miércoles, 20 de octubre de 2010

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE PEON DE MANTENIMIENTO DE INSTALACION DEPORTIVA PARA TUINEJE

En el Boletín Oficial de Las Palmas de hoy se ha publicado en las páginas 21938 y siguientes:

Según Resolución de la Alcaldía N° 2.317/10, de fecha 05 de octubre se ha convocado selección de personal para cubrir oferta de empleo temporal:
“DECRETON° 2.317/2010.-Visto el informe técnico de la Concejalía deDeportesmediante el cual se comunica la necesidad de contratación laboral temporal, por no existir disponibilidad suficiente de personal para el mantenimiento y custodia de instalación deportiva de Tarajalejo por inicio de la temporada 2010/2011
Vistas las bases redactadas para proceder a la contratación temporal para prestar servicios como Peón/a de
Mantenimiento de Instalaciones Deportivas; Campo de Fútbol de Tarajalejo
Vista la existencia de consignación presupuestaria con cargo a las partidas del presupuesto vigente para 2010
En virtud de las facultades que me confiere el artículo 21.1h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, por medio de la presente Resuelvo:
Primero: Convocar proceso de selección para la
contratación laboral temporal, a tiempo parcial de un/a
Peón/a deMantenimiento de InstalacionesDeportivas.
Segundo: Aprobar las bases que regirán el proceso
de selección objeto de esta convocatoria y que son
las siguientes:
BASES PARA LA SELECCIÓN EN RÉGIMEN
LABORALTEMPORALATIEMPOPARCIALDE
PERSONALPARAREALIZACIÓNDE LALABOR
DE PEÓN/A DE MANTENIMIENTO DE
INSTALACIÓN DEPORTIVA;CAMPO DE FÚTBOL
DE TARAJALEJO:
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA:
- El objeto de esta convocatoria es la provisión, como
personal laboral temporal, a tiempo parcial de un/a
Peón/a deMantenimiento de InstalacionesDeportivas;
Campo de Fútbol de Tarajalejo, temporada 2010/2011.
2. FUNCIONES:
- Realización de labores propias del puesto cuyas
funciones se fundamentan en tareas de custodia y
mantenimiento del Campo de Fútbol de Tarajalejo,
riego ymantenimiento de césped artificial, y cuantas
se le encomiende en razón del servicio.
3. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
Los aspirantes deberán tener los siguientes requisitos:
a- Tener la nacionalidad española, o ser nacional de
uno de los restantes Estados miembros de la Unión
Europea, o de aquellos Estados a los que le sea de
aplicación la libre circulación de trabajadores según
los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunicad Europea y ratificados por España; o ser
cónyuge de alguno de los casos anteriores, siempre
que no estén separados de derecho, menores de 21
años omayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Oser extranjero no incluido en los anteriores supuestos
con residencia legal en España.
b- Tener cumplidos los 16 años de edad.
c- No padecer enfermedad o defecto físico que
impida el desarrollo de las correspondientes funciones.
d- No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio delEstado, de lasComunidades
Autonómicas o de las Entidades Locales, ni hallarse
inhabilitado ni suspenso para el ejercicios de las
funciones públicas.
e- No desempeñar por si, o mediante sustitución,
un segundo puesto, cargo o actividad en el Sector Público,
de forma retribuida.
4. PUBLICIDAD:
Las presentes bases se publicarán en los Tablones
de Edictos delAyuntamiento de Tuineje, en la Tenencia
de Alcaldía de Gran Tarajal, en el Boletín Oficial de
la Provincia, y en la página web del Ayuntamiento;
http://ayuntamientotuineje.com
5. SOLICITUDES:
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas
selectivas serán facilitadas en las dependencias
municipales del Registro General, también a través
de la web: http://www.ayuntamientotuineje.com
Junto con las solicitudes los aspirantes deberán
acompañar fotocopia compulsada del Documento
Nacional de Identidad, y documentación acreditativa
de losméritos puntuables; cursos y experiencia laboral
relacionados con el puesto al que se opta.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse
directamente en la Casa Consistorial de Tuineje, en
la Tenencia de Alcaldía de Gran Tarajal o realizarse
con arreglo a las formas previstas en el artículo 38
de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y
