miércoles, 2 de marzo de 2011

OFERTA EMPLEO 2011 DE POLICIA NACIONAL

En el Boletín Oficial del Estado de ayer se ha publicado:

La Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, en su artículo 23 establece que las plazas de nuevo ingreso del personal del sector público se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios esenciales.
El apartado tres del artículo 23 de la Ley 39/2010, ya citada, indica que corresponde al Gobierno la autorización a través de la oferta de empleo público, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública y a iniciativa del departamento competente, la convocatoria de las plazas vacantes de nuevo ingreso, citándose entre los ámbitos incluidos en este apartado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
En lo concerniente al Cuerpo Nacional de Policía, debido a su carácter de servicio público esencial, así como a las singularidades de su actual plantilla, se hace necesario establecer la oferta de empleo público para ingreso en dicho Cuerpo, para el año 2011, a través de un real decreto específico. Esta oferta de empleo público tiene como objetivo contar con una equilibrada dotación de efectivos en las plantillas de las distintas comisarías y unidades policiales para la prestación eficaz de los servicios que demanda la sociedad española, así como para el desarrollo de las actuaciones previstas en el Plan de lucha contra la delincuencia, como son: el refuerzo de la presencia policial en las calles, la puesta en marcha de medidas territorializadas en el nivel regional, provincial o local, la ejecución de programas específicos de lucha contra nuevas formas de delincuencia, la atención al ciudadano y la intensificación de la cooperación internacional.
En el establecimiento de esta oferta de empleo público se tiene en cuenta lo dispuesto en el Reglamento de los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
En su virtud, a iniciativa del Ministerio del Interior, a propuesta del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública, con el informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 25 de febrero de 2011,
DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, se aprueba la oferta de empleo público del Cuerpo Nacional de Policía para el año 2011, en los términos que se establecen en este real decreto.
Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público habrán de ser informadas favorablemente por la Dirección General de la Función Pública y sólo podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas.
Artículo 2. Cuantificación de la oferta de empleo público.
Se autoriza la convocatoria para oposición libre en el Cuerpo Nacional de Policía de las siguientes plazas: 75 plazas en la Escala Ejecutiva y 153 plazas en la Escala Básica.
Artículo 3. Promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía.
La autorización de la convocatoria de 75 plazas para oposición libre en la Escala Ejecutiva comporta la convocatoria de 150 vacantes para su provisión por promoción interna, desde la categoría de Subinspector, de conformidad con lo establecido en el artículo 13, del Real Decreto 614/1995, de 21 de abril.
Disposición adicional. Difusión de las convocatorias de pruebas selectivas.
Para ampliar la difusión de las distintas convocatorias de pruebas selectivas derivadas de esta oferta de empleo público, el Ministerio del Interior incluirá en su página web, en la red Internet, una dirección dedicada a procesos selectivos, en la que recogerá de la manera más completa posible cada una de las convocatorias y los actos que se deriven de ellas.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

1 comentario:

  1. Muy buen aporte. Trabajar en la administración estatal es el sueño de muchos. El importante sueldo mensual, la amplia flexibilidad de horarios de trabajo y sobretodo la estabilidad laboral que implica trabajar en el Estado hacen de esta labor una alternativa muy anhelada por una gran cantidad de opositores.

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