miércoles, 10 de noviembre de 2010

CONVOCATORIA DE 5 PLAZAS DE ANIMADORES SOCIOCULTURALES PARA GUIA DE ISORA

En el Boletín Oficial de Santa Cruz de Tenerife de hoy se ha publicado en las páginas 26305-26312:

Por medio de la Resolución de Alcaldía-Presidencia
1701/10 de fecha 28 de octubre de 2010, se aprueba
la convocatoria específica para formar parte de la
bolsa de empleo a través de la creación lista específica
de 5 animadores socioculturales, para cubrir con
carácter temporal, las posibles necesidades de provisión
urgente de plazas y puestos de trabajo del Iltre.
Ayuntamiento de Guía de Isora conforme a las siguientes
especificaciones:
Anexo.
Convocatoria específica para formar parte de la
bolsa de empleo a través de la creación lista específica
de 5 animadores socioculturales, para cubrir temporalmente,
las posibles necesidades de provisión
urgente de plazas y puestos de trabajo del Iltre. Ayuntamiento
de Guía de Isora.
Primera.- Es objeto de la presente convocatoria la
creación de una lista específica de 5 animadores socioculturales,
para cubrir con carácter temporal, las
posibles necesidades de provisión urgente de puestos
de trabajo del Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora.
Segunda.- Esta selección se regirá por las prescripciones
contenidas en la presente convocatoria específica
y en lo que se prevea por las Bases Generales
para la formación de lista específica, surgida a
consecuencia de proceso selectivo convocado para
formar parte de la Bolsa de Empleo, de conformidad
con el Reglamento regulador de dicha Bolsa de Empleo,
publicadas en el BOP de Santa Cruz de Tenerife
nº 183, de 14 de septiembre de 2010.
Tercera.- Requisitos de las personas aspirantes.
Además de todos y cada uno de los requisitos exigidos
en las Bases Generales para la formación de lista
específica, surgida a consecuencia de proceso selectivo
convocado para formar parte de la Bolsa de
Empleo, de conformidad con el Reglamento regulador
de dicha Bolsa de Empleo, publicadas en el BOP
de Santa Cruz de Tenerife, nº 183, de 14 de septiembre
2010, los aspirantes deberán estar en posesión del título
de Bachiller, ciclo formativo de grado superior
o equivalente.
Cuarta.- Presentación de solicitudes. Las solicitudes
dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán
en el Registro General de Iltre. Ayuntamiento de
Guía de Isora dentro del horario de atención al público
(8:00 a 13:00 de lunes a sábado). En el plazo
máximo de 10 días naturales contados a partir de la
publicación de la presente convocatoria específica
en el BOP de Santa Cruz de Tenerife, es decir del 11 al 20 de noviembre, igualmente,
podrán presentarse en la forma prevista en el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción
dada por la Ley 4/1999 debiendo, en este caso,
remitir al Ayuntamiento vía fax (922 85 03 54)
copia de la solicitud con el sello de entrada del organismo
correspondiente en el plazo máximo de diez
días naturales, antes señalado.
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas
será preciso que los aspirantes manifiesten
en sus instancias que reúnen todas y cada una de las
condiciones exigidas en la base sexta de las bases genéricas,
y en la presente convocatoria específica.
El impreso de solicitud de participación deberá obtenerse
por duplicado al objeto de que el interesado
se quede con copia sellada de la instancia presentada.
La solicitud de participación Anexo I de las bases
genéricas publicadas BOP de Santa Cruz de Tenerife
nº 183 de 14 de septiembre de 2010, y en la página
Web www.guiadeisora.org, deberá ir acompañada,
necesariamente:
1. Original o copia compulsada de los méritos que
se pretendan hacer valer.
2. Asimismo deberán acompañarse los siguientes
documentos:
- Copia auténtica del Documento Nacional de Identidad,
para los aspirantes de nacionalidad española.
