En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 28312 y siguientes:
Mediante Resolución de la Alcaldía-Presidencia
número 1638/13 de 24 de julio, se resolvió aprobar
las Bases que han de regir la convocatoria para la
provisión con funcionario de carrera de una plaza
vacante de Técnico de Administración Especial Ingeniero
Informático, las cuales fueron rectificadas
por Resolución de la Alcaldía-Presidencia número
2391/13 de 5 de noviembre, quedando como a continuación
se transcriben:
Bases que han de regir la convocatoria para la
provisión con Funcionario de Carrera de una plaza
vacante de Técnico de Administración Especial Ingeniero
Informático.
Primera.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria
la provisión, con funcionario de carrera, de
una plaza vacante de Técnico de Administración
Especial Ingeniero Informático, dotada con las retribuciones
básicas correspondientes al Subgrupo A1 y
las complementarias asignadas al puesto de trabajo a
desempeñar según la Relación de puestos de trabajo
de este Ayuntamiento, en la que se identifica el puesto
con el código SIM-F-01
La plaza se encuentra incluidas en la Oferta de
Empleo Público para el ejercicio 2010 publicada
en el Boletín Oficial de la Provincia nº 63 de 31 de
marzo de 2010. El sistema de selección será el de
concurso-oposición libre por considerarse el más
adecuado por la naturaleza de las funciones asignadas
a los puestos de trabajo objeto de la convocatoria, por
cuanto permite con base en los principios de mérito y
capacidad, la valoración de la experiencia laboral, la
formación específica en las materias relacionadas con
las funciones a desempeñar y los conocimientos sobre
el ejercicio de las funciones, garantizando al mismo
tiempo el principio de igualdad en la selección.
La convocatoria se efectúa al tratarse de plaza
contenida en la oferta ya emitida para dicho ejercicio
2010 (no ejecutada en su totalidad) y por tanto con
estricto cumplimiento de lo dispuesto en la Legislación
presupuestaria vigente.
Segunda.- Requisitos de los aspirantes. Para ser
admitido a la realización de las pruebas selectivas, los
aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español o ser nacional de un Estado Miembro
de la Unión Europea, antes de la ampliación del
1 de mayo de 2004, de la República de Chipre, de
la República de Malta, del Reino de Noruega, de
la República de Islandia, o Liechtenstein, así como
de la Confederación de Suiza, o nacional de algún
Estado al que en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por
España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores. También podrán participar cualquiera
que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles,
de los nacionales de Estados Miembros de la Unión
Europea antes de la ampliación del 1 de mayo de
2004, de la República de Chipre, de la República
de Malta y de los Estados que en virtud de Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas
condiciones podrán participar sus descendientes y
los de su cónyuge, siempre que no estén separados
de derecho, y que no sean menores de 21 años.
b) Estar en posesión del título de Licenciado o
Ingeniería en Informática o Grado universitario equivalente,
o en condiciones de obtenerlo en la fecha en
que finalice el plazo de presentación de instancias.
En el caso de que la titulación se haya obtenido en
el extranjero deberá acreditarse la correspondiente
homologación, a tenor de lo regulado en el Real
Decreto 285/2004, de 20 febrero.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en
su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas.
e) No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para
empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o
para ejercer funciones similares a las que desempeñaban
en el caso del personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su
Estado, en los mismos términos el acceso al empleo
público.
Los requisitos establecidos en las presentes bases
deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo
de presentación de solicitudes y gozar de los mismos
durante el proceso selectivo.
Tercera.- Solicitudes:
Forma.- Quienes deseen tomar parte en las pruebas
selectivas, deberán hacerlo cumplimentando el impreso
establecido por el Ayuntamiento de la Villa de Los
Realejos, que se facilitará gratuitamente en el Punto de
Información y Atención Ciudadana, acompañándose
al mismo los siguientes documentos.
a) Fotocopia del D.N.I. o restantes documentos
acreditativos de estar en la situación descrita en la
Base Segunda, apartado a), acompañando original
para su compulsa por el funcionario encargado del
Registro de este Ayuntamiento.
b) Original, copia autenticada notarialmente o fotocopia
(que deberá acompañarse del original para
su compulsa por el funcionario del Registro) del
título exigido.
c) Documentos que acrediten los méritos alegados
(originales, copias notariales de estos o fotocopias,
éstas últimas compulsadas por el funcionario encargado
del Registro de este Ayuntamiento), debiendo
presentarse en sobre cerrado.
d) Acreditación del abono de la tasa por participación
en las pruebas selectivas.
Los documentos indicados en los apartados a),
b) y c) podrán presentarse compulsados por otras
Administraciones Públicas, siempre y cuando las
referidas compulsas reúnan los requisitos legales
correspondientes.
