miércoles, 8 de mayo de 2013

Convocatoria y bases para la provisión en propiedad de una plaza de administrativo de administración general y una plaza de auxiliar administrativo dentro de la plantilla de personal funcionario del ayuntamiento por el sistema de oposición libre (ARTENARA)

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 8425 y siguientes:

Por Resolución de Alcaldía número 92/2013, de fecha 29 de abril del presente,se aprobaron las bases y la
convocatoria para la provisión de una plaza de Administrativo y una de Auxiliar Administrativo, vacantes en
la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento, con arreglo a lassiguientesBasesReguladoras.
CONVOCATORIAYBASESPARALAPROVISIÓNENPROPIEDADDEUNAPLAZADEADMINISTRATIVO
DE ADMINISTRACIÓN GENERAL Y UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO DENTRO DE
LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ARTENARA POR EL
SISTEMADE OPOSICIÓN LIBRE
PRIMERA. Objeto de la convocatoria y características de la plaza.
El objeto de la presente convocatoria esla provisión como funcionario de carrera, por el procedimiento de
oposiciónlibre,deunaplazadeAdministrativodeAdministraciónGeneral,yunaplazadeAuxiliarAdministrativo,
vacantes en la plantilla de personalfuncionario del Ayuntamiento de Artenara, incluido en la oferta de empleo
público2010, aprobadaporresoluciónde la alcaldíanúmero70de10de Juniode2010ypublicada enelBoletín
Oficial de la Provincia de Las Palmas número 79, de fecha 18 de Junio de 2010.
Descripción de las plazas:
DENOMINACIÓN DE LAPLAZA: ADMINISTRATIVO
GRUPO:C.
SUBGRUPO:C1
ESCALA: Administración General dotada con elsueldo correspondiente a la clasificación de la plaza, nivel
deComplemento de destino 22
SISTEMASELECTIVO: Oposición libre
NUMERO DE PLAZAS: 1.
DENOMINACIÓN DE LAPLAZA: AUXILIAR ADMINISTRATIVO
GRUPO:C
SUBGRUPO:C2

ESCALA: Administración General; Subescala:
Auxiliar; dotada con elsueldo correspondiente a la
clasificación de la plaza, nivel de Complemento de
destino 12.
SISTEMASELECTIVO: Oposición libre
NUMERO DE PLAZAS: 1.
SEGUNDA. Requisitos Comunes a todos los
aspirantes.
1. Tenerla nacionalidad española.
2. Ser nacional de los Estados miembros de la
Unión Europea
3.Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge
de los españoles y de los nacionales de otrosEstados
miembrosde laUniónEuropea,siemprequenoestén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas
condiciones,podránparticiparsusdescendientesylos
de su cónyuge, menores de veintiún años que vivan
a su cargo o mayores de dicha edad dependientes.
4.Laspersonasincluidas enel ámbitode aplicación
de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España en los que
seade aplicaciónla libre circulaciónde trabajadores.
5.Tener cumplidoslosdieciséis añosynoexceder,
en su caso, de la edadmáxima de jubilación forzosa.
6.Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo
a la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes del Título de Bachiller, o Técnico
Superior de Formación Profesional o equivalente,
para el acceso a la plaza de Administrativo de
Administración General
Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo a
la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes del título de graduado en educación
secundaria obligatoria o equivalente, para el acceso
a la plaza de Auxiliar Administrativo.
En elsupuesto de invocar un título equivalente al
exigido, habrá de acompañarse certificado expedido
por la autoridad competente en materia educativa
que acredite la citada equivalencia.

Enel casode titulacionesobtenidas enel extranjero
se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite suhomologaciónoconvalidaciónensucaso.
7. Poseerla capacidad funcional para el desarrollo
de lastareas.
8. No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas y de los Órganos
constitucionales o estatutarios de las Comunidades
Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especialpara empleosocargospúblicosporresolución
Judicial,paraelaccesoalcuerpooescaladefuncionario,
paraejercerfuncionessimilaresalasquedesempeñaban
en el caso del personal laboral, en que hubiese sido
separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalentenihabersidosometidoasancióndisciplinaria
oequivalenteque impida, ensuEstado, enlosmismos
términos el acceso al empleo público.
Todos los requisitos anteriores, deberán poseerse
en el momento de finalizar el plazo de presentación
de solicitudes y gozar de los mismos durante el
procedimiento de selección, hasta el momento de
tomar la posesión como funcionario.
TERCERA:Forma,plazoypresentacióndesolicitudes.
1. Quienes deseen tomar parte en las pruebas
selectivasdeberánhacerlocumplimentadoelimpreso
establecidopor elAyuntamientodeArtenara (Anexo
I de las presentes Bases), que les será facilitado,
gratuitamente, enelRegistroGeneral,obiena través
la página www.artenara.es.
Igualmente,podránpresentarse enla formaprevista
en el artículo 38, apartado 4, de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la
Administraciones Públicas y del Procedimiento
AdministrativoComún,todoelloenelplazomáximo
de VEINTE DIAS NATURALES, contados a partir
del día siguiente a la publicación de la presente
Convocatoria en elBoletín Oficial del Estado.
Asimismo,lasbasesdelaconvocatoriasepublicarán
en elBoletín Oficial de la Provincia de Las Palmas,
en el Tablón de Anuncios y en la web de este
Ayuntamiento.

