sábado, 6 de agosto de 2016

Orden HAP/1316/2016, de 28 de julio, por la que se corrigen errores en la Orden HAP/1200/2016, de 14 de julio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.

En el BOE del día 2/08 se ha publicado:


Publicada en el «Boletín Oficial del Estado» la Orden HAP/1200/2016, de 14 de julio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado se procede a la siguiente modificación:
En la página 50813 en el Anexo I
I.A) Fase de oposición
Donde dice:
«Los aspirantes que hubieran obtenido una calificación igual o superior a 30 puntos en el ejercicio de Contabilidad Superior (segunda parte del segundo ejercicio) de las convocatorias anteriores, aprobada por Orden HAP/1995/2013, de 22 de octubre y Orden HAP/1584/2014, de 26 de agosto, estarán exentos de la realización del primer y segundo ejercicios de la presente convocatoria siempre y cuando, el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean idénticos. Perderán este derecho aquellos aspirantes que, en esta convocatoria, opten por una forma de acceso distinta de la elegida en la que se obtuvo la exención.»
Debe decir:
«Los aspirantes que hubieran obtenido una calificación igual o superior a 30 puntos en el ejercicio de Contabilidad Superior (segunda parte del segundo ejercicio) de las convocatorias anteriores, aprobadas por Orden HAP/1584/2014, de 26 de agosto y Orden HAP/2423/2015, de 12 de noviembre, estarán exentos de la realización del primer y segundo ejercicios de la presente convocatoria siempre y cuando, el contenido del temario y la forma de calificación de los ejercicios en los que se ha conservado la nota, sean idénticos. Perderán este derecho aquellos aspirantes que, en esta convocatoria, opten por una forma de acceso distinta de la elegida en la que se obtuvo la exención.»
Madrid, 28 de julio de 2016.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P.D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.

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