Para los aspirantes de otra nacionalidad, fotocopia
compulsada del pasaporte en vigor y tarjeta de familiar
de residente comunitario si es nacional de un
Estado miembro. Fotocopia compulsada del pasaporte
y de la tarjeta de residente en caso de nacional
de otro estado.
- Copia auténtica o fotocopia (que deberá acompañarse
del original para su compulsa) del Título exigido
en esta convocatoria específica en su apartado
tercero, o justificante de haber abonado los derechos
para su expedición. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá aportar la credencial
que acredite su homologación. (Titulo de bachiller,
ciclo formativo de grado superior o equivalente).
- Certificado médico oficial de no padecer enfermedad
o defecto físico que imposibilite el normal
ejercicio de las funciones propias de la categoría a la
que se accede, expedido por un Colegiado en ejercicio.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido
separado mediante expediente disciplinario del servicio
de ninguna Administración Pública, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas,
no estar incurso en causa alguna de incompatibilidad
para el desempeño de cargo público o empleo público
Anexo II de las bases genéricas publicadas en el
BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 183 de 14 de septiembre
de 2010.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos
a sanción disciplinaria o condena penal que impida,
en su Estado, el acceso a la función pública.
Declaración jurada de no estar incurso en causa alguna
de incompatibilidad para el desempeño de cargo
público o empleo público.
Quinta.- Lista de Admitidos y Excluidos: expirado
el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-
Presidente dictará resolución, en el plazo máximo
de 5 días naturales, aprobando la lista provisional
de aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública
en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y
en la página Web del Ayuntamiento, concediéndose
un plazo de 4 días naturales para oír reclamaciones
o subsanar los posibles defectos que hayan motivado
la exclusión del aspirante, siempre que los mismos
sean subsanables, sirviendo a tales efectos la publicación
de la lista provisional con indicación de los
defectos observados como requerimiento expreso para
que se lleve a cabo la subsanación de los mismos
que en derecho procedan. En caso de no presentarse
ninguna, dicha lista queda elevada a definitiva.
En el caso de presentarse reclamaciones, éstas serán
aceptadas o rechazadas en la Resolución por la
que se apruebe la lista definitiva de admitidos, que
se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento
y en la página Web dentro de los 3 días naturales
siguientes a la finalización del plazo de presentación
de alegaciones, en ella se fijará el lugar,
fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la
fase de oposición. Junto con la lista que contenga los
resultados del primer ejercicio, se publicará el lugar,
fecha y hora en el que se realizará el segundo ejercicio,
y que se hará público en el Tablón de Anuncios
de la Corporación y en la pagina Web www.guiadeisora.
org. Los restantes llamamientos las pruebas se
realizarán a través de la página Web y del tablón de
anuncios.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado que
no subsanen la exclusión justificando su derecho a
estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente
excluidos en la relación de las pruebas.
La resolución que apruebe definitivamente la lista
de admitidos pondrá fin a la vía administrativa y contra
la misma se podrá interponer recurso contencioso-
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-
Administrativo de Santa Cruz de Tenerife.
Sexta.- proceso de selección. El proceso de selección
será Concurso-Oposición. Este sistema de selección
constará de dos fases: fase 1 oposición y fase
2 concurso.
Fase I Oposición (máximo 6 puntos).
La fase de oposición será previa a la del concurso
y consistirá en la realización de una prueba teórica y
práctica obligatoria y eliminatoria para todos los aspirantes,
que versará sobre las materias que se reseñen
en la respectiva convocatoria específica como
Temario Anexo.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá
dada por la media aritmética de las puntuaciones obtenidas
en los distintos ejercicios que se prevean en
su desarrollo y que serán eliminatorios entre sí. En
tal sentido la puntuación máxima total que podrá obtenerse
por todos los conceptos será de 6 puntos, debiendo
superar cada uno de los ejercicios teórico y
práctico con al menos 3 puntos.
