Visto el mandato conferido por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, en sesión celebrada el 17 de febrero de 2016,
R E S U E L V O:
Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el siguiente
"Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad para 2016.
El último párrafo del artículo 20.Uno.4 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, establece que no computarán, dentro del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna.
Las carencias del personal de Administración y Servicios que se han ido acumulando en los años de congelación o limitación de las Ofertas de Empleo Público, aconsejan convocar los procesos de promoción interna legalmente permitidos, con la finalidad de paliar en lo posible las indicadas carencias, a la par que atender a las lógicas expectativas de promoción del personal fijo.
En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 17 de febrero de 2016, adopta el siguiente
ACUERDO:
Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público.
Se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para 2016 en los términos que se establecen en el presente Acuerdo. Incluye las plazas de personal Funcionario y Laboral con asignación presupuestaria que deben proveerse mediante los procesos de promoción interna legalmente previstos.
Segundo.- Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.
La Oferta de Empleo Público está integrada por las plazas de las escalas funcionariales y de los grupos y especialidades laborales que se señalan en el anexo.
Tercero.- Procedimientos de acceso.
1. Las plazas de Personal Funcionario se proveerán mediante los procesos de promoción interna previstos legal y reglamentariamente, entre funcionarios de carrera de la ULPGC que cumplan los requisitos establecidos en la normativa vigente.
2. Las plazas de Personal Laboral se proveerán mediante los procesos de promoción interna previstos en el artículo 25 del II Convenio Colectivo para el Personal de Administración y Servicios Laboral de las Universidades Públicas Canarias.
Cuarto.- Publicidad.
Por el Sr. Rector Magnífico se procederá a la publicación del presento Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias".
Las Palmas de Gran Canaria, a 17 de febrero de 2016.- El Rector, José Regidor García.
Ver anexo en las páginas 5560-5560 del documento Descargar
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