sábado, 23 de julio de 2016

Orden HAP/1202/2016, de 14 de julio, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.

En el BOE del 20/07 se ha publicado:


En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016 («BOE» del 22), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
Ambas convocatorias son independientes y se regirán por las mismas bases.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos y se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado («BOE» del 27) modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» del 30).
Bases específicas
La presente convocatoria, así como los actos que se deriven de su ejecución, se publicarán en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.minhap.es) y en el punto de acceso general (administracion.gob.es).
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convocan dos procesos selectivos para ingreso en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, código 0016, uno para cubrir 10 plazas, por el sistema general de acceso libre y otro para cubrir 6 plazas por el sistema de promoción interna.
Para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% se reservará una plaza de las convocadas por el sistema general de acceso libre.
De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste será incluido por su orden de puntuación en el sistema acceso general.
1.2 Los aspirantes que ingresen por la convocatoria de promoción interna tendrán, en todo caso, preferencia para cubrir los puestos vacantes que se oferten.
1.3 En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes, no podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
1.4 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias.
2. Proceso selectivo
2.1 Los procesos selectivos constarán de una fase de oposición para los aspirantes que se presenten por el sistema general de acceso libre y de una fase de oposición y otra de concurso para los aspirantes que se presenten por la convocatoria de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Los procesos incluirán la superación de un curso selectivo. Para la realización del mismo, tanto los aspirantes que hayan superado la fase de oposición como los que hayan superado las fases de oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.2 El carácter independiente de ambos procesos selectivos determina la imposibilidad de acumulación de eventuales plazas vacantes en cualquiera de ellos.
2.3 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
2.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con el siguiente calendario: el primer ejercicio de la oposición se iniciará antes de que transcurran 4 meses desde la publicación de esta convocatoria; la fase de oposición tendrá una duración máxima de 12 meses, contados a partir de la realización del primer ejercicio.
3. Programa
El programa que ha de regir los procesos selectivos es el que figura como anexo II a esta Orden.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna
Los aspirantes deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:
Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 (excepto los suspensos):
1. De la Administración General del Estado
2. De Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos.
3. Del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con destino definitivo en la Administración General del Estado.
Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1:
1. De la Administración General del Estado.
2. De Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos.
3. Del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
6. Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad («BOE» de 13 de junio).
Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
6.3 A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea idéntica en el contenido y forma de calificación.
7. Solicitudes
7.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el formulario de solicitud (modelo 790).
7.2 Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», a estos efectos se declara inhábil el mes de agosto de 2016.
La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital de persona física válido o el DNI electrónico con los certificados activados (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/ y en http://www.dnielectronico.es, respectivamente).
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
La inscripción en línea del modelo 790.
Anexar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
Una vez completados los datos solicitados, pulsando sobre el botón de «Inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso dónde se da confirmación de cada uno de estos pasos. Dándose por completado el trámite una vez que se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción. De otra manera el proceso no se considerará completo.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos («BOE» de 2 de abril). La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan que ir acompañadas de documentación adicional, ésta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica o podrá ser presentada en los lugares previstos en la letra siguiente.
b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips. Una vez cumplimentados en la citada página todos los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Cada solicitud tendrá asignado un número de referencia identificativo único (no son válidas las fotocopias). Para efectuar el pago de esta tasa, se presentará el original de la solicitud impresa cumplimentado en la forma descrita en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de examen, habrá que presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (calle Alcalá, 9, Madrid) o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («BOE» de 27 de noviembre), modificada por la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio («BOE» de 30 de julio).
Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Derechos de examen».
7.3 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
7.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
7.5 Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) La personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria, en los términos previstos en el apartado duodécimo 5 b) de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
Estas personas deberán acompañar a la solicitud estos dos documentos:
1. Certificado emitido por los servicios públicos de empleo sobre su condición de demandantes de empleo, con los requisitos señalados en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
2. Declaración jurada o promesa escrita del solicitante de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la Familia Numerosa («BOE» de 19 de noviembre). De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de la categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.
7.6 La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión del aspirante.
7.7 En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
8. Tribunal
8.1 El Tribunal calificador, común a ambos procesos selectivos, es el que figura como anexo III a esta Orden y se someterá a lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
8.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
8.3 El Tribunal calificador no podrá introducir medidas de corrección o criterios de valoración y superación de las pruebas que no estén expresamente previstas en estas bases.
