domingo, 18 de septiembre de 2016

Orden ESS/1458/2016, de 7 de septiembre, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo de Subinspectores Laborales, Escala de Empleo y Seguridad Social.

En el BOE del 13/09 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, así como de lo dispuesto en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, su Acuerdo Complementario núm.1 y la cláusula quinta del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Departament de Treball de la Generalitat de Cataluña, en materia de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Cataluña, de 5 de marzo de 2010, y con el fin de atender a las necesidades de personal de la Administración pública;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y la disposición adicional quinta de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social pasa a denominarse Cuerpo de Subinspectores Laborales, contando con dos escalas especializadas, la Escala de Empleo y Seguridad Social y la Escala de Seguridad y Salud Laboral,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social.
De acuerdo con la previsión contenida en el artículo 5 de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, teniendo en cuenta el carácter único y nacional de los Cuerpos de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, lo que origina los principios de unidad de ingreso y procesos selectivos, la distribución final del personal de nuevo ingreso entre dichas Administraciones se hará en función de las vacantes que resulten de los procesos previos de provisión de puestos de trabajo, sin que, en ningún caso, el número de aprobados pueda superar el total de plazas convocadas.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 26 de noviembre de 2015, por la que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.
Esta convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007), modificada por Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio, («Boletín Oficial del Estado» del 30 de julio).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.administración.gob.es, en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss, y en la página web del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña: (inspecciotreball.gencat.cat).
1. Descripción de las plazas
1.1.A) Se convoca proceso selectivo para cubrir un total de 38 plazas del Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social, Código 1503, por el sistema general de acceso libre, de las cuales 30 son las comprendidas en el Anexo I del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 y otras 8 plazas se convocan a petición de la Generalitat de Cataluña en base a lo establecido en el apartado B.2 del Real Decreto 206/2010, de 26 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios a la Generalitat de Cataluña en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y sus normas de desarrollo, y cuyo destino será en la Generalitat de Cataluña en puestos de su Relación de Puestos de Trabajo.
La distribución final del personal de nuevo ingreso entre dichas Administraciones se hará en función de las vacantes que resulten de los procesos previos de provisión de puestos de trabajo, sin que, en ningún caso, el número de aprobados pueda superar el total de plazas convocadas.
Del total de las 38 plazas antes señaladas, se reservarán 2 plazas para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondiendo estas plazas a las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016.
Las plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas, no se podrán acumular al turno libre.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios, y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.1.B) También se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas del Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social, Código 1503, por el sistema de promoción interna, como se establece en el anexo VII del Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no se podrán acumular a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril).
1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
1.3 De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, adjuntando el dictamen técnico facultativo en los términos establecidos en el Anexo I de la citada Orden, en el que reflejarán sus necesidades específicas.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
2.2 La duración máxima de la fase de oposición será de nueve meses; en todo caso, la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.3 Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición y de concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.4 Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad, que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. A efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de lo solicitado, el candidato adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad competente, acreditando de forma fehaciente, las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II en esta convocatoria.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o Grado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad
Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.
6. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna, deberán cumplir además:
6.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
6.2 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en los Cuerpos o Escalas adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
7. Solicitudes
7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 (aprobado por Resolución de 16 de junio de 2016 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas («BOE» de 21 de junio), disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/pag/ips), en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss, y en la página web del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña: (inspecciotreball.gencat.cat) donde también estará disponible en lengua catalana.
7.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/pag/ips), siguiendo las instrucciones que se vayan indicando en el mismo. Para la presentación por este medio es requisito previo poseer un certificado digital de persona física válido, o el DNI electrónico con los certificados activados.
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
1. Inscripción en línea del modelo 790.
2. Anexar documentos a su solicitud en formato PDF.
3. Pago electrónico de las tasas.
4. El registro electrónico de la solicitud.
Una vez completados los datos requeridos en la solicitud, y pulsando sobre el botón de «Inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso en la que se confirmarán todos los pasos efectuados en el proceso de inscripción. El trámite se da por completado cuando se muestren los justificantes de pago y registro de la inscripción, en caso contrario el proceso no se considerará completado.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda («BOE» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En las solicitudes presentadas por vía telemática, la documentación adicional que deba remitirse junto con la solicitud, se podrá anexionar en documento PDF a la solicitud telemática o presentarla directamente en los lugares previstos en la letra b).
b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/pag/ips) en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss, y en la página web del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña: (inspecciotreball.gencat.cat) donde también estará disponible en lengua catalana. Una vez cumplimentados todos los datos solicitados de dicho formulario, se pulsará, en la parte inferior del mismo, la opción «generar solicitud», imprimiendo de esta forma tres copias. («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
En este supuesto, el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de los tres ejemplares generados de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizado de la misma en el espacio reservado para ello.
