En el BOP del 24/10 se ha publicado en las páginas 10139 y ss:
Amedio del presente se hace de público conocimiento
que porla Sra.Concejala Delegada de Personalse dictó
la resolución número 2.477 de fecha 17 de octubre
de 2016, cuya parte dispositiva establece lo siguiente:
PRIMERO. Aprobar las Bases Específicas de la
convocatoria para la creación de una Bolsa de Técnico
Superior de Urbanismo del Ayuntamiento de Puerto
del Rosario, según el texto que a continuación se
detalla:
BASES ESPECÍFICAS DE LACONVOCATORIA
PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE
TRABAJO DE TÉCNICO SUPERIOR EN
URBANISMO EN EL AYUNTAMIENTO DE
PUERTO DEL ROSARIO.
OBJETO DE LACONVOCATORIA: Las presentes
Basestienen por objeto la selección de personal para
la creación de una Bolsa de Trabajo de TÉCNICO
SUPERIOR EN URBANISMO, de Administración
Especial, categoría A1, a los efectos de su nombramiento
interino o contratación temporal que permita cubrir
las eventuales necesidades que demande elDepartamento
de Planeamiento y Urbanismo del Ayuntamiento de
Puerto del Rosario, así como para la cobertura de las
vacantes que se precisen.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 10139
BASES QUE REGIRÁN EN EL PROCESO
SELECTIVO: El proceso selectivo se regirá por lo
establecido en las Bases Generales para la Creación
de Bolsas de Trabajo, con Carácter Temporal, en el
Ayuntamiento de Puerto del Rosario aprobadas por
Decreto de la Sra. Concejala de Personal número
2.638 de 11 de mayo de 2012, y publicadas en elBoletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 66 de
23 de mayo de 2012, modificadas posteriormente
por Decreto número 3.602 de 16 de julio de 2012,
publicado en el BOP número 97 el día 30 de julio de
2012; y por Decreto 4.486 de 26.07.2013, publicado
en el BOP.de Las Palmas el día 31 de julio de 2013,
y mediante Decreto 827 de 21.03.2014 (publicado en
el BOP de Las Palmas el día 26.03.2014); así como
por lo establecido en las presentes Bases Específicas.
LUGAR DEL PUESTO DE TRABAJO: Centro
Municipal de Departamento de Planeamiento y
Urbanismo del Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES: Para ser
admitido/a a la realización de las pruebas selectivas,
los aspirantes deberán reunir en la fecha de terminación
del plazo de presentación de solicitudeslos establecidos
en la Base Cuarta de las Bases Generales para la
Creación deBolsas de Trabajo, conCarácter Temporal,
en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario referidas.
SOLICITUDES: Quienes deseen tomar parte en la
presente convocatoria, deberán hacerlo cumplimentando
el impreso establecido por el Ayuntamiento de Puerto
del Rosario, que les será facilitado en el Servicio de
Atención Ciudadana, o bien a través de la página
web: http:/puertodelrosario.org.
El impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto
de que el interesado se quede con copia sellada de la
instancia presentada.
La solicitud de participación deberá ir acompañada,
necesariamente:
- Del justificante que acredite el abono de la tasa
por derechos de examen.
- Del original o copia compulsada de los méritos
que se pretenden hacer valer.
- Fotocopia compulsada del Documento Nacional
de Identidad, para los aspirantes de nacionalidad
española. Para los aspirantes de otra nacionalidad,
fotocopia compulsada del documento que acredite la
misma.
-Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse
del original para su compulsa) del título de Arquitecto
o Graduado equivalente, o justificante de haber
abonado los derechos para su expedición. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá
aportar la credencial que acredite su homologación.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido
separado mediante expediente disciplinario delservicio
de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en
su Estado, el acceso a la función pública.
- Declaración jurada de no estar incurso en causa
alguna de incompatibilidad para el desempeño de
cargo público o empleo público.