8.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá, n.º 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91 5958933, 91 5958783, dirección de correo electrónico: oposiciones.funcionarios@minhap.es
9. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «H», según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas de 24 de febrero de 2016 («BOE» de 26), por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
10. Norma final
A los presentes procesos selectivos les serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente Orden.
Contra la presente Orden, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992.
Madrid, 14 de julio de 2016.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, P. D. (Orden HAP/1335/2012, de 14 de junio), la Subsecretaria de Hacienda y Administraciones Públicas, Pilar Platero Sanz.
ANEXO I
Descripción de los procesos selectivos y valoración
I. Procesos selectivos
Los procesos selectivos constarán de las siguientes fases:
Para la convocatoria por el sistema general de acceso libre:
A) Oposición.
B) Curso selectivo.
Para la convocatoria por el sistema de promoción interna:
A) Oposición.
B) Concurso.
C) Curso selectivo.
A) Fase de oposición
La fase de oposición constará de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.
Primer ejercicio: consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, a un cuestionario de treinta preguntas, propuesto por el Tribunal, sobre materias incluidas en los siguientes grupos del programa que figura en el anexo II.1:
– Derecho Administrativo y Comunitario (22 temas).
– Derecho Civil y Mercantil (20 temas).
No obstante, los aspirantes que concurran a la convocatoria de promoción interna que hayan consignado la letra «A» como forma de acceso en la solicitud, estarán exentos de responder a las cuestiones referidas a los temas de Derecho Administrativo y Comunitario del Anexo II.1, debiendo contestar por escrito un cuestionario de quince preguntas y realizar el ejercicio en una hora y treinta minutos.
Segundo ejercicio: consistirá en la resolución por escrito, en un tiempo máximo de cuatro horas, de un supuesto práctico sobre temas relativos a la gestión catastral. Los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios para la realización de dicho ejercicio.
Tercer ejercicio: este ejercicio se compondrá de dos partes, que versarán ambas sobre las siguientes materias del programa que figura en el anexo II.2 de la convocatoria:
– Derecho Financiero y Tributario (22 temas).
– Gestión Catastral (24 temas).
a) Una primera, de dos horas de duración, que consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de quince preguntas propuestas por el Tribunal.
b) Una segunda, de dos horas de duración, para desarrollar por escrito un tema propuesto por el Tribunal.
El tema deberá ser leído por el opositor, en sesión pública, ante el Tribunal, siendo eliminados aquellos opositores que no se presenten a la lectura. Una vez finalizada la lectura del ejercicio, los miembros del Tribunal podrán formular cuestiones a los opositores, si lo estiman conveniente, por un tiempo máximo de diez minutos.
Los ejercicios deberán escribirse de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en el lenguaje escrito.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
B) Fase de concurso
La fase de concurso, de carácter no eliminatorio, consistirá en la valoración de los siguientes méritos: antigüedad, grado personal consolidado y trabajo desarrollado. La certificación de méritos deberá realizarse según el modelo incluido como anexo V a esta Orden.
Los aprobados dispondrán de un plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de las listas de aprobados de la fase de oposición, para la presentación de la certificación de méritos, debiendo ser expedida por los servicios de personal de los Ministerios u organismos donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso.
La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante en la fase de concurso.
En los tablones de anuncios de la sede del Tribunal, así como en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (http://www.minhap.gob.es) y en el punto de acceso general: administración.gob.es, el Tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.
Finalizada la fase de concurso-oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la sede del Tribunal y en la página web del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en el punto de acceso general: administración.gob.es. Dicha relación se publicará mediante Orden en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de 20 días naturales, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.
C) Curso selectivo
En el curso se desarrollarán materias relacionadas con las siguientes Áreas: Jurídica, Inmobiliaria y Registral, Financiera, Tributaria, Catastral, así como las de carácter complementario e instrumental útiles para el desempeño de las funciones encomendadas al Cuerpo Técnico de Gestión Catastral, incluyendo un módulo en materia de igualdad de género entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
Todos los aspirantes que superen las fases de oposición y concurso realizarán un curso selectivo en la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, que deberán superar con aprovechamiento.
Será común a ambas convocatorias y tendrá una duración máxima de tres meses lectivos y comenzará en el plazo máximo de dos meses, a partir de la finalización del plazo fijado para la presentación de la documentación requerida en la Orden por la que se publicará la lista de aprobados de las fases de oposición y concurso.
