Detectado error en el Anexo I a la Resolución de 22 de enero de 2015, del Rector de la Universidad de La Laguna, por la que se convoca concurso público, por el procedimiento de urgencia, para la provisión de plazas de Personal Docente e Investigador contratado temporal, en régimen de derecho laboral, en la figura de Profesor Asociado, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 20, de 30 de enero de 2015, donde se cita la plaza DL0375, convocada para la provisión de una plaza con la categoría de Profesor Asociado a tiempo parcial (6 horas), adscrita al Departamento de Ingeniería Informática, área de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial, este Rectorado ha dispuesto, en uso de las facultades otorgadas en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, proceder a la oportuna corrección:
En la página 1998, Primero.- En la columna "ÁREA CONOCIMIENTO", de la plaza DL0375, donde dice "CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL" debe decir "CIENCIAS DE LA COMPUTACIÓN E INTELIGENCIA ARTIFICIAL".
Segundo.- Como consecuencia de la citada corrección se procede a la apertura de un plazo de presentación de solicitudes de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, únicamente para la plaza DL0375.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de esta Universidad en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, advirtiendo que, de presentar recurso potestativo de reposición, no podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso potestativo de reposición. Todo lo cual sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
La Laguna, a 3 de febrero de 2015.- El Rector, p.d. (Resolución de 9.1.14; BOC de 5.2.14), El Vicerrector de Ordenación Académica y Profesorado, Juan Felipe Pérez Francés.
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