Desarrollo de la fase de oposición. La fase de oposición
estará integrada por dos ejercicios uno de carácter
teórico obligatorio y eliminatorio consistente
en el la realización de un ejercicio tipo test sobre el
contenido del temario anexo, durante el tiempo máximo
de 60 minutos, este ejercicio tendrá una puntuación
máxima de 6 puntos, debiendo obtener al menos
3 puntos para superar el ejercicio, quien no supere
el ejercicio quedara eliminado del proceso.
El segundo ejercicio, de carácter obligatorio y eliminatorio
consistirá en el desarrollo de un supuesto
práctico, a efectos de evaluar la madurez y los conocimientos
del/de la examinado/a y versará sobre
el contenido del temario, durante un período de 30
minutos. La puntuación máxima de este ejercicio será
de 6 puntos debiendo obtener al menos 3 puntos
para superar el ejercicio. De manera que quien no supere
el ejercicio quedará eliminado del proceso. Para
pasar a fase de concurso se deberá haber superado
los dos ejercicios de la fase de oposición.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá
obtenida por la media aritmética de las puntuaciones
obtenidas en la cada uno de los ejercicios.
Fase II Concurso:
A los aspirantes que hayan superado la oposición
se les valorará en la fase de concurso los méritos que
debidamente acrediten según la siguiente relación:
- Valoración de los méritos (máximo 4 puntos.)
A. Experiencia Profesional: Hasta un máximo de
2 puntos.
Deberá referirse a las funciones y tareas propias
del puesto que pretenda cubrirse, se valorará la experiencia
en los mismos otorgándose las puntuaciones
siguientes:
• Por cada mes de trabajo al servicio de las Administraciones
Públicas en un puesto de igual nivel y
naturaleza que los ofertados: 0,04 puntos.
• Por cada mes de trabajo al servicio de una empresa
privada en un puesto de igual nivel y naturaleza
que los ofertados 0,03.
La experiencia profesional estatutaria como funcionario
público, y en el caso de haberla adquirido
en régimen de personal laboral, se acreditará mediante
copia auténtica de los correspondientes contratos
de trabajo y certificación expedida por el órgano
competente de la Administración respectiva en
la que se indique el contenido funcional de los puestos
de trabajo desempeñados y responsabilidades asumidas
por el aspirante en el puesto en cuestión. En
el caso de experiencia profesional adquirida en empresas
privadas se acreditara mediante copia autentica
de los correspondientes contratos de trabajo y
certificado de la vida laboral donde conste dicha relación.
B. Conocimientos, cursos de formación y formación
académica, hasta un máximo de 1,50 puntos los
cuales:
B.1) Se podrá obtener un máximo de 0,50 puntos
por la suma de los apartados siguientes:
B1.1) Superación pruebas selectivas de acceso, como
funcionario de carrera o para personal laboral fijo,
a Cuerpos o Escalas del mismo o superior grupo
de titulación en igual ámbito funcional que el correspondiente
al Cuerpo o Escala al que están adscritas
los plazas ofertadas, siempre y cuando éstas se
hubieren celebrado en los dos años anteriores a la
convocatoria respectiva, no habiendo podido ocupar
plaza por excedente de ocupo al sobrepasar el nú-
 mero de plazas convocadas: 0,05 puntos por proceso
selectivo superado en su totalidad.
Para la valoración de este apartado, será preciso la
aportación de certificado acreditativo emitido por el
Secretario del Tribunal o Comisión Permanente de
Selección, en el que conste la fecha de realización de
las pruebas selectivas de que se trate y la indicación
expresa del tipo de plaza convocada, así como el
Cuerpo, Escala o Categoría a que la misma se encuentre
adscrita.
Por este concepto se podrá obtener una puntuación
máxima de 0,2 puntos.