La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas, valoradas por la Escuela de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.
Con el fin de adecuar el disfrute de las vacaciones anuales, se establece que las vacaciones de estos funcionarios, por necesidades del servicio y de acuerdo con el artículo 74 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, abarcarán desde el 1 al 31 del agosto del año en que se realice el curso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo de acuerdo con el procedimiento de calificación previsto en esta convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.1 del Real Decreto 364/1995, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
II. Valoración
A) Fase de oposición
Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán valorando los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión, ya sea oral o escrita, así como su forma de presentación y exposición, de la forma siguiente:
Primer ejercicio: la calificación máxima será de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Segundo ejercicio: la calificación máxima será de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
Tercer ejercicio: la calificación máxima será de 50 puntos, siendo necesario para superar el ejercicio obtener un mínimo de 25 puntos. Cada una de las dos partes se calificará de 0 a 25 puntos. No se admitirá la compensación en el caso de que la calificación fuera inferior a 10 puntos en alguna de las dos partes.
El Tribunal calificador hará públicas las listas de los aspirantes que se consideren aptos por haber superado la calificación mínima de 10 puntos en la primera parte del tercer ejercicio y que, consecuentemente, pueden realizar la lectura del tema escrito. La calificación en la fase de lectura del tema del tercer ejercicio se obtendrá mediante el cálculo de la media aritmética de la suma de las calificaciones otorgadas por los miembros del Tribunal, previa eliminación de la más alta y la más baja.
El Tribunal expondrá la relación de aprobados en cada ejercicio, especificando la puntuación que hubieran obtenido. Los que no figuren en la relación se considerarán excluidos.
El Tribunal no podrá declarar aprobados en el último ejercicio a un número de opositores superior al de plazas convocadas.
La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones alcanzadas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
B) Fase de concurso
Se valorarán los siguientes méritos:
a) Antigüedad: la antigüedad del funcionario en Cuerpos y Escalas de la Administración General del Estado, en Cuerpos y Escalas Postales y Telegráficos o en Cuerpos y Escalas del resto de Administraciones incluidas en el artículo 2.1, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos hasta la fecha de publicación de esta convocatoria al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, a razón de un punto por año completo de servicios, hasta un máximo de 28 puntos.
b) Grado personal consolidado: según el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente hasta la fecha de finalización del plazo de presentación del certificado a que se refiere el apartado decimosexto de la Orden APU/3416/2007. Se otorgará la siguiente puntuación:
Grados 11, 12, 13 y 14: 12 puntos.
Grados 15 y 16: 14 puntos.
Grados 17 y 18: 16 puntos.
Grados 19 y 20: 17 puntos.
Grados 21 y siguientes: 18 puntos.
c) Trabajo desarrollado: según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado o en los órganos constitucionales el día de publicación de esta Orden, como funcionario del Subgrupo C1, se otorgará la siguiente puntuación:
Niveles 14 e inferior: 14 puntos.
Nivel 15: 15 puntos.
Nivel 16: 18 puntos.
Nivel 17: 19 puntos.
Nivel 18: 20 puntos.
Nivel 19: 22 puntos.
Nivel 20: 24 puntos.
Niveles 21 o superior: 25 puntos.
La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por posteriores reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de las mismas.
A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del Subgrupo C1.
A los funcionarios que se encuentren en la situación de excedencia por el cuidado de familiares se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u órganos constitucionales, y a los funcionarios en la situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado u órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería al efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
C) Curso selectivo
Se calificará con una puntuación máxima de 30 puntos por el total de los trabajos, necesitándose para aprobar obtener 15 puntos como mínimo.
III. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición, concurso y curso selectivo para los aspirantes del sistema de promoción interna, y determinará la prioridad para la elección de destino.
– Por la suma de la fase de oposición y curso selectivo para los del sistema general de acceso libre y determinará la prioridad para la elección de destino, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el apartado decimoséptimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el curso selectivo y, en caso de persistir el empate, a la mayor puntuación correspondiente a la fase de concurso. Si esto no fuera suficiente se atenderá a la nota correspondiente al tercer, segundo y primer ejercicio de la fase de oposición, por este orden.
ANEXO II
Programa
Anexo II.1
Derecho Administrativo y Comunitario
Tema 1. Instituciones de la Unión Europea: El Consejo, la Comisión, el Parlamento. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. El ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes.