Los restantes anuncios que se deriven de esta
convocatoria sepublicaránenelTablóndeAnuncios
y página web del ayuntamiento.
2.Lasolicituddeparticipacióndeberáiracompañada,
necesariamente, de la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI o, en su caso,
pasaporte.
3. Los derechos de participación en el proceso
selectivoasciende a la cantidadde cieneuros(100,00
€), para acceder a la plaza de Administrativo y de
ochenta euros (80,00 €) para la plaza de Auxiliar
Administrativoqueseabonaránmediantetransferencia
bancaria a la cuenta nº 2038 7195 15 6400000200 de
BANKIA,titularidaddelAyuntamiento deArtenara.
En cualquier caso, deberá figurar como remitente de
la transferencia el propio aspirante.
No procederá devolución alguna de los importes
satisfechos por participar en el proceso selectivo en
los supuestos de exclusión por causa imputable al
interesado,tales como no cumplirlosrequisitos o no
aportarlos documentos exigidos en la convocatoria.
En ningún caso el abono de los derechos de
participación en el proceso selectivo eximirá de la
presentación en tiempo y forma de la solicitud
correspondientedeparticipaciónenelprocesoselectivo,
siendocausadeexclusiónsunopresentaciónaúncuando
se hayan abonado los derechos de examen.
Los aspirantes afectados por limitaciones físicas,
psíquicas o sensorialesserán admitidos en igualdad
de condiciones con los demás aspirantes, siempre
que taleslimitaciones no sean incompatibles con el
desempeñode lastareasofunciones correspondientes.
CUARTA. Admisión de Aspirantes
1.Paraseradmitidoenelprocesoselectivoserápreciso
que los aspirantesmanifiesten en sussolicitudes que
reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas
en la Base Segunda, referidassiempre a la fecha de
expiracióndelplazoseñaladopara lapresentaciónde
las mismas.
2.Expiradoelplazodepresentaciónde solicitudes,
laSra.Alcaldesa-Presidentadictará resolución, enel
plazomáximodeunmes,aprobandolalistaprovisional
de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará

públicaenelBoletínOficialdelaProvincia,enelTablón
de Anuncios y página web del Ayuntamiento. En
caso de que se haya excluido a algún aspirante la
resoluciónconcederáunplazoúnicoe improrrogable
dediezdíashábiles,paralapresentacióndereclamaciones
osubsanarlosposiblesdefectosquehayanmotivado
la exclusión del aspirante, siempre que los mismos
seansubsanables,sirviendoatalesefectoslapublicación
de la lista provisional con indicación de los defectos
observados, comorequerimientoexpresoparaque se
lleve a cabo la subsanación de los mismos.
Encasodenopresentarseningunareclamación,dicha
lista queda elevada a definitiva.
Enel casodepresentarse reclamaciones, éstasserán
aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que
se apruebe la relación definitiva de admitidos y
excluidos, que se hará pública en el Boletín Oficial
de laProvincia,TabóndeAnunciosypáginawebdel
Ayuntamiento.
En el mismo Decreto se determinará el lugar y
fecha de comienzo del primer ejercicio, el orden de
actuación de los aspirantes y la composición del
Tribunal.Laprimerapruebaseráanunciadaconalmenos
DIEZ DÍAS de antelación.
Los aspirantes excluidospodráninterponerRecurso
deReposiciónantelaAlcaldíaenelplazodeUNMES,
oRecursoContencioso-Administrativo contra dicha
Resolución en el plazo de DOS MESES a contar
desde elsiguiente al de su publicación en el Tablón
de Anuncios y en la web www.artenara.es.
El orden en que habrán de actuarlos aspirantes en
aquellaspruebasquenosepuedanrealizarconjuntamente
se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra
“A”, de conformidad con la Resolución de 6 de
Febrero de 2013 de la Secretaría del Estado de
AdministracionesPúblicas,delMinisteriodeHacienda
y Administraciones Públicas, por la que se hace
público el resultado del sorteo a que se refiere el
Reglamento General de Ingreso del Personal al
Serviciode laAdministracióndelEstado(BOEnº37,
de 12 de Febrero de 2013).
El llamamiento para posteriores