B1.2) hasta un máximo de 0,30 puntos en cursos
de formación y formación académica distribuidos del
siguiente modo:
- Por cursos de formación y capacitación profesional
relacionados con las funciones inherentes a las
plazas convocadas, dejando a criterio del Tribunal
Calificador la decisión acerca de si el Curso presentado
por el aspirante está o no relacionado con el contenido
funcional del puesto de trabajo, impartidos
tanto por Centros Públicos o instituciones Públicas
como por instituciones privadas.
Los cursos realizados en los últimos 5 años contados
desde la publicación de esta convocatoria en el
BOP de Santa Cruz de Tenerife:
De 10 a 49 horas lectivas: 0.02 por cada curso.
De 50 a 99 horas lectivas: 0.04 por cada curso.
De 100 horas en adelante: 0.06 puntos por cada
curso.
Los cursos realizados hace más de 5 años desde la
publicación de esta convocatoria en el BOP de Santa
Cruz de Tenerife:
De 10 a 49 horas lectivas: 0,01 puntos por curso
De 50 a 99 horas lectivas: 0,02 puntos por cada curso.
De 100 horas en adelante: 0,04 puntos por cada
curso.
Los cursos se acreditarán mediante original o copia
auténtica del Certificado o diploma acreditativo
del mismo, de su contenido y duración.
Los cursos realizados en el extranjero deberán estar
debidamente legalizados y traducidos al castellano.
B2) Un máximo de 1 punto por la suma de los apartados
que a continuación se indican:
B.2.1) Por poseer una titulación académica distinta
a la exigida para participar en las pruebas, relacionada
con las funciones propias del Cuerpo o Escala
al que se pretende acceder:
• Doctorado Universitario: 0,50 puntos.
• Licenciatura: 0,40 puntos.
• Diplomatura: 0,30 puntos.
• Bachillerato, ciclo formativo Superior o equivalente:
0,20.
• Título de Graduado Escolar, Graduado en Educación
Secundaria, Ciclo formativo de Gado medio
o equivalente: 0,10.
Sólo se valorará el Título de mayor categoría que
se aporte a la respectiva convocatoria. Tampoco se
valorarán las titulaciones académicas que hayan sido
necesarias para la obtención del título requerido
para participar en el proceso selectivo.
Las titulaciones se acreditarán mediante original o
copia compulsada de la titulación que se pretenda hacer
valer.
B.2.2) Otros méritos formativos:
- Máster o Cursos de expertos universitarios, siempre
que los mismos guarden relación con la naturaleza
del puesto convocado. Cada Máster o titulaciones
de expertos universitarios se valorarán en 0,10
puntos, pudiendo alcanzar en este apartado como máximo
hasta 0,4 puntos.
Los méritos correspondientes a este apartado se
acreditarán mediante original o copia auténtica de la
titulación que se pretenda hacer valer.
C) Entrevista curricular (máximo 0,50 puntos).
El Tribunal llevará a cabo una entrevista curricular
con cada uno de los aspirantes que tendrá carácter voluntario
y no eliminatorio, si considerase preciso que
defiendan los puntos anteriores y aclaren las dudas que
se le planteen al Tribunal, el cual hará una valoración
del resultado de la misma concediendo una puntuación
que, en ningún caso, podrá exceder de 0,5 puntos.
Puntuaciones finales.
La puntuación final del proceso concurso-oposición
vendrá determinada por el por la suma de la puntuación
obtenida en fase de oposición y la puntuación
obtenida en la fase de concurso, entendiéndose
como puntuación máxima total 10 puntos, comprendidos
entre 6 puntos de máxima de la fase de oposición
y 4 puntos de máxima de la fase de concurso.
La calificación final será la resultante de sumar a
la puntuación obtenida en la fase de oposición, la
puntuación obtenida en la fase de concurso, el orden
definitivo de los aspirantes seleccionados vendrá determinado
por la puntuación final obtenida en el concurso-
oposición.
Séptima.- Tribunal Calificador.
Presidente: D. Benito Rivero Vargas.
Suplente: Dña. Mª Vanessa Bethencourt Pérez.