Los aspirantes que por estar afectados de una minusvalía,
precisen adaptaciones en tiempo y medios
para la realización de las pruebas, lo indicarán en el
apartado correspondiente, a fin de que se adopten las
medidas oportunas.
En este sentido, y además de los documentos anteriormente
mencionados, deberá aportar con la solicitud
de participación en el proceso selectivo el certificado
acreditativo de tal condición, de su capacidad para
desempeñar las funciones de la plaza convocada y
de las adaptaciones necesarias para la correcta realización
de los ejercicios, expedido por la Dirección
General de Servicios Sociales de la Consejería de
Bienestar Social o por el órgano competente de la
Administración General del Estado o de las restantes
Comunidades Autónomas.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que
hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo
demandar su modificación mediante escrito motivado,
dentro del plazo establecido para la presentación de
solicitudes, terminado el cual no se admitirá ninguna
petición de esta naturaleza.
Plazo de presentación.- El plazo de presentación de
solicitudes será de veinte días naturales, contados a
partir del siguiente al de la publicación del Anuncioextracto
de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado. Previamente, las bases se publicarán íntegramente
en el Boletín Oficial de la Provincia y un
extracto en el Boletín Oficial de Canarias. Asimismo,
una vez se publique el extracto se publicará anuncio en
un diario de máxima difusión de la Provincia, además
de en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Lugar de presentación.- Los impresos de instancias
debidamente cumplimentados se presentarán, junto
con la documentación acreditativa de la titulación
y requisitos exigidos y de la acreditación de haber
satisfecho los derechos de examen en el Punto de
Información y Atención Ciudadana (PIAC), acompañados
del sobre cerrado donde se contienen los
méritos debidamente acreditados y en su caso compulsados.
También podrán presentarse en la forma que se determina
en el art. 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, Ley 30/92, de 26 de noviembre
(BOE del 27 de noviembre de 1992).
Derechos de examen.- Los derechos de examen
serán aquéllos que resulten de la Ordenanza Fiscal
Reguladora de la Tasa por la participación en
las pruebas de selección del personal del Excmo.
Ayuntamiento de la Villa de Los Realejos (23 €).
No procederá la devolución de tasa alguna, una vez
abonada junto con la solicitud, de conformidad con
la Ordenanza Reguladora.
Cuarta.- Admisión de aspirantes: Para ser admitido
a la práctica de las pruebas selectivas, bastará con que
reúna todas y cada una de las condiciones exigidas
en la base tercera, referidas siempre a la fecha de
expiración del plazo de presentación de instancias y
que hayan abonado los derechos de examen.
Expirado el plazo de presentación de instancias,
se dictará Resolución en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobado la lista de admitidos y
excluidos. Dicha resolución se publicará en el Boletín
Oficial de la Provincia y en el Tablón Municipal de
Anuncios.
Los aspirantes excluidos, así como los omitidos en
las relaciones de admitidos y excluidos, dispondrán
de un plazo de diez días hábiles, contados a partir
técnidel
siguiente a la publicación de la Resolución en el
Tablón de anuncios para subsanar los defectos que
hayan motivado su exclusión o su omisión de las
relaciones de admitidos y excluidos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando
su derecho a ser incluidos en la relación de
admitidos, serán definitivamente excluidos de la
realización de las pruebas.
En todo caso, y a fin de posibilitar su subsanación
en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán que
sus nombres constan en la correspondiente relación
de admitidos expuesta al público en el Tablón de
Anuncios.
Contra la Resolución por la que se aprueba la lista
de admitidos y excluidos, así como contra aquellas
otras que resuelvan la subsanación de defectos u omisiones
de inclusión, podrá interponerse los recursos
que procedan conforme a la normativa en vigor.
La lista definitiva, así como el lugar y fecha de
comienzo de los ejercicios integrantes de las pruebas
de selección de cada una de las plazas objeto de
convocatoria y orden de actuación de los aspirantes
en aquellas pruebas que no puedan realizarse conjuntamente
(de conformidad con la Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública
de fecha 6 de febrero de 2013 que fija la letra A para
dicho supuesto) se publicará en el Boletín Oficial de
la Provincia.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición de los interesados,
de conformidad con lo dispuesto en el art. 105.2 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre en la redacción
dada por la Ley 4/99, de 13 de enero.
Quinta.- Tribunal Calificador.
El Tribunal Calificador estará constituido por
Presidente y cuatro vocales, actuando como Secretario,
con voz pero sin voto, el de la Corporación o
Funcionario Técnico de Administración General, o
Especial en quien delegue.
La composición del Tribunal deberá ajustarse a
los principios de imparcialidad y profesionalidad de
sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad
entre hombre y mujer. El personal de elección o de
designación política, los funcionarios interinos y el
personal eventual no podrán formar parte del mismo.