Una vez cumplimentada, firmada y abonada la tasa por los derechos (salvo los supuestos en que se exime el abono de la misma), se deberá presentar la solicitud en el Registro General del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado y en los Registros del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña y de sus servicios territoriales, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Estarán exentas del pago de la tasa de derechos de examen las victimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos de la presente exención las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
7.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social. En el caso de que la publicación no fuese simultánea, los plazos se computarán a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
8. Tribunal
8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
8.2 El Tribunal de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
8.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, calle Rafael Alberti número 18, Madrid 28071, teléfono (91) 363.28.00, dirección de correo electrónico subinspectoresopo@meyss.es, correo que no tiene la consideración de registro telemático.
9. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «H» según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 24 de febrero de 2016 (Boletín Oficial del Estado de 26 de febrero de 2016). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «H» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «I» y así sucesivamente.
10. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, y con carácter previo, recurso administrativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 7 de septiembre de 2016.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P. D. (Orden/ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Subsecretario de Empleo y Seguridad Social, Pedro Llorente Cachorro.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
A. Proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre:
1.1 El proceso selectivo para ingresar en el Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social por el sistema general de acceso libre constará de dos partes:
a) Fase de oposición.
b) Curso Selectivo de Formación.
1.1.a) Fase de oposición: La fase de la oposición se realizará en Madrid a excepción del primer ejercicio que se celebrará de forma simultánea en Madrid y Barcelona y constará de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio:
El opositor deberá contestar, por escrito, en el plazo máximo de dos horas, a un cuestionario de 40 preguntas, que versarán sobre el contenido del programa que figura en el Anexo II.
De las 40 preguntas, 20 se referirán a las materias incluidas en la primera parte del programa: Organización del Estado, de la Administración Pública y de la Unión Europea. Derecho Administrativo y Derecho Mercantil. Las otras 20 corresponderán a la segunda parte: Derecho Sustantivo del Trabajo, Organización, Seguridad Social y Economía Social y Procedimiento.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la contestación por escrito, durante el plazo máximo de tres horas, de 10 preguntas que versarán sobre la segunda parte del programa.
– Cinco preguntas corresponderán al primer bloque: Derecho Sustantivo del Trabajo y Organización.
– Cinco preguntas corresponderán al segundo bloque: Seguridad Social y Economía Social y Procedimiento.
Las preguntas podrán corresponderse con un epígrafe completo o con una parte del mismo.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos, el orden de ideas y la claridad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la resolución por escrito, durante el plazo máximo de tres horas, de un supuesto de Inspección sobre materias relativas a la segunda parte del programa: Derecho Sustantivo del Trabajo, Organización, Seguridad Social y Economía Social y Procedimiento, que podrá incluir la redacción de algunos documentos que de dicho supuesto se deriven.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio. En este ejercicio se valorará el conjunto de ideas para la elaboración de una propuesta razonada, la sistemática y la claridad de exposición escrita.
1.1.b) Curso Selectivo de Formación: Los opositores que hubieran superado la Fase de oposición asistirán a un Curso Selectivo de Formación, de carácter teórico-práctico, que tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos para la preparación específica y práctica de los aspirantes para el mejor desempeño de la función inspectora, dentro del ámbito competencial de los Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social, establecido en la Ley 23/2015, de 21 de julio, y su normativa de desarrollo.
Este curso tendrá una duración máxima de tres meses.
1.2 Calificación.
a) Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: Se calificará de cero a 40 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 20 puntos, siempre que en ninguno de los dos grupos de 20 preguntas se haya obtenido una calificación inferior a cinco puntos.
Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos. Cada pregunta se calificará con un máximo de dos puntos. Para superarlo será necesario obtener, al menos, 10 puntos, siempre que no se tuviera una calificación inferior a cuatro puntos en cada uno de los bloques.
Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos y para superarlo será necesario obtener, al menos, 15 puntos.
