conforme a lo siguiente: o Certificado de los servicios prestados, en el que se indicará la naturaleza jurídica de la relación, los periodos de tiempo de trabajo, categoría profesional y las funciones o tareas desempeñadas. En el caso de haber prestado servicios como auxiliar administrativo en el Ayuntamiento de Vallehermoso, el aspirante deberá solicitarlo mediante la instancia general del Ayuntamiento en el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo, y el certificado le será expedido de oficio por la Corporación. - En empresas privadas, públicas, trabajadores por cuenta propia: se valorará por cada mes completo de servicios efectivos prestados, a razón de 0,05 puntos por mes completo. En estos supuestos, la experiencia se acreditará conforme a lo siguiente: o Informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social sobre el periodo de alta y grupo de cotización. o Copia compulsada del contrato de trabajo. o En el caso de autónomos: Original o copia compulsada de su situación de alta y/o baja en el impuesto de actividades económicas, y alta y/o baja en el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social. 2. FORMACIÓN ESPECÍFICA: Se valorará hasta un máximo de 1,75 puntos de acuerdo al siguiente baremo: a. Cursos de formación y perfeccionamiento (Máximo 1 punto) o Cursos de formación cuyo contenido guarde relación con las materias relacionadas con el temario. Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por las Administraciones Públicas, Universidades, Colegios Oficiales y Centros o Entidades acogidas al Plan de Formación Continua de las Administraciones Publicas, Federación Española de Municipios y Provincias y Federación Canaria de Municipios de acuerdo con el siguiente baremo: Por asistencia/aprovechamiento…......0,005 por cada hora. 16136 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 131, lunes 31 de octubre de 2016 No se valorarán los cursos en que no se especifique el número de horas de duración del mismo. La formación se acreditará mediante la presentación de copia compulsada de diploma o documento acreditativo de la realización del curso respectivo en el que se contenga mención expresa del número de horas, contenido y fecha de celebración. b. Titulaciones (Máximo 0,75 puntos) Las titulaciones académicas, distintas a la necesaria para concurrir, se valorarán según el siguiente baremo: o Licenciado, Arquitecto, Ingeniero Superior o equivalente: 0,75 puntos. o Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente: 0,5 puntos. o Bachillerato, Técnico o equivalente: 0,15 puntos. La lista provisional que contenga la valoración de los méritos se hará pública en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en la página web municipal (www.vallehermosoweb.es). Esta lista será formulada por el Tribunal Calificador a partir del modelo de autobaremación (ANEXO III) que aporte el aspirante. A los efectos de tener en cuenta cada uno de los méritos alegados, se establece como fecha límite el último día de plazo de presentación de solicitudes. En cualquier caso, no serán tenidos en cuenta los méritos contemplados en el sistema de autobaremación que no se acrediten documentalmente. SÉPTIMA: CALIFICACIÓN FINAL DEL CONCURSO-OPOSICIÓN. La calificación final será la resultante de sumar a la nota obtenida en la fase de oposición, la puntuación resultante de la fase de concurso. En los casos de empate en la puntuación final del concurso-oposición entre dos o más aspirantes, éste se resolverá aplicando los siguientes criterios. En primera instancia, el desempate se resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de oposición, según lo dispuesto en la base general 11.4. Si todavía así persiste el empate, entonces éste se resolverá de la siguiente forma: Se atenderá, en primer lugar, a la puntuación obtenida en el ejercicio teórico de la fase de oposición. De persistir el empate, se acudirá, en segundo lugar, a la puntuación obtenida en el ejercicio práctico de la fase de oposición. Si en la prueba práctica de la fase de oposición existiese empate entre dos o más aspirantes, aquél se resolverá a favor de quien hubiese tenido mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional de la fase de concurso. Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 131, lunes 31 de octubre de 2016 16137 Si una vez aplicado el criterio anterior, persiste el empate, el mismo se resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor puntuación en el apartado de formación de la fase de concurso. Si una vez aplicados los criterios anteriores, persistiera aún el empate, en la sesión o reunión en la que deba aprobarse la calificación definitiva de los aspirantes y levantar así el acta final por parte del Tribunal Calificador, este último procederá a realizar un sorteo alfabético que determinará finalmente el orden de prelación. OCTAVA: ORDEN DEFINITIVO DE LOS ASPIRANTES APROBADOS. El orden definitivo de los aspirantes seleccionados estará determinado por la puntuación final obtenida en el concurso-oposición, una vez resueltos los posibles casos de empate, atendiendo a lo establecido en el apartado anterior. El funcionamiento de la lista de reserva constituida se regirá por lo dispuesto a tales efectos en las bases generales. 16138 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 131, lunes 31 de octubre de 2016 ANEXO I. TEMARIO Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. Derechos y deberes fundamentales. La Organización Territorial del Estado en la Constitución Española. Las Comunidades Autónomas. Tema 2. El acto administrativo: delimitación conceptual y elementos. Clasificación de los actos administrativos. Requisitos: motivación y forma. Tema 3. La eficacia, notificación y publicación de los actos administrativos. Invalidez de los actos administrativos. Nulidad y anulabilidad de los actos. Irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. Tema 4. El procedimiento administrativo común: disposiciones generales y fases del procedimiento administrativo. Términos y plazos. Tema 5. De la revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Recursos administrativos. Tema 6. La organización municipal. Los órganos fundamentales: el Alcalde, los Tenientes de Alcalde, el Pleno y la Junta de Gobierno Local. Régimen de funcionamiento de los órganos colegiados. Tema 7. El municipio: concepto y elementos. El término municipal: la creación y supresión de municipios. Tema 8. Las competencias de las entidades locales. Tema 9. Los bienes de las Entidades Locales. Clases. Dominio público local. El patrimonio de las entidades locales. Tema 10. Las Haciendas Locales. Clases de ingresos. Las ordenanzas fiscales. Tema 11. Los empleados públicos. Clase de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta de los empleados públicos. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Régimen disciplinario. Tema 12. La contratación en el Sector Público.
(..)
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento así como en la página web municipal. Contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente. En Vallehermoso, a 19 de octubre de 2016.- El Alcalde-Presidente, Emiliano Coello Cabrera.

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