La pertenencia al mismo será siempre a título individual,
no pudiendo ostentarse en representación o
por cuenta de nadie.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá
la de los suplentes que sustituirán a los respectivos
titulares, en su caso.
Los vocales deberán poseer una titulación o especialización
igual o superior a la exigida para el acceso
a la plaza convocada.
La designación de los miembros del Tribunal se hará
pública en el Boletín Oficial de la Provincia, así como
en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
El Tribunal resolverá por la mayoría de votos de sus
miembros presentes, todas las dudas y propuestas que
surjan para la aplicación de las normas contenidas en
estas Bases y estará facultado para resolver las cuestiones
que puedan suscitarse durante la realización de
las pruebas así como para adoptar las medidas necesarias
que garanticen el debido orden de las mismas en
todo lo no previsto en las Bases. Sus acuerdos serán
impugnables en los supuestos y formas establecidas
por la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
El Tribunal continuará constituido hasta tanto se
resuelvan las reclamaciones planteadas o las dudas
que se puedan derivar del procedimiento selectivo.
Los miembros de los Tribunales, así como en su
caso, los asesores y el personal auxiliar, deberán de
abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos
alguna de las causas de abstención previstas en el
artículo 28 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, o cuando hubiese realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas
de la misma área funcional de la categoría
profesional de que se trate o hubiesen colaborado de
algún modo en centro de preparación de opositores
en los cinco años anteriores a la publicación de la
convocatoria.
A efectos de lo dispuesto en el RD 462/2002, de
24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio,
se califica a los Tribunales como de Categoría
Primera.
Observadores: Podrán participar como observadores
en número no superior a tres, representantes de las
centrales sindicales de mayor implantación y representación
en la Entidad, a tenor de lo establecido en
el artículo 74.4 de la Ley 2/1987 de 30 de marzo.
Los Tribunales podrán designar asesores especializados
que asistirán al Tribunal con voz pero sin voto
para asesorar a los miembros del mismo, limitándose
a prestar su colaboración en sus especialidades técni
cas. Asimismo, podrán valerse de personal auxiliar
durante el desarrollo material de los ejercicios.
Para la válida constitución de los Tribunales a
efectos de celebración de sesiones, deliberaciones
y tomas de acuerdos, se requerirá la presencia del
Presidente y del Secretario, o en su caso los que los
sustituyan y un vocal.
Con carácter general y con el fin de objetivar los
procesos de evaluación, deliberaciones y tomas de
acuerdos, no podrán actuar indistinta y concurrentemente
titulares y suplentes exceptuándose de esta
regla las sesiones de constitución del Tribunal y las
de realización de ejercicios.
Sexta.- Comienzo y desarrollo del proceso selectivo:
Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio
en llamamiento único. La no presentación a cualquiera
de los ejercicios en el momento de ser llamados,
comporta que decae automáticamente en su derecho
a participar en el ejercicio de que se trate y en los
sucesivos y, en consecuencia, quedará excluido del
proceso selectivo.
No obstante, en los supuestos de caso fortuito o
fuerza mayor debidamente acreditados que impidan
la presentación en el momento del llamamiento, se
podrá examinar a los aspirantes siempre que no haya
finalizado la prueba en cuestión o en caso de haber
concluido, cuando no se entorpezca el desarrollo de
la convocatoria con perjuicio para el interés general
o de terceros.
De la sesión o sesiones que celebre el Tribunal,
se levantará Acta por el Secretario, donde se harán
constar las calificaciones de los ejercicios de los
aspirantes que los hayan superado, la evaluación
individualizada y las incidencias y votaciones que
se produzcan.
El acta/s, numeradas y rubricadas, constituirán el
expediente de las pruebas selectivas al que se unirán
al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados
por los opositores, si los hubiera.
Séptima.- Procedimiento de selección y calificación:
El procedimiento de selección será el de Concurso-
Oposición (de conformidad con 10 previsto en la
Ley Territorial 2/1987, de 40 de marzo, la fase de
concurso será posterior a la de oposición).
Fase de concurso.- La valoración de los méritos no
tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta
para superar las pruebas de la fase de la oposición.
En ella se valorarán los siguientes méritos:
1.- Los servicios efectivos prestados como Ingeniero
Informático, se valorarán de la siguiente manera:
- En el Ayuntamiento de Los Realejos o en su
Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo:
1,00 puntos por cada año o fracción superior
a seis meses.
- En otras Administraciones Públicas: 0,75 puntos
por cada año o fracción superior a seis meses.
- En Empresas Públicas: 0,65 puntos por cada año
o fracción superior a seis meses.
- En empresas privadas: Se valorarán a razón de
0,50 puntos por cada año de servicio o fracción superior
a seis meses.
La puntuación máxima en este apartado será de
3,50 puntos.