A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido y forma de calificación.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor nota obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si en éste la nota fuese igual, a la obtenida en el tercero y, finalmente, la nota del segundo.
b) El Curso Selectivo de Formación: El curso selectivo de formación se valorará al finalizar, mediante la realización de un examen final práctico sobre las materias impartidas en el mismo. Este examen se calificará de cero a diez puntos, siendo necesaria la obtención de un mínimo de cinco para superar el curso selectivo. Quienes hubiesen superado la fase de oposición y no hubiesen superado el curso selectivo de formación, quedarán exentos de realizar la fase de oposición en la convocatoria siguiente, conservando las calificaciones obtenidas, siempre que en la misma se contengan unos ejercicios de similares características.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo de formación.
Periodo de prácticas: Los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo realizarán un periodo de prácticas en sus Comunidades Autónomas y provincia de residencia.
B. Proceso selectivo para el ingreso por el sistema de promoción interna:
2.1 El proceso selectivo para ingresar en el Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social, por el sistema de promoción referido en el apartado 1.1.B), constará de tres partes:
A) Fase de oposición.
B) Fase de concurso.
C) Curso Selectivo de formación.
A) Fase de oposición:
La fase de la oposición se realizará en Madrid, a excepción del primer ejercicio que se celebrará de forma simultánea en Madrid y Barcelona y constará de tres ejercicios, y el mismo sistema de calificación previsto en este Anexo I, para el ingreso por el sistema de acceso libre, salvo las particularidades que se establecen en este apartado 2.
Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo General Administrativo de la Administración General del Estado (letra E) y al Cuerpo Administrativo de Administración de la Seguridad Social (letra F) se examinarán de los tres ejercicios según el temario previsto en el anexo II. Programa y según lo previsto en este Anexo, apartado 1. A efectos del primer ejercicio, se excluirán los temas de Organización del Estado, de la Administración Pública y de la Unión Europea y los de Derecho Administrativo (temas 1 a 20).
El resto de los aspirantes (letra G) que pertenezcan a otros cuerpos y escalas del Subgrupo C1, se examinarán de los tres ejercicios según el temario previsto en el anexo II.
B) Fase de concurso:
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos:
Antigüedad: La antigüedad del funcionario de Cuerpos o Escalas adscritos al Subgrupo C1 se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta Orden; asignándose por cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,10 puntos, hasta un máximo de tres.
Grado personal consolidado: Se otorgará la siguiente puntuación según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente, el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
– Hasta el grado 18: Tres puntos.
– Por cada unidad de grado que exceda de 18: 0,25 puntos, hasta un máximo de seis.
Trabajo desarrollado: Se otorgará la siguiente puntuación según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe el día de la publicación de esta convocatoria:
– Hasta el nivel 18: Tres puntos.
– Por cada unidad de nivel que exceda de 18: 0,5, hasta un máximo de Seis.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de sus efectos económicos.
Cursos de formación: Los cursos de formación acreditados por el funcionario que estén relacionados con las funciones propias del Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Empleo y Seguridad Social, se valorarán en función del grado de conexión con dichas funciones de 0,25 a 0,50.
La puntuación máxima que podrá alcanzarse por este apartado será de cinco puntos.
La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Orden.
La lista que contenga la valoración de méritos de la fase de concurso se hará pública una vez celebrado el último ejercicio de la fase de oposición y comprenderá a los aspirantes que superen la misma.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
C) Curso Selectivo de Formación:
El curso selectivo de formación se realizará y calificará en las mismas condiciones que se prevén en este anexo I para el ingreso por el sistema de acceso libre.
2.2 La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, en la fase de oposición y en el curso selectivo de formación.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de organismos internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.
Periodo de prácticas: Los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo realizarán un periodo de prácticas en sus Comunidades Autónomas y provincia de residencia.
ANEXO II
Programa
Primera parte
Organización del Estado, de la Administración Pública y de la Unión Europea
Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Principios rectores de la política social y económica. Garantías de las libertades y derechos fundamentales. Suspensión de los derechos y libertades. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.
Tema 2. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. Procedimiento de actuación y elaboración de las leyes.
Tema 3. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.
Tema 4. El Poder Judicial en la Constitución. Ley Orgánica del Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial: Composición y funciones.
Tema 5. La Administración General del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente de Gobierno. Los Ministros. Otros órganos de la Administración Central. La Administración Periférica del Estado. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. La Administración institucional. Los organismos autónomos. La Administración consultiva: El Consejo de Estado.
Tema 6. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: Constitución, competencias. Estatutos de Autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas. Organización territorial del Estado: La Administración Local. La provincia y el municipio. Otras entidades de la Administración Local.