Tema 2. La Constitución Española de 1978: Características y estructura. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional. Órganos constitucionales de control: El Tribunal de cuentas y el Defensor del Pueblo.
Tema 3. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La coordinación entre las distintas Administraciones Públicas. Los ordenamientos de las Comunidades Autónomas. Competencias normativas del Estado y de las Comunidades Autónomas. Las competencias normativas de las Corporaciones Locales.
Tema 4. La Administración y el Derecho administrativo. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. Leyes Orgánicas. Leyes Ordinarias. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos Legislativos. El Reglamento: Concepto, caracteres y clases. Límites de los Reglamentos. Reglamentos ilegales.
Tema 5. Las potestades administrativas: Concepto y clases. El acto administrativo: Concepto y caracteres. Diferentes clasificaciones de los actos administrativos.
Tema 6. Elementos del acto administrativo: Sujeto, objeto, fin y forma. La motivación y la notificación. Publicación. Eficacia. Ejecutoriedad de los actos administrativos. La suspensión de efectos. La ejecución forzosa: Especial referencia a la vía de apremio.
Tema 7. La invalidez de los actos administrativos: Nulidad, anulabilidad y revocación. La revisión de oficio.
Tema 8. El procedimiento administrativo: Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación y principios informadores. Las partes en el procedimiento administrativo. Los interesados. Capacidad, legitimación y representación. Iniciación, ordenación, instrucción y tramitación. La terminación del procedimiento: Formas. Silencio administrativo.
Tema 9. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Reclamaciones previas a la vía judicial. Especial referencia a las reclamaciones económico-administrativas.
Tema 10. La Jurisdicción Contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes en el proceso; capacidad, legitimación y defensa. Idea general del procedimiento contencioso-administrativo. Recursos contra sentencias.
Tema 11. La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública: Régimen vigente. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios.
Tema 12. Contratos del Sector Público: Normativa reguladora. Delimitación de los tipos contractuales. Partes en el contrato. Requisitos para contratar con la Administración. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Expediente de contratación. Pliegos de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Ejecución, modificación, extinción y cesión de los contratos.
Tema 13. Régimen patrimonial de las administraciones públicas: Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas. Bienes y derechos de dominio público o demaniales. Bienes y derechos de dominio privado o patrimonial. Patrimonio del Estado. Adquisición y enajenación de bienes y derechos del Patrimonio del Estado. El inventario general de bienes y derechos del Estado. Patrimonio Nacional. Bienes comunales. Legislación sobre patrimonio histórico-artístico.
Tema 14. La expropiación forzosa: concepto, naturaleza y elementos. Legislación vigente. Procedimiento general de la expropiación. Garantías judiciales. Idea general de los procedimientos especiales.
Tema 15. Concepto de servicio público. Especial referencia a la concesión administrativa y su régimen jurídico.
Tema 16. Derecho urbanístico. Legislación reguladora estatal y autonómica actual: distribución competencial en la materia. El planeamiento urbanístico: clases y naturaleza. Elaboración, formación y aprobación de los planes.
Tema 17. La ejecución del planeamiento urbanístico. Presupuestos jurídicos. Sistemas de actuación urbanística. Técnicas de equidistribución de beneficios y cargas derivadas del planeamiento: áreas de reparto y aprovechamiento. El suelo: situaciones básicas.
Tema 18. La regulación jurídica de la vivienda de protección oficial. Concepto y clases. Su financiación. Distribución competencial en la materia.
Tema 19. Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado. Sus principios. Órganos centrales y territoriales. El Sector Público Institucional. Organismos Públicos: Organismos Autónomos y entidades públicas empresariales. Administración consultiva. La Administración General del Estado en el exterior.
Tema 20. La Función Pública. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones de los funcionarios. Derechos y deberes de los funcionarios. Incompatibilidades. Régimen disciplinario de los funcionarios públicos. Responsabilidad patrimonial, penal y contable.
Tema 21. Políticas de Igualdad de Género: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la Violencia de Género: La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas dirigidas a la atención de personas discapacitadas y/o dependientes: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
Tema 22. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información (OTAI). El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Derecho Civil y Mercantil
Tema 1. El Derecho objetivo. Concepto y clasificaciones. Distinción entre Derecho objetivo y subjetivo. Derecho público y Derecho privado. El Derecho civil español: Sus rasgos distintivos y elementos de su formación histórica. El Código Civil y la legislación complementaria.