públicos por el órgano de selección, con doce horas,
almenos,de antelaciónal comienzode este,sise trata
delmismoejercicio,odeveinticuatrohoras,sise trata
de uno nuevo.
QUINTA. TribunalCalificador
5.1ElTribunalCalificadorquehadejuzgarlaspruebas
selectivas será nombrado por la Alcaldesa y estará
constituido por un Presidente, y cuatro vocales, así
como sus correspondientes suplentes. Uno de los
Vocales asumirá las funciones de Secretario del
TribunalCalificador.
No podrán formar parte del Tribunal, el personal
de elección o designación política, losfuncionarios
interinos, el personal laboral temporal y el personal
eventual.Tampoco podrán formar parte delTribunal
aquéllosfuncionarios que hubiesen realizado tareas
de preparación de aspirantes a pruebasselectivas en
loscincoañosanterioresalapublicacióndelapresente
convocatoria.
Todos los miembros del Tribunal deberán poseer
titulación de igual nivel o superior a la exigida para
el acceso a la plaza convocada.
La pertenencia al Tribunal será siempre a título
individual,nopudiendoostentarseéstaenrepresentación
o por cuenta de nadie.
Los órganos de selección deberán ajustarse a los
principios de imparcialidad y profesionalidad de sus
miembros y tenderán en su composición a la paridad
entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo
establecido en el artículo 53 de la Ley Orgánica
3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeresyhombresyenelartículo60.1delaLey7/2007
de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado
Público.
De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución
Española,losTribunalesvelaránpor el cumplimiento
del principio de igualdad de oportunidades entre
ambossexos.
5.2. Para la válida constitución de los Tribunales,
aefectosdelacelebracióndelassesiones,deliberaciones
y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del
Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes
lessustituyan, yde lamitad almenosdelresto de sus
miembros.
5.3.ElRégimenJurídicoaplicable a losTribunales
se ajustará en todo momento a lo dispuesto para los
órganos colegiados en la Ley 30/1992 de 26 de
noviembredeRégimenJurídicodelasAdministraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común y
demásdisposicionesvigentesquelesseandeaplicación.
El Tribunal adoptará sus acuerdos por mayoría de
los miembros presentes en cada sesión. En caso de
empate, éste lo dirimirá el Presidente con su voto.
LosacuerdosdelTribunalsólopodránserimpugnados
por los interesados en los supuestos y en la forma
establecida en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre,
deRégimenJurídicode lasAdministracionesPúblicas
y del Procedimiento AdministrativoComún.
5.4.LosmiembrosdelTribunaldeberánabstenerse
de formarpartedelmismocuandoconcurranenellos
circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
PúblicasydelProcedimientoAdministrativoComún.
5.5.Los aspirantes podrán recusar a losmiembros
delTribunal,cuandoasujuicioconcurraenellosalguna
ovariasde las circunstanciasseñaladas enlabase5.4,
siguiéndosepara elloelprocedimientoestablecidoen
el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del procedimiento
AdministrativoComún.
5.6.Durante eldesarrollode laspruebasselectivas,
elTribunalresolverátodaslasdudasquepudieransurgir
en la aplicación de las bases de la convocatoria y
adoptarán los acuerdos que garanticen el buen orden
delprocesoenlonoprevistoexpresamenteenaquéllas.
Las resoluciones del Tribunal vinculan a la
Administración Municipal aunque ésta, en su caso,
pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto
en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992
de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del procedimiento
Administrativo Común, en cuyo caso, habrán de
practicarsedenuevolaspruebasotrámites afectados
por la irregularidades.
5.7. El Tribunal Calificador queda incluido en la
categoría segunda, conforme a lo preceptuado en el
artículo 30 delR.D. 462/2002 de 24 de mayo,sobre
indemnizaciones por razón delservicio.

