Con fecha 26 de noviembre de 2010, se publicó en el Boletín Oficial de Canarias Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 15 de noviembre de 2010, por la que se autorizó la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de diversas categorías de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial de dicho organismo, y se aprobaron las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias (BOC nº 234, de 26.11.10).
El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, faculta a las Administraciones Públicas para rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
Detectados errores materiales en los anexos III y IV de la citada Resolución, y de conformidad con lo señalado en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 7 del Decreto 123/1999, sobre selección de personal estatutario y la provisión de plazas básicas y puestos de trabajo en los órganos de prestación de servicios sanitarios del SCS (BOC nº 92, de 14.7.99),
R E S U E L V O:
Primero.- Corregir el error advertido en el anexo III (Programa de temas para la fase de oposición de las distintas categorías) de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 15 de noviembre de 2010, por la que se autorizó la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de diversas categorías de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial de dicho organismo, y se aprobaron las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias (BOC nº 234, de 26.11.10), en los términos que se exponen a continuación:
- Tema 1 de los Programas de las categorías de Médicos/as de Urgencia Hospitalaria, Pediatras de Equipos de Atención Primaria, Odontoestomatología, Farmacéuticos/as de Atención Primaria, Técnicos/as de Salud Pública:
- Donde dice: "Derechos y Deberes de los ciudadanos en el Sistema Canario de Salud: Orden de 28 de diciembre de 2005, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Carta de los Derechos y los Deberes de los pacientes y usuarios del Servicio Canario de la Salud".
- Debe decir: "Derechos y Deberes de los ciudadanos en el Sistema Canario de Salud: Orden de 28 de febrero de 2005, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Carta de los Derechos y los Deberes de los pacientes y usuarios del Servicio Canario de la Salud".
- Tema 2 del Programa de la categoría de Médicos/as de Admisión y Documentación Clínica:
- Donde dice: "Orden de 28 de diciembre de 2005, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Carta de los Derechos y Deberes de los pacientes y usuarios del Servicio Canario de la Salud: Derechos y Deberes de los ciudadanos en el Sistema Canario de Salud".
- Debe decir: "Orden de 28 de febrero de 2005, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Carta de los Derechos y Deberes de los pacientes y usuarios del Servicio Canario de la Salud: Derechos y Deberes de los ciudadanos en el Sistema Canario de Salud".
- Tema 2 de los Programas de la categoría de Ingeniero/a Industrial y de T.T.S.-Licenciado/a en Química:
- Donde dice: "Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias: objeto y alcance de la Ley. El Sistema Canario de la Salud: concepto, funciones y principios esenciales del sistema. Derechos y deberes de los ciudadanos en el Sistema Canario de la Salud: Orden de 20 de febrero de 2005, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Carta de los Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios del Sistema Canario de la Salud".
- Debe decir: "Ley de Ordenación Sanitaria de Canarias: objeto y alcance de la Ley. El Sistema Canario de la Salud: concepto, funciones y principios esenciales del sistema. Derechos y deberes de los ciudadanos en el Sistema Canario de la Salud: Orden de 28 de febrero de 2005, de la Consejería de Sanidad, por la que se aprueba la Carta de los Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios del Sistema Canario de la Salud".
Segundo.- Corregir el error advertido en el punto D del apartado III (Experiencia Profesional) del punto IV.1 (Baremo de méritos de la fase de concurso de las pruebas selectivas para la cobertura de plazas básicas de Médicos/as de Urgencia Hospitalaria, Pediatras de Equipos de Atención Primaria, Odontoestomatólogos/as, Médicos/as de Admisión y Documentación Clínica, Farmacéuticos/as de Atención Primaria y Técnicos/as de Salud Pública en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, aplicable al turno libre, al de reserva de discapacitados y al de promoción interna) de la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud de 15 de noviembre de 2010, por la que se autorizó la convocatoria de pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de diversas categorías de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, a efectuar en el ámbito territorial de dicho organismo, y se aprobaron las bases generales comunes por las que se han de regir las citadas convocatorias (BOC nº 234, de 26.11.10), en los términos que se exponen a continuación:
- Donde dice: "Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones en la categoría a la que se opta como Médico/a de Urgencia Hospitalaria, en el ámbito de Atención Especializada, en Instituciones Sanitarias privadas concertadas y/o acreditadas para la docencia, de España o de un Estado miembro de la Unión Europea, computadas desde la fecha del concierto y/o acreditación: 0,06 puntos".
- Debe decir: "Por cada mes de servicios prestados desempeñando funciones en la categoría a la que se opta, en Instituciones Sanitarias privadas concertadas y/o acreditadas para la docencia, de España o de un Estado miembro de la Unión Europea, computadas desde la fecha del concierto y/o acreditación: 0,06 puntos".
Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Respecto al Servicio Canario de Salud, ¿se sabe algo sobre la convocatoria de Auxiliar Administrativo? ¡Gracias!
ResponderEliminarBuenas..la verdad es que no se sabe nada..un saludo.
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