lunes, 16 de enero de 2012

Resolución de 16 de diciembre de 2011, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso oposición libre, para acceder a plaza de personal laboral grupo IV, nivel B (Oficial de Oficios de Laboratorio)

En el Boletín Oficial del Estado de hoy se ha publicado:

on el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 99 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre (BOE del 22) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, ha resuelto, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo VII del III Convenio Colectivo del PAS Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, y una vez finalizados los procedimientos de concurso de traslado y de promoción interna, convocar pruebas selectivas de acceso libre, de acuerdo con lo previsto en el artículo 21 del citado convenio, para cubrir una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de acuerdo con las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas mediante el sistema de concurso-oposición libre para la cobertura de una plaza con jornada continua de:
Oficial de Oficios de Laboratorio, Grupo IV, nivel B, en Departamento de Ingeniería de Construcción y Fabricación de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales.
1.2 La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por Ley 23/1988, de 28 de julio, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, modificado por Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo (BOE del 4), la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia y demás normativa concordante.
1.3 El procedimiento de selección del aspirante constará de una fase de concurso y otra de oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
1.4 La fase de oposición se celebrará en Madrid y comenzará a partir del mes de mayo determinándose en la Resolución que se indica en la base cuarta, el lugar de celebración y fecha de comienzo de la misma.
1.5 El seleccionado para cubrir la plaza vacante deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta la firma del contrato los siguientes requisitos:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar los cónyuges de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
c) Asimismo podrán participar quienes no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad.
2.1.3 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.4 Habilitación: No haber sido separado del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas mediante expediente o despido disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de sus funciones. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, no deberán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.5 Titulación: Estar en posesión del Título de Técnico de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar mediante solicitud obtenida en la dirección de Internet: http://www.uned.es, en Tu Universidad, Empleo UNED, presentándola por duplicado (ejemplar para la Sección de PAS: Personal Laboral y para el interesado).
3.2 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:
a) Las solicitudes se dirigirán al Rectorado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta convocatoria.
b) La presentación de solicitudes podrá realizarse, bien directamente, en el Registro General de la UNED, en la calle Bravo Murillo, número 38, 28015 Madrid, en las Unidades de Atención al Estudiante (Registros Auxiliares) de la UNED, sitas en la avenida de Brasil, número 26, 28020 Madrid, paseo Senda del Rey, número 7 y calle Juan del Rosal, número 16, 28040 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, dirigidas a Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, número 38, 28015 Madrid. La solicitud que se presente a través de las oficinas de correos, deberá entregarse en sobre abierto, para que sea fechada y sellada por el funcionario de correos, antes de ser certificada.
La documentación que se presente en el extranjero podrá cursarse a través de las representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el Extranjero.
3.3 Los derechos de examen serán de 14,39 euros y se ingresarán en la cuenta de la Universidad Nacional de Educación a Distancia número 0049-0001-54-2211438387, del Banco Santander Central Hispano, realizando el ingreso en concepto de abono de derechos de examen de las pruebas selectivas del concurso-oposición libre para acceder a una plaza vacante de Oficial de Oficios de Laboratorio, grupo IV, nivel B en el Departamento de Ingeniería de Construcción y Fabricación.
A la solicitud de participación deberá adjuntarse el resguardo original de transferencia o ingreso, o cuando se haya realizado el pago por otro medio (banca electrónica, Internet) certificación sellada por la entidad bancaria que justifique la operación realizada.
En ningún caso, el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Estarán exentas del pago de los derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la solicitar certificado acreditativo correspondiente.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de esta convocatoria, siempre y cuando carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional y no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales. La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará de la correspondiente oficina del INEM. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del aspirante en el modelo que figura como Anexo VI de esta convocatoria. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud de participación.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1 c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa (BOE del 19). De esta forma, tendrán derecho una exención del 100% de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50% los miembros de las familias de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante fotocopia del correspondiente título actualizado, que deberá ser adjuntado a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
3.4 Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicar el porcentaje en el recuadro número 21 de la solicitud y podrán solicitar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios, en los casos en que dicha adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro número 23 de la solicitud, a estos efectos deberán presentar junto con la solicitud el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación de grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido.