5.8.ElTribunal continuará constituido hasta tanto
se resuelvanlasreclamacionesplanteadasolasdudas
que pueda suscitar el procedimiento selectivo.
SEXTA. Sistemas de Selección y calificación.
6.1.Elprocedimientode selecciónde los aspirantes
serálaoposiciónlibre.Losaspirantesseránconvocados
enllamamientoúnico,siendoexcluidosdelaoposición
quienesnocomparezcan,salvocausade fuerzamayor
debidamente acreditada y libremente apreciada por
el Tribunal.
En cualquier momento el Tribunal podrá requerir
a los opositores para que acrediten su personalidad.
Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o,
en su defecto, pasaporte o carné de conducir.
Una vez comenzadas las pruebas selectivas, la
publicidad de lossucesivos anuncios de las pruebas
restantes y de resultados que en ellasse obtengan,se
realizará a través del tablón de anuncios de este
Ayuntamiento.
LaFasedeoposiciónconsistirá enla realizaciónde
2 ejercicios, eliminatorios y obligatorios para todos
los aspirantes, debiendo transcurrir desde la total
conclusión del 1º ejercicio hasta el comienzo del
siguiente un plazo de setenta y dos horas y máximo
de un mes.
SÉPTIMO.RelacióndeAprobadosyPresentación
de documentos.
7.1. Una vez terminada la calificación de los
aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de
aprobados por orden de puntuación en el tablón de
edictosdelAyuntamiento,precisándoseque elnúmero
de aprobados no podrá rebasar el número de plazas
vacantes convocadas. Dicha relación se elevará a la
Presidenta de la Corporación para que proceda a
declarar comopersonalfuncionarioporDecreto,que
seráubicadoeneltablóndeEdictosdelAyuntamiento
y en elBoletín Oficial de la Provincia.
Noobstanteloanterior,siemprequeelTribunalhaya
propuesto igual número de aspirantes que de plazas
convocadas, y con elfin de asegurarla cobertura de
las mismas, cuando se produzcan renuncias de los
aspirantesseleccionadosocuandodeladocumentación
aportadaporlos aspirantessededuzcaquenocumplen
losrequisitos exigidos, el órgano convocante podrá
requerirdelTribunalrelacióncomplementariade los
aspirantesaprobadosporordendepuntuaciónquesigan
al propuesto, para su posible nombramiento como
funcionario de carrera.
7.2. El aspirante propuesto aportará ante el
Ayuntamiento,dentrodelplazodeveintedíasnaturales
desde que se publican en el tablón de edictos del
Ayuntamiento, los documentos que se relacionan a
continuación:
-Fotocopia,debidamentecompulsadadeldocumento
nacional de identidad, o en su caso, del pasaporte o
de cualquier otro documento acreditativo de la
nacionalidad. Fotocopia, debidamente compulsada,
del permiso de residencia. El documento que se
presente habrá de encontrarse en vigor.
- En el caso de aspirantes que hayan concurrido a
las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
descendientesdel cónyuge,de españolesonacionales
de países miembros de la Unión Europea, deberán
presentarlosdocumentosexpedidosporlasautoridades
competentes que acrediten el vínculo de parentesco
yunadeclaraciónjuradaopromesadel españolodel
nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante
vive a sus expensas o está a su cargo.
- Fotocopia, debidamente compulsada, del título
exigido,ocertificaciónacadémicaque acreditehaber
realizadoyaprobadolosestudioscompletosnecesarios
paralaexpedicióndelmismo.Enelcasodetitulaciones
obtenidas en el extranjero se deberá aportar la
documentación acreditativa de su homologación o
convalidación.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido
separadomedianteexpedientedisciplinariodelservicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de
los órganos constitucionales o estatutarios de las
ComunidadesAutónomas,nihallarseeninhabilitación
absoluta o especial para empleos o cargos públicos
porresoluciónjudicial,paraejercerfuncionessimilares
alasquedesempeñaba,enelquehubiesesidoseparado
oinhabilitado.LosnacionalesdeotrosEstadosdeberán
acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en
situación equivalente, ni haber sido sometidos a

sancióndisciplinariaoequivalenteque impida, ensu
Estado, en losmismostérminos, el acceso al empleo
público.
- Declaración de no venir desempeñando puesto o
actividadenelsectorpúblicodelimitadopor el artículo
primero de la Ley 53/84, indicando, asimismo, que
no realiza actividad privada incompatible o sujeta a
reconocimiento de compatibilidad.
Quienesdentrodelplazoindicado,ysalvolos casos
de fuerzamayor, no presentasen la documentación o
de lamisma sededujeseque carecende algunode los
requisitos exigidos,nopodránsernombrados,dando
lugar a la invalidez de la actuación del interesado y
a lanulidadsubsiguientede los actosdeltribunal con
respectoa éste,sinperjuicio de la responsabilidaden
que pudieran haber incurrido por falsedad en sus
solicitudes de participación.
7.3. Trascurrido el plazo de presentación de
documentos,laAlcaldesaprocederá adeclarar como
personalfuncionarioporDecreto,que serápublicado
en el tablón de Edictos del Ayuntamiento y Boletín
Oficialde laProvinciadeLasPalmas.Procediéndose
enplazodeunmes,apartirdelapublicacióndelDecreto,
a tomar posesión del puesto de trabajo.
La condiciónde funcionariode carrera se adquiere
por el cumplimiento sucesivo de los siguientes
requisitos:
a) Superación del proceso selectivo.
b) Nombramiento por el órgano o autoridad
competente, que será publicado en el Diario Oficial
correspondiente.
c) Acto de acatamiento de laConstitución y, en su
caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y
del resto del Ordenamiento Jurídico.
d) Toma de posesión dentro del plazo que se
establezca.
OCTAVO. Toma de posesión.
El aspirante nombrado deberá tomar posesión en
el plazo de UN MES, contado a partir delsiguiente
enque le seanotificadoelnombramiento.Sinotoma
posesiónendichoplazo,sincausajustificada,quedarán
en situación de cesante.
NOVENA. Incidencias
El Tribunal Calificador queda autorizado para
resolver las dudas que se presenten y tomar los
acuerdosnecesariospara elbuenfuncionamientodel
procedimientoselectivoentodolonoprevistoenestas
Bases, en elR.D. 896/1991, de 7 de junio, en elR.D.
364/1995, de 10 de marzo, en la Ley 7/95, de 2 de
abril, en el Real Decreto Legislativo 781/86, de 18
de abril, y en las demás disposiciones legales y
reglamentarias que resulten de aplicación.
DÉCIMO.REQUISITOS ESPECÍFICOS
Denominación de Plaza: Administrativo
Sistemas de Selección y calificación.
LaFasedeoposiciónconsistirá enla realizaciónde
2 ejercicios, eliminatorios y obligatorios para los
aspirantes,debiendotranscurrirdesdelatotalconclusión
del1ºejerciciohastaelcomienzodelsiguienteunplazo
de setenta y dos horas y máximo de un mes.
Los ejercicios y su forma de calificación
correspondiente se indican a continuación:
PRIMEREJERCICIO:Obligatorio y eliminatorio
Consistirá en desarrollar por escrito, durante un
períodomáximo de dos horas, dostemas, igual para
todos/as los/as aspirantes, de los que figuran en el
programa de temas en el Anexo II a la presente
convocatoria. Se valorará especialmente en este
ejerciciolafacultadderedacción,elniveldeformación
general y la ortografía.
SEGUNDOEJERCICIO:Obligatorioyeliminatorio
Consistirá en resolver dos ejercicios de carácter
práctico,igualpara todos/aslos/as aspirantes,dirigidos
a apreciar la capacidad de los aspirantes para llevar
a cabo tareas relacionadas con los contenidos del
temario que figura en el Anexo II. Se valorará la
información esencial a transmitir, la redacción y la
ortografía. El tiempo máximo para la realización de
esta prueba será de una hora y treinta minutos.