Procedimiento Administrativo Común.
6. PLAZO:
El plazo de admisión de instancias solicitando tomar
parte en las pruebas selectivas será deVEINTEDÍAS
NATURALES contados a partir del siguiente al de 
la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de la Provincia (tenéis desde mañana hasta el día 9 de noviembre)
7. ADMISIÓN DE ASPIRANTES:
Terminado el plazo de presentación de solicitudes,
se dictará la Resolución por la que se aprueba la lista
de admitidos y excluidos con expresión de las causas
de su exclusión.
La misma se publicitará en el Tablón de Anuncios
del Ayuntamiento y en la web del Ayuntamiento.
El plazo para subsanar faltas u omisiones que hayan
motivado la exclusión de los aspirantes será de CINCO
DÍAS HÁBILES desde la publicación de la citada
Resolución. Los aspirantes que dentro de dicho plazo
no subsanen la exclusión o aleguen, justificando su
derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización del
proceso de concurso.
Finalizado el plazo para alegaciones, el Alcalde
dictará Resolución por la que se aprueba la lista
definitiva de admitidos. En esta Resolución, que se
publicará en el Tablón de Anuncios y en la web, se
indicará el lugar, fecha y hora de la realización del
concurso, así como la composición nominal del
Tribunal.
8. TRIBUNAL:
Estará integrado por cincomiembros designados por
laAlcaldíaydeberánposeerunatitulaciónigualosuperior
a la requerida para el puesto de trabajo y pertenecer
un grupo o categoría igual o superior al de las plazas
convocadas.
El personal de elección o de designación política,
los funcionarios interinos y el personal eventual no
podrán formal parte de los órganos de selección. La
pertenencia a los órganos de selección será siempre
a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en
representación o por cuenta de nadie.
9. PROCESO DE SELECCIÓN:
La selección de los aspirantes se llevará a cabo por
el sistema de Concurso de Méritos con arreglo al
siguiente baremo:
Experiencia laboral:
- Por servicios prestados en puesto al que se opta
en la Administración Pública; 0,20 por cada mes.
Máximo 24 puntos.
- Por servicios prestados en puesto al que se opta
en entidad privada; 0,10 por cada mes. Máximo 16
puntos.
Cursos y titulaciones:
Puntuarán hasta un máximo de 20 puntos, de la
siguiente manera:
Por cursos/titulación acreditados relacionados con
el puesto al que se opta se puntuará con el siguiente
baremo;
Por cada curso de 20 a 40 horas lectivas: 0,20
puntos.
Por cada curso de 41 y 80 horas lectivas: 0,40
puntos.
Por cada curso de 81 a 120más horas; 0,75 puntos.
Por cada curso de 121 o más horas; 1 punto.
8. PROPUESTA DE CONTRATACIÓN:
Concluida la valoración de los datos, el Tribunal
formará relación de los aspirantes por orden de
puntuación, demayor amenor, y elevará a laAlcaldía
propuesta para la adjudicación de la plaza a favor del
aspirante conmayor puntuación, quedando los restantes,
por orden de puntuación, como suplentes para el
supuesto de renuncia del seleccionado.
La citada relación será publicada en el Tablón de
Anuncios del Ayuntamiento de Tuineje y en la web.
9. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO:
Tras las formalidades necesarias la Alcaldía y los
seleccionados formalizarán el correspondiente contrato
laboral, de duración determinada. El/la trabajador/a
serán dado/a de alta en la Seguridad Social con arreglo
a la normativa vigente.
Contra la presente Resolución, que agota la vía
administrativa podrá interponer, potestativamente
Recurso de Reposición, ante elÓrganoAdministrativo
que lo dictó, en el plazo de UN MES a contar desde
el día siguiente al de recibo de esta notificación o ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las
 Palmas de Gran Canaria, conforme a lo dispuesto en el artículo 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación. Interpuesto Recurso de Reposición no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta tanto sea resuelto. Transcurrido UN MES desde la interposición del Recurso de Reposición sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía Contenciosa-Administrativa.
En su caso, podrá interponer igualmenteRecurso Extraordinario deRevisión o cualquier otro que estime procedente en Derecho.”

Animo!!!

No hay comentarios:

Publicar un comentario