de Villa de Garafía.
Habiéndose detectado errores en dichas bases, por escrito de la Dirección General de Seguridad y Emergencias recibido con fecha 22 de abril de 2010, por el presente se corrigen los mismos quedando redactados los apartados modificados del siguiente modo:
“Base segunda, apartado b) ser mayor de edad y no superar los 32 años antes de que finalice el plazo de presentación de instancias”, en adaptación a la Ley 9/2009, de 16 de julio, de modificación de la ley 2/2008 de 28 de mayo del Cuerpo de la Policía Canaria.
Base séptima, Aoposición, 1.Pruebas de aptitud física, desaparece la prueba “1.2 Carrera de velocidad (60 metros lisos)”, en adaptación a la Orden de 24 de marzo de 2008 por la que se desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de diciembre, por el que se establecen las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad de los miembros de los cuerpos de la policía local de Canarias.
Base novena, apartado período de prácticas “será el Tribunal de Selección, el órgano que calificará a los aspirantes como aptos o no aptos en base a la propuesta formulada por los responsables de la tutorización de las practicas” de acuerdo con el artículo 26.4 del Decreto 178/2006.
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