Los ejerciciosserán puntuados por cada miembro
delTribunal estandolas calificaciones comprendidas
enuna escala entre ceroydiezpuntos.Posteriormente,
lasumadelascalificacionesdecadamiembrodeltribunal
sedividirá entre elnúmerode los asistentes almismo,
del que saldrá la calificación final del ejercicio.Será
precisoparaaprobaralcanzarunmínimodecincopuntos
en cada ejercicio.
Elordendecalificacióndefinitivaestarádeterminado
por la suma de las puntuaciones obtenidas en el
conjunto de los ejercicios.
Encasodeempateelordenseestableceráatendiendo
a lossiguientes criterios:
1.Lamayorpuntuaciónalcanzada enel1º ejercicio.
2. Si continúa el empate, la mayor puntuación
alcanzada en el 2º ejercicio.
Denominación de Plaza: Auxiliar Administrativo
Sistemas de Selección y calificación.
La oposición se compone de dos ejercicios de
carácter obligatorio y eliminatorio para todos los
aspirantes. El programa al que han de ajustarse los
ejerciciosfigura en el Anexo II de estas bases.Cada
ejerciciosevaloraráde0a10puntos,siendonecesario
obtenerunmínimode5puntospara superar cadauno.
Losejerciciosysuformadecalificacióncorrespondiente
se indican a continuación:
PRIMEREJERCICIO:Obligatorio y eliminatorio
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario
de cuarentapreguntas,tipotest, concuatroalternativas
de respuesta, de las cuales sólo una es correcta, en
unperiodomáximode sesentaminutos,queversarán
sobre el contenidodeltemarioanexoa la convocatoria.
Lasrespuestas erróneasse valorarán negativamente,
de formaquecadadosrespuestasincorrectasimplicará
la no valoración de una respuesta correcta. Las
respuestas en blanco y las nulas no se valorarán.
SEGUNDOEJERCICIO:Obligatorioyeliminatorio.
Consistirá enla realizacióndeunsupuestopráctico,
de dos propuestos por elTribunal, durante una hora.
A continuación, si el Tribunal lo decidiera, cada
aspirante procederá a la lectura de su ejercicio ante
elTribunal.Enestapruebasevaloraráfundamentalmente
la capacidad de raciocinio, la sistemática del
planteamiento, la formulación de conclusiones,
conocimientos y adecuada interpretación de la
normativa aplicada.
Calificación final: La calificación final será la
resultante de sumar a las notas de los dos ejercicios.
Los ejerciciosserán puntuados por cada miembro
delTribunal estandolas calificaciones comprendidas
enuna escala entre ceroydiezpuntos.Posteriormente,
lasumadelascalificacionesdecadamiembrodeltribunal
sedividirá entre elnúmerode los asistentes almismo,
del que saldrá la calificación final del ejercicio.Será
precisoparaaprobaralcanzarunmínimodecincopuntos
en cada ejercicio.
Elordendecalificacióndefinitivaestarádeterminado
por la suma de las puntuaciones obtenidas en el
conjunto de los ejercicios.
Encasodeempateelordenseestableceráatendiendo
a lossiguientes criterios:
1.Lamayorpuntuaciónalcanzada enel1º ejercicio.
2. Si continúa el empate, la mayor puntuación
alcanzada en el 2º ejercicio.
UNDÉCIMA.Impugnación
Las presentes bases y su convocatoria constituyen
unactoadministrativodefinitivo,contraelmismocabe
interponer potestativamente por los interesados,
recurso de reposición en el plazo de un mes ante la
Alcaldía, o bien, directamente en el plazo de dos
mesesanteelJuzgadodeloContencioso-Administrativo
de laProvinciadeLasPalmas, apartirdeldía siguiente
al de publicación de su anuncio enBoletínOficial de
laProvincia (artículo 46 de laLey 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa).
EnArtenara aveintinuevede abrildedosmiltrece.
LAALCALDESA,Josefa Díaz Melián
(..)