3.5 Los documentos acreditativos de los méritos declarados deberán acreditarse únicamente por los aspirantes que superen la fase de oposición, mediante certificado expedido por el Servicio de Personal correspondiente, en el modelo que figura como anexo IV de esta convocatoria.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del PAS.
3.6 Los aspirantes que concurran a esta convocatoria, que deseen formar parte de la bolsa de trabajo de la Universidad, en el caso de haber superado la oposición y no haber obtenido plaza, deberán hacerlo constar en el recuadro correspondiente de la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, marcándose con una cruz en caso afirmativo. Este hecho supondrá la conformidad la publicación de su nombre en la relación de la bolsa de trabajo que se cree en la Universidad.
3.7 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declarará aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En esta Resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», junto con la relación de los aspirantes excluidos con indicación de la causa de exclusión, figurará la fecha y lugar de celebración del ejercicio de la fase de oposición, así como los centros donde estará expuesta la lista certificada completa de aspirantes admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Resolución aludida en la base 4.1, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no justifiquen su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente, no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino además que sus nombres figuran en la pertinente relación de admitidos.
En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados no procederá la devolución de los derechos de examen.
4.3 La Resolución que eleve a definitivas la lista de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Sr. Rector Magnífico de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
5. Tribunal calificador
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.
5.2 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos de sus miembros titulares o suplentes.
5.3 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos.
5.4 El Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar que los ejercicios escritos que no deban ser leídos ante él, sean corregidos sin conocer la identidad de los aspirantes.
5.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su sede en la Universidad Nacional de Educación a Distancia, calle Bravo Murillo, número 38, 5.ª planta, teléfono 91-398-94-01.
5.6 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría tercera, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.
6. Desarrollo del ejercicio
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «U» de conformidad con lo establecido en la Resolución de 24 de enero de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 27 de enero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 24 de enero.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por miembros del Tribunal con el fin de acreditar su identidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.
6.4 Por Resolución del Rectorado que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», se fijará la fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio.
6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior, publicándose, asimismo, la relación de aprobados en dicho ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.5. y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo.
6.6 Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal publicará en el tablón de su sede y en la dirección de Internet: http://www.uned.es, en Tu Universidad, Empleo UNED, la relación de aspirantes que la hayan superado.
Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.
6.7 Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en las Unidades del Centro de Atención al Estudiante (Registros Auxiliares) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, los documentos acreditativos de los méritos referidos en el anexo I.
6.8 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rectorado de la Universidad, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Relación de aprobados y presentación de documentos
7.1 Concluido el proceso selectivo, el Tribunal calificador hará público el nombre del aspirante que ha superado el concurso-oposición y se elevará al órgano competente la propuesta del candidato para la formalización del contrato, propuesta que no podrá en ningún caso exceder el número de plazas convocadas.
7.2 En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado B) de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate en favor del primero, a partir de la letra «U».
7.3 Con carácter previo a la formalización del contrato el aspirante deberá, en un plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente a la publicación del nombre del aspirante aprobado señalada en la base 7.1, justificar adecuadamente los requisitos o condiciones exigidos en la base segunda de esta convocatoria, presentando la siguiente documentación acreditativa:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado del servicio mediante expediente o despido disciplinario de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas, mediante sentencia firme. El aspirante que no posea la nacionalidad española deberá declarar, además, que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública. Dichas declaraciones deberán ajustarse al modelo que figura como anexo V de esta convocatoria.
b) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el desempeño de sus funciones, expedido por un facultativo médico.
c) Fotocopia compulsada del Título de Técnico de Formación Profesional de Grado Medio o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, documentación que acredite su homologación en España.
d) El aspirante incluido en la base 2.1.1.b) que no resida en España, deberá presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado la tarjeta de residencia comunitaria. De no haber solicitado este documento deberá presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vinculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o nacional de la Unión Europea o del Estado al que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que existe este vínculo, de que no esta separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el candidato vive a sus expensas o está a su cargo.