2.- Los servicios efectivos prestados en un Subgrupo
o categoría profesional inferior a la de la plaza
convocada en puestos de trabajo relacionados con la
disciplina donde se encuentra el objeto de la convocatoria,
se valorarán de la siguiente manera:
- En el Ayuntamiento de Los Realejos o en su
Organismo Autónomo Gerencia Municipal de Urbanismo:
0,75 puntos por cada año o fracción superior
a seis meses.
- En otras Administraciones Públicas: 0,50 puntos
por cada año o fracción superior a seis meses.
- En Empresas Públicas: 0,25 puntos por cada año
o fracción superior a seis meses.
- En empresas privadas: Se valorarán a razón de
0,10 puntos por cada año de servicio o fracción superior
a seis meses.
La puntuación máxima en este apartado será de
3,00 puntos.
3.- Cursos, jornadas o seminarios impartidos o
recibidos de carácter homologado que sean de reciclaje
y formación cuyo contenido guarde relación
con las tareas propias de las plazas convocadas
impartidos por Institutos Oficiales de Formación
de Funcionarios, Universidades, Administraciones
Públicas o Centros receptores de fondos provenientes
del Plan Nacional de Formación Continua. En caso
de haberse impartido fuera del ámbito territorial de
la Comunidad Autónoma deberá acompañarse a los
diplomas correspondientes acreditación suficiente
de la homologación:
a) Menos de 20 horas: 0,10 puntos.
b) De 20 a 59 horas: 0,20 puntos.
c) De 60 a 149 horas: 0,30 puntos.
d) De 150 horas en adelante: 0,50 puntos.
Si en el diploma o certificado correspondiente no
figurase el número de horas, se valorará hasta 0,10
puntos.
El máximo de puntos por este apartado será de
3,00 puntos.
Fase de oposición:
Constará de los siguientes ejercicios, todos ellos
de carácter obligatorio y eliminatorio:
a) Primer ejercicio: Consistirá en la realización,
durante un período máximo de cuatro horas, de tres
supuestos prácticos propuestos por el Tribunal y elaborados
el mismo día de la celebración de la prueba,
relacionados con los bloques I (Sistemas), bloque II
(Servicios de aplicaciones/servicios) y bloque V (Redes,
comunicaciones e internet) de la Parte Especial
del temario Anexo II a la presente convocatoria.
El ejercicio se calificará de cero (0) a diez (10)
puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco
(5) puntos para superarlo.
El Tribunal podrá, si lo estima conveniente o necesario,
acordar la lectura pública del ejercicio, comunicándoselo
a los aspirantes al finalizar la realización
del mismo, con indicación del lugar, fecha y hora.
Quedarán decaídos en su derecho los opositores que
no comparezcan a dicha lectura.
b) Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por
escrito, durante un período máximo de cuatro horas,
tres temas, uno obligatorio y extraído al azar del
Anexo Temario I Parte General) y dos de tres también
obligatorios de los bloques III, IV y VI del Anexo
Temario II (parte especial), extraídos al azar.
La puntuación máxima posible de este ejercicio será
de diez (10) puntos debiendo alcanzarse un mínimo
de cinco (5) puntos para superarlo.
Se valorará, además del contenido, la capacidad de
síntesis y sistemática en el desarrollo de los temas,
la capacidad de expresión escrita, claridad y orden
de ideas.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo
del siguiente, en todas y cada una de las pruebas
selectivas, deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días naturales.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se
calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo
necesario para superar los mismos obtener un mínimo
de 5 puntos.
La calificación para cada ejercicio y aspirante se
determinará por la media resultante de las calificaciones
otorgadas por cada miembro del Tribunal,
eliminando en todo caso las puntuaciones máxima
y mínima cuando entre éstas exista una diferencia
igual o superior a 2 puntos.
Finalizada la oposición y calificado cada ejercicio,
el Tribunal hará público la relación de los aspirantes
que hayan superado el mismo con especificación de
las puntuaciones obtenidas.
Calificación Final del Concurso–Oposición: La
nota de cada ejercicio superado será acumulativa y
se sumará con la del concurso para obtener la nota
final. Caso de empate, se resolverá por la mayor
puntuación obtenida del primer ejercicio de la fase
de oposición. De no ser posible deshacer el mismo,
se dilucidará por la mejor puntuación obtenida del
segundo ejercicio de la fase de oposición. y si siguiera
el empate, se dilucidará por la mejor puntuación
obtenida en el concurso.
Octava.- Lista de aprobados, propuesta de nombramiento
y presentación de documentación:
Terminada la calificación de todos los ejercicios,
el Tribunal publicará el nombre de los aspirantes
aprobados, en número no superior al de las plazas
convocadas, proponiéndolo a la Presidencia de la
Corporación para que formule los nombramientos
pertinentes.