La fecha límite para la alegación y acreditación de
méritos será aquella en la que finalice el plazo de
presentación de solicitudes.
En ningún caso se valorarán méritos no acreditados
documentalmente en la forma indicada, aunque
hubieran sido debidamente alegados.
PLAZO DE PRESENTACIÓN: El plazo de
presentación de solicitudes será en el plazo de DIEZ
DÍAS NATURALES contados a partir del siguiente
a la publicación de la presente convocatoria específica
en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma
supondrá la inadmisión del aspirante al proceso
selectivo.
LUGAR DE PRESENTACIÓN: El impreso de
solicitud con su copia, debidamente cumplimentados,
así como los documentos anteriormente reseñadosse
presentará en el Registro General del Ayuntamiento
de Puerto delRosario (Servicio de AtenciónCiudadana).
Igualmente, podrán presentarse en la forma prevista
en el artículo 16, apartado 4, de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Aquellos aspirantes que presenten la documentación
10140 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016
en otro registro distinto del Ayuntamiento de Puerto
del Rosario deberán remitir la instancia registrada por
fax al número: 928.850.277. Atal efecto se entenderá
que la hora de terminación del plazo será la hora de
cierre de la oficina de Correos del último día de
presentación de solicitudes.
ADMISIÓN DE ASPIRANTES: Expirado el plazo
de presentación de solicitudes, el Sr. Alcalde-Presidente
dictará resolución, en el plazomáximo deCINCO DÍAS
NATURALES, aprobando la lista provisional de
aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública
en elTablón deAnuncios y páginaweb delAyuntamiento,
concediéndose un plazo de TRES DÍAS NATURALES
para la presentación de reclamaciones o subsanar los
posibles defectos que hayan motivado la exclusión
del aspirante,siempre que los mismossean subsanables,
sirviendo a tales efectos la publicación de la lista
provisional con indicación de los defectos observados,
como requerimiento expreso para que se lleve a cabo
la subsanación de los mismos.
En el caso de presentarse reclamaciones, éstasserán
aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que
se apruebe la lista definitiva de admitidos, que se hará
pública en el Tablón de Anuncios y página web del
Ayuntamiento y en ella se fijará, asimismo, el lugar,
fecha y hora de comienzo del ejercicio práctico de la
fase de oposición.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar
incluidos en la relación de admitidos, serán
definitivamente excluidos.
TRIBUNAL DE SELECCIÓN: El Tribunal
Calificadorserá designado por el Alcalde-Presidente
de la Corporación y compuesto por un Presidente, un
Secretario y cuatro vocales, entre funcionarios de
Carrera o personal laboral fijo de las distintas
Administraciones Públicas y su actuación se regirá
por lo dispuesto en la Base Octava de las Bases
Generales para la Creación de Bolsas de Trabajo,
con Carácter Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto
del Rosario referidas.
La totalidad de los miembros del TribunalCalificador,
excepto el Secretario, deberán poseer un nivel de
titulación igual o superior al exigido para concurrir
a la convocatoria específica y que sean del área de
conocimiento necesaria para poder enjuiciar a los
aspirantes.
La designación de los miembros del Tribunalse hará
pública en el Tablón de Anuncios y página web del
Ayuntamiento, conjuntamente con la exposición de
la lista definitiva de admitidos al proceso selectivo
correspondiente.
SISTEMASELECTIVO: La selección se efectuará
por el sistema de concurso-oposición, ya que la
naturaleza de las plazas convocadas y de lasfunciones
a desempeñar, hacen que éste sea el sistema de
selecciónmás adecuado, en tanto que permite unamejor
aplicación de los principios de mérito y capacidad de
los aspirantes, ya que no sólo se tendrán en cuenta
sus conocimientosteóricos,sino también se valorará
la experiencia laboral, la formación específica en las
materiasrelacionadas con lasfunciones a desempeñar
y sus conocimientos.