Tema 2. El sujeto del Derecho. La persona. Concepto y clases. Nacimiento, extinción. Capacidad. Representación. Nacionalidad. Domicilio. Estado civil. El Registro Civil. Los regímenes económicos del matrimonio.
Tema 3. El objeto del Derecho. Las cosas. Concepto y clasificación. Especial referencia a los bienes muebles e inmuebles, de dominio público y de propiedad privada. El patrimonio. Los frutos. Los gastos y las mejoras.
Tema 4. Los derechos reales. Concepto, naturaleza y caracteres. Diferencias con el derecho de crédito. Clasificación de los derechos reales. Derechos reales reconocidos en la legislación española. Adquisición, pérdida y extinción de los derechos reales.
Tema 5. El derecho real de dominio. Concepto y caracteres. Extensión y contenido. Límites y limitaciones de la propiedad. Protección del dominio y acciones que nacen del mismo. Deslinde y amojonamiento. Adquisición del dominio. La teoría del título y el modo. La tradición en el Derecho español. La accesión. La usucapión. La pérdida del dominio.
Tema 6. La comunidad de bienes: Concepto y clases. La propiedad horizontal. Naturaleza y ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones de los propietarios. Elementos comunes y privativos. Régimen jurídico. Régimen de los complejos inmobiliarios privados. El derecho de aprovechamiento por turnos de bienes inmuebles.
Tema 7. La posesión. Naturaleza jurídica. Clases. Efectos de la posesión. Adquisición, conservación y pérdida de la posesión. Efectos y protección de la posesión. Juicios verbales posesorios.
Tema 8. Derechos reales de goce y disfrute. El derecho de usufructo: Concepto, naturaleza y caracteres. Constitución, extinción y transmisibilidad. Derechos y obligaciones del usufructuario y nudo propietario. Derechos de uso y habitación. Los derechos reales de censo, enfiteusis y foro. El derecho de superficie. El derecho de servidumbre.
Tema 9. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: Concepto y caracteres. Hipotecas legales e hipotecas voluntarias. Constitución y contenido del derecho real de prenda. La prenda sin desplazamiento. La hipoteca mobiliaria. La anticresis.
Tema 10. El Registro de la Propiedad: Concepto, objeto y fines. Organización del Registro de la Propiedad. Principios que lo informan. La publicidad formal: las certificaciones registrales. La publicidad material: protección registral. Legislación reguladora. Contenido y efectos. Asientos registrales: clases y efectos.
Tema 11. La finca registral. Actos y derechos inscribibles. Concordancia entre el Registro de la Propiedad y la realidad jurídica. La inmatriculación de la finca. Medios de inmatriculación. El expediente de dominio y sus distintas finalidades. Su tramitación.
Tema 12. Las declaraciones de obra nueva y la división horizontal. Los excesos de cabida. Modificaciones de la finca registral: la agrupación, la agregación, la segregación y la división de fincas.
Tema 13. La protección del tercero: La fe pública registral. Alcance y ámbito de la fe pública registral. Los Documentos Públicos. Elevación a públicos de documentos privados. Valor probatorio de los documentos públicos y privados.
Tema 14. La obligación: Naturaleza, elementos y clases. El cumplimiento de las obligaciones. Extinción. Prueba de las obligaciones. El negocio jurídico: Concepto y clases. Elementos esenciales del negocio jurídico. La ineficacia e invalidez del negocio jurídico.
Tema 15. El contrato: concepto, fundamento y función. El principio de autonomía de la voluntad y sus limitaciones. Elementos y requisitos del contrato. Interpretación, ineficacia y rescisión. Clasificación de los contratos.
Tema 16. Contrato de compraventa. Derechos de tanteo y retracto. Contrato de permuta. El contrato de arrendamiento. Clases. Arrendamientos urbanos. Legislación especial. Constitución, contenido. Duración y extinción. Arrendamientos rústicos. Legislación especial. Constitución, contenido. Duración y extinción.
Tema 17. La donación: Concepto y clases. Elementos de la donación. Efectos de la donación. Revocación y reducción de donaciones. La sucesión «mortis causa»: Concepto y clases. La herencia: Concepto y situaciones en que puede encontrarse la herencia. Aceptación de la herencia. Heredero y legatario. La sucesión testamentaria: Concepto, caracteres y clases de testamentos. Sucesión forzosa. La sucesión intestada.
Tema 18. Las sociedades mercantiles. El contrato de sociedad. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades.