Los opositores propuestos presentarán en el Registro
del Ayuntamiento dentro del plazo de veinte días
hábiles contados a partir de la publicación del anuncio
correspondiente los documentos acreditativos de los
requisitos expresados en la Base 2ª.
a) Fotocopia del DNI o documento equivalente
acompañada del original para su compulsa.
b) Copia autenticada o fotocopia compulsada del
título exigido para cada convocatoria o justificante
de haber satisfecho los derechos de expedición.
c) Certificado médico acreditativo de no padecer
enfermedad o limitación física que impida el desempeño
de las tareas propias de la plaza convocada.
d) Declaración jurada o promesa de no haber
sido separado, mediante expediente disciplinario,
del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas.
e) Certificación de nacimiento expedida por el
Registro Civil correspondiente. Quienes ya fueran
funcionarios de otras Administraciones Públicas
quedarán exonerados de acreditar las condiciones
y requisitos ya acreditados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del
Ministerio, Administración y Organismo de que
dependan, que acredite su condición y las demás
circunstancias que consten en su expediente personal.
Dicha certificación se expedirá y unirá de oficio
en el supuesto de funcionarios de carrera de este
Ayuntamiento.
Si dentro del plazo indicado, y en los casos de fuerza
mayor los opositores propuestos no presentaran su
documentación o no reunieran los requisitos exigidos,
no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas
sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad
en que hubieran podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en el concursooposición.
Novena.- Nombramiento y toma de posesión:
Concluido el proceso selectivo, y presentada toda
la documentación a que se refiere la Base Octava, los
aspirantes que lo hayan superado serán nombrados
Funcionarios de Carrera, debiendo publicarse dicho
nombramiento en el Diario Oficial correspondiente.
Una vez efectuado dicho nombramiento, los opositores
nombrados deberán tomar posesión en el
plazo de un mes a contar desde la notificación del
nombramiento. Si no lo hiciesen en el indicado plazo
no procederá la adquisición de la condición de
funcionario.
Décima. Constitución de una lista de reserva.
Con el resto de aspirantes que hubiesen superado la
calificación final del concurso oposición se constituirá
una lista de reserva con cargo a la cual se podrán
efectuar nombramientos de acuerdo con lo previsto
en el Estatuto Básico del Empleado Público y con
estricto cumplimiento de las disposiciones presu
puestarias en materia de contención y reducción del
gasto público.
La Alcaldía Presidencia procederá a dictar Resolución
aprobando la relación de aspirantes que
conforman la lista de reserva en cada una de las
convocatorias.
La lista tendrá una duración de dos años pudiendo
extinguirse su eficacia en el caso de convocarse nuevo
proceso selectivo para constitución de una nueva.
Transcurrido dicho plazo sin haberse conformado
nueva Lista podrá declararse prorrogada mediante
Resolución expresa.
El funcionamiento de la lista de reserva se ajustará
a las siguientes reglas:
1.- Los inscritos en la lista serán responsables de
comunicar al Ayuntamiento cualquier cambio en los
datos personales aportados (dirección, teléfono, etc…)
y que sea necesario para realizar el llamamiento.
2.- El orden de la citada lista de mayor a menor
puntuación determinará el de llamamiento.
3.- Son causas justificadas para aplazar la contratación
(permaneciendo el derecho a ser llamado nuevamente
en la siguiente contratación con preferencia
al siguiente) las siguientes:
a) Encontrarse en incapacidad temporal o enfermedad
común debidamente acreditada
b) Encontrarse disfrutando el permiso por maternidad,
adopción o acogimiento
c) Estar desempeñando cargo público o sindical
d) Estar trabajando en otra empresa, debiendo
aportar copia del contrato o nombramiento.
Las causas para aplazar la contratación deberán
acreditarse ante el Ayuntamiento con anterioridad a
la fecha del llamamiento.
En el caso de que el número de llamamientos a
realizar resultase superior al de aspirantes relacionados
en la Bolsa de trabajo, según el orden en ella
establecido, y se agotase ésta antes de finalizar su
período de vigencia, las nuevas contrataciones se
llevarán a cabo por el mismo orden y con la salvedad
expuesta anteriormente, reiniciándose con el primero
de los aspirantes que figuren en la lista.
Undécima.- Legislación aplicable:
En lo no previsto en estas Bases, se estará a lo dispuesto
en el Real Decreto 896/91, de 7 de junio por
el que se establecen las reglas básicas y programas
mínimos de los funcionarios de Administración Local
así como el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por
el que se aprueba el reglamento de ingreso del personal
al servicio de la Administración General del Estado
(con carácter supletorio) y Real Decreto 781/86, de
18 de abril y legislación concordante.
Duodécima.- Impugnación y revocación de la
convocatoria: La convocatoria y los actos administrativos
que se deriven de ello y de las actuaciones
del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y
en la forma establecidos en la Ley 30/92, de 26 de
noviembre (citada).