Tema 7. La Unión Europea: El proceso de creación. Los Tratados Constitutivos: principios y líneas generales. Naturaleza jurídica de la Comunidad Europea. El proceso de Adhesión de España a la Comunidad Europea: Tratado y Acta de Adhesión. El Acta Única Europea. Referencia a los Acuerdos de Maastricht, Ámsterdam, Niza y Tratado de Lisboa. Las Instituciones de la Unión Europea.
Tema 8. El Derecho Comunitario. Sus Fuentes. El Derecho Originario: El valor constitucional de los Tratados. El Derecho Derivado: Los Reglamentos y las Directivas. Las Decisiones, las Recomendaciones y los Dictámenes. La eficacia del Derecho Comunitario en el ordenamiento jurídico estatal. Referencia a la Carta Comunitaria de Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores.
Derecho Administrativo
Tema 9. Las fuentes del Derecho administrativo. La Ley. Los Decretos-leyes. Legislación delegada. La potestad reglamentaria de la Administración. El Reglamento. Su regulación en el Derecho español. Jerarquía de fuentes.
Tema 10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ámbito de aplicación y principios generales. Los interesados en el procedimiento administrativo. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; objeto y ámbito de aplicación. Órganos administrativos: competencia. Órganos colegiados. Órganos superiores de la Administración General del Estado. Órganos territoriales.
Tema 11. La actividad de las Administraciones Públicas. Derechos de los ciudadanos. Participación de los ciudadanos. Obligación de resolver. Actos presuntos. Términos y plazos.
Tema 12. Los actos administrativos. Concepto. Requisitos. Eficacia, nulidad y anulabilidad. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de oficio. Potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. Principios del procedimiento sancionador.
Tema 13. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. El Procedimiento administrativo como garantía. Iniciación. Ordenación.
Tema 14. El procedimiento administrativo. Instrucción: Disposiciones generales, prueba, informes, participación de los interesados. Finalización. Ejecución. Los procedimientos especiales al margen de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Tema 15. Los recursos administrativos: recurso de reposición, recurso de alzada y recurso extraordinario de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Recurso contencioso administrativo: naturaleza, extensión y límites. La declaración de lesividad.
Tema 16. La administración electrónica. Marco normativo general. Principios jurídicos de la administración electrónica. Derecho de los administrados ante la administración electrónica. La firma electrónica.
Tema 17. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
Tema 18. La igualdad de género en la Administración Pública. El Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado. Medidas para promover y favorecer la igualdad de género en el acceso al empleo y en la promoción profesional. Otros aspectos y medidas para promover el valor de la igualdad. Mención a la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género.
Tema 19. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Órganos superiores de la función pública. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de los funcionarios.
Tema 20. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información (OTAI). El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Derecho Mercantil
Tema 21. Concepto de derecho mercantil. Clases de empresarios: individual y social. Adquisición, pérdida y prueba de la condición de empresario. El ejercicio de la actividad mercantil por persona casada. El establecimiento. El registro mercantil: actos inscribibles.
Tema 22. Concepto legal de sociedad mercantil. Sociedades civiles en forma mercantil. Clasificación de las Sociedades Mercantiles. El Contrato de Sociedad Mercantil.
Tema 23. La Sociedad de Responsabilidad Limitada. Antecedentes. Fundación. La cualidad de socio en este tipo de sociedades. Órganos de la Sociedad. Modificación de la Sociedad: Aumento y reducción de capital. La contabilidad social.
Tema 24. Las Sociedades Anónimas. Disposiciones Generales. Fundación de la Sociedad Anónima. Las aportaciones. Las acciones. Los órganos de la Sociedad Anónima. Especial referencia a la responsabilidad de los administradores sociales.
Tema 25. Transformación, disolución y liquidación de Sociedades mercantiles. Fusión de sociedades mercantiles y formas sociales de unión de empresas.
Tema 26. El Concurso de Acreedores (I): Los Presupuestos del concurso. La declaración de concurso y concursos conexos. La Administración concursal y los efectos de la declaración de concurso. De los efectos de la situación concursal sobre los contratos, con especial referencia a los contratos de trabajo.
Tema 27. El Concurso de Acreedores (II): Masa activa. Masa Pasiva. Clasificación de los créditos, con especial referencia a los créditos públicos. Convenio. Liquidación. La calificación del concurso. Breve referencia al procedimiento abreviado.