ANEXO II
PROGRAMADE TEMAS PARALAFASE DE OPOSICIÓN DE LAS DISTINTASCATEGORÍAS
PROGRAMAPARALACATEGORIADE ADMINISTRATIVO
TEMA1.LaConstituciónEspañola de 1978.Estructura y contenido.ElTribunalConstitucional.LaReforma
de laConstitución.
TEMA 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles: Principio general. Concepto. Catalogación.
Estudio de los diversos grupos. Garantía de los derechos y libertades.
TEMA3. El Gobierno y la Administración del Estado.Relaciones entre el Gobierno y lasCortes Generales.
ElPresidentedelGobierno.LosVicepresidentes.ElConsejodeMinistrosylasComisionesDelegadasdelGobierno.
Órganos deColaboración y apoyo del Gobierno. ElConsejo de Estado.
8432 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 8 de mayo de 2013TEMA 4. La Corona. Las Cortes Generales:
composición, atribuciones y Funcionamiento.
TEMA5. El PoderJudicial: principios básicos. El
ConsejoGeneraldelPoderJudicial.Laorganización
judicial española. El ministerio fiscal.
TEMA6.Principiosdeactuacióndelaadministración
pública.Sometimientode laAdministracióna laLey
y al Derecho. Fuentes del derecho Administrativo.
TEMA7. La Administración Pública y sus clases.
Principios constitucionalesyexamende cada uno de
ellos, con especial referencia a la Administración
Local.
TEMA8.El actoadministrativo.Eficaciayvalidez.
Ejecución, motivación, notificación y publicación.
TEMA9.Elprocedimientoadministrativo.Normas
reguladoras. Concepto y fases. Principios generales
del procedimiento administrativo.
TEMA10. Elsilencio administrativo.
TEMA11.La revisiónde los actos administrativos.
Recursosadministrativos,concepto,clasesderecursos.
ElrecursoContencioso- Administrativo.
TEMA12.La invalidezde los actos administrativos.
Nulidadyanulabilidad.Irregularidadesnoinvalidantes.
La convalidación del acto administrativo.
TEMA 13. El Administrado: concepto y clases.
Capacidad y causas modificativas. Colaboración y
participación de los ciudadanos en las funciones
administrativas: planteamiento. Relaciones de
colaboración y participación. Régimen de cada tipo
de relación.El principio de audiencia delinteresado.
TEMA14.Lasformasde actividadadministrativa.
Elfomento.Lapolicíaadministrativa.ServicioPúblico.
TEMA 15. La Administración Local. Significado
y evolución histórica. Entidades que comprende.
Principios constitucionales y su regulación.
TEMA16.Elmunicipio.El términomunicipal.La
población. El empadronamiento.
TEMA17.Las competenciasmunicipales:sistema
dedeterminación, competenciaspropias, compartidas
y delegadas. Losservicios mínimos.
TEMA 18. Organización municipal. Especial
referencia a los municipios de gran población.
TEMA 19. La provincia en el régimen local:
Antecedentes. Concepto. Caracteres. Organización
provincial.Competencias.
TEMA20. Las estructurassupramunicipales. Las
mancomunidades de municipios. Las agrupaciones
municipales. LaComarca.
TEMA 21. Relaciones entre entes territoriales:
ámbitoquecomprenden.Ladistribucióndecompetencias.
Descentralizaciónadministrativa.Autonomíamunicipal
y tutela: autonomía local. La Tutela administrativa.
Tutela de las Corporaciones locales y sus formas
de ejercicio.
TEMA22.LapotestadreglamentariadelasEntidades
Locales:ReglamentosyOrdenanzas.Procedimiento
de elaboración.Límitesde lapotestadreglamentaria.
ElReglamento Orgánico. LosBandos.
TEMA23.Funcionamientodelosórganoscolegiados
locales: Convocatoria y orden del día: Régimen de
sesiones.Adopciónde acuerdos.Actasycertificados
deacuerdos:Borradordelactayaprobación.Trascripción
del acta al libro. Firma del acta. Certificados de
acuerdos.
TEMA 24. Procedimiento administrativo local:
Concepto.Principiosque loInspiran.Actuacionesque
comprende.
TEMA 25. Los bienes de las entidades locales:
Concepto.Clases:Atenciónde la calificaciónjurídica
de los bienes. El dominio público local: Concepto.
Características.Adquisición.Utilización.Enajenación.
Bienes patrimoniales locales: Notas principales.
Utilización.Enajenación.Prerrogativasypotestades
de las entidadeslocales en relación con sus bienes:
Facultad de investigación. Deslinde. Potestad de
recuperaciónposesoria.Potestaddedesahucio.Bienes
comunales. Inventario.
TEMA 26. La contratación administrativa en la
esfera local. Elementos de los contratoslocales: los