Tema 19. La sociedad anónima. La sociedad de responsabilidad limitada Sociedad comanditaria por acciones. La sociedad comanditaria simple. La sociedad regular colectiva.
Tema 20. El proceso extintivo de las sociedades mercantiles. Transformación y fusión de sociedades. Procedimientos concursales.
Anexo II.2
Derecho Financiero y Tributario
Tema 1. El Derecho financiero: Concepto y contenido. Los principios constitucionales en materia tributaria. El Derecho Presupuestario. La Ley General Presupuestaria: características y principios informadores.
Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: Elaboración, aprobación, ejecución y liquidación del presupuesto. El control de la actividad financiera en España. Concepto y clases. Contenido y régimen jurídico.
Tema 3. El Derecho Tributario. Concepto y contenido. Las fuentes del Derecho Tributario. Los principios del ordenamiento tributario español. La Ley General Tributaria. El sistema tributario español vigente. Los tributos: concepto y clasificación.
Tema 4. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. La integración de las normas. Ámbito temporal y ámbito espacial. La analogía en el Derecho Tributario. El conflicto en la aplicación de la norma tributaria. La simulación.
Tema 5. La relación jurídica tributaria. Elementos esenciales del tributo. El obligado tributario. Concepto y clases: Especial referencia al sujeto pasivo. Responsables tributarios. Domicilio fiscal. El hecho imponible. La base imponible y la base liquidable. Tipos de gravamen. La exención tributaria. La cuota y la deuda tributaria.
Tema 6. Actuaciones y procedimientos de gestión tributaria. La autoliquidación. Procedimiento iniciado mediante declaración El Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación limitada.
Tema 7. La extinción de las obligaciones tributarias. Especial referencia al pago y a la prescripción de las deudas tributarias. Otras formas de extinción. Garantías de pago.
Tema 8. El procedimiento recaudatorio. Órganos de recaudación. El ingreso del tributo en período voluntario. Aplazamiento y fraccionamiento del pago. Recaudación en periodo ejecutivo. El procedimiento de apremio. Privilegios para el cobro de las deudas tributarias.
Tema 9. El procedimiento de inspección de los tributos. Órganos. Funciones. Facultades. Documentación de las actuaciones inspectoras. Las infracciones y sanciones tributarias. El procedimiento sancionador de las infracciones tributarias simples. El delito contra la Hacienda Pública en materia tributaria.
Tema 10. La revisión de actos en vía administrativa. Procedimientos especiales de revisión: La revisión de oficio en materia tributaria. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Los órganos económico-administrativos.
Tema 11. El procedimiento económico-administrativo: Actos susceptibles de reclamación. Legitimación y extensión de la revisión. Suspensión del acto impugnado. Recurso de alzada ordinario. Recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio. Recurso extraordinario para la unificación de doctrina. Recurso extraordinario de revisión. Procedimiento abreviado ante órganos unipersonales.
Tema 12. Los derechos y garantías de los obligados tributarios. Desarrollo de las actuaciones en los procedimientos tributarios. El Consejo para la Defensa del Contribuyente.
Tema 13. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Hecho imponible. Rentas exentas. Sujetos pasivos. La base imponible: Rendimientos del trabajo, del capital, de actividades empresariales o profesionales. Ganancias y Pérdidas patrimoniales. Base Liquidable: reducciones. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del impuesto.
Tema 14. El Impuesto sobre Sociedades. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. La deuda tributaria. Exenciones. Gestión del impuesto. El impuesto sobre la Renta de No residentes: Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Gravamen especial sobre Bienes Inmuebles de Entidades no residentes.
Tema 15. El Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Exenciones. Base imponible. Deuda Tributaria. Gestión del impuesto. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Hecho imponible. Sujetos pasivos. Base Imponible. Deuda Tributaria. Gestión del impuesto.
Tema 16. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones patrimoniales onerosas: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Deuda tributaria. Operaciones societarias: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible. Deudas. Actos jurídicos documentados: hecho imponible. Sujetos pasivos. Base imponible y deuda tributaria. Exenciones. Gestión del impuesto.
Tema 17. El Impuesto sobre el Valor Añadido: naturaleza y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Devengo del Impuesto. Exenciones. Sujetos pasivos. Base imponible. Tipos de gravamen. La repercusión del impuesto. Deducción del impuesto. Devoluciones. Gestión del impuesto.