Fase de oposición:
Consistirá en la realización de un ejercicio obligatorio
y eliminatorio para todos los aspirantes, por lo que
el no superarlo inhabilitará al opositor para continuar
el proceso. La puntuación máxima de la oposición será
de 10 puntos, debiéndose obtener, al menos, una
puntuación de 5 puntos, resultado de la suma de las
puntuaciones de las dos partes, para superarla. El
ejercicio será adecuado al puesto a cubrir, estará
relacionado con el temario que figura en la convocatoria,
y constará de:
- Un cuestionario de 20 preguntas con respuestas
múltiples,siendo una sola la correcta, teniendo todas
ellas el mismo valor. Las preguntas no contestadas
no se puntuarán; por cada respuesta errónea se restará
0,10. Esta parte será valorada de 0 a 5 puntos.
- Un supuesto práctico a resolver por escrito,
desglosado en un máximo de 5 preguntas. Esta parte
será valorada de 0 a 5 puntos.
Se permitirá para la realización delsupuesto práctico
el siguiente material: legislación (no concordada ni
comentada)
El tiempo máximo para la realización del ejercicio
completo será de dos horas y media.
Concluido el ejercicio de la fase de oposición, y una
vez procedido a la calificación del ejercicio
correspondiente, el Tribunal hará públicas en el lugar
de su celebración, en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento,
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 10141
la relación de aspirantes que hayan alcanzado el
mínimo establecido para superarlo, con indicación de
la puntuación obtenida.
Los aspirantes dispondrán de un plazo deTRES DÍAS
NATURALES, a partir delsiguiente al de la publicación
de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes.
Fase de concurso:
Los méritosse valorarán a los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición, conforme al baremo
establecido en el Anexo I de las Bases Generales
para la Creación de Bolsas de Trabajo, con Carácter
Temporal, en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario
referidas, modificado posteriormente por Decreto de
la Sra. Concejala de Personal número 3.602 de 16 de
julio de 2012 y publicado en el Boletín Oficial de la
Provincia número 97 de 30 de julio de 2012 y porDecreto
4.486 de 26.07.2013, publicado en elBOPdeLas Palmas
el día 31 de julio de 2013, y mediante Decreto 827
de 21.03.2014 (publicado en el BOP de Las Palmas
el día 26.03.2014).
CERTIFICADO MÉDICO: Los aspirantes que
aprueben las pruebas y formen parte de la lista
definitiva propuesta por el Tribunal Calificador,
deberán presentar Certificado Médico Oficial de no
padecer enfermedad o defecto médico físico que
imposibilite para el normal ejercicio de lasfunciones
propias del puesto de trabajo o categoría profesional
a la que se pretende acceder, expedido por un colegiado
en ejercicio, en el plazo de CINCO DÍAS HÁBILES
desde la publicación en el Tablón de Anuncios del
Ayuntamiento y en la web del mismo del acta definitiva
donde figure dicha lista. La no presentación de dicha
documentación en dicho plazo significará el decaimiento
del interesado de la lista y no se le incluirá en la lista
a aprobar según el punto siguiente.
CALIFICACIÓN DEFINITIVA: La calificación
final vendrá determinada por la suma de la puntuación
obtenida en la fase de oposición y la puntuación que
se obtenga en la fase de concurso, con arreglo a los
criterios que se fijan en las Bases Generales para la
Creación de Bolsas de Trabajo, con carácter temporal,
en el Ayuntamiento de Puerto del Rosario.
Si dos o más aspirantes obtuvieran igual puntuación
en elsistema de concurso-oposición, el desempate se
resolverá a favor de quien hubiese obtenido mayor
puntuación en la fase de oposición.
Si persiste el empate, o cuando elsistema selectivo
haya sido el concurso, los desempates se dirimirán
atendiendo a los siguientes criterios:
1°. Mayor puntuación en el apartado de experiencia
profesional.
2°. Mayor puntuación en el apartado de formación.
3°. Mayor puntuación en el apartado de circunstancias
personales.