Segunda Parte
Primer Bloque
Derecho Sustantivo del Trabajo:
Tema 28. El Derecho del Trabajo. Las fuentes del Derecho del Trabajo. La constitucionalización del Derecho del Trabajo. Ley y Reglamento. La costumbre laboral. La jurisprudencia y las resoluciones administrativas.
Tema 29. La aplicación de las normas. La jerarquía de las fuentes. Los principios de ordenación jerárquica: Principio de norma mínima. Principio de norma más favorable. La interpretación. La integración del Derecho del Trabajo.
Tema 30. Los Convenios Colectivos de trabajo. Concepto y eficacia. Naturaleza jurídica. Unidades de negociación. Concurrencia. Contenido. Vigencia. Legitimación. Comisión Negociadora.
Tema 31. Los Convenios Colectivos. Tramitación. Validez. Aplicación e interpretación. Acuerdos de adhesión y actos de extensión. La Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos. Cláusula de inaplicación salarial.
Tema 32. Los conflictos de trabajo. Clases. Procedimientos de solución. La huelga y el cierre patronal.
Tema 33. El contrato de trabajo. Concepto, naturaleza jurídica, consentimiento, objeto y causa. Los sujetos del contrato de trabajo: El trabajador y el empresario. Nacimiento del contrato de trabajo. El período de prueba. La forma en la contratación, efectos. La prueba del contrato de trabajo.
Tema 34. Las relaciones laborales de carácter especial: Personal de alta dirección. Servicio del hogar familiar. Minusválidos que trabajen en centros especiales de empleo. Penados en las Instituciones Penitenciarias.
Tema 35. Las relaciones laborales de carácter especial: Deportistas profesionales. Artistas en espectáculos públicos. Personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de uno o más empresarios sin asumir el riesgo y ventura de aquéllas. Estibadores Portuarios que presten servicios a través de Sociedades Estatales o de los sujetos que desempeñen las mismas funciones que éstas en los puertos gestionados por las Comunidades Autónomas.
Tema 36. Las relaciones laborales de carácter especial: Residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. Abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos. El Estatuto del Trabajador Autónomo: ámbito de aplicación, régimen profesional y normas de desarrollo.
Tema 37. Modalidades del contrato de trabajo. El contrato de trabajo por tiempo indefinido y de carácter temporal. El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. El contrato para obra o servicio determinado. El contrato eventual por circunstancias de la producción. El contrato de interinidad.
Tema 38. El contrato de trabajo a tiempo parcial. El contrato fijo discontinuo, de relevo y de jubilación parcial: régimen jurídico. Contratación indefinida y temporal para trabajadores con discapacidad. Requisitos, formalización, incentivos y otras características. Los centros especiales de empleo: régimen jurídico. La reserva de puestos de trabajo para las personas con discapacidad.
Tema 39. Los contratos formativos. Contrato de trabajo en prácticas. El contrato para la formación y el aprendizaje. Caracteres comunes a estos contratos El trabajo en común y contrato de grupo. El trabajo a distancia: Sus especialidades y régimen jurídico.
Tema 40. Empresas de Trabajo Temporal. Su regulación actual en España: autorización, el contrato de puesta a disposición y las relaciones laborales con la Empresa de Trabajo Temporal, la relación del trabajador con la Empresa usuaria. Agencias de colocación: régimen jurídico.
Tema 41. El salario. Concepto. Naturaleza jurídica. Clases. Liquidación y pago: lugar, tiempo, forma y documentación del salario. Estructura salarial. El Salario Mínimo Interprofesional. EL IPREM.
Tema 42. Garantías del salario: El carácter privilegiado del crédito salarial. Inembargabilidad del salario. El Fondo de Garantía Salarial: Naturaleza, funciones y tramitación de ayudas.
Tema 43. La jornada de trabajo. Límites generales y especiales del tiempo máximo de trabajo. Horas extraordinarias: concepto, clases y régimen jurídico; retribución o compensación. Descanso semanal y fiestas laborales. Calendario Laboral. Vacaciones: su régimen jurídico. Licencias y permisos. Excedencias.
Tema 44. La sucesión de empresa y la subrogación empresarial. La cesión de trabajadores. Responsabilidad empresarial en caso de subcontrata de obras o servicios. Mención especial a la subcontratación en el sector de la construcción. Grupos de empresas y Uniones Temporales de empresas en el ámbito laboral y de Seguridad Social.
Tema 45. Movilidad funcional: su régimen jurídico. La realización de funciones no correspondientes al grupo profesional. Promoción en el trabajo y clasificación profesional. Movilidad geográfica. Clases. Las modificaciones sustanciales del contrato de trabajo.