En los demás supuestos, para la anulación o la
revisión de oficio de los acuerdos aprobatorios de la
convocatoria y sus bases, se estará a lo previsto en
los arts. 102 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de
noviembre en la redacción dada por la Ley 4/99, de
13 de enero.
Anexo temario.
Técnico de Administración Especial Ingeniero
Informático.
Anexo Temario I.- Parte General.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Estructura
y contenido. Principios generales.
Tema 2.- La Administración Publica: concepto. El
Derecho Administrativo: concepto y contenidos.
Tema 3.- La planificación estratégica. Concepto y
características esenciales. Tipos de planes. Aplicación
a los Gobiernos Locales.
Tema 4.- Panificación de Recursos Humanos: Instrumentos,
formación y evaluación de personal.
Tema 5.- La gestión de Recursos Humanos. Grupos,
liderazgo, motivación, cultura administrativa,
comunicación e interrelación. La nueva Gerencia
Pública.
Tema 6.- Los principios de la organización administrativa.
La jerarquía, Centralización y descentralización:
concepto, requisitos y clases. Concentración
y desconcentración. La coordinación. El control.
La competencia: concepto, naturaleza y criterios de
delimitación. Técnicas de traslación. Conflictos de
atribuciones entre órganos del mismo o de distinto
departamento. Los conflictos constitucionales de
competencia y de atribuciones.
Tema 7.- El acto administrativo. Concepto. Clases.
Elementos.
Tema 8.- Procedimiento administrativo: concepto.
Tema 9.- Los recursos administrativos: concepto.
Principios generales del procedimiento administrativo
en vía de recurso. Objeto del recurso y legitimación.
Resolución del recurso por procedimientos de conciliación,
arbitraje o mediación.
Tema 10.- Terminación del procedimiento. La
obligación de resolver. Contenido de la resolución
expresa: principios de congruencia y de no agravación
de la situación inicial. La terminación convencional.
La falta de resolución expresa: el régimen del silencio
administrativo. El desistimiento y la renuncia. La
caducidad.
Tema 11.- La actividad administrativa de prestación
de servicios. El servicio público: Evolución y crisis.
Las formas de gestión de los servicios públicos:
directa, indirecta y mixta.
Tema 12.- La gestión indirecta de servicios públicos.
La concesión de servicios públicos. Otras formas de
gestión indirecta. Los consorcios.
Tema 13.- La concesión de servicios públicos.
Concepto y naturaleza.
Tema 14.- El Municipio: Concepto y elementos. El
término municipal: el problema de la planta municipal.
Alteraciones de términos municipales. Legislación
básica y legislación autonómica. La población municipal.
El Padrón de habitantes. El estatuto de los
vecinos. Derechos de los extranjeros.
Tema 15.- Las otras Entidades Locales. Legislación
básica y autonómica. Las Entidades Locales de ámbito
inferior al Municipio. Las comarcas. Las Mancomunidades
de Municipios. Las Áreas Metropolitanas.
Tema 16.- Régimen de sesiones de las Corporaciones
Locales. Actas, certificaciones, comunicaciones,
notificaciones y publicación de los acuerdos. El
Registro de documentos.
Tema 17.- La Empresa Pública de Servicios del
Excmo. Ayuntamiento de Los Realejos. Objeto
social. Órganos de la sociedad y sus competencias.
Disolución y liquidación.
Tema 18.- La Empresa Pública de Aguas del Ayuntamiento
de Los Realejos. Objeto social. Órganos de la
sociedad y competencias. Disolución y liquidación.
Tema 19.- Los contratos de las Administraciones
Locales. Especialidades en relación con el Régimen
General de Contratación de las Administraciones
Públicas. Las atribuciones de los órganos de las Corporaciones
Locales en materia de contratación.
Tema 20.- El contrato de obras. Actuaciones administrativas
preparatorias. Formas de adjudicación.
Formalización. Efectos. Extinción. La cesión del
contrato y subcontrato de obras. Ejecución de obras
por la Administración.
Tema 21.- El contrato de suministros; régimen
jurídico. Ejecución, modificación, cumplimiento y
resolución.
Tema 22.- El contrato de servicios; régimen jurídico.
Ejecución, modificación, cumplimiento y
resolución.
Tema 23.- Selección del contratista y adjudicación
de los contratos de las Administraciones Públicas.
Efectos, cumplimiento y extinción.
Anexo Temario II.- Parte Especial.
Bloque I.- Sistemas:
Tema 24.- Componentes Hardware de los Sistemas
de Información. Arquitecturas. Sistemas de almacenamiento
masivo. Sistema de alta disponibilidad.
Tema 25.- Arquitectura Blade. Opciones de interconexión
y almacenamiento. Tecnología para
la mejora de consumo eléctrico. Reducción de la
temperatura.