Los extranjeros no comunitarios deberán aportar los documentos que acrediten que se encuentran en España en situación de legalidad, estando habilitados para residir y para poder acceder sin limitaciones al mercado laboral.
Si dentro del plazo indicado y, salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación acreditativa a que se refieren los párrafos anteriores o de la misma se desprenda que no se reúnen los requisitos exigidos, o en el supuesto de que la Administración en cualquier momento del proceso compruebe que el interesado no reúne todas las condiciones exigidas en la convocatoria, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.
8. Formalización de contratos e incorporación
8.1 El Rectorado de la Universidad, de conformidad con el artículo 21.4 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED, procederá a la formalización del contrato en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de la propuesta, del aspirante que hubiera superado el concurso-oposición objeto de esta convocatoria.
Hasta tanto se formalice el contrato, el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.
La formalización del contrato supondrá la toma de posesión de su puesto por el trabajador. El personal de nuevo ingreso de acuerdo con el artículo 22 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED, estará sometido a un período de prueba en el que no se computará el tiempo de incapacidad temporal y cuya duración será de un mes.
8.2 En el momento de la formalización del contrato, el trabajador dará cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.
8.3 Los aspirantes que habiendo superado la fase de oposición no hayan obtenido plaza, entrarán a formar parte de la bolsa de trabajo de la Universidad, si lo han consignado expresamente en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.
9. Norma final
9.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.
9.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el Sr. Rector Mgfco. de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
Madrid, 16 de diciembre de 2011.–El Rector, Juan Antonio Gimeno Ullastres.
ANEXO I
Ejercicios y valoración de méritos
1. Fase de oposición:
Constará de dos ejercicios, ambos eliminatorios:
Primer ejercicio:
Contestación de un cuestionario tipo test de 70 preguntas con cuatro respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, basado en el contenido del temario que figura en el anexo III.
Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán en una cuantía igual a un cuarto del valor que se otorgue a una pregunta contestada correctamente. Las respuestas en blanco no penalizarán.
El tiempo máximo para la realización de este primer ejercicio será de 70 minutos.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la realización de un ejercicio teórico-práctico, cuyas características y nivel estarán relacionadas con el grupo, categoría y función de la plaza y versará sobre el contenido de la parte específica del programa que figura en el anexo III de esta convocatoria, encaminado a apreciar los conocimientos de los aspirantes.
El tiempo máximo de realización de este segundo ejercicio será de 4 horas.
Calificación de los ejercicios:
Cada uno de los ejercicios se calificará de 0 a 35 puntos.
El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.
2. Fase de concurso:
En esta fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de conformidad con el siguiente baremo:
2.1 Trabajo realizado.
Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:
0,1 puntos por cada mes en la misma área.
0,04 puntos por cada mes en distinta área.
Las distintas áreas se relacionan en http://www.uned.es, en Tu Universidad, Empleo UNED.
2.2 Antigüedad.
Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 10 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:
0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.
0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.
Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.
Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50 por 100 de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.
Los méritos de «Trabajo realizado» y «Antigüedad», se acreditarán con certificación expedida por la Unidad de Personal correspondiente que se entregará directamente al Tribunal, enviando copia al interesado.
2.3 Formación.
Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por organismos e Instituciones oficiales o reconocidas como gestoras de de fondos de formación continua. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:
De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.
De 21 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.
De 31 a 70 horas de duración: 1,2 puntos.
De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.
De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.
De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal de Administración y Servicios.
2.4 Igualdad de género.
La puntuación máxima por este concepto será de 4 puntos: 2 por ser destino que permita la mejor atención o cuidado de hijo o familiar y 2 por destino previo del cónyuge en el municipio en el que radica el puesto de trabajo.