sujetos, objeto y causa La forma de la contratación
administrativaylossistemasdeseleccióndelcontratista.
La formalización de los contratos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 8 de mayo de 2013 8433TEMA 27. La responsabilidad patrimonial de la
Administraciónpública:Caracteres.Lospresupuestos
de la responsabilidad. Dañosresarcibles. La acción
y el procedimiento administrativo en materia de
responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de
las autoridades y personal al servicio de las
Administraciones Públicas.
TEMA 28. La expropiación forzosa: concepto,
fundamentoyelementos.ElProcedimientoexpropiatorio.
TEMA 29. El personal al servicio de las
Administracionespúblicas:Los empleadospúblicos.
La función pública. El personal laboral y eventual.
TEMA 30. La Función pública local: concepto,
plantilla,selección, provisión de puestos de trabajo,
adquisición y pérdida de la condición de funcionario
y funciones públicas. El personal laboral y eventual
al servicio de las entidades locales. El personal
directivode las entidadeslocales.LaOfertadeEmpleo
Público y lasrelaciones de puestos de trabajo.
TEMA 31. Derechos y deberes de los empleados
públicos. Régimen de Incompatibilidad. Régimen
disciplinario.
TEMA32.LasHaciendasLocales.Recursosde los
Municipios. Potestad tributaria de los Enteslocales.
TEMA 33. Tributos propios de los Municipios.
Impuestos. Tasas.Contribuciones especiales.
TEMA34.El Presupuesto Municipal:Concepto y
principios.Elaboración y aprobación.Los créditos y
sus modificaciones. Liquidación del Presupuesto.
TEMA 35. Recaudación: objeto, competencia,
plazo,lugar y forma de liquidación.Recaudación en
periodo voluntario.Recaudación en vía ejecutiva.
TEMA 36. Derecho urbanístico de canarias: El
sistemadeplaneamientourbanístico.Elplaneamiento
urbanístico general y el planeamiento urbanístico de
desarrollo.
TEMA 37. Derecho urbanístico de canarias: La
protección de la legalidad urbanística. Medidas de
protección de la legalidad urbanística
TEMA 38. Intervención administrativa en la
edificaciónyusodelsuelo.Laslicenciasurbanísticas,
el deber de conservación, las órdenes de ejecución y
la declaración de ruina.
TEMA39.Elsistema español de seguridad social.
Régimen General yRegímenes especiales.
TEMA 40. Cotización. Sujetos. Bases y tipos de
cotización.
PROGRAMA PARA LA CATEGORÍA DE
AUXILIAR ADMINISTRATIVO
Tema1.LaConstituciónEspañolade1978:estructura
y contenido. Principios generales. Reforma. Los
derechos y deberesfundamentales. El Defensor del
Pueblo.Elmodelo económico de laConstitución.El
Tribunal deCuentas. El TribunalConstitucional
Tema2.LaCorona.LasCortesGenerales.ElPoder
Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
Organización judicial española
Tema3.ElGobiernoylaAdministración.Principios
de actuación de la Administración Pública. La
AdministraciónGeneraldelEstado.LasComunidades
Autónomas: especial referencia a los Estatutos de
Autonomía. Administración Local. Administración
Institucional
Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Canarias:
estructura y contenido
Tema5.Sometimientode laAdministracióna la ley
y al derecho.Fuentes del derecho administrativo.La
Constitución. La ley. Las disposiciones normativas
con fuerza de ley.Elreglamento.La costumbre.Los
principios generales del Derecho. La jurisprudencia
delTribunal Supremo.LosTratadosInternacionales
Tema6.Larelaciónjurídico-administrativa.Concepto.
Sujetos:laAdministraciónyelAdministrado.Capacidad
y representación. Derechos del administrado. Los
actosjurídicos del administrado
Tema7.El actoadministrativo:Conceptoyclases,
elementos,eficaciayvalidez,notificaciónypublicación.
Elprocedimientoadministrativo: concepto,principios,
8434 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 8 de mayo de 2013términosyplazos.Fasesdelprocedimiento.Especial
referencia a los procedimientos especiales
Tema 8. La revisión de los actos administrativos.
Losrecursos administrativos
Tema9.Procedimientoadministrativolocal.Registro
de entrada y salida de documentos.Comunicaciones
y notificaciones
Tema10.Régimenlocalespañol:evoluciónhistórica.
Principios constitucionales y regulación jurídica.
Relaciones entre entes territoriales. La autonomía
local