Secretaria: Dña. Mª Nieves Rodríguez Torres.
Suplente: Dña. Mª Belén Expósito Hernández.
Vocal: Dña. Estefanía Villalba González.
Suplente: Dña. Mª Benita Melo Díaz.
Vocal: Dña. Ana Delia Baute Herrera.
Suplente: Dña. Nisamar Alayón Torres.
Vocal: Dña. Sonia Martín Expósito.
Suplente: D. Abelardo Martín Domínguez.
Vocal: D. Gabriel Magdalena Conrado.
Suplente: D. Ángel Luis Hernández Galindo.
Octava.- Las Bases Generales para la formación de
lista específica, surgida a consecuencia de proceso
selectivo convocado para formar parte de la Bolsa de
Empleo, de conformidad con el Reglamento regulador
de dicha Bolsa de Empleo por el que se regirá la
presente convocatoria han sido publicadas en el BOP
de nº 183 de 14 de septiembre de 2010, en el Tablón
de Anuncios de la Corporación, y en la página Web
www.guiadeisora.org.
Novena.- Recursos e impugnaciones. Contra la presente
convocatoria y de todos aquellos actos administrativos
que se deriven y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados en los casos y formas
previstos en las Bases Generales para la formación
de lista específica, surgida a consecuencia de proceso
selectivo convocado para formar parte de la Bolsa
de Empleo, de conformidad con el Reglamento regulador
de dicha Bolsa de Empleo, publicadas en el
BOP de S/C de Tenerife nº 183 de 14 de septiembre
de 2010 y en la Ley.
Décima.- La presente convocatoria se publicará en
el BOP de Santa Cruz de Tenerife en el tablón de
Anuncios de la Corporación y en la Página Web
www.guiadeisora.org.
Anexo de temario.
Tema 1.- La Constitución Española. Evolución Histórica.
Principios generales. Estructura y contenido.
Tema 2. El acto administrativo. Concepto. Elementos.
Clases. Requisitos: La motivación y forma.
La notificación y publicación.
Tema 3. La organización municipal. Órganos del
Ayuntamiento. Las competencias municipales.
Tema 4. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos
de gobierno local. Actas, certificaciones, comunicaciones,
notificaciones y publicación de los
acuerdos.
Tema 5. El estatuto de Autonomía de Canarias. Estructura
y contenido.
Tema 6. Programas e infraestructuras de la Concejalía
de Juventud de Guía de Isora actualmente en
vigor.
Tema 7. La Animación sociocultural en el ámbito
de la educación no formal.
Tema 8. Planificación en la animación sociocultural;
la articulación de la intervención: planes, programas
y proyectos.
Tema 9. La investigación social: evaluación de los
grupos y de los contextos sociales. El análisis de la
realidad desde la perspectiva de la animación sociocultural.
Tema 10. Metodología de la intervención social.
Nuevas propuestas metodológicas. Principales técnicas
en ASC. Técnicas de animación de grupos.
Tema 11. Fines, metas y objetivos de la planificación
en la intervención. La evaluación de la intervención.
Criterios, indicadores y técnicas de evaluación.
Tema12. La intervención educativa en grupos. Normas
grupales, cohesión, comunicación e interacción
en el grupo. Dinámica de grupos.
Tema 13. La educación del ocio y tiempo libre en
colectivos especiales: discapacidad, ASC y personas
mayores, mujeres, juventud, etcétera.
Tema 14. El/la animador/a sociocultural. Ámbito
profesional y tipos. El rol del/la animador/a sociocultural
en la intervención de programas socioculturales.
Colaboración con otros equipos interdisciplinares.
15. Recursos y técnicas de comunicación en el ámbito
infantil y juvenil. Difusión de programas socioculturales
municipales.
16. El ocio y el tiempo libre. Perspectivas desde la
animación. Participación social y animación sociocultural:
participación infantil y juvenil.

Animo!!!

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