miércoles, 7 de diciembre de 2011

Convocatoria para la creación de lista de reserva para contrataciones temporales de personal laboral, categoría de auxiliares administrativos, para la oficina de recaudación de Telde (CABILDO DE GRAN CANARIA)

En el Boletín de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 21779 y siguientes:

Mediante Decreto de la Sra. Presidenta del Organismo Autónomo Valora Gestión Tributaria del Cabildo de
Gran Canaria, de fecha 1 de diciembre de 2011, se ha dispuesto efectuar convocatoria para la creación de lista
de reserva para contrataciones temporales de personal laboral de la categoría de Auxiliares Administrativos,
Grupo IV, del Organismo Autónomo Valora Gestión Tributaria para la oficina del municipio de Telde.
Tal convocatoria se regirá por las Bases que se insertan a continuación.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
Por motivos de urgente e inaplazable necesidad, interesa a esta Corporación seleccionar personal laboral para
generar lista de reserva para contrataciones temporales de la categoría de Auxiliares Administrativos, Grupo
IV, para la Oficina de Recaudación de Telde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 del Real Decreto
Legislativo 781/186, de 18 de abril, en concordancia con los artículos 91 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril;
en la Disposición Adicional 2ª del RD 896/1991, de 7 de junio; en el artículo 19 de la Ley 30/1984, de 2 de
agosto; en los artículos 28 al 33 del RD 364/1995, de 10 de marzo, todo ello en cuanto no haya sido afectado,
o se oponga a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público).
SEGUNDA. REQUISITOS.
Para ser admitido a la convocatoria deben reunir los siguientes requisitos:
a) Ser español, nacional de un país miembro de la Unión Europea o nacional de cualquiera de los Estados a
los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en los Tratados Constitutivos
de la Unión Europea. También podrán ser admitidos el cónyuge, siempre que no estén separados de derecho,
así como sus descendientes y los de su cónyuge, si son menores de 21 años o mayores de dicha edad pero sigan
viviendo a sus expensas, todo ello según la normativa vigente aplicable.
Igualmente podrán acceder a las Administraciones Públicas, como personal laboral, quienes no estando
incluidos en el apartado anterior se encuentren con residencia legal en España. En consecuencia, podrán
participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia
permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
b) Tener cumplido los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.
c) No haber sido separadomediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en
inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral,
en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado,
en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o
equivalente, debiendo presentar copia acreditativa del mismo. En el caso de que dicha titulación se haya
obtenido en el extranjero, deberá acreditarse la correspondiente homologación del Ministerio de Educación y
Ciencia, a tenor de la legislación vigente aplicable.
e)No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño
de las correspondientes funciones. Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán
admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean
incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la instancia certificación emitida por los
equiposmultidisciplinarios a que se refiere el artículo 6.6 de la Ley Territorial 9/1987, de 28 de abril, de Servicios
Sociales, acreditativa de que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo
a que se aspiran.
De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de instancias, se deberá aportar al
menos justificante de haberla solicitado. En este caso los aspirantes tendrán que aportar la certificación dentro
del plazo de subsanación de defectos que se establezcan en estas bases.
Los requisitos expresados anteriormente deberán poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación
de instancias y gozar de los mismos hasta el momento del nombramiento y formalización del contrato laboral.
TERCERA. TRIBUNAL CALIFICADOR.
El Tribunal calificador de la convocatoria estará constituido de conformidad con lo señalado en el artículo 60
de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público y estará formado por unmínimo de cincomiembros,
que se organizará de la siguiente forma:
Presidente: Un funcionario de carrera del Grupo A/1
Secretario: Un funcionario de carrera
