Los aspirantes que no hayan prestado servicios o no hayan completado al menos 6 meses como funcionarios, dentro de los últimos cinco años, tendrán que superar un curso obligatorio
La Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad, a través de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, ha aprobado, mediante resolución publicada hoy en el Boletín Oficial de Canarias, las listas definitivas de admitidos y excluidos al procedimiento selectivo convocado para la constitución de las listas de reserva de los cuerpos de Médicos Forenses, Gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia en Canarias.
Esas listas, se podrán consultar en la página de Internet del Área de Justicia del Gobierno de Canarias, www.gobiernodecanarias.org/justicia y en los tablones de anuncios de los Decanatos de cada partido judicial y de la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
La integración definitiva en las listas de reserva de aquellos aspirantes que nunca han prestado servicios o no hayan completado al menos 6 meses de servicio como funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias, dentro de los últimos cinco años, quedará condicionada a la superación del curso obligatorio de iniciación teórico práctico, previsto en las bases de la convocatoria.
Con esta Resolución y la publicación de las listas definitivas se pone fin a un largo proceso que se inició con la publicación de la convocatoria, el 30 de julio de 2009, y a la que se presentaron 33.924 solicitudes, correspondientes a unos 20.000 solicitantes
Tras la publicación de las listas provisionales, el 19 de febrero de 2010, y revisadas 8.158 reclamaciones y subsanaciones, se concluyó la elaboración de las listas a finales del pasado año, para a continuación culminar la elaboración del material formativo para los aspirantes sin experiencia, que debía contemplar las numerosas reformas procesales que se han producido recientemente.
La importancia de la formación en este proceso no es baladí ya que da respuesta a una demanda reiteradamente solicitada por parte los operadores jurídicos, de contar con personal interino formado previamente a su incorporación al puesto de trabajo, vacante o por sustitución, así como aquellos que sean destinados como medidas extraordinarias de refuerzo. De esta manera se contribuye de manera efectiva a aligerar el volumen de trabajo en esas unidades judiciales al contar con un personal capaz de desempeñar las tareas que le son encomendadas.
Esas listas, se podrán consultar en la página de Internet del Área de Justicia del Gobierno de Canarias, www.gobiernodecanarias.org/justicia y en los tablones de anuncios de los Decanatos de cada partido judicial y de la Secretaría del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
La integración definitiva en las listas de reserva de aquellos aspirantes que nunca han prestado servicios o no hayan completado al menos 6 meses de servicio como funcionarios de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Canarias, dentro de los últimos cinco años, quedará condicionada a la superación del curso obligatorio de iniciación teórico práctico, previsto en las bases de la convocatoria.
Con esta Resolución y la publicación de las listas definitivas se pone fin a un largo proceso que se inició con la publicación de la convocatoria, el 30 de julio de 2009, y a la que se presentaron 33.924 solicitudes, correspondientes a unos 20.000 solicitantes
Tras la publicación de las listas provisionales, el 19 de febrero de 2010, y revisadas 8.158 reclamaciones y subsanaciones, se concluyó la elaboración de las listas a finales del pasado año, para a continuación culminar la elaboración del material formativo para los aspirantes sin experiencia, que debía contemplar las numerosas reformas procesales que se han producido recientemente.
La importancia de la formación en este proceso no es baladí ya que da respuesta a una demanda reiteradamente solicitada por parte los operadores jurídicos, de contar con personal interino formado previamente a su incorporación al puesto de trabajo, vacante o por sustitución, así como aquellos que sean destinados como medidas extraordinarias de refuerzo. De esta manera se contribuye de manera efectiva a aligerar el volumen de trabajo en esas unidades judiciales al contar con un personal capaz de desempeñar las tareas que le son encomendadas.
ALELUYAAAAAAAAAAAAAAAAA, VAYA VERGUENZA LO DE LAS LISTAS . CON TODA LA GENTE QUE HAY EN EL PARO NO ES MAS FACIL Y MAS BARATO IR AL INEM Y.
ResponderEliminarno han tenido en cuenta las reclamaciones realizadas. que verguenza
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