Tema 46. El poder disciplinario del empresario. Extinción del contrato de trabajo. Prescripción y caducidad de las acciones derivadas del contrato de trabajo. Despido disciplinario: causas, formalización, consecuencias e indemnizaciones.
Tema 47. Despido colectivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Extinción por causa de fuerza mayor. Particularidades derivadas del régimen concursal.
Tema 48. Extinción del contrato de trabajo por causas objetivas. Forma, lugar y tiempo. Indemnizaciones. Las restantes causas de extinción del contrato de trabajo. La suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción y por fuerza mayor.
Tema 49. El trabajo de menores: exigencias legales y trabajos prohibidos. El trabajo de las mujeres: El principio de no discriminación. Condiciones especiales del trabajo de las mujeres.
Tema 50. El trabajo de los extranjeros en España. Concepto. Derechos y libertades de los extranjeros. Régimen jurídico: situaciones de los extranjeros, permisos de trabajo y regímenes especiales.
Tema 51. Régimen jurídico sindical. La representatividad sindical. La acción sindical. Órganos de representación. Competencias y garantías. Mención a la Ley 31/2006, de 18 de octubre, sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas.
Organización:
Tema 52. Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Organización central y periférica. El Servicio Público de Empleo Estatal.
Tema 53. Principios ordenadores del Sistema de Inspección. Funcionarios que integran el sistema. Derechos y deberes. La Función Inspectora. Facultades de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Funciones de los Subinspectores Laborales. Garantías en el ejercicio de las funciones inspectoras.
Tema 54. De las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: ámbito de actuación, normas generales, modalidades y documentación, medidas derivadas de la actividad inspectora, presunción de certeza e información del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Disposiciones de la parte final de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tema 55. Organización del Sistema previsto en la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Creación. Estructura. El Consejo Rector. El Consejo General. El Director. Estructura territorial del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Cooperación autonómica. La Dirección Especial. La unidad especial de colaboración a los Juzgados y Tribunales y a la Fiscalía para la lucha contra el empleo irregular y el fraude en la Seguridad Social.
Tema 56. Procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social. Disposiciones generales. Actividades previas al procedimiento sancionador: Iniciación, contenido, caducidad y consecuencias.
Tema 57. Infracciones en materia de Seguridad Social: concepto. Infracciones de los empresarios, trabajadores por cuenta propia y asimilados. Infracciones de los trabajadores o asimilados, beneficiarios y solicitantes de prestaciones. Infracciones de los empresarios que colaboran voluntariamente en la gestión. Infracciones en materia de empleo. Infracciones en materia de extranjería.
Tema 58 Normas generales sobre sanciones. Sanciones a los empresarios en materia de empleo y Seguridad Social. Sanciones accesorias a los empresarios. Sanciones a los trabajadores solicitantes y beneficiarios en materia de empleo y Seguridad Social. Atribución de competencias sancionadoras. Reincidencia. Infracciones por obstrucción.
Tema 59. Procedimiento de actuación inspectora en materia de infracción de leyes sociales. Actas de infracción. Requisitos legales. Tramitación. Procedimiento de recaudación en vía de apremio en materia de sanciones.
Tema 60. Procedimiento de actuación inspectora en materia de Seguridad Social. Actas de liquidación. Requisitos legales. Tramitación. Requerimientos y propuestas de liquidación.
Segundo Bloque
Seguridad Social:
Tema 61. Seguridad Social en España: Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. La estructura del sistema de la Seguridad Social. Su organización en regímenes. Clasificación y enumeración de los regímenes especiales.
Tema 62. Ámbito subjetivo de aplicación del sistema. Ámbito subjetivo de aplicación del régimen general: Regla general, inclusiones y exclusiones. Extranjeros.
Tema 63. Inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social. Situaciones asimiladas al alta. Efectos de los actos indebidos. Las altas de oficio.
Tema 64. La cotización. La cuota: Concepto y naturaleza jurídica. Sujetos obligados y sujetos responsables. La responsabilidad solidaria y subsidiaria en el pago de cuotas: supuestos. Nacimiento y duración de la obligación de cotizar. El convenio especial en Seguridad Social. Prescripción. Prelación de créditos y devolución de ingresos indebidos.
Tema 65. Régimen General: bases de cotización. Concepto y exclusiones. Determinación de las bases de cotización. Cotización en las situaciones de incapacidad temporal, maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, permanencia en alta sin percibo de retribución, desempleo, pluriempleo, pluriactividad, contrato a tiempo parcial, jornada reducida por guarda legal y huelga parcial.