Tema 26.- Prácticas de mantenimiento de equipos:
preventivo, correctivo y perfectivo. Monitorización
y gestión de capacidad.
Tema 27.- Sistemas Operativos: concepto y funciones
principales. Administración y gestión. Planes
de implantación y migración. Tareas de instalación,
configuración y optimización. Herramientas.
Tema 28.- Sistema Operativo Microsoft Windows
Server I: Conceptos, estructura y funcionamiento.
Administración. Active Directory: estructura lógica,
jerarquía de dominios, sitios, instalación y configuración
del DNS, relaciones de confianza. Servidores
de Terminal Server.
Tema 29.- Sistema Operativo Microsoft Windows
Server II: Administración avanzada y gestión del
sistema. Gestión de ficheros y medios de almacenamiento.
Gestión y administración de cuentas de
usuario: usuarios y grupos locales.
Tema 30.- Sistema Operativo Microsoft Windows
Server III: Implementación de directivas, recursos
compartidos, directivas de auditoría y archivos offli
ne. Definición y configuración de DHCP, NetBios,
WINS, DNS, RAS. Servicios de Impresión. Servicios
de instalación remota.
Tema 31.- Virtualización de sistemas y de centros de
datos. Virtualización de puestos de trabajo. Maquetas
de terminales Windows.
Tema 32.- Virtualización con VMWare vSphere
4: Visión de la infraestructura virtual. Asignación
de recursos. Equilibrio de cargas.
Tema 33.- El sistema operativo Unix-Linux. Conceptos
básicos.
Tema 34.- Sistemas de altas prestaciones. Grid
Computing.
Bloque II.- Servidores de Aplicaciones/Servicios:
Tema 35.- Servidores de aplicaciones: Conceptos
básicos. Descripción del funcionamiento. Servidores
de aplicaciones actuales.
Tema 36.- Workflow, Groupware y Data-Warehouse.
Tema 37.- El correo electrónico. Servicios de
directorio.
Tema 38.- Gestión documental y gestión de Contenidos.
Definición, objetivos y elementos del sistema.
Diferencias. Problemas y beneficios. Tendencias
actuales.
Tema 39.- El procesamiento cooperativo y la arquitectura
cliente-servidor.
Tema 40.- Servidores de Aplicaciones Internet
Information Services IIS 6.0 (I). Características y
Arquitectura. Instalación. Implementación de la
seguridad.
Tema 41.- Plataforma de Interoperabilidad del
Gobierno de Canarias. Arquitectura y catálogo de
servicios.
Tema 42.- Adaptación de aplicaciones y entornos
a los requisitos de la normativa de protección de
datos según los niveles de seguridad. Herramientas
de encriptación y auditoría.
Tema 43.- Arquitecturas Orientadas a Servicios
(SOA).
Tema 44.- Los sistemas de información geográfica.
Conceptos y funcionalidad básicos.
Tema 45.- Correo electrónico. Seguridad en el
correo electrónico. Antispam. Antivirus. Alta disponibilidad.
Tema 46.- Arquitectura orientada a Servicios (SOA).
Enterprise Service Bus. ServiceMix.
Bloque III.- Seguridad:
Tema 47.- La seguridad en internet: tipos de ataque
y sistemas de seguridad. Control de intrusiones.
Soluciones de seguridad para el nivel de red (IPSec),
nivel de transporte (SSL) y nivel de aplicación (PGP).
Cortafuegos. Filtros de contenido. Redes privadas
virtuales (VPN).
Tema 48.- El cifrado. Algoritmos de cifrado simétricos
y asimétricos. La función hash. El notariado.
Tema 49.- Infraestructura de clave pública (PKI):
definición y elemento de una PKI. Prestación de servicios
de certificación públicos y privados. Gestión
del ciclo de vida de un certificado. Jerarquías de PSC.
Almacenamiento seguro de claves privadas <<Smart
Cards>>. DNI electrónico.
Tema 50.- La firma electrónica avanzada y reconocida,
los certificados digitales y las autoridades
de certificación. La Fábrica Nacional de Moneda y
Timbre (FNMT). El DNI electrónico.
Tema 51.- El Esquema Nacional de Interoperabilidad.
La red SARA: red de comunicaciones de las
Administraciones Públicas Españolas.
Tema 52.- La política de protección de datos de
carácter personal. Normativa.
Tema 53.- Políticas, procedimientos y métodos para
la conservación de la información.
Tema 54.- Auditoría informática (I): concepto y contenidos.
Administración, planeamiento, organización,
infraestructura técnica y prácticas operativas.
Tema 55.- Auditoría informática (II): protección de
activos de información, recuperación de desastres y
continuidad del negocio.