Tema 11. La Provincia en el régimen local.
Organización provincial.Competencias
Tema 12. El Municipio. El término municipal. La
población y el empadronamiento. Competencias.
Organización municipal. Los municipios de gran
población. Especial referencia a los municipios
canarios
Tema13.LaIsla.OtrasEntidadesLocales:entidades
de ámbito territorialinferior almunicipal.Comarcas
u otras Entidades que agrupen varios Municipios.
Áreas Metropolitanas. Mancomunidades
Tema14.Funcionamientode losórganos colegiados
locales, régimen de sesiones y acuerdos. Actas y
certificaciones de acuerdos. Las resoluciones del
Presidente de laCorporación
Tema 15. Los bienes de las entidades Locales.
Bienes de dominio público: concepto, clasificación,
adquisición,utilizaciónyaprovechamientoydisfrute.
Bienespatrimoniales:concepto,clasificación,utilización
y enajenación
Tema16.La contrataciónadministrativa: concepto
yclasesdecontratospúblicos.Elementos:sujetos,objeto,
causa y forma. La adjudicación de los contratos. La
formalización de los contratos
Tema 17. Formas de la acción administrativa. La
actividad de Fomento. La actividad de Policía: las
licencias. El Servicio Público
Tema18.Elpersonal alserviciode los enteslocales
delaComunidadAutónomadeCanarias.Organización
de la Función Pública Local
Tema19.Adquisiciónypérdidade la condiciónde
funcionario. Situaciones administrativas.
Incompatibilidades. Derechos y deberes
Tema 20.LasHaciendasLocales.Clasificación de
losingresos. Ordenanzas Fiscales
Tema21.Estudioespecialdelosingresostributarios:
impuestos, tasas y contribuciones especiales. Los
precios públicos
Tema22.LosPresupuestosdelasEntidadesLocales.
Principios,integraciónydocumentosdeque constan.
ProcesodeaprobacióndelPresupuestoLocal.Principios
generalesdeejecucióndelPresupuesto.Modificaciones
presupuestarias: los créditos extraordinarios y los
suplementosde crédito,lastransferenciasde créditos
y otras figuras. Liquidación del presupuesto.
Especialidades de los municipios de gran población
Tema23.La contabilidadde lasEntidadesLocales:
Documentos y libros contables
Tema24.Laatenciónalpúblico:acogidaeinformación.
La comunicación en la Administración: concepto,
importancia, elementos y tipos de comunicación
Tema25.Conceptodedocumento,registroyarchivo.
Funcionesdelregistroydelarchivo.Clasesdearchivo.
Especialreferencia al archivo de gestión
Tema26.Análisisdocumental:documentosoficiales.
Formación del expediente. Documentos de apoyo
informativo. Criterios de ordenación de archivo. El
archivo como fuente de información: servicios de
archivo
Contra las presentes Bases, que pone fin a la vía
administrativa,podrá interponerseporlosinteresados
alternativamenteoRecursodeReposiciónPotestativo,
enelplazodeUNMESa contardesde eldía siguiente
a la recepción de esta notificación, ante la AlcaldíaPresidencia, de conformidad con los artículos 116 y
117deLey30/1992,de26denoviembre,deRégimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 59, miércoles 8 de mayo de 2013 8435ProcedimientoAdministrativoComún,oRecursoContencioso-Administrativo, ante elJuzgadode loContenciosoAdministrativoqueporturnocorresponda, enelplazodeDOSMESESa contardesde eldía siguiente a la recepción
de lapresentenotificaciónde conformidadconel artículo46de laLey29/1998,de13de julio,de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo, no podrá
interponerRecursoContencioso-Administrativohastaque aquelsea resueltoexpresamenteosehayaproducido
su desestimación porsilencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que
pudiera estimar más conveniente a su derecho
En Artenara, a veintinueve de Abril de dos mil trece
LAALCALDESAPRESIDENTA,Josefa Díaz Melián.










2 comentarios:

  1. Hola en primer lugar mis felicitaciones por tu blog! Estoy planteándome presentarme a esta convocatoria, a pesar de su alto precio (100 euros para administrativo). Pero antes quisiera ver el temario completo. ¿Dónde podría conseguirlo?
    Gracias.

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  2. Buenos días: Las opciones van desde intentar buscar el temario por internet, llamar al ayuntamiento para preguntar si lo pueden suministrar ellos, intentar cogerlos en la biblioteca...un saludo!

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