Tema 66. Tipo único de cotización. Cotización por desempleo. Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional. Reducción de la cuota por contingencias excluidas. Cotización al régimen de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Cotización adicional por horas extraordinarias.
Tema 67. Cotización y recaudación. Bonificaciones y reducciones de cuotas a la Seguridad Social. Recaudación en período voluntario: plazos, lugar y forma de liquidación de las cuotas. Aplazamientos y fraccionamiento de pago. Falta de cotización en plazo reglamentario: reclamación de deudas y recargos.
Tema 68. La recaudación en vía ejecutiva. Normas reguladoras. Títulos ejecutivos. Causas de oposición a los apremios. Embargo. Enajenación de los bienes embargados. Tercerías. Breve referencia a las Unidades de Recaudación Ejecutiva.
Tema 69. Acción protectora del Sistema Público de la Seguridad Social. Contenido y clasificación de las prestaciones. Incompatibilidades. El concepto de accidentes de trabajo y enfermedad profesional. Responsabilidad en orden a las prestaciones. Prescripción, caducidad y reintegro de prestaciones indebidas.
Tema 70. Asistencia sanitaria. Beneficiarios. Modalidades. Prestaciones farmacéuticas. Participación de los beneficiarios en el precio de los medicamentos.
Tema 71. La protección por incapacidad temporal: Concepto, beneficiarios y cuantía. Nacimiento, duración y extinción. La protección por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural. La prestación económica por el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Tema 72. La protección por incapacidad permanente: Grados. Nacimiento, duración y extinción. Cuantía. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y revisión de la incapacidad permanente. La pensión de invalidez en su modalidad no contributiva.
Tema 73. La protección por jubilación: modalidades contributiva y no contributiva. Hecho causante. Cuantía de la prestación. Incompatibilidad con el trabajo, suspensión y extinción. Jubilaciones anticipadas y prejubilación. La jubilación parcial. La jubilación flexible.
Tema 74. La protección por muerte y supervivencia. Requisitos para las prestaciones por viudedad, orfandad, y en favor de familiares. La cuantía de las prestaciones. Compatibilidad y extinción. Normas específicas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La protección a la familia: Clases, requisitos y cuantía de las prestaciones. Beneficiarios. La Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Tema 75. Los Sistemas Especiales del Régimen General de la Seguridad Social: Enumeración y Fundamento. Sistema Especial de los Empleados de Hogar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Acción protectora.
Tema 76. Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios. Campo de aplicación. El empresario agrícola. Altas, bajas y variaciones de datos. Cotización, recaudación y acción protectora.
Tema 77. Resto de Sistemas Especiales del Régimen General de la Seguridad Social. Regulación específica. Peculiaridades en materia de encuadramiento, afiliación, formas de cotización y recaudación de cuotas. Ámbito territorial. Duración de las campañas.
Tema 78. Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Especialidades de la acción protectora. Aspectos de Seguridad Social contemplados en el Estatuto del Trabajo Autónomo y su normativa de desarrollo. Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.
Tema 79. Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Especialidades de la acción protectora. Régimen Especial de la Minería del Carbón. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización. Especialidades de la acción protectora.
Tema 80. Particularidades de la integración en el Régimen General de la Seguridad Social de los Colectivos de Trabajadores Ferroviarios, Representantes de Comercio, Toreros y Artistas. Jugadores profesionales de fútbol, ciclistas, jugadores de baloncesto y demás deportes profesionales. Becarios y puestos no laborales en empresas. Estatuto del personal investigador en formación.
Tema 81. Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social. Antecedentes históricos. El Instituto Nacional de la Seguridad Social: Organización y funciones. La Tesorería General de la Seguridad Social: Organización y funciones.
Tema 82. La colaboración en la gestión. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Constitución, organización y funcionamiento. Colaboración obligatoria y voluntaria de empresas.
Tema 83. La protección por desempleo. Concepto y clases. Campo de aplicación. Acción protectora. Especial consideración a la situación legal de desempleo y formas de acreditación. Compatibilidad de la prestación por desempleo con el trabajo.
Tema 84. La prestación por desempleo en su nivel contributivo: Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Duración, cuantía, reanudación y extinción del derecho. Especial referencia a la prestación por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
Tema 85. La prestación por desempleo en su nivel asistencial: el subsidio por desempleo. Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del derecho. Duración y cuantía del subsidio. Reanudación del derecho. El subsidio por desempleo de los trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario. Renta Activa de Inserción.
