En el BOP del 4/09 se ha publicado en las páginas 18649-18650:
Ilmo. Sr. D. Carlos Garcinuño Zurita, de fecha 21 de
agosto de 2015, en su parte dispositiva, en sustitución
del Concejal de Gobierno de Hacienda y Recursos
Humanos, por Decreto del Sr. Alcalde, de fecha 27
de julio de 2015, relativo a la modificación de ciertos
apartados contenidos en las Bases de la Convocatoria
para la provisión en propiedad por el turno libre y
mediante el sistema de oposición de veinte (20) plazas
de Policía, pertenecientes a la Escala de Administración
Especial, Subescala de Servicios Especiales,
Clase de Policía Local, aprobadas mediante Decreto
de fecha 23 de marzo de 2015, cuyo tenor literal es
el siguiente:
“…Dispongo:
Primero: Aprobar la modificación de los siguientes
apartados contenidos en las bases de la convocatoria
para la provisión en propiedad por el turno libre y mediante
el sistema de oposición de veinte (20) plazas de
Policía, pertenecientes a la Escala de Administración
Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de
Policía Local aprobadas mediante Decreto de fecha
23 de marzo de 2015, en los siguientes términos:
- Base sexta, apartado 6.1 (párrafos 2º y 3º), donde
dice: “(…) El Tribunal Calificador de las pruebas
selectivas será designado por la Dirección General de
Recursos Humanos, conforme al régimen de atribuciones
vigente, y estará constituido de la siguiente forma:
Un/a Presidente/a, tres Vocales y un/a Secretario/a,
que deberán tener la condición de funcionarios/as
de carrera, debiendo incluirse un representante de la
Administración Pública de la Comunidad Autónoma
de Canarias con competencia en materia de función
pública y un representante de la Consejería competente
en materia de Coordinación de Policías Locales.
(…)”, debe decir: “(…) El Tribunal Calificador de las
pruebas selectivas será designado por la Dirección
General de Recursos Humanos, conforme al régimen
de atribuciones vigente, y estará constituido de la
siguiente forma: Un/a Presidente/a, cuatro Vocales
y un/a Secretario/a, que deberán tener la condición
de funcionarios/as de carrera, debiendo incluirse un
representante de la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias con competencia en
materia de función pública y un representante de la
Consejería competente en materia de Coordinación
de Policías Locales (…).
- Base octava, apartado 3), donde dice: “(...) 3) Periodo
de prácticas. Con independencia del Módulo de
formación en el centro de trabajo que pueda incluir la
formación impartida por el órgano competente de la
Comunidad Autónoma de Canarias, los/as aspirantes
que hayan superado el curso selectivo, o, en su caso,
hubieren sido declarados exentos de cursar los mismos,
realizarán un período de prácticas de 1.200 horas
de servicio efectivo prestado en este Ayuntamiento.
(…)”, debe decir: “(...) 3) Periodo de prácticas. Con
independencia del Módulo de formación en el centro
de trabajo que pueda incluir la formación impartida
por el órgano competente de la Comunidad Autónoma
de Canarias, los/as aspirantes que hayan superado
el curso selectivo, o, en su caso, hubieren sido declarados
exentos de cursar los mismos, realizarán
un período de prácticas de 1.200 horas de servicio
efectivo prestado en este Ayuntamiento, del cual se
descontarán los períodos de Incapacidad Transitoria, el
curso selectivo de la Academia Canaria de Seguridad
y cualquier otra circunstancia que imposibilitara la
prestación del servicio. (…)”
- Finalmente, respecto a la última consideración
planteada acerca de la base primera de la convocatoria,
párrafo 3º) donde dice: “(…) Al total de plazas
se podrán acumular las vacantes que se produzcan
por jubilación, fallecimiento y ascensos, en el plazo
comprendido desde la fecha de aprobación de la
convocatoria hasta el último día del plazo establecido
para la presentación de instancias. (…)”, debe
decir: “(…) Al total de plazas se podrán acumular
las vacantes que se produzcan por jubilación, fallecimiento
y ascensos, en el plazo comprendido desde
la fecha de aprobación de la convocatoria hasta el
18650 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 113, viernes 4 de septiembre de 2015
último día del plazo establecido para la presentación
de instancias, hasta un máximo de un diez por cien
adicional, conforme a lo previsto en el artículo 70.1
de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público (…)”,
Segundo: Ordenar la publicación de los términos
de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia,
así como del texto definitivo que se adjunta
como Anexo en la página web municipal, remitiendo
simultáneamente la documentación al Servicio de
Administración Local de la Viceconsejería de Administración
Pública de la Consejería de Presidencia,
Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, en base
a la colaboración que debe existir entre las distintas
Administraciones Públicas.”.
Lo que se le comunica para su conocimiento y
efectos oportunos.
En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de agosto de 2015.
El Jefe del Servicio de Recursos Humanos, p.a,
el Jefe de la Sección de Organización de Recursos
Humanos, José Manuel Álamo González.
AGULO
ANUNCIO
8377 7759
Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía
nº 308/2015, del día 05/08/2015 el Padrón de Contribuyentes
de la Tasa por el Servicio de Abastecimiento
de Agua Potable Municipal correspondiente al periodo
del primer semestre del año 2015 de conformidad
con el art. 102.3 de la Ley 58//2003, 17 de diciembre
General Tributaria se expone al público, por un periodo
de veinte días naturales, contados a partir del día
siguiente de la publicación del presente Anuncio en el
Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles
reclamaciones o recursos que los interesados estimen
procedentes de acuerdo lo previsto en el artículo 14
del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, del Texto Refundido
de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
Anuncio de cobranza: sin perjuicio de lo previsto en
el apartado anterior, de conformidad con lo previsto
en el artículo 24 del R.D. 939/2005, de 29 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento General de
Recaudación, se comunica que el plazo de ingreso,
en periodo voluntario de los recibos generados, se
realizará del 01/10/2015 al 30/12/2015, advirtiéndose
que al vencimiento del plazo de ingreso, las deudas
serán exigidas por el procedimiento de apremio y se
devengarán los correspondientes recargos del periodo
ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las
costas que se produzcan
Lugar de cobro: Oficina de Recaudación Municipal,
de lunes a viernes de 8 a 14 horas. No obstante,
aquellos contribuyentes que lo deseen podrán solicitar
la domiciliación para el pago de la deuda a través
de cualquier entidad bancaria y de acuerdo con lo
establecido en el artículo 38 del citado Reglamento
General de Recaudación.
Agulo, Gomera, a 7 de agosto de 2015.
El Alcalde-Presidente, Rosa Mª Chinea Segredo.
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