Concluido el proceso selectivo, los Tribunales harán
públicaslasrelaciones de candidatos, por el orden de
puntuación alcanzado, con indicación de la puntuación
obtenida en los diferentes apartados y la puntuación
total.
Por Decreto de la Alcaldía-Presidencia se aprobará
y ordenará publicar las listas definitivas, quedando
constituidas las bolsas de trabajo a los efectos de
nombramientos o contrataciones temporales, en las
plazas, puestos o categorías profesionales a las que
se refiere cada Convocatoria.
Dicha aprobación se publicará en el Tablón de
Anuncios y en la página web del Ayuntamiento,
indicando los lugares en los que se encuentran
expuestas las relaciones de candidatos incluidos en
las expresadas bolsas de trabajo.
La incorporación para ocupar un puesto de trabajo
se realizará por orden decreciente,según la puntuación
alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo.
DERECHOS DE EXAMEN: Los aspirantes deberán
abonar 45 euros por derecho de examen.
Se deberá abonar, o en su caso, acreditar
documentalmente su exención como se expone en esta
convocatoria, en el plazo de presentación de instancias,
sin que sea susceptible de ingreso, en el plazo de
subsanación a que hace referencia la Base Séptima
de “las Bases Generales para la creación de bolsas de
trabajo, con carácter temporal, en el Ayuntamiento de
Puerto del Rosario” de conformidad con el artículo
26.1 delReal DecretoLegislativo 2/2004, de 5 demarzo,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales. Su importe se
hará efectivo mediante ingreso o transferencia en la
10142 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016
cuenta corriente número 30586118242720001590 de
la entidad Cajamar, Sucursal de Puerto del Rosario,
sin perjuicio de la posibilidad de su abono por otros
medios de conformidad con el artículo 16 de la Ley
39/2016, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones
Públicas. Cuando el ingreso se realice por cualquier
otro medio deberá ir dirigido a la siguiente dirección:
“Ilmo.Ayuntamiento de Puerto delRosario.Convocatoria
para la Creación de una Bolsa de Trabajo de Técnico
Superior en Urbanismo, de Administración Especial,
calle Virgen delRosario, esquina FernándezCastañeyra,
Puerto del Rosario”. No se efectuarán devoluciones
de los importes abonados por este concepto, salvo lo
dispuesto infra para el caso.
En la documentación acreditativa de haber abonado
los derechos de examen que se aportará junto con la
instancia, deberá hacerse referencia, en todo caso, a
los siguientes extremos:
1. La convocatoria pública para la que se solicita
su participación y para la que se ha abonado los
derechos de examen.
2. Nombre y apellidos, así como número del D.N.I.,
pasaporte oTarjeta de identidad del aspirante que solicita
participar en la convocatoria de referencia que en
todo caso, ha de coincidir con la persona que realiza
el abono de los derechos de examen, o para el caso
de que no sea el aspirante que solicita ser admitido
para participar en la pruebasselectivas deberá indicarse
expresamente el aspirante a favor de quien se realiza
el abono de las tasas. Para el supuesto de se realice
por cualquier otro medio, el propio opositor, hará
constar en el espacio de la solicitud destinado para
ello, la clase de medio o transferencia, su fecha y su
número.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
- Exenciones: Están exentas del pago de las tasas
o derechos de examen las personas que se encuentren
en algunos de los siguientes supuestos, que deberán
acreditar, necesariamente, en el plazo de presentación
de instancias:
1. Quienes posean una discapacidad física, psíquica
o sensorial, igual o superior al 33 por 100, que deberán
acreditar mediante la aportación del certificado oficial
correspondiente o resolución oficial de su reconocimiento.
