lunes, 21 de mayo de 2012

Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 9 de mayo de 2012, por la que se convocan las pruebas de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música, Arte Dramático y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias para el curso académico 2012-2013.

En el Boletín Oficial de Canarias de hoy se ha publicado:





A iniciativa del Servicio de Enseñanzas Artísticas de este Centro Directivo, y de acuerdo con el siguiente
ANTECEDENTE DE HECHO
Único.- De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 29 de abril de 2011, que aprueba, con carácter experimental, la implantación de los estudios superiores oficiales de Grado en Música, Arte Dramático y Diseño en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, corresponde a la Dirección General competente en materia de enseñanzas artísticas superiores convocar y organizar las pruebas de acceso en los centros autorizados a impartirlas.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, de 4 de mayo), establece que para acceder a las enseñanzas artísticas superiores se requerirá estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas, a que se refieren los artículos 54, 55, 56 y 57 de la citada Ley Orgánica.
Asimismo, el artículo 69, apartado 5, de la citada Ley Orgánica, establece que las personas mayores de diecinueve años de edad podrán acceder directamente a las enseñanzas artísticas superiores mediante la superación de una prueba específica, regulada y organizada por las Administraciones educativas, que acredite que el aspirante posee la madurez en relación con los objetivos del bachillerato y los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento las correspondientes enseñanzas.
Segundo.- En consonancia con los citados preceptos, el artículo 5 de los Reales Decretos 630/2010, 631/2010 y 633/2010, de 14 de mayo, por los que se regula el contenido básico de las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Música y Diseño, respectivamente, establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 137, de 5 de junio), determinan los requisitos y condiciones para el acceso a las enseñanzas artísticas superiores mencionadas.
De este modo, se establece que la prueba específica de acceso a estos estudios se llevará a cabo para cada especialidad y tendrá como finalidad valorar la madurez, los conocimientos y las aptitudes para cursar con aprovechamiento estas enseñanzas, correspondiendo a las Administraciones educativas, en su ámbito competencial, la convocatoria, organización, desarrollo y evaluación de la citada prueba.
Tercero.- Por otra parte, la Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, de 29 de abril de 2011, por la que se aprueba, con carácter experimental, la implantación de los estudios oficiales de Grado en Música, Arte Dramático y Diseño, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 99, de 19 de mayo), en su Disposición final primera, apartado segundo, habilita a Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos para establecer la regulación de las pruebas de acceso a los estudios superiores de Arte Dramático, Música y Diseño.
Cuarto.- La Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, por la que se dictan instrucciones sobre organización y desarrollo de las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Grado en Música, Arte Dramático y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias, y se convocan las correspondientes al curso 2011-2012 (BOC nº 106, de 31.5.11) en su redacción actual, estableció el marco general para la realización de las referidas pruebas de acceso y realizó la convocatoria correspondiente al presente curso 2011-2012.
Quinto.- Por otra parte, la sentencia del Tribunal Supremo, de 13 de enero de 2012, recaída en el recurso contencioso-administrativo 122/2009, promovido a instancias de la Universidad de Granada, por el que se impugna el Real Decreto 1614/2009, de 26 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 259, de 27.10.09), contempla un fallo estimatorio parcial de la demanda, anulando los artículos 7.1, 8, 11, 12, y la Disposición Adicional séptima del Real Decreto impugnado.
En consecuencia, todas las referencias a las "enseñanzas de Grado" y a las titulaciones de "Grado" de las enseñanzas artísticas superiores contempladas en el texto de la Resolución de 25 de mayo de 2011, de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, por la que se dictan instrucciones sobre organización y desarrollo de las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Música, Arte Dramático y Diseño en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 106, de 31.5.11) quedan sustituidas, respectivamente, por los términos "enseñanzas artísticas superiores" y "Superior" de la enseñanza o estudio que corresponda.
Por todo ello, resulta necesario proceder a realizar la convocatoria de las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores en la Comunidad Autónoma de Canarias, para el curso académico 2012-2013, con el fin de garantizar su difusión y publicidad entre todas las personas interesadas.
En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 12, apartados a), b) y c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (BOC nº 148, de 1 de agosto), aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio, en su redacción actual, así como en relación con el artículo 19.1 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16 de septiembre)
R E S U E L V O:
Primero.- Convocar las pruebas de acceso correspondientes al curso académico 2012-2013, en los términos señalados en el anexo de esta Resolución.
Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en el sitio Web de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.
Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Educación y Universidades, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de mayo de 2012.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, José Moya Otero.
Ver anexo en las páginas 9025-9059 del documento Descargar

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