Tema 18. Los Impuestos Especiales. La imposición aduanera. Las Tasas. Concepto. Hecho imponible. Sujetos pasivos. Devengo. Gestión y liquidación. Especial referencia a las tasas catastrales. Los precios públicos. Diferencia entre tasas y precios públicos. Las contribuciones especiales.
Tema 19. La financiación de las Comunidades Autónomas. Mención especial del régimen de tributos cedidos y de la corresponsabilidad fiscal. El Fondo de Compensación Interterritorial.
Tema 20. El sistema impositivo local en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Los impuestos municipales obligatorios. Los impuestos municipales potestativos. Impuesto sobre Actividades Económicas. Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Tema 21. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles Naturaleza y hecho imponible. Concepto y clases de bienes inmuebles a efectos del impuesto. Los beneficios fiscales.
Tema 22. Los sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Base imponible. Base liquidable. Tipos de gravamen. Cuota. Recargos. Periodo impositivo y devengo. Gestión del impuesto. Distribución de competencias.
Gestión Catastral
Tema 1. El Catastro Inmobiliario: Modelos de Catastro existentes. Evolución histórica del Catastro en España. Principios informadores del Catastro Inmobiliario. La Dirección General del Catastro: su integración en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Estructura orgánica y funcional.
Tema 2. La actividad internacional del Catastro. El Catastro en Europa. Comité Permanente del Catastro en Europa. El Catastro en Iberoamérica: Comité Permanente del Catastro en Iberoamérica.
Tema 3. Marco normativo vigente en el Catastro español. El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario: antecedentes, justificación y estructura. Ámbito de aplicación de la Ley. Concepto, naturaleza y contenido del Catastro Inmobiliario: Bienes inmuebles a efectos catastrales.
Tema 4. Concepto de titular catastral. Reglas de representación de los titulares catastrales. Derechos y obligaciones del titular catastral. Órganos colegiados en el ámbito catastral: Composición y funciones.
Tema 5. Concepto de gestión catastral. La gestión catastral en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Distribución de competencias. El Padrón catastral.
Tema 6. Procedimientos de incorporación: Tipos. Régimen jurídico y disposiciones comunes. Eficacia y notificación de estos procedimientos. Procedimiento de declaración. Hechos, actos y negocios susceptibles de declaración. Concepto. Sujetos obligados a declarar. Plazos y efectos. Consecuencias del incumplimiento. Lugar de presentación. Procedimientos de comunicación y solicitud.
Tema 7. Procedimientos de subsanación de discrepancias y de rectificación. Procedimiento de regularización catastral 2013-2016.
Tema 8. La inspección catastral. Naturaleza y funciones. Atribución y ejercicio de las funciones inspectoras. Obligados tributarios. Actuaciones de inspección catastral: Clases, documentación y eficacia. Actuaciones de inspección conjunta con EELL. Planes de inspección catastral. Tipificación de las infracciones en materia catastral. Sanciones y criterios de graduación de las mismas. El procedimiento sancionador: órganos competentes y tramitación.
Tema 9. El valor catastral: Concepto y componentes del valor catastral. Criterios y límites aplicables en su determinación. Tipos de procedimientos que conllevan determinación de valor catastral de los bienes inmuebles.
Tema 10. La actualización de valores catastrales por aplicación de coeficientes. Las ponencias de valores: Naturaleza jurídica, contenido, clases, elaboración, aprobación, efectividad e impugnación. Los estudios de mercado inmobiliario y las ponencias de valores.
Tema 11. Procedimientos de valoración catastral. Procedimiento de valoración colectiva de carácter general y parcial. Procedimiento simplificado de valoración colectiva. Procedimiento de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales. La valoración individualizada. Renovación del catastro rústico.
Tema 12. La notificación de los actos de gestión catastral. Notificaciones derivadas de los procedimientos de valoración colectiva de carácter general y parcial y de determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de características especiales. Notificaciones edictales. Notificación de actos dictados en otros procedimientos de incorporación al Catastro.
Tema 13. Procedimientos de revisión de oficio de los actos de gestión catastral: actos susceptibles de revisión, plazos, requisitos, efectos y competencias. Recursos y reclamaciones. Cumplimiento de las resoluciones de los Tribunales Económico-Administrativos. La revisión de los fallos de los Tribunales Económico-Administrativos Regionales a instancia de la Dirección General del Catastro.