2. Quienes figuren como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de la publicación de la convocatoria en el
Boletín Oficial de la Provincia. Serán requisitos para
el disfrute de la exención que en el plazo de que se
trate no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado
nise hubiere negado a participar,salvo causa justificada,
en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional y que, asimismo, carezcan de rentas
superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo
Interprofesional, que se acreditarámediante certificación
de las oficinas de los Servicios Públicos de Empleo,
y la acreditación de las rentas se realizará mediante
declaración jurada o promesa escrita del solicitante
de que carece de rentas superiores, en cómputo
mensual, al Salario Mínimo Interprofesional. Ambos
documentos se deberán acompañar a la solicitud,
dentro del plazo establecido al efecto, o en su caso
en el plazo de subsanación de solicitudes a que hace
referencia la base quinta de las presentes Reglas
Genéricas.
3. Los miembros de familias numerosas que tengan
reconocida tal condición, la cualse acreditará mediante
el título oficial expedido por el órgano competente.
- Devoluciones: Procederá la devolución de los
derechos de examen en los siguientes casos:
- Cuando el aspirante abone los derechos de examen
y posteriormente no presente solicitud de participación
en la convocatoria pública.
- Cuando el aspirante abone los derechos de examen
y posteriormente, acredite estar exento del pago de
los mismos, de conformidad con lo expuesto.
- Cuando el aspirante haya efectuado un ingreso por
importe superior al establecido en la convocatoria; en
este caso,se procederá a la devolución de la diferencia.
- Cuando el aspirante haya abonado los derechos
de examen una vez concluido el plazo de presentación
de instancias.
No procederá la devolución de los derechos de
examen cuando el aspirante sea excluido del proceso
selectivo por causa imputable almismo, o cuando siendo
admitido no participe en el proceso selectivo por
causas ajenas a este Ayuntamiento.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016 10143
PUBLICIDAD: Los actos administrativos y demás
anuncios preceptivos, que lo precisen y se deriven de
este procedimiento, se publicarán en el Tablón de
Anuncios y en la página web del Iltmo. Ayuntamiento
de Puerto delRosario (http://www.puertodelrosario.org).
RÉGIMEN DE RECURSOS: La presente
convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella podrán ser impugnados en la forma
establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
ANEXO I
TEMARIO
TEMA 1. La organización municipal. Órganos
necesarios: El Alcalde, Tenientes de Alcalde, El pleno
y la Junta de Gobierno local. Órganos complementarios:
comisionesinformativas y otros órganos.Losmunicipios
de gran población: especialidades de su régimen
orgánico-funcional.
TEMA 2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas: El acto administrativo:
concepto, elementos y clases. Su motivación y
notificación. Eficacia y validez de los actos
administrativos.
TEMA 3. Disposiciones generales sobre los
procedimientos administrativos y normasreguladoras
de los distintos procedimientos: Clases de interesados
en el procedimiento. Derechos de los administrados.
La iniciación del procedimiento: clases,subsanación
y mejora de solicitudes. Términos y plazos.Instrucción:
intervención de los interesados, prueba e informes.
TEMA 4. Terminación del procedimiento: La
obligación de resolver. Contenido de la resolución
expresa. La terminación convencional. La falta de
resolución expresa y el régimen del silencio
administrativo. Desistimiento, renuncia y caducidad.
TEMA 5. El Real Decreto 1.398/1993, de 4 de
agosto, por el que se aprueba el Reglamento del
Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad
Sancionadora: Principios del procedimiento sancionador.
Fases del procedimiento y resolución.
TEMA 6. La legislación urbanística en Canarias:
La ordenación de losrecursos naturales y del territorio.
Instrumentos para la ejecuciónmaterial del planeamiento:
Los proyectos de urbanización y de ejecución de
sistemas.
TEMA 7. El régimen del suelo según clases y
categorías. Diferencias entre parcela, solar y unidad
apta para la edificación. Presupuestos para adquirir
el derecho a edificar. Parcelaciones y reparcelaciones.
La situación legal de fuera de ordenación en la
legislación urbanística de Canarias.
TEMA 8. Ordenación urbanística. Normas e
Instrucciones Técnicas del Planeamiento Urbanístico.