ANEXO II
Tribunal calificador
Titulares:
Presidenta: Por delegación de Sr. Gerente: D.ª María Roca Bernal; Jefe Unidad de Planificación y Organización de RR.HH.
Vocales:
D. Miguel Ángel Sebastián Pérez; Catedrático de Universidad.
D. Juan José Benito Muñoz; Catedrático de Universidad.
D. ª Rosario Domingo Navas; Profesor Titular de Universidad.
D. ª Eva Mª Rubio Alvir; Profesor Titular de Universidad.
Secretaria: D. ª Goyi Rey Gutiérrez; Jefe Sección de PAS: Personal Laboral.
Suplentes:
Presidenta: Por delegación de Sr. Gerente: D.ª Emma Barcia Luengo; Jefe Servicio Contratación y Patrimonio.
Vocales:
D. Mariano Rodríguez-Avial Llardent; Catedrático de Universidad.
D.ª Cristina González Gaya; Profesor Titular de Universidad.
D. Segundo Barroso Herrero; Profesor Titular de Universidad.
D.ª Ana M.ª Camacho López; Profesor Contratado Doctor.
Secretaria: D.ª Paloma López Fernández; J. Neg. Seguimiento y Ejecución RPT Personal Laboral.
ANEXO III
Temario
Parte general:
1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.
2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al Título X: del personal de Administración y Servicios de las Universidades.
3. Los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Especial referencia al personal de administración y servicios.
4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: órganos de representación.
5. El convenio colectivo del personal laboral de la UNED.
6. La Ley Orgánica de protección de datos de carácter personal. La protección de datos en la UNED.
7. La prevención de riesgos laborales: conceptos básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores.
8. Políticas de igualdad de género: normativa aplicable.
Parte específica:
1. Mecanizado y máquinas-herramienta.
2. Procesos de torneado.
3. Procesos de fresado.
4. Procesos de taladrado.
5. Prensas y conformado de chapa.
6. Procesos básicos de medición dimensional.
7. Máquinas-herramienta con control numérico.
8. Programación de máquinas-herramientas de control numérico.
9. Equipos y procesos básicos de soldadura.
10. Actividades de un laboratorio-taller de mecanizado. Seguridad en el taller.
ANEXO IV
El Certificado debe extenderse por la Unidad de Personal del Organismo donde preste o haya prestado servicios el aspirante.
D./D. ª ............................................................................................................................
Cargo: ............................................................................................................................
Certifico los datos que siguen, previa verificación del expediente de la persona interesada.
Servicios referidos a la fecha: ........................................................................................
Servicios prestados como: .............................................................................................
Organismo:
Apellidos y nombre .........................................................................................................
DNI .................................................................................................................................
Cuerpo, Categoría o Escala ...........................................................................................
NRP ................................................................................................................................
Situación Administrativa .................................................................................................
Puesto de trabajo (definitivo o provisional) .....................................................................
Otros puestos desempeñados:
Denominación
F. Desde
F. Hasta
A
M
D












Total:
En .................................... a ........ de ..................................de 2011
ANEXO V
Don/doña ..............................................................................................................., con domicilio en .............................................................. y documento de identidad/ pasaporte/visado/permiso de residencia número ....................................................., declara bajo juramento o promete, a efectos de ser contratado/a al servicio de las Administraciones Públicas españolas, que no ha sido separado del servicio mediante expediente o despido disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas en España y, en su caso, que no se halla sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado de origen el acceso a la función pública.
ANEXO VI
Don/Doña ................................................................................................................., con domicilio en .............................................................., y con documento nacional de identidad número ............................................, declara bajo juramento o promete, a efectos de la exención de tasa por derechos de examen de las pruebas selectivas para acceder a una plaza vacante en la plantilla de personal laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, que carece de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
En .................................... a ........ de ..................................de 2011

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