Tema 56.- Auditoría informática (III): desarrollo,
adquisición, implementación y mantenimiento
de sistemas. Evaluación de procesos y gestión de
riesgos.
Tema 57.- La protección jurídica de los programas
de ordenador.
Tema 58.- CoBIT (<<Control Objetives for Information
and Related Technology>>), conceptos
generales, objetivos de control y métricas.
Bloque IV: Bases de datos y grandes sistemas
corporativos (tema a desarrollar).
Tema 59.- Sistemas de almacenamiento para sistemas
grandes y departamentales.
Tema 60.- Los sistemas de gestión de bases de datos
SGBD. El modelo de referencia ANSI.
Tema 61.- El modelo relacional. Definiciones y
conceptos básicos. Arquitectura, diseño y normalización.
El lenguaje SQL. Estándares de conectividad:
ODBC y JDBC.
Tema 62.- Gestión documental. Gestión de contenidos.
Tema 63.- Sistemas de Recuperación de la información.
Bloque V: Redes, comunicaciones e internet.
Tema 64.- La seguridad en redes. Control de accesos.
Técnicas criptográficas. Mecanismos de firma
digital. Control de intrusiones. Cortafuegos.
Tema 65.- Web 2.0. Herramientas de trabajo colaborativo.
Tema 66.- Redes de comunicaciones (LAN, MAN
y WAN): topología y diseño de red. Tecnologías,
protocolos y equipamientos. Funcionalidades básicas
de administración.
Tema 67.- La familia de protocolos TCP/IP: ARP,
ARP, IPv4/IPv6, ICMP, TCP, UDP, DNS, FTP,
HTTP, SMTP y DHCP. Servicio MacroLAN.
Tema 68.- Interconexión de redes de área local.
Tema 69.- Sistemas de cableado y equipos de interconexión
de redes.
Tema 70.- Comunicaciones: xDSL, Wi-Fi
(IEEE802.11), Wi-Max (IEEE802.16), PLC. Bluetooth.
Definición, seguridad normativa reguladora.
Ventajas e inconvenientes.
Tema 71.- Telecomunicaciones de voz. Telefonía
fija y telefonía móvil. Centralitas telefónicas privadas.
Tecnologías VoIP.
Bloque VI: Desarrollo de sistemas, e-admin, Gestión
de Proyectos, metodologías:
Tema 72.- La Ley 11/2007 de acceso electrónico
de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Tema 73.- Planificación y control de las TIC: ITIL,
COBIT, Objetivos de control y métricas.
Tema 74.- El análisis de requisitos de los Sistemas
de Información y de Comunicaciones.
Tema 75.- El análisis orientado a objetos. Objetos,
clases, herencia métodos. Arquitectura de Objetos
distribuidos.
Tema 76.- La metodología de planificación y desarrollo
de sistemas de información métrica.
Tema 77.- Dirección de proyectos. Planificación
de recursos técnicos y humanos.
Tema 78.- Dirección y gestión de proyectos de
tecnologías de la información.
Tema 79.- Instrumentos para la cooperación entre
Administraciones Públicas en materia de Administración
Electrónica.
Tema 80.- Organización y funcionamiento de un
Centro de Sistemas de Información I. Funciones de
Desarrollo y Mantenimiento, Sistemas, Bases de
Datos y Comunicaciones, infocentro, relaciones con
usuarios.
Tema 81.- Entornos de desarrollo integrado. Tipos.
Ventajas e inconvenientes.
Tema 82.- La garantía de calidad en el proceso de
producción del software.
Tema 83.- La importancia del Social Media Marketing.
La Función del Community Manager. Responsabilidades
del Comunnity Manager. Herramientas de
Productividad. Herramientas de Monitorización.
Tema 84.- Accesibilidad y usabilidad. W3C.
Tema 85.- E-learning. Conceptos, herramientas,
sistemas implantación y normalización.
Tema 86.- Android. Principales características. Los
orígenes. Comparativa con otras plataformas. Arquitectura
Android. Principales versiones de Android y
niveles de API. Elementos de un proyecto Android.
Tema 87.- Computación en la nube: Concepto. Características.
Diferentes niveles de Cloud Computing.
Modelos de Implantanción. Cuestiones a vigilar en
la Cloud Computing.
Tema 88.- SaaS (Software as a Service): Concepto.
Características. Ventajas e inconvenientes.
Tema 89.- IaaS (Infraestructura as a Service): Concepto.
Características. IaaS vs sistema tradicional.
Puntos clave en la elección del IaaS.
Tema 90.- PaaS (Platform as a Service): Concepto.
PaaS vs sistema tradicional. Puntos clave en la
elección del PaaS.
Lo que se hace público para general conocimiento
en la Villa de Los Realejos, a 11 de noviembre de
2013.
El Alcalde, Manuel Domínguez González.- La
Secretaria General, Raquel Oliva Quintero.
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