Tema 86. Financiación y gestión de las prestaciones. Tramitación y pago de las prestaciones por desempleo: Normas generales y específicas. La opción de pago único.
Tema 87. La protección por desempleo. Obligaciones de empresarios y trabajadores. Responsabilidad de empresarios y trabajadores: Procedimiento para la exigencia de responsabilidad empresarial y reintegro de prestaciones indebidas.
Tema 88. La acción penal contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social. El delito por empleo irregular masivo. Delitos contra la Seguridad Social: cotización y prestaciones. Delitos en materia de subvenciones públicas.
Economía social y procedimiento:
Tema 89. Las sociedades laborales. Régimen jurídico vigente. Beneficios y ayudas para su constitución.
Tema 90. Las Cooperativas en el derecho español. Clases de cooperativas, con especial referencia a las de trabajo asociado. Régimen jurídico: constitución y registro. Los socios y asociados. Los órganos de la Sociedad Cooperativa. Fusión, escisión, disolución y liquidación. Especial referencia a la Ley de cooperativas europeas.
Tema 91. El procedimiento laboral. El ejercicio de la potestad jurisdiccional. Capacidad y legitimación procesal. Representación y defensa procesales. La intervención en juicio del Fondo de Garantía Salarial. Las actuaciones procesales. Evitación del proceso.
Tema 92. El proceso ordinario: Actos preparatorios y medidas precautorias. Demanda, conciliación y juicio. Pruebas. Sentencia.
Tema 93. Modalidades procesales. Procesos en materia de despidos y sanciones. Reclamación al Estado del pago de salarios de tramitación en juicios por despido. Procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas y otras causas de extinción.
Tema 94. Modalidades procesales: Procesos de Seguridad Social. El procedimiento de oficio. Otras modalidades procesales.
Tema 95. Medios de impugnación: Recursos contra providencias y autos. El recurso de suplicación. El recurso de casación. El recurso de revisión.
Tema 96. Ejecución de sentencias. La ejecución definitiva: Disposiciones generales y supuestos especiales. La ejecución provisional.
ANEXO III
Tribunal calificador
Tribunal Titular:
Presidenta: Doña Elena Ana Ruiz Cascales. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Vocales:
Don Francisco Javier Maestro Acosta. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Doña Carmen de la Cruz Molina. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
Don Rafael Martín Meño Galindo. Cuerpo de Subinspectores Laborales. Escala de Empleo y Seguridad Social.
Secretario: Don Leandro Mendieta Martín. Cuerpo de Subinspectores Laborales. Escala de Empleo y Seguridad Social.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Gregoria Chala Lafuente. Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Vocales:
Doña Carmen Teresa Peña Barrena. Cuerpo de Subinspectores Laborales. Escala de Empleo y Seguridad Social.
Doña M. Pilar Díaz Rodríguez. Cuerpo de Subinspectores Laborales. Escala de Empleo y Seguridad Social.
Don Juan de Dios Yusta Gallardo. Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Secretario: Don Juan López Ojeda. Cuerpo de Subinspectores Laborales. Escala de Empleo y Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y con las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Empleo y Seguridad Social».
En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar: «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala» se consignará «Subinspectores Laborales. Escala de Empleo y Seguridad Social».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará una de las siguientes letras, según corresponda:
L: Acceso por el sistema general de acceso libre.
P: Acceso por el sistema de promoción interna. Para dicho acceso deberá rellenarse el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura» con una de las siguientes letras, según corresponda:
E: Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.
F: Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social.
G: Aspirantes que pertenezcan a otros cuerpos y escalas adscritos al subgrupo C1.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Empleo y Seguridad Social».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid» o «Barcelona».
En el recuadro 21, «Grado Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22, con la letra G.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posee para participar en las pruebas selectivas.
Para turno libre, el importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 22,42 euros, y para las familias numerosas de categoría general de 11,21 euros y, para promoción interna, el importe de la tasa por derechos de examen, será con carácter general, de 11,21 euros y para las familias numerosas de carácter general, de 5,61 euros.
Quedarán exentos de dicha tasa, las personas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado duodécimo.5 de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
Estarán también exentas del pago de la tasa de derechos de examen las victimas del terrorismo, entendiendo por tales, a los efectos de la presente exención, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06-0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de Subdirección General de Administración Financiera de la Administración Periférica. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
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