Instrumentos de Planeamiento urbanístico. Ordenanzas
municipales.
TEMA 9. El Plan General de Ordenación. Plan
básico de ordenación. Plan de ordenación pormenorizada.
Planes parciales. Planes especiales. Estudios de detalle.
TEMA10. Elaboración, modificación y revisión de
los Planes Generales de Ordenación Urbana.
Competenciasmunicipales.Competencias autonómicas.
Procedimiento administrativo.
TEMA 11. El planeamiento urbanístico en el
municipio de Puerto del Rosario. El Plan General de
Ordenación Urbana: Las condiciones de edificación
en elsuelo urbano-manzanas ordenadas por alineación
a fachadas. El Plan Insular de Ordenación de
Fuerteventura y su aplicación en el Municipio de
Puerto delRosario:Normas particulares del SueloRústico
de Asentamiento Rural (Zona D-SR-AR. Subzona D).
TEMA 12. Ejecución de Planeamiento. Formas de
gestión de la actividad administrativa de ejecución.
Sistemas de ejecución en unidades de actuación:
privados y públicos. Ejecución de sistemas generales.
Obras de urbanización.
TEMA13. La expropiación forzosa. La intervención
administrativa en la edificación y uso del suelo: Las
licencias urbanísticas. Actossujetos. Plazos de vigencia
y caducidad de la licencia.Competencias y procedimiento
para el otorgamiento de licencias urbanísticas. La
recepción de las obras de urbanización. Calificaciones
territoriales: procedimiento de otorgamiento y supuestos
exentos de tramitación.
TEMA 14. La licencia de obras, la licencia de
parcelación y segregación, la declaración responsable
a los efectos de la primera ocupación o utilización de
los edificios. Requisitos y contenido de los informes
jurídicos a emitir en estos procedimientos.
10144 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 128, lunes 24 de octubre de 2016
TEMA15.Actos promovidos porlasAdministraciones
Públicas. La cooperación interadministrativa:Requisitos
y procedimiento. Convenios urbanísticos.
TEMA 16. Normativa sectorial con incidencia
urbanística. Accesibilidad. Puertos. Carreteras. Costas.
Navegación aérea. Dominio público hidráulico.
TEMA 17. La protección de la legalidad y
restablecimiento del orden jurídico perturbado. La
disciplina urbanística y el procedimiento sancionador:
Clases de infracciones urbanísticas y sanciones.
Cómputo de plazos para la actuación de la
Administración. Procedimiento sancionador.
TEMA 18. El deber urbanístico de conservación:
Órdenes de ejecución de obras de conservación o de
intervención. La inspección técnica de edificaciones.
La ruina en la edificación y procedimiento para su
declaración.
TEMA 19. El régimen de intervención aplicable a
las actividades clasificadas. La Ley 7/2011, de 5 de
abril de actividades clasificadas y espectáculos públicos
y otras medidas administrativas complementarias:
Supuestossujetos a licenciamunicipal y la comunicación
previa.Requisitos, procedimientos y régimen sancionador
en materia de actividades clasificadas.
TEMA 20. La intervención municipal para el
ejercicio de las actividadesinocuas,según la Ordenanza
Municipal de Puerto del Rosario. Requisitos,
procedimientos y régimen sancionador.
SEGUNDO. Publicar en el Boletín Oficial de la
Provincia de Las Palmas, así como en la web y tablón
de anuncios del ayuntamiento de Puerto del Rosario.
TERCERO. Dar traslado de la presente Resolución
al Departamento de Personal,Comité de Empresa,Junta
de personal, así como al Pleno de la Corporación, para
su conocimiento y efectos oportunos.
Lo que se hace público para su general conocimiento.
Puerto del Rosario, a dieciocho de octubre de dos
mil dieciséis.
LACONCEJALADELEGADADE PERSONAL,
Vanessa López Pérez.
No hay comentarios:
Publicar un comentario