Vocales: Tres empleados públicos del Cabildo deGran Canaria, cuyo régimen jurídico sea funcionario de carrera
y/o laboral fijo, debiendo, al menos uno de ellos, ostentar la categoría convocada.
En la composición del Tribunal se velará por el principio de especialidad y paridad, debiendo poseer todos
los miembros un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Grupo de Titulación de la
categoría de que se trate.
La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes, que deberán estar en
posesión de los mismos requisitos que los titulares. La misma se hará pública en el Tablón de Anuncios del
Organismo Autónomo, sito en Avda. Primero de Mayo, número 20 Bj. en el término municipal de Las Palmas
de Gran Canaria.
La constitución del Tribunal exige la presencia de lamitadmás uno de sus componentes, incluidos necesariamente
su Presidente y Secretario. Todos los miembros del Tribunal, incluido el Secretario, tendrán voz y voto para
dirimir las incidencias que surjan a lo largo del proceso selectivo, que se resolverán mediante acuerdo adoptado
pormayoría simple de los asistentes, sin el voto de calidad del Presidente. De todas las reuniones que se celebren
se levantará la correspondiente Acta.
Podrá asistir como observador el representante sindical de la plantilla delOrganismoAutónomo. Esta asistencia
se verificará con cargo a sus créditos horarios sindicales, limitándose exclusivamente a los actos de naturaleza
pública.
Podrán incorporarse para asesorar al Tribunal otros funcionarios o trabajadores insulares, así como especialistas
en la materia, siendo acordada su designación por el Tribunal.
21780 Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, miércoles 7 de diciembre de 2011
En lo no previsto en la presente convocatoria, el procedimiento de actuación del Tribunal Calificador se ajustará
a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Previa convocatoria del Presidente, el TribunalCalificador celebrará su sesión de constitución antes de la realización
del ejercicio teórico-práctico, y en dicha sesión acordará las decisiones que correspondan en orden al correcto
desarrollo de las pruebas selectivas.
CUARTA. SOLICITUDES.
Los interesados deberán presentar el Anexo I (solicitud) y Anexo II (Declaración jurada), fotocopia simple
del D.N.I. y fotocopia compulsada de la titulación exigida y de los méritos que pretenda hacer valer en el caso
de superar la fase de oposición.
El plazo de presentación de instancias es de DIEZ días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación
del correspondiente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Organismo Autónomo Valora Gestión Tributaria,
sito en Avda. Primero deMayo número 20 Bj. del término municipal de Las Palmas de Gran Canaria; así como
en cualquiera de las Oficinas de Valora Gestión Tributaria; en horario de 8:30 a 14:00 horas de lunes a viernes.
Las instancias también podrán presentarse en la forma en que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los aspirantes extranjeros deberán acreditar su nacionalidad. Los descendientes, tanto de ciudadanos españoles
como de nacionalidades de otros Estados miembros de la Unión Europea, así como descendientes del cónyuge
(siempre que no estén separados de derecho) y, en lo que atañe a los descendientes, que sean menores de 21
años o mayores de esta edad, pero sigan viviendo a sus expensas, deberán acreditar el vínculo de parentesco y,
en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un miembro de la Unión Europea. Los
aspirantes a los que se refiere el párrafo 2 del apartado a) de la base primera deberán presentar fotocopia del
pasaporte en vigor, así como fotocopia del correspondiente permiso de residencia o de trabajo y residencia.
Con carácter general, los aspirantes que no tengan la nacionalidad española, deberán acreditar no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
Los derechos de examen serán los establecidos en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos
de Examen del Cabildo de Gran Canaria (BOP número 73, de 10 de junio de 2009), debiéndose hacer efectivo
a través del documento de autoliquidación y pago disponible en la página Web www.valoragt.com; apartado
“Autoliquidaciones on-line”.
Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales que opten a las plazas reservadas a
personas con discapacidad, deberán indicarlo expresamente en la casilla correspondiente delmodelo de solicitud
que figura como Anexo I a estas bases y habrán de acreditar documentalmente certificación de una discapacidad
de grado igual o superior al 33%, según valoración realizada por el equipomultiprofesional previsto en el artículo
