domingo, 20 de septiembre de 2015

Modificación de ciertos apartados contenidos en las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de veinte (20) plazas de Policía, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, clase de Policía Local (SANTA CRUZ DE TENERIFE)

En el BOP del 4/09 se ha publicado en las páginas 18649-18650:

Ilmo. Sr. D. Carlos Garcinuño Zurita, de fecha 21 de agosto de 2015, en su parte dispositiva, en sustitución del Concejal de Gobierno de Hacienda y Recursos Humanos, por Decreto del Sr. Alcalde, de fecha 27 de julio de 2015, relativo a la modificación de ciertos apartados contenidos en las Bases de la Convocatoria para la provisión en propiedad por el turno libre y mediante el sistema de oposición de veinte (20) plazas de Policía, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local, aprobadas mediante Decreto de fecha 23 de marzo de 2015, cuyo tenor literal es el siguiente: “…Dispongo: Primero: Aprobar la modificación de los siguientes apartados contenidos en las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad por el turno libre y mediante el sistema de oposición de veinte (20) plazas de Policía, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Clase de Policía Local aprobadas mediante Decreto de fecha 23 de marzo de 2015, en los siguientes términos: - Base sexta, apartado 6.1 (párrafos 2º y 3º), donde dice: “(…) El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será designado por la Dirección General de Recursos Humanos, conforme al régimen de atribuciones vigente, y estará constituido de la siguiente forma: Un/a Presidente/a, tres Vocales y un/a Secretario/a, que deberán tener la condición de funcionarios/as de carrera, debiendo incluirse un representante de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en materia de función pública y un representante de la Consejería competente en materia de Coordinación de Policías Locales. (…)”, debe decir: “(…) El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas será designado por la Dirección General de Recursos Humanos, conforme al régimen de atribuciones vigente, y estará constituido de la siguiente forma: Un/a Presidente/a, cuatro Vocales y un/a Secretario/a, que deberán tener la condición de funcionarios/as de carrera, debiendo incluirse un representante de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con competencia en materia de función pública y un representante de la Consejería competente en materia de Coordinación de Policías Locales (…). - Base octava, apartado 3), donde dice: “(...) 3) Periodo de prácticas. Con independencia del Módulo de formación en el centro de trabajo que pueda incluir la formación impartida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias, los/as aspirantes que hayan superado el curso selectivo, o, en su caso, hubieren sido declarados exentos de cursar los mismos, realizarán un período de prácticas de 1.200 horas de servicio efectivo prestado en este Ayuntamiento. (…)”, debe decir: “(...) 3) Periodo de prácticas. Con independencia del Módulo de formación en el centro de trabajo que pueda incluir la formación impartida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Canarias, los/as aspirantes que hayan superado el curso selectivo, o, en su caso, hubieren sido declarados exentos de cursar los mismos, realizarán un período de prácticas de 1.200 horas de servicio efectivo prestado en este Ayuntamiento, del cual se descontarán los períodos de Incapacidad Transitoria, el curso selectivo de la Academia Canaria de Seguridad y cualquier otra circunstancia que imposibilitara la prestación del servicio. (…)” - Finalmente, respecto a la última consideración planteada acerca de la base primera de la convocatoria, párrafo 3º) donde dice: “(…) Al total de plazas se podrán acumular las vacantes que se produzcan por jubilación, fallecimiento y ascensos, en el plazo comprendido desde la fecha de aprobación de la convocatoria hasta el último día del plazo establecido para la presentación de instancias. (…)”, debe decir: “(…) Al total de plazas se podrán acumular las vacantes que se produzcan por jubilación, fallecimiento y ascensos, en el plazo comprendido desde la fecha de aprobación de la convocatoria hasta el 18650 Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife núm. 113, viernes 4 de septiembre de 2015 último día del plazo establecido para la presentación de instancias, hasta un máximo de un diez por cien adicional, conforme a lo previsto en el artículo 70.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (…)”, Segundo: Ordenar la publicación de los términos de la modificación en el Boletín Oficial de la Provincia, así como del texto definitivo que se adjunta como Anexo en la página web municipal, remitiendo simultáneamente la documentación al Servicio de Administración Local de la Viceconsejería de Administración Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad del Gobierno de Canarias, en base a la colaboración que debe existir entre las distintas Administraciones Públicas.”. Lo que se le comunica para su conocimiento y efectos oportunos. En Santa Cruz de Tenerife, a 26 de agosto de 2015. El Jefe del Servicio de Recursos Humanos, p.a, el Jefe de la Sección de Organización de Recursos Humanos, José Manuel Álamo González. AGULO ANUNCIO 8377 7759 Habiéndose aprobado por Resolución de la Alcaldía nº 308/2015, del día 05/08/2015 el Padrón de Contribuyentes de la Tasa por el Servicio de Abastecimiento de Agua Potable Municipal correspondiente al periodo del primer semestre del año 2015 de conformidad con el art. 102.3 de la Ley 58//2003, 17 de diciembre General Tributaria se expone al público, por un periodo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de posibles reclamaciones o recursos que los interesados estimen procedentes de acuerdo lo previsto en el artículo 14 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales Anuncio de cobranza: sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 del R.D. 939/2005, de 29 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, se comunica que el plazo de ingreso, en periodo voluntario de los recibos generados, se realizará del 01/10/2015 al 30/12/2015, advirtiéndose que al vencimiento del plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan Lugar de cobro: Oficina de Recaudación Municipal, de lunes a viernes de 8 a 14 horas. No obstante, aquellos contribuyentes que lo deseen podrán solicitar la domiciliación para el pago de la deuda a través de cualquier entidad bancaria y de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 del citado Reglamento General de Recaudación. Agulo, Gomera, a 7 de agosto de 2015. El Alcalde-Presidente, Rosa Mª Chinea Segredo.

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