Tema 14. Valoración catastral (I): Normas Técnicas de valoración catastral de los bienes inmuebles urbanos: Valores de repercusión y unitarios. Valor del suelo, valor de las construcciones. Coeficientes correctores de aplicación al valor del suelo. Tipologías edificatorias. Coeficientes correctores a aplicar al valor de las construcciones. Coeficientes correctores de la suma del valor del suelo y de la construcción.
Tema 15. Valoración catastral (II): Bienes inmuebles rústicos. La determinación del valor catastral de los inmuebles rústicos en el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario. Bienes inmuebles de características especiales. Normas Técnicas de valoración de los bienes inmuebles de características especiales.
Tema 16. Valoración catastral (III): La coordinación de valores. Modulo de valor M: Módulos básicos de repercusión de suelo y construcción. Áreas económicas homogéneas. Las Juntas Técnicas Territoriales de Coordinación Inmobiliaria. La Comisión Superior de Coordinación Inmobiliaria. Juntas Periciales. Tipos evaluatorios. Procedimiento de coordinación.
Tema 17. Colaboración e intercambio de información en el ámbito del Catastro Inmobiliario. Suministro de información a la Dirección General del Catastro. Suministro de información por la Dirección General del Catastro. Colaboración institucional. Colaboración mediante la suscripción de Convenios de colaboración. Objeto, alcance y régimen jurídico. Tramitación. Eficacia. Denuncia. Publicidad.
Tema 18. La referencia catastral. Su configuración actual. Normas de asignación. Constancia documental y registral de la referencia catastral. Actuaciones vinculadas a su cumplimiento. Sujetos obligados. Efectos del incumplimiento.
Tema 19. La coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad. Instrumentos, procedimientos y requisitos para el intercambio de información.
Tema 20. La cartografía catastral: concepto y contenido. Ordenación de la cartografía oficial. Sistema cartográfico nacional: objetivos, instrumentos. La estandarización de la información geográfica: la Directiva INSPIRE y sus especificaciones de parcela catastral, direcciones y edificios. Infraestructura de Datos Espaciales de España (IDEE).
Tema 21. El acceso a la información catastral. Difusión de la información catastral. Protección de datos de carácter personal. La tasa de acreditación catastral. La información y la atención al ciudadano en el Catastro. La atención multicanal. Los Puntos de Información Catastral.
Tema 22. La Administración electrónica. Normativa de desarrollo. Herramientas e instrumentos: sedes electrónicas y sus requisitos; servicios de identificación y firma electrónica. Documento, expediente y notificaciones electrónicas. El Portal del Catastro. La Sede Electrónica del Catastro.
Tema 23. Contratación de trabajos catastrales. Pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas. Órganos competentes. Control y supervisión.
Tema 24. Plan estratégico del Catastro. Sistema de dirección por objetivos y evaluación del rendimiento. La calidad y la mejora continua en el Catastro. Las cartas de servicios.
ANEXO III
Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Técnico de Gestión Catastral
Tribunal titular
Presidenta: Doña Noelia Blasco Martínez, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
Vocales:
Don José Balbuena Jiménez, del Cuerpo de Abogados del Estado.
Doña María del Carmen Martín Gallego, de la Subescala Secretaría, Categoría entrada.
Doña Ana Isabel Vacas Egido, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
Secretario: Don Javier Romeo Vega-Leal, del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
Tribunal suplente
Presidente: Don Emilio Fernández Fernández, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
Vocales:
Don Manuel Olleros Lledó, del Cuerpo Superior de Gestión Catastral.
Don Miguel Zurita Cassinello, del Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información.
Doña María Teresa Alemany de Aguinaga, del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
Secretaria: Doña Cristina García González, del Cuerpo Técnico de Gestión Catastral.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo Técnico de Gestión Catastral».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará con arreglo a las siguientes claves:
«L» Libre/Nuevo Ingreso.
«A» Promoción Interna (aspirantes pertenecientes a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1).
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, se consignará estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado universitario, Arquitecto Técnico o Grado, al finalizar el plazo de presentación de instancias.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará «el Cuerpo de pertenencia en caso de optar por el turno de promoción interna».
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 22,42 euros y para las familias numerosas de categoría general de 11,21 euros.
Aquellos aspirantes que concurran a las pruebas selectivas por el turno de promoción interna gozarán de una bonificación del 50 % de la tasa, siendo su cuantía 11,21 euros y para las familias numerosas de categoría general la cuantía será de 5,61 euros.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
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