1 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título IV de la Ley 2/1987, de 30
de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso a personas con discapacidad.
Dichos aspirantes deberán aportar en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento
de grado deminusvalía, a tenor de lo regulado en el RealDecreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento
para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (BOE número 22, de 26 de enero
de 2000, c.e. BOE número 62, de 13 demarzo) o almenos del justificante de haberla solicitado, pudiendo aportarla
dentro del plazo de subsanación de defectos.
Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 157, miércoles 7 de diciembre de 2011 21781
En el plazo máximo de dos meses, contado a partir de la expiración del plazo de presentación de instancias,
se dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos en la que se indicará el plazo de
subsanación de defectos que se concede a los aspirantes excluidos. Los aspirantes que no subsanen en plazo su
exclusión de la relación de admitidos, será definitivamente excluidos del proceso selectivo.
La lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos, así como los anuncios y las resoluciones del
procedimiento se expondrán en el Tablón de Anuncios y en la página web del Organismo Autónomo Valora
Gestión Tributaria. El anuncio de la fecha de celebración de las pruebas será igualmente expuesto en dicho Tablón
y en la páginaweb, debiendomediar en todo caso unmínimo de siete días naturales de antelación entre el anuncio
de la fecha y la celebración de la prueba.
QUINTA. DESARROLLO DE LAS PRUEBAS.
El proceso de selección constará de dos fases:
1. FASE DE OPOSICIÓN:
Constará de un ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio, en los términos que constan a continuación:
Fase de evaluación de conocimientos, de carácter teórico – práctico:
La prueba consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas de carácter teórico y 10 preguntas
de carácter práctico, tipo test, con tres preguntas alternativas, en un tiempo de 70 minutos, elaborado por el
Tribunal inmediatamente antes de su realización, en relación con los temas contenidos en el temario que se anexa.
Para la realización de este ejercicio se permite la utilización de calculadora no programable. La disposición
de calculadora programable dará lugar a la anulación del ejercicio y en consecuencia, la eliminación del
aspirante del proceso selectivo.
Cada respuesta acertada se valorará con 0,20 puntos, por lo que esta fase tendrá una puntuación máxima de
10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para superar la fase.
2. FASE DE MÉRITOS:
Una vez superado el ejercicio teórico – práctico, el Tribunal calificará los méritos presentados por los
aspirantes que hayan superado la fase de oposición.
La fase deméritos se valorará con unmáximo de 3 puntos, de conformidad con los que hayan sido debidamente
acreditados por los aspirantes en el plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso, valorándose
sólo los que se posean a la fecha del cierre del plazo.
A) Experiencia profesional.
• Experiencia profesional como trabajador por cuenta ajena: La experiencia profesional, en el ámbito de la
gestión, liquidación, inspección o recaudación de tributos locales, en Entidades Territoriales, Organismos
Autónomos dependientes de las mismas, o en empresas que presten servicios no financieros de colaboración y
asistencia a las mencionadas entidades, a 0,25 puntos por cada año de servicios con un máximo de 1,5 puntos.
Las fracciones inferiores a un año se valorarán en su parte proporcional por meses completos.
Tratándose de contrato de trabajo a tiempo parcial o trabajador fijo discontinuo, la puntuación se computará
proporcionalmente al tiempo realmente trabajado, a razón del número demeses completos cotizados que figuren
en el certificado de vida laboral.
Acreditación:
Para acreditar la experiencia profesional, se deberá aportar necesariamente los siguientes documentos que acrediten
la experiencia en el ámbito establecido en los apartados anteriores:
a) En la Administración Pública: informe de vida laboral y certificado de servicios prestados.
b) En la Empresa privada: informe de la vida laboral y fotocopia del contrato o contratos de trabajo.
La puntuación máxima a obtener en este apartado es de 1,5 puntos.
B) Cursos de formación y perfeccionamiento.
Los cursos de formación y perfeccionamiento en materia tributaria realizado en los cinco últimos años,
organizado, subvencionado o reconocido por la Administración Pública, o realizado en el ámbito de los acuerdos
o convenios entre Administración y sindicatos; serán valorados otorgándose 0,01 punto por cada hora lectiva
de curso. Se excluyen los cursos de tributos no locales y los menores de 10 horas lectivas.
Para acreditar los cursos de formación se deberán aportar fotocopia compulsada del certificado de asistencia
o diploma en el que figure: número de horas de duración, nombre del curso, fecha de celebración; así como el
escudo, sello o anagrama de la entidad pública o privada que lo organiza.
La puntuación máxima a obtener en este apartado es de 0,75 puntos.
C) Titulaciones.
Las titulaciones universitarias o académicas, distintas a la necesaria para concurrir, se valorarán según el siguiente
baremo:
- Licenciado, Arquitecto, Ingeniero Superior o equivalente. 0,75 puntos
- Diplomado universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalente. 0,50 puntos
- Bachillerato, Técnico o equivalente. 0,25 puntos.
No se valorarán las titulaciones que posibiliten la obtención de otra superior que se puntúe.
La puntuación máxima a obtener en este apartado es de 0,75 puntos.
SEXTA. Concluidas las pruebas, se llevará a cabo la exposición en el Tablón de Anuncios y en la página web
de Valora Gestión Tributaria la relación de aspirantes que las hayan superado con las calificaciones obtenidas.
Valorados los méritos, el Tribunal elaborará una lista de seleccionados, ordenada rigurosamente por la suma
de las puntuaciones obtenidas en las distintas fases, los cuales conformarán la lista de reserva y que igualmente
se expondrá en el citado Tablón de Anuncios y en la página web del Organismo Autónomo de Valora Gestión
Tributaria.
En caso de producirse empate en la puntuación final, elmismo se resolverá según el artículo 5 del Reglamento
de Listas de Reserva para cubrir interinidades y contrataciones temporales en las distintas categorías del personal
laboral y funcionario del Cabildo deGran Canaria donde establece la aplicación sucesiva de los siguientes criterios:
a) La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso
b) La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición
c) Si continuara el empate, se celebrará un sorteo ante los interesados.
SÉPTIMA. RECURSOS Y RECLAMACIONES.
La presente convocatoria, sus bases, y demás actos administrativos que se deriven de ellas y de las actuaciones
del Tribunal, podrán se impugnados en los casos y formas establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Las Palmas de Gran Canaria, a uno de diciembre de dos mil once.
LA PRESIDENTA, Rosa Rodríguez Díaz
ANEXO (Temario)
Tema I. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Potestad para establecer tributos.Organización
del Estado.
Tema II. El Acto Administrativo: Concepto, clases y elementos.Motivación y notificación. Eficacia y validez
de los actos administrativos.
Tema III. Revisión de los actos administrativos en materia tributaria local. El recurso de reposición.
Tema IV. La relación jurídica – tributaria: Concepto, naturaleza y elementos. El hecho imponible: Conceptos
y clases. El sujeto pasivo. Los responsables del tributo. El domicilio fiscal. La base imponible. La base liquidable.
El tipo de gravamen.
Tema V. La deuda tributaria: Componentes. Formas de extinción de la deuda tributaria. El pago. Obligados
al pago. Deudores principales. Responsabilidad solidaria y subsidiaria. Tiempo de pago. Medios de pago.
Justificantes del pago. Garantías de pago. Efectos del pago. Aplazamiento y fraccionamientos de deudas.
Tema VI. Recaudación en período voluntario. Procedimiento y lugar de ingreso. Plazos de ingreso.
Tema VII. El procedimiento de apremio: Definición y carácter. Potestad de utilizar la vía de apremio en la
Administración Local. Iniciación y efectos. Impugnación. El recargo de apremio. Notificación. La providencia
de apremio. Recursos administrativos contra la providencia de apremio. Plazos de ingreso.
TemaVIII. Imposición y ordenación de los tributos locales. Las ordenanzas fiscales: Contenido y procedimientos
de elaboración.
Tema IX. Tasas: Concepto y régimen jurídico. Precios públicos: Concepto y régimen jurídico. Contribuciones
especiales: Concepto y régimen jurídico.
Tema X. Los impuestos locales. El impuesto sobre Bienes Inmuebles. El Impuesto sobre Actividades
Económicas. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. El Impuesto sobre el Incremento del
Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Las Palmas de Gran Canaria, a uno de diciembre de dos mil once.
LA PRESIDENTA, Rosa Rodríguez Díaz.

24 comentarios:

  1. Alguien me puede decir donde encontrar la solicitud y declaración jurada.Gracias

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  2. Buenas, pincha en el enlace de arriba, en el boletín...mira las bases originales, al final tienes lo que buscas..páginas 21784-21786.

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  3. Muchas gracias. Ya encontre la solicitud y la declaración jurada.

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  4. Alguien sabe cuanto tiempo mínimo debes estar como desempleado para pagar la tasa de examen.Gracias

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  5. No hay mínimo..simplemente ser desempleado/a...un saludo!

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  6. Te paso la contestación técnica respecto a desempleado: Estarán exentos del pago de la tasa, de conformidad
    con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley
    55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales,
    Administrativas y del Orden Social, que modifica el
    apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de
    30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas
    y del Orden Social:
    a) Las personas con discapacidad igual o superior
    al 33 por 100, quienes deberán acreditar su condición
    y grado de discapacidad legalmente reconocida.
    b) Las personas que figurasen como demandantes
    de empleo durante el plazo, al menos de un mes anterior
    a la fecha de convocatoria de pruebas selectivas
    de acceso a cuerpos y escalas de funcionarios o
    a las categorías de personal laboral convocadas por
    esta Administración o sus Organismos Autónomos
    en las que soliciten su participación. Para el disfrute
    de la exención será requisito que en el plazo de que
    se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado
    ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
    justificada, en acciones de promoción, formación
    o reconversión profesionales y que, asimismo carezcan
    de rentas superiores, en cómputo mensual al
    salario mínimo interprofesional. Estas condiciones
    deberán ser acreditadas por medio de certificados
    emitidos por la Administración competente.

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  7. Alguien me podria decir donde encontrar examen de Valora de otra convocatoria realizada de auxiliar administrativo.Muhas gracias

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  8. HOla, alguien puede decirme como conseguir el temario?

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  9. Buscar cada uno de los temas en la biblioteca, internet, etc..o puedes esperar a que alguna editorial lo saque. Un saludo.

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  10. Buenas noches!! Tengo el temario completo de Valora de la editorial Mad por si a alguien le pudiera interesar!! Es un libro de temario y otro libro de test y supuestos prácticos!! Los dos libros completamente nuevos!! Me los compré el año pasado por la convocatoria que salió y no pude estudiar!! Los dos libros los vendo por 40€ por si a alguien le pudiera interesar....Nayra

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  11. estoy interesada en tus libros me podrias decir como contactar contigo para conseguirlos gracias

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  12. Hola te pongo mi correo electrónico para ponernos de acuerdo!! nayrax@hotmail.com
    Un saludo.
    Nayra

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  13. Hola, dónde puedo mirar todo lo relacionado con el exámen, fecha, hora, calificaciones...gracias. SALUDOS

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  14. Todo lo que salga publicado, todo lo tendrás aquí..un saludo!

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  15. Hola Juan José, gracias por contestar. Las listas de admitidos y excluidos ya salió y no lo vi publicado aquí. Saludos.

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  16. Pues ya me dirás donde ha sido publicada, porque no la veo ni en la página oficial..lo último que he publicado en el blog es esto: http://rincondelaoposicion.blogspot.com/2012/01/os-traigo-la-noticia-que-ha-publicado.html.

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  17. Si, está publicada la lista, acabo de volver a verla.

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  18. Pues te vuelvo a pedir..donde la han publicado?

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  19. http://www.valoragt.com/PortalWeb/cuerpo_principal.xhtml

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  20. Gracias por la ayuda....si no sale publicado en el BOP no me entero..un saludo..hago un post ahora mismo.

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  21. Dónde has puesto el post? lo pregunto porque me hago un lío y no se dónde vas publicando las cosas nuevas. si eres tan amable y me explicas. Saludos.

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  22. Todo lo nuevo que sale publicado aparece al inicial de la página...aquí lo tienes: http://rincondelaoposicion.blogspot.com/2012/02/publicada-la-lista-provisional-de_13.html. Con agradecimiento para ti, aunque no sepa tu nombre..eh?.jeje.

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  23. Gracias Juan José, eres muy amable. Mi nombre